Se cumplen siete años del segundo secuestro de un testigo clave
Lanzan campaña por nuevo aniversario de la desaparición de Jorge Julio López
Organismos de Derechos Humanos de La Plata llamaron a una presentación masiva de habeas corpus para recordar el caso. El rol de un herramienta legal que fue vital durante la dictadura y la declaración de albañil contra Etchecolatz.
Por: Pablo Roesler
El derecho al habeas corpus es una garantía para los ciudadanos prevista en el artículo 43 de la Constitución Nacional y fue, durante la dictadura militar, la única opción con la que los familiares de los desaparecidos podían reclamar por ellos ante las autoridades. Y a poco de cumplirse siete años de la segunda desaparición de Jorge Julio López, el testigo en el juicio por crímenes de la dictadura que condenó a prisión perpetua a Miguel Etchecolatz en 2006, organismos de Derechos Humanos de La Plata retomaron esa herramienta que en los años de plomo era sistemáticamente rechazada por los jueces y convocaron a la ciudadanía a sumarse a una presentación masiva de habeas corpus en los días previos al aniversario de la segunda desaparición.
La campaña para la "Presentación masiva de habeas corpus por Julio López" fue lanzada por el colectivo de organismos de Derechos Humanos Justicia Ya! La Plata, que reúne a la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos, la Liga Argentina por los Derechos del Hombre y la Unión por los Derechos Humanos, entre otros organismos. Ese colectivo convocó a sumarse a la población como una de las múltiples acciones públicas que este año se llevarán a cabo en la capital de la provincia "para continuar con la denuncia y la exigencia" al cumplirse un nuevo aniversario de la desaparición de López.
En ese marco de lucha, Justicia Ya! explicó que desarrollaron la convocatoria "dirigida a todas las organizaciones y compañeros del país y del extranjero que quieran sumarse, para realizar la presentación de un habeas corpus en sus lugares de pertenencia y radio de acción".
Para la realización de la presentación judicial, los organismos acompañaron la invitación con un instructivo que aclara que el habeas corpus "no requiere la firma de un abogado", que puede ser presentado por una persona o por una organización y que deben ser realizadas en el Juzgado Federal de turno y en caso de que no haya, en uno provincial.
Además, los organizadores de la iniciativa pidieron a quienes realicen una presentación, "envíen una confirmación a justiciayalp@yahoo.com.ar para llevar un registro y anunciar la cantidad de escritos presentados por el compañero Julio López".
Jorge Julio López fue ex detenido desaparecido durante la última dictadura cìvico militar que declaró en el juicio contra el genocida Miguel Osvaldo Etchecolatz realizado en la capital de la provincia de Buenos Aires en 2006. Pero el 18 de septiembre de ese año, el día en que se producían los alegatos de su querella pidiendo la condena por genocidio y la perpetua para el represor, como finalmente fallaron los jueces, fue nuevamente secuestrado y desaparecido. Desde entonces, nada se supo de él.
A partir de ese día, los organismos de Derechos Humanos marchan y reclaman por su "aparición con vida y castigo a los culpables".
Fuente:TiempoArgentino
Convocatoria para presentación de Hábeas Corpus por Julio López
Compañerxs,
El próximo 18 de septiembre se cumplirán 7 años de la segunda desaparición del compañero JORGE JULIO LÓPEZ, y a la falta de respuestas de parte del gobierno nacional y el gobierno de la provincia de Buenos Aires acerca del destino del compañero y de los responsables de su secuestro, este año debemos sumar la negación explícita por parte de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner acerca de la existencia de desaparecidos durante la última década.
Todos los años realizamos diversas acciones para continuar con la denuncia y la exigencia, y este año nos ocuparemos de realizar una PRESENTACIÓN MASIVA DE HÁBEAS CORPUS POR JULIO LÓPEZ en los días previos al nuevo aniversario de su desaparición.
Jorge Julio López, ex detenido-desaparecido durante la última dictadura en Argentina, declaró en el juicio contra el genocida Miguel Osvaldo Etchecolatz, y fue secuestrado y desaparecido nuevamente el 18 de septiembre de 2006, el día en que se producían los alegatos de su querella pidiendo la condena por Genocidio y la perpetua para el represor.
Desde entonces, hemos luchado en todos los ámbitos posibles por su APARICIÓN CON VIDA Y CASTIGO A LOS CULPABLES, y en ese marco desarrollamos la presente convocatoria, dirigida a todas las organizaciones y compañeros del país y del extranjero que quieran sumarse, para realizar la presentación de un Hábeas Corpus en sus lugares de pertenencia y radio de acción.
Para la realización de la presentación, compartimos con ustedes el siguiente instructivo:
1- La presentación no requiere la firma de un abogado, sino que puede ir con la firma del que lo presenta.
2- El Hábeas Corpus puede ser presentado por una persona física o por una persona jurídica, es decir, por una persona y/o por una organización.
3- Las presentaciones en Argentina deben ser realizadas en el Juzgado Federal de turno en la localidad. De no haber Juzgado Federal, puede hacerse la presentación en un Juzgado Provincial, y de no haber Provincial, en un Juzgado de Paz.
4- Las presentaciones en el extranjero deberán realizarse en la embajada o consulado argentino ubicado en cada lugar. El escrito debe presentarse por mesa de entradas (solicitar al correo justiciayalp@yahoo.com.ar, escrito más extenso, si lo desea).
5- En todos los casos solicitamos se impriman dos copias del escrito, una para ser entregada, la otra para que se selle la recepción y quede como constancia de presentación.
6- En todos los casos, solicitamos a las organizaciones y compañeros que envíen una confirmación de la presentación del Hábeas Corpus al correo de Justicia YA! en La Plata justiciayalp@yahoo.com.ar para que podamos llevar un registro y anunciar la cantidad de escritos presentados por el compañero Julio López, de ser posible, antes del 17 de septiembre.
7- En el caso de que luego de la presentación sean convocados a una audiencia, les pedimos que se pongan en contacto en forma urgente con nosotros al correo de Justicia YA! en La Plata justiciayalp@yahoo.com.ar para coordinar las acciones a desarrollar.
8- Les enviamos en adjunto el modelo de Hábeas Corpus, les pedimos que antes de imprimir el escrito, completen el primer párrafo con los datos correspondientes (quién firma, si firma en representación de una organización, y el domicilio constituido para recibir notificaciones), y que consignen firma y aclaración antes de presentarlo.
Asociación de Ex –Detenidos Desaparecidos (AEDD); Asociación de Profesionales en Lucha (APEL); Centro por los Derechos Humanos Hermanos Zaragoza; Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH); Colectivo de Abogados La Ciega; Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH); HIJOS La Plata; Unión por los Derechos Humanos, La Plata; integrantes de Justicia YA! La Plata
Qué es un hábeas corpus - Constitución Nacional artículo 43
Art. 43.- Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva.
Podrán interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización.Toda persona podrá interponer esta acción para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos, o los privados destinados a proveer informes, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquéllos. No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística.
Cuando el derecho lesionado, restringido, alterado o amenazado fuera la libertad física, o en caso de agravamiento ilegítimo en la forma o condiciones de detención, o en el de desaparición forzada de personas, la acción de hábeas corpus podrá ser interpuesta por el afectado o por cualquiera en su favor y el juez resolverá de inmediato, aun durante la vigencia del estado de sitio.
Por l@s 30.000 compañer@s desaparecid@s!
Juicio y carcel efectiva a todos los genocidas!
Restitución de tod@s l@s niñ@s apropiad@s!Basta de impunidad!
Julio López y Silvia Suppo Presentes!
No olvidamos, no perdonamos, no nos reconciliamos.
UNIÓN POR LOS DERECHOS HUMANOS LA PLATA
Ex-detenid@s desaparecid@s, Familiares y Compañer@s
Restitución de tod@s l@s niñ@s apropiad@s!Basta de impunidad!
Julio López y Silvia Suppo Presentes!
No olvidamos, no perdonamos, no nos reconciliamos.
UNIÓN POR LOS DERECHOS HUMANOS LA PLATA
Ex-detenid@s desaparecid@s, Familiares y Compañer@s
Matrícula nº 39453 D.P.P.J.
![]() | Hábeas Corpus x Julio López 2013.doc 46 kb Ver Descargar Envío:Agnddhh |


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