6 de septiembre de 2013

La Corte rechazó la prisión domiciliaria de Olivera Róvere y mandó la causa a la instancia anterior.

05.09.2013
El represor de la dictadura fue condenado por más de 100 secuestros
La Corte rechazó la prisión domiciliaria de Olivera Róvere y mandó la causa a la instancia anterior

Olivera Róvere. Entre las "medallas" de su carrera represiva está el secuestro del escritor Haroldo Conti. 
La Corte Suprema de Justicia consideró que "carece de la debida autorización" la resolución por la cual se le concedió la prisión domiciliaria al represor Jorge Olivera Rovere, condenado por más de un centenar de secuestros, entre ellos el del escritor Haroldo Conti, cometidos durante la última dictadura cívico militar.

Fuentes judiciales indicaron esta mañana que los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni -con la disidencia de Enrique Petracchi- ordenaron que la causa vuelva al tribunal de la instancia anterior para que se dicte "un nuevo pronunciamiento".

El Tribunal Oral en lo Federal 5 condenó a Olivera Rovere, en 2009, a prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua al encontrarlo "coautor mediato de decenas de delitos de lesa humanidad" perpetrados en su carácter de "mano derecha" del fallecido Carlos Suárez Mason, en su función de segundo Comandante del Primer Cuerpo de Ejército y Jefe de la Subzona Capital Federal.

En aquella sentencia se decidió mantener la libertad del Olivera Rovere, que gozaba desde 2007, pero en abril de 2012 se revocó su excarcelación y se dispuso su detención domiciliaria, pero el fiscal dijo que ese beneficio era "arbitrario". La detención domiciliaria, dijo el representante del ministerio público, debe estar "fundada en razones humanitarias" y se "exige justificar que éstas se verifiquen frente a los riesgos que entraña la pérdida de control"; por lo que el expediente fue a la Cámara de Casación que rechazó el recurso.

Contra ese fallo el fiscal general Ricardo Weschler, presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema donde los ministros afirmaron que se le había concedido la domicilia a Olivera Rovere sin "analizar debidamente" los argumentos de la acusación.

Por su parte, la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó que "el tribunal oral debió haber brindado los argumentos que demostraran en el caso la existencia de las razones humanitarias que autorizan la concesión del beneficio en cuestión".
   
En ese sentido, añadió que "para la concesión de la detención domiciliaria se debe demostrar, incluso cuando el condenado o procesado con prisión preventiva supere los 70 años de edad, que el encarcelamiento podría producir ... trato cruel, inhumano o degradante de aquél y la restricción de derechos fundamentales". 
Fuente:Telam

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