30 de octubre de 2013

LA CORTE SUPREMA DECLARO LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

A 30 años de la recuperacion democrAtica, la Corte declaro constitucional la ley de medios
EL MEJOR FESTEJO
Por Irina Hauser
Después de cuatro años de bloqueos, el máximo Tribunal determinó que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual no afecta de ninguna manera la libertad de expresión ni la sustentabilidad de las empresas.

LA CORTE SUPREMA DECLARO LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Cuatro años después la ley está completa
En un fallo largamente esperado, la Corte avaló la ley de medios y rechazó los planteos presentados por el Grupo Clarín. Sostuvo que los derechos de la empresa no están afectados y que, si sufre una pérdida económica, puede hacer el reclamo.
Por Irina Hauser

Cuatro de los siete jueces de la Corte Suprema fallaron a favor de la constitucionalidad de toda la ley.Imagen: Bernardino Avila
En una de las decisiones más trascendentes y esperadas de la historia judicial de los últimos treinta años, la Corte Suprema declaró constitucional la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (Ldsca) y defendió su esencia antimonopólica como camino para “el fortalecimiento de la libertad de expresión y del derecho a la información de todos los individuos”. Así, no sólo le señaló al Grupo Clarín que esos derechos por los que reclamaba no se encuentran afectados, sino que cuenta con la vigencia de una norma (que reconoce como amplia y largamente debatida) que es capaz de garantizarlos plenamente. “No se ha acreditado que el régimen de licencias ponga en riesgo su sustentabilidad económica”, afirma la sentencia. A la vez, reconoce al Estado la facultad de regular el mercado de medios donde –postula– no hay derechos adquiridos sobre las licencias, lo que no quita que si una empresa prueba en el futuro que sufrió un daño patrimonial producto de su adecuación al nuevo esquema pueda reclamar un resarcimiento. Según el fallo, el plazo de desinversión de un año está cumplido, por lo que el multimedios deberá acatarlo.

Cuatro de los siete jueces de la Corte fallaron a favor de la validez constitucional de toda la ley. Ellos son el presidente, Ricardo Lorenzetti; la vice, Elena Highton de Nolasco, Raúl Zaffaroni y Enrique Petracchi. Este grupo puso el foco en que los límites a “la cantidad de licencias y registros” permite garantizar el objetivo de “regular el mercado de medios audiovisuales para promover la diversidad y la pluralidad de voces y evitar que se consoliden prestadores en posiciones dominantes que distorsionen el mercado”. Otros dos jueces, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay, avalaron la restricción al número de licencias, pero consideraron que una vez concedidas conllevan un derecho adquirido hasta su vencimiento. Ese fue un nudo del debate interno. Para Carlos Fayt, toda la ley es inconstitucional.

Así, la mayoría de cuatro respaldó los cuatro artículos que el Grupo Clarín cuestionaba: el 41 es el que ata la transferencia de licencias a la autorización estatal; el 45 limita las licencias de televisión y radio; el 48 establece que la explotación de una licencia no implica un derecho adquirido; el 161 fija el plazo de desinversión de un año. Argibay y Maqueda declaran la inconstitucionalidad del 48. La jueza además cuestionó la obligación de desinvertir en un año y reclamó flexibilidad. Cuando se inicie la aplicación efectiva, surgirán nuevos pleitos, sea por el plan de desinversión o por el supuesto daño patrimonial. Clarín ya anunció también la opción de recurrir a tribunales internacionales.

Un largo camino
Desde 2009, la Corte intervino cuatro veces en el caso y siempre convalidó, aunque con acotaciones, la continuidad de la medida cautelar que eximió a Clarín de desinvertir. Desde principios de año, y ya enseguida después de que la Cámara en lo Civil y Comercial declaró la inconstitucionalidad de los puntos antimonopólicos de la ley, todo parecía indicar que había cuatro votos a favor de la constitucionalidad en la Corte, aunque el de Petracchi estaba rodeado de misterio. Después se vino encima el proceso electoral. La minoría suprema más contraria a la Ldsca, con respaldo de Lorenzetti, apostó a posponer el fallo bajo la suposición de que incidiría en las elecciones. Hace quince días, Petracchi entregó su voto. Fue el primero, y se quejó al presidente: “Doctor, esto hay que sacarlo”. Los supremos discutieron y, al final, ese día pactaron que firmarían la sentencia en el acuerdo posterior a las elecciones. Se tejieron teorías de todo tipo y versiones que hablaban de una decisión salomónica. Pero el fallo es contundente y, por su cariz y contenido, podría leerse como un refuerzo a la gobernabilidad.

Lorenzetti y Highton fueron los únicos que hicieron un voto conjunto, que encabeza la sentencia, cuyos términos comparte el resto de la mayoría. Regular el régimen de licencias, dicen, es una facultad del Congreso. La libertad de expresión, remarcan, es de gran entidad. Dice el fallo mayoritario: “Los medios de comunicación tienen un rol relevante en la formación del discurso público, motivo por el cual el interés del Estado en la regulación resulta incuestionable”. Y agrega, citando la Declaración sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana, que “tienen un innegable poder en la formación cultural, política, religiosa, de todos los habitantes. Si estos medios son controlados por un reducido número de individuos, o bien por sólo uno, se está, de hecho, creando una sociedad en donde un reducido número de personas ejercen el control sobre la información y, directa o indirectamente, la opinión que recibe el resto de las personas. Esta carencia de pluralidad en la información es un serio obstáculo para el funcionamiento de la democracia...”

Para promover la libertad de expresión, dice la Corte, el Estado puede sancionar normas que “organicen y distribuyan de manera equitativa el acceso de los ciudadanos a los medios masivos”. La Ldsca, según el tribunal, establece reglas que no están dirigidas a afectar a nadie en particular, sino que pone límites para todos los titulares de licencias por igual. Evalúa que Clarín no demostró que estuviera afectada la libertad de expresión ni “en riesgo su sustentabilidad económica”. Los límites a la concentración de licencias tampoco le impiden “alcanzar una dimensión de significativa importancia en el mercado audiovisual”.

Con una vuelta de tuerca el voto de Petracchi acota que es inadmisible decir que “sólo una economía de escala como la que posee actualmente” Clarín le garantiza “la independencia suficiente como para constituir una voz crítica, que no esté condicionada a la concesión de subsidios estatales o a la pauta oficial”. Hay muchos medios pequeños o medianos, dice, que la tienen y, al revés, grandes conglomerados de medios que pueden ser condescendientes con el gobierno de turno. El voto mayoritario asegura que el espíritu de la Ldsca es coherente con el derecho de los consumidores a la información y con la defensa de la competencia.

Punto por punto
La mayoría suprema justifica “las restricciones al derecho de propiedad” del Grupo Clarín, que “no ponen en riesgo su sustentabilidad y sólo se traducen en eventuales pérdidas de rentabilidad”. Lo explican así:

- Por empezar, el fallo dice que acotar el número de licencias de radio y televisión permite “la participación de un mayor número de voces” y “mayor diversidad de opiniones”. Luego precisa que “la limitación del 35 por ciento de abonados aparece justificada ya que cualquier operador podría prestar el servicio a más de un tercio del mercado” y a su vez “el límite de 24 licencias (de cable), en tanto permite alcanzar un porcentaje del mercado similar (32,7 por ciento), tampoco se muestra irrazonable.

- Está justificada la restricción a diez licencias de radio. El espectro radioeléctrico es finito y admite mayor regulación.

- Define como “coherente” impedir acumular una licencia de cable y una de televisión abierta en una misma área.

- La ley de medios no implica un caso de “expropiación ni de revocación actos administrativos”, sino un “sistema de desinversión”. Clarín alegaba que no se le podía aplicar sobre licencias otorgadas o prorrogadas, como sucedió con el decreto 577, que estableció en algunos casos el vencimiento en 2017. Según los jueces las relaciones jurídicas son modificables.

- Aunque los jueces encontraron confuso el artículo 48, dijeron que “el titular de una licencia no tiene un derecho adquirido al mantenimiento de dicha titularidad frente a normas generales de desmonopolización o defensa de la competencia, que modifiquen el régimen”. Eso no impide –aclaran– que “quien considerase afectado su derecho de propiedad pudiera reclamar daños y perjuicios”. El modo de protección posible es la indemnización.

- La Corte avala que las licencias son intransferibles, aunque prevé como excepción que el Estado puede autorizarla si pasaron cinco años desde su adjudicación y es necesario para la continuidad del servicio.

- Señala que tampoco hay razones para declarar inconstitucional el artículo 161, que estableció el plazo de un año para desinvertir, y aclara que ese vencimiento se produjo el 28 de diciembre de 2011 y, pasados casi dos años, “resulta plenamente aplicable a la actora”, o sea Clarín.

La dimensión cultural
El voto de Zaffaroni remite en sus argumentos centrales a favor de la constitucionalidad de la ley a los de Petracchi, pero agrega a todo el análisis una dimensión más, la cultural. “Ningún Estado responsable puede permitir que la configuración cultural de su pueblo quede en manos de monopolios oligopolios”, dice, después de explicar que “los medios audiovisuales tiene una incidencia decisiva en nuestros comportamientos, en los miedos, en los prejuicios, en toda la vida de relación de los humanos”, hasta “determinan los propios proyectos existenciales de la población”. “La homogenización de nuestra cultura a través de la monopolización de los medios audiovisuales sería la destrucción de nuestro pluralismo, como lo es cualquier uniformización, por definición antípoda de la igualdad republicana y democrática.”

“Por ende –avanza Zaffaroni– no se discute” en este caso “una cuestión meramente patrimonial, dado que el derecho de propiedad queda a salvo en caso de probarse daños emergentes de actos ilícitos del Estado; tampoco se agota la discusión en torno de los derechos de información ni de expresión que, por otra parte, no están lesionados por esta ley. Lo que en el fondo se discute –apelando a tesis descartadas hace más de un siglo en su país de origen– es si se deja o no la configuración de nuestra cultura librada a la concentración de medios en el mercado. Jurídicamente, permitirlo sería una omisión inconstitucional, porque lesionaría nuestro derecho a una identidad cultural”.

Aparte con recomendaciones
En una suerte de acotación fuera de programa (y como para que no parezca todo a favor del Gobierno), el fallo de la Corte sugiere que la aplicación de la ley de medios puede ser complicada y que para que sea exitosa habría que tener en cuenta que:

- Para que la ley cumpla su propósito de pluralidad y diversidad debe haber “políticas públicas transparentes en materia de publicidad oficial”.

- “La función de garante de la libertad de expresión que le corresponde al Estado queda desvirtuada si por la vía de subsidios, del reparto de la pauta oficial o cualquier otro beneficio, los medios de comunicación se convierten en meros instrumentos de apoyo a una corriente política determinada o en una vía para eliminar el debate plural de ideas”.

- “Lo mismo ocurre si los medios públicos, en lugar de satisfacer las necesidades de información de todos los sectores de la sociedad, se convierten en espacios al servicio de los intereses gubernamentales”.

- La autoridad de aplicación debería ser “un órgano técnico independiente, protegido contra indebidas interferencias, del Gobierno u otros grupos de presión”.

- Debe haber “igualdad en la adjudicación o revocación de licencias”.

EL JUEZ RAUL ZAFFARONI EXPLICA LA DECISION DEL MAXIMO TRIBUNAL, LAS POSICIONES EN JUEGO Y EL MOMENTO DE EXPEDIRSE
“Toda ley antimonopólica reduce la renta”
Dice que hubo dos posturas: “una privatista que eleva el derecho de propiedad a un derecho absoluto” y “una de derecho público que tiene en cuenta el interés público”. Y que “no es una ley socialista de confiscación” porque “el derecho de propiedad se respeta”.
Por Irina Hauser

“La regulación de esta ley es mucho más benigna que, por ejemplo, la alemana”, señala Raúl Zaffaroni.
Imagen: Bernardino Avila
“Existe un proceso de homogeneización de la cultura, que es mundial; permanecer en ese proceso con un monopolio sería un suicidio cultural”, comenta Raúl Zaffaroni para traducir el espíritu de su voto, uno de los que integró la mayoría a favor de la constitucionalidad de la ley de medios. El Grupo Clarín, explica el jurista, planteaba que “si se reduce la renta del grupo no puede garantizar su continuidad y, en consecuencia, ve afectado su derecho a informar, a lo cual se le respondió que hay grupos más chicos que, sin embargo, viven e informan. Toda ley antimonopólica reduce la renta”. La ley, insiste Zaffaroni, no es confiscatoria y respeta el derecho de propiedad ya que, si se demuestra el daño patrimonial, hay derecho a la reparación. A su entender este caso enfrentó al “derecho civil romano primitivo con el derecho público”, es decir, “una posición privatista que eleva el derecho de propiedad a un derecho absoluto” con otra centrada en “el interés público”.

–¿Aplicar una ley antimonopólica como la nuestra podría evitar ese proceso de homogeneización cultural al que se refiere?
–Podría ser. Este es un fallo trascendental para nuestra cultura en materia de medios y monopolios, si uno quiere mantener una individualidad cultural. Nuestra cultura nacional es plural, con un origen pluriétnico, donde conviven subculturas de lo más extrañas sobre una base de relativa tolerancia. Los medios condicionan todo, no sólo son capaces de condicionar una elección, construyen realidad y determinan conductas. El fallo tiene un valor culturalmente histórico.

–¿Qué debería pasar ahora, tras este aval constitucional?
–El Grupo Clarín tiene que de-sinvertir. Habrá que ver cómo dispone hacerlo la Afsca. Pero la medida cautelar ya no existe, no sé de dónde salen las versiones que hablan de más años.

–Si bien el fallo no resuelve sobre la aplicación de la ley, sugiere ciertas pautas sobre el reparto, por ejemplo, de la publicidad oficial. ¿Por qué decidieron agregarlas?
–Una ley puede tener el mejor de los propósitos, pero si se aplica en forma discriminatoria distorsiona su sentido. Uno de los cuestionamientos en la causa fue la posibilidad de que la ley se aplique mal, por eso incluimos esta referencia. Hay jurisprudencia de la Corte de que en materia de información no se puede discriminar ideológica ni políticamente.

–¿Pero el multimedios podría ingeniárselas para seguir eximido de la aplicación de la ley?
–Seguramente cada paso dado intentará judicializar, a menos que llegue a un acuerdo con la Afsca, presente un plan de adecuación razonable y se termina el conflicto.

–¿Puede recurrir a un tribunal internacional?
–No soy quien para darles consejo. Pero podrían ir primero a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Hacen la denuncia y la Comisión decide si le da curso y hace una audiencia de conciliación en Washington. Después, hay que ver si la CIDH da por terminado el trámite o si pasa a la Corte Interamericana, el verdadero tribunal internacional. Es trámite largo, pueden ser años, pero no frena la aplicación de la ley.

–¿Cómo evalúa nuestra ley en comparación con la regulación de medios en otros países?
–La regulación de esta ley es mucho más benigna que, por ejemplo, la alemana. No te impide tener un diario y un canal de televisión a la vez. Hay otras que lo prohíben. Esta ley no se mete con la prensa gráfica, se limita a medios audiovisuales. No se ha impugnado la ley en sí como solución. Se ha hablado de su conveniencia. En cuanto a la solución, no hay un planteo de inconstitucionalidad. Es un planteo más bien patrimonial, ha ido por ese lado. Se puede discutir si es moderna u obsoleta o si podría ser mejorada, que no es competencia nuestra. Pero ahí no se hizo afincar la inconstitucionalidad. Es que no hay mucho argumento para impugnar la ley en sí. El planteo sustancial de Clarín fue: si se reduce la renta del grupo no puede garantizar su continuidad, en consecuencia ve afectado su derecho a informar, a lo cual se le respondió que hay grupos más chicos que sin embargo viven e informan. Toda ley antimonopólica reduce la renta.

–Pero el fallo dice que la empresa tiene derecho a reclamar una indemnización.
–Si sufrió un daño patrimonial, tienen derecho a reclamarle al Estado que repare esa lesión. No es una ley socialista de confiscación. El derecho de propiedad se respeta. Si se afecta, que reclamen, que prueben el daño y tendrán su derecho a la reparación.

–¿Por qué esperaron a dos días después de las elecciones para firmar el fallo?
–No acostumbramos a sacar fallos de trascendencia durante una campaña electoral. Son fallos que pueden incidir sobre la campaña.

–¿Estos casi cuatro años en que estuvo vigente la medida cautelar fueron tiempo ganado para Clarín?
–Fueron tres años y un poco. Es una cuestión eminentemente valorativa. Soy contrario particularmente a las medidas cautelares extensas. Cuanto más extensa más cerca de convertirse en el resultado de la sentencia está.

–¿Sirvió de algo la audiencia pública?
–Fue esclarecedora de las distintas posiciones, de las distintas argumentaciones. Pasó en limpio las razones de una y otra de las partes: una posición privatista que eleva el derecho de propiedad a un derecho absoluto, cuando no hay ningún derecho absoluto, ni siquiera el de la vida, y una posición de derecho público que tiene en cuenta precisamente el interés público. Privativismo, a veces elevado a términos del derecho privado romano primitivo, versus derecho público. Es un debate permanente del derecho por otra parte. Lo que se discute siempre de uno u otro ángulo, lo que está en el medio es cierto grado de redistribución de la renta. Si una va al origen del debate, viene del siglo diecinueve en Estados Unidos, con el planteo privatista de la jurisprudencia norteamericana que decía que no se les podía sacar a los ricos para repartir a las pobres, porque se tocaría la parte más creativa de la sociedad y sería una expropiación. A mitad del siglo veinte cambió todo el criterio. Pero la vieja jurisprudencia norteamericana planteaba que todo lo que fuera redistribución es confiscación.

–Algunos de sus colegas dicen que la agencia de aplicación de la ley debería ser independiente y tienen como referencia la norteamericana.
–Bueno, es la ley que votó el Congreso, si un día soy diputado lo pensaré, ahora no es ésa nuestra función.

–¿Cree que realmente se va a poder aplicar la ley?
–Lo que es seguro es que marca una tendencia jurisprudencial más allá del efecto que pueda tener en lo inmediato. Es una tendencia que huye del privativismo prerromano. Queda claro que la ley argentina por mayoría no es partidaria de la ley de las doce tablas (la ley básica del Imperio Romano), de ahí en adelante, no sé.

El comunicado del Grupo Clarín
El Grupo Clarín emitió ayer un comunicado tras el fallo de la Corte en el que sostuvo que “como lo ha hecho en cada instancia judicial, se encuentra a derecho y respeta las decisiones judiciales”, pero advirtió que “analiza las futuras derivaciones judiciales del caso, incluyendo la apelación ante tribunales internacionales”. A pesar del fallo del máximo tribunal judicial, el Grupo Clarín insistió en que “los artículos cuestionados contradicen no sólo principios de la Constitución Argentina sino de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), así como recientes precedentes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Relatoría de Libertad de Expresión de la OEA”. “Tanto la ley como el fallo, al desconocer licencias vigentes con varios años por delante, violentan abiertamente los derechos adquiridos, como también lo reconocieron tres miembros de la Corte”, insistió. Además, interpretó que la ley de medios audiovisuales afecta la libertad de expresión “al silenciar, sin justificación técnica ni competitiva alguna, medios que hoy ejercen periodismo crítico, configuran una clara afectación a la libertad de expresión”. También sostuvo que “impedir el funcionamiento, como hace la ley, de medios que no usan espectro radioeléctrico equivale a prohibir un diario o un sitio de Internet, lo que implica censura previa para la Constitución y los tratados internacionales”. Por otra parte, consideró que “la prueba más concreta de la verdadera intención del Gobierno con esta ley” que fue aprobada y ratificada por los tres poderes de la Nación “ha sido la enorme colonización oficial de medios producida desde su sanción”. Más adelante en el texto, la empresa aseguró que “continuará defendiendo judicialmente cada una de sus licencias vigentes y legítimamente adquiridas”. Finalmente, “el Grupo Clarín lamenta el contenido de un fallo que no considera el valor de la independencia periodística como presupuesto para la libertad de expresión”.
Fuente:Pagina12

El holding suspendió su cotización en la bolsa de comercio Caen las acciones de Clarín
29/10/2013

Foto: Télam.
Luego de conocerse el fallo de la Corte Suprema, que declaró constitucional la Ley de Medios, las acciones de Clarín perdían 5,76 por ciento transcurrida apenas la primera hora de operatoria en la rueda bursátil.
De acuerdo a la cotización de GCLA en el panel general del Mercado de Valores, las acciones del Grupo Clarín caían casi un 6 por ciento, y la Bolsa de Comercio decidió su suspensión, ante la posibilidad de que se produjera un derrumbe mayor.

“Esta Bolsa de Comercio de Buenos Aires ha dispuesto interrumpir transitoriamente la cotización de los valores negociables de Grupo Clarín S.A., por aplicación de lo establecido en el artículo 43 inc. a) del Reglamento de Cotización, hasta tanto se brinde información sobre el particular”, explicó la Bolsa en un comunicado difundido este martes al mediodía.

Desde el 13 de agosto las acciones de Clarín habían experimentado un importante crecimiento y pasaron de $9,5 a $27,8, valor en el que cerraron este lunes. Minutos después, cuando el valor había alcanzado los $26,2, se suspendió la cotización de las acciones de Grupo.

Sin embargo, en la Bolsa de Londres los papeles del multimedios siguen operando y pierden un 27%.
Fuente:RedaccionRosario

Tres miradas desde la cultura
Víctor Heredia
“Acceder a voces distintas”


“La Corte actuó democráticamente, sin ninguna duda, en favor de una democracia que necesitaba esta posibilidad de dar paso en equidad a las diferentes fuentes de información. Me alegra muchísimo que se pueda dar este paso, creo que abre una enorme cantidad de puertas y sobre todo de voces variopintas. Y es fundamental que la gente pueda acceder a distintas voces, la democracia debe nutrirse de esa diversidad, no hay manera de construirla con una voz dominante, que pasa por sobre las otras. Para el ámbito de la cultura y de la música en particular, esta ley es fundamental también: los músicos hemos luchado durante mucho tiempo por la ley de la música, que finalmente se sancionó, y tiene ligazón con algunos párrafos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.”

Víctor Hugo Morales

“Una democracia mejorada”

“El fallo es una verdadera gran noticia, ahora sí vamos a tener chances de elegir de forma pareja. Este fallo, unas semanas antes, podría haber cambiado el panorama de las elecciones. Si antes de la audiencia pública era una barbaridad fallar en contra, después ni te cuento. La buena noticia es que el Estado tenía razón en esta disputa. Tendré que pedirle disculpas a Ricardo Lorenzetti por no haber creído en este fallo. No tengo problema de disculparme cuando me equivoco, pero esta vez lo haré con mucho gusto. Si todo es como lo pensamos, nos están dando décadas de una democracia mejorada. Es el mejor regalo que pudimos haber recibido en estos treinta años de democracia. De cualquier manera, estamos frente a personas capaces de cualquier cosa. Matar la credibilidad de una persona es peor que matarlo.”

Teresa Parodi

“Un ejemplo en el mundo”

“Es un triunfo clarísimo de la democracia, pero también de este modelo nacional y popular, que fue capaz de sostener una pelea frontal y en profundidad para la promulgación de esta ley. Fue una ley trabajada en todo el territorio, con todos los actores involucrados, pacientemente, a conciencia, considerada un ejemplo en el mundo, por la cantidad de voces que incluye. Es una ley pensada para que nos contenga a todos, para reflejar nuestra diversidad cultural, la posibilidad de que quepamos todos en un marco legal que nos permita ser verdaderamente libres. Estoy feliz porque fue el trabajo de tantos, porque Néstor y Cristina se animaron a llevarlo adelante, contra viento y marea. Pienso que en ese camino Néstor ya no está, y es importante este fallo a pocas horas del aniversario de su muerte, y a pocas horas del aniversario de la democracia.”

OPINION
Comienza un fin de ciclo
Por Mario Wainfeld


Es grato y adecuado que se publique esta nota justo el día en que se conmemora la primera elección de la recuperación democrática. La decisión de la Corte Suprema declarando la plena constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LdSCA) completa un salto de calidad de las instituciones democráticas. La norma recorrió un periplo ejemplar por los tres poderes del Estado, connotada por un intenso debate público. La sentencia es la única que podía dictarse con apego a derecho pero el peso de los poderes fácticos convierte lo que debió ser normal (y más breve) en una suerte de proeza.

El fallo es por demás voluminoso, esta nota lo sobrevuela sin dejar de enumerar los puntos más salientes. Se hace para leerlo con la dedicación necesaria. También para centrarse en sus consecuencias políticas y sistémicas.

Seis cortesanos se expidieron en general por la constitucionalidad de la ley. Cuatro de ellos le reconocieron validez en forma absoluta y sin limitación alguna: Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi y Eugenio Raúl Zaffaroni. Dos matizaron la decisión concediendo diferentes changüís en tiempo al multimedios: Carmen Argibay y Juan Carlos Maqueda. Carlos Fayt se distinguió sancionando la inconstitucionalidad total de los artículos cuestionados, yendo aún más allá del impresentable fallo de la Cámara Federal en lo Civil y Comercial.
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Un punteo de lo esencial: Va un punteo de algunos de los aspectos más salientes:
- El Estado tiene derecho a regular la actividad económica y el régimen de concesión de los medios audiovisuales lo que incluye modificarlos eventualmente aunque...

- ... el Poder Judicial puede revisar esas medidas, ya que es su función velar por la libertad de expresión y controlar que las regulaciones no la vulneren.

- En este caso, no existe tal vulneración. La ley no agrede las libertades constitucionales. Excede la competencia de los jueces expedirse sobre si una norma es buena, mala, obsoleta, formidable o poco feliz. Sería abusar de su poder e invadir la esfera del Congreso. Su límite y su territorio es la constitucionalidad.

- La rentabilidad de una empresa no equivale a su sustentabilidad, responde la Corte a una falacia fundante de los abogados clarinistas.

Los límites a una concesión pueden generar un perjuicio económico pero esto no equivale a una quiebra, automáticamente. Si fuera injusto, es compensable por vía de indemnizaciones ulteriores pero no basta para decretar la nulidad de una norma lícita. Los Supremos castigan fiero a la pericia económica de parte que presentó el grupo, tildándola de “dogmática”. Copiar y pegar ese dictamen fue el penoso aporte jurídico de la Cámara, tan hospitalaria con los reclamos de Clarín.

En síntesis: una medida que perjudique las finanzas de una empresa no equivale a una ilegal confiscación. Ni, mucho menos, a un atentado contra la libertad de expresión.

- Los jueces citan nutridos precedentes de derecho internacional, de jurisprudencia local o foránea y de legislación. Petracchi fue quien más se explayó pero todos consignaron ejemplos en la experiencia comparada. Cuando la Corte fulminó como inconstitucional parte de la ley de Reforma del Consejo de la Magistratura aludió críticamente a la falta de precedentes de la medida. En este caso es diferente, reconoció con coherencia.
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Dos disidencias parciales y una furibunda: Argibay Molina y Maqueda matizaron sus votos otorgando plazos generosos de desinversión a Clarín (ver nota central). Las divergencias son importantes. Al ser minoritarias, no causan efecto alguno.
Será interesante saber cómo se ingenió Lorenzetti, presidente del tribunal y operador de los debates internos, para lograr que hicieran mayoría en lo fundante. Tantos votos personalizados corroboran que fue complejo articular consensos. También pudo incidir el afán de los magistrados de dejar sus “marcas personales” en un fallo histórico.
Fayt se entusiasmó extendiendo la inconstitucionalidad a todo lo que estaba sometido a su juicio. El Supremo más longevo salió furioso del tribunal, sin dialogar con los periodistas. Los hechos, que son sagrados, lo dejaron sin ganas de emitir opiniones, que son libres. Quizás ni Clarín le pedía tanto, don Carlos.
El pleito, es consabido, atravesó muchas peripecias. La Corte fue transigente con las chicanas y medidas cautelares de Clarín, al extremo de posibilitarle una duración vaticana al litigio. En las idas y venidas del tribunal, las decisiones intermedias más severas con el grupo fueron adoptadas usualmente por mayoría de cuatro: Highton, Lorenzetti, Maqueda y Zaffaroni. Ayer hubo un relevo en el cuarteto: entró Petracchi por Maqueda. Este es un cortesano “old fashion”: de aquellos que provienen de una intensa participación en la política partidaria. Maqueda supo ser, durante años, el Supremo que votó con las mayorías en más juicios. Ahora cambió, habrá que ver andando el tiempo si el reverdecer del peronismo federal tiene que ver con ese viraje o si es mera coincidencia.
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Palabras para el vencido: La parte resolutiva y los argumentos que la fundan (“considerandos” en parla técnica) son el contenido cabal de un fallo. A veces, los juzgadores agregan lo que llama en jerga obiter dictum, que son enunciaciones generales. Son pensamientos de los jueces, buenos deseos, pareceres. La Corte lo hace esta vez, en un estilo que le agrada a su titular: ser admonitorio y didáctico respecto de los otros poderes del Estado. En este caso, son reprimendas al Ejecutivo, teorizaciones sobre el sistema de medios, hipótesis sobre el manejo de la pauta publicitaria oficial y la estructura de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca). Carecen de “imperium”, da toda la impresión que fungen de edulcorante del mal trago que debe apurar Clarín.

Con las relatividades del caso, es sensato aventurar que en el tiempo áspero que vendrá, Clarín las aludirá para trabar el trámite de “desinversión”. Lo que viene no ha de ser breve ni carente de trabas arteras, está cantado. La cancha será administrativa, Clarín la embarrará mientras pueda. El comunicólogo Martín Becerra alerta con ingenio en su Twitter @aracalacana que Clarín perdió la guerra pero pasará al foquismo o a la guerra de guerrillas. El terrorismo, verbal se comprende, lo viene ejercitando desde hace cuatro años.

La Corte decidió contra la ambición desmedida del multimedios y le impuso las costas del juicio. Sin embargo, no lo sancionó (como permite el Código) por su mala fe procesal. Y fue más severa “de boquilla” con el Estado que con quien perdió. Tanto que el jurista Gustavo Arballo imaginó un título “a lo Barcelona” en un tan veloz como aconsejable post de su blog “Saber derecho”: “Con fuertes críticas al Gobierno, la Corte declaró la constitucionalidad de la ley de medios”.

Vale la pena remachar: las digresiones críticas, los obiter dictum son ornamentos de la decisión mientras que la constitucionalidad es cosa juzgada.
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El futuro y lo acumulado: De nuevo, todo indica que la brega administrativa será a cara de perro y para nada sencilla. Los funcionarios concernidos deberán mantenerse serenos y firmes. Al mismo tiempo, recobra vigencia un desafío para el Gobierno. Es dedicar mejores afanes a todo el “espacio extra Clarín” que habilitó la LdSCA. Faltan regulaciones, faltan medidas concretas para el sector sin fines de lucro, faltan mayores incentivos a los medios comunitarios. Fortalecido por el fallo, el Gobierno deberá ponerse al día, con medidas que pudo y debió implementar antes.

En el contexto abierto ahora, con dos años de mandato presidencial por delante, crecen la significación y el potencial de las mayorías propias en el Congreso.

“Ganó el Gobierno” braman o hasta denuncian los medios hegemónicos y los dirigentes políticos que le hacen de comparsa. La carátula del expediente y la realidad expresan que quien defendía derechos colectivos es el Estado. Perdieron los poderes fácticos, la concentración económica.

También triunfaron luchadores de larga trayectoria, que batallan desde hace treinta años o más. Minorías militantes (con perdón de la palabra), académicos, comunicadores, periodistas. Una de las virtudes del kirchnerismo fue hacer propias esas demandas de minorías, transformarlas en propuestas de Estado, en sentido común, en leyes, en instituciones. La ley de medios se acollara con la Corte misma, las leyes contra la impunidad, los juicios contra los genocidas, la Asignación Universal por Hijo, las reestatizaciones del sistema jubilatorio e YPF, el matrimonio igualitario y siguen las firmas. Amén de tantas leyes laborales y sociales reparadoras o restauradoras de derechos. Ya es parte del acervo democrático colectivo.

La LdSCA es un ejemplo que ha cundido en países hermanos de la región. Es tan deseable cuan factible que dentro de unos años integre la lógica institucional de muchas naciones.

Queda mucho por hacer, incluyendo deudas pendientes del Gobierno que se pueden ir saldando ya. Ayer comenzó un ciclo, o más bien se confirmó. La respuesta de los intereses concentrados será tremenda, pero sus alegatos contra la dictadura, los Ceausescu, “el régimen”, “la ley de medios K” recibieron un golpe de knock out. La Corte lo propinó, en buena ley.

OPINION
4/30
Por Horacio Verbitsky


Imagen: Pablo Piovano
Cuatro años debió esperar la sociedad argentina para que el Poder Judicial declarara la plena vigencia de todos y cada uno de los artículos de la ley audiovisual, promulgada en octubre de 2009 con el propósito de asegurar la diversidad y el pluralismo de la comunicación por esos medios y “fortalecer una democracia deliberativa”, sin “voces predominantes” que asordinen a otras. El fallo firmado ayer ratifica que, aunque el gobierno no siempre lo advierta, la Corte Suprema sigue siendo uno de los grandes activos de este período democrático.

Con ser extensa e injustificada, esta dilación es apenas una parte mínima de una deuda mayor. Hoy, 30 de octubre, se cumplen 30 años de las elecciones presidenciales que pusieron fin a la última, cruel y extensa dictadura cívico militar. Ninguno de los gobiernos que se sucedieron durante un cuarto de siglo fue capaz de modificar a favor del interés general el restrictivo decreto firmado en su ocaso por Videla, porque los poderes fácticos condicionaron la institucionalidad republicana con la inmensa capacidad de presionar y corromper que ejercen sin pudor, como si fuera un intocable derecho adquirido.

Contra esto se rebeló sin éxito Alfonsín (sobre la base de un dictamen del Consejo para la Consolidación de la Democracia) y simuló hacerlo De la Rúa, con un proyecto de ley que llegó al Congreso y allí quedó para siempre. Sólo Menem consiguió enmendar aquel decreto, porque su proyecto no era la ampliación de derechos colectivos, sino la mayor concentración del poder mediático, que le dio impulso porque lo beneficiaba. La crisis de fin de siglo favoreció que la deliberación democrática ganara espacio sobre los intereses que resistían el cambio. Este itinerario describe bien el de la democracia argentina, que recién entonces pudo plantearse la liberación de los condicionamientos salvajes que la dejaron exánime.

Aquellos proyectos fallidos fueron retomados en la última década por la Coalición para un Radiodifusión Democrática (integrada por tres centenares de organizaciones sociales, sindicales y civiles), que los reformuló en una propuesta de 21 puntos. El gobierno nacional los tomó como insumo para elaborar un anteproyecto que, durante varios meses de 2009, fue discutido en dos docenas de foros que se realizaron en distintos puntos del país. Con los aportes formulados en esos encuentros, el Poder Ejecutivo completó la redacción del proyecto que envió al Congreso. Fue la primera ley anotada artículo por artículo, desde el Código Civil del siglo XIX. Pero mientras aquel código fue obra de un solo hombre, cuyo proyecto se aprobó sin debate, a libro cerrado, la ley audiovisual del siglo XXI fue una creación colectiva. Luego de los foros, cada cámara legislativa escuchó durante semanas a todos los interesados que tenían algo para decir y a raíz de esos planteos introdujo numerosos cambios en el texto que, al cabo de ese intensísimo proceso participativo, fue sancionado con amplias mayorías, imposibles de alcanzar sin el apoyo de distintos partidos políticos.

Si alguna duda quedaba, las audiencias públicas realizadas hace dos meses la disiparon. No sólo los jueces de la Corte Suprema sino toda la sociedad asistieron al contraste entre una visión mercantilista, justificada en una posición liberal conservadora sobre la autonomía de la empresa que no admite límite alguno, y el interés público, que incluye el derecho de todos a expresarse, el de la sociedad a recibir información de fuentes plurales y diversas, y la obligación del Estado de intervenir para asegurarlo. Durante su transcurso, fue evidente que no estaba en riesgo la libertad de expresión sino la rentabilidad del mayor grupo de medios, cosa que el tribunal dijo con todas las letras ayer. Si algún perjuicio surgiera de la aplicación de la ley, los afectados deberían reclamar su indemnización, en un proceso distinto al que concluyó ayer. Sólo el juez Fayt rechazó todo límite a la concentración mediática. Su hermana es la esposa de Claudio Escribano, directivo e ideólogo de La Nación, una empresa asociada al Grupo Clarín en negocios de medios y agropecuarios. Hubiera sido más decoroso que se excusara.

La constitucionalista María Angélica Gelli llegó a decir que sólo una escala económica monumental permitía realizar periodismo de investigación crítico del poder. Este es un concepto insostenible en el país donde un hombre solo realizó las mayores obras del periodismo universal (según la definición de Gabriel García Márquez). Se llamaba Rodolfo J. Walsh. Cuando terminó de investigar Operación Masacre, en 1956, no encontró quién quisiera publicársela, y en 1976 él mismo imprimió y distribuyó su Carta Abierta a la Junta Militar. Tampoco se verifica en el mundo, donde sólo personas o pequeños medios independientes escudriñan allí donde al poder más le molesta.

Esto también se verifica en otros campos. La Corte Suprema fue impiadosa con los abogados mejor pagos del país y destacó en el fallo la deficiente fundamentación de los derechos que defendían. Todo lo contrario sucedió con la austera representación que el Estado llevó a la audiencia, demostración indirecta pero contundente de que no todo se consigue con dinero.

Dos advertencias finales para prevenir excesos de euforia. El Grupo Clarín ya anunció que “respeta las decisiones judiciales” pero que no piensa cumplirlas. En cambio, volverá a judicializar cada intento de llevar la ley a la práctica e incluso recurrirá al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, sobre la base del voto minoritario del tribunal supremo argentino e ignorando el de la mayoría, como de costumbre. Es difícil que prospere, ya que el SIDH sólo entiende en casos en los que se afecten derechos de las personas, no utilidades de los conglomerados empresarios.

Igual que siempre, espera un cambio político para revertir la decisión, como ya anticipó ayer el abogado Ricardo Gil Lavedra, contradiciendo la posición del partido por el que fue diputado. Por último, cuando la ley audiovisual rija para todos, el Grupo Clarín seguirá siendo hegemónico y mucho más poderoso que todos sus competidores, con diario, agencia, fábrica de papel, canal de aire o sistema de distribución por cable y canal de noticias, con la misma capacidad y libertad de informar, opinar y distorsionar que hoy tiene. Si se atiende a sus propias afirmaciones durante el juicio, la concentración que ha conseguido en sus siete décadas no excede del 40 por ciento del mercado audiovisual. Una ley moderada, modesta, sólo le exige que retroceda al 35 por ciento.

EL TITULAR DE LA AFSCA, MARTIN SABBATELLA, CELEBRO EL FALLO Y HABLO DE LOS PASOS A SEGUIR
La hora de poner en marcha la adecuación
Resaltó que los plazos de adecuación voluntaria están vencidos y que se dará continuidad a los procesos de aplicación.
Por Nicolás Lantos

Martín Sabbatella, titular de la Autoridad Federal de aplicación de la ley.Imagen: Leandro Teysseire
El fallo de la Corte Suprema de Justicia ratifica “totalmente” la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual por lo que, a partir de ayer, “se aplica integralmente” todo el articulado de la norma, celebró el titular de la Autoridad Federal (Afsca), Martín Sabbatella, que destacó que “todos los plazos” de adecuación voluntaria a la cantidad de licencias establecida “se encuentran vencidos” según el fallo, por lo que de inmediato se decidió “dar continuidad a los procesos de aplicación” suspendidos en los tribunales. “Clarín va a tener las mismas condiciones, los mismos pasos y las mismas reglas que todo el mundo” respecto del cumplimiento de la ley, informó el funcionario en una conferencia de prensa, donde además garantizó “la prestación de los servicios y todas las fuentes de trabajo”. Se estima que, de no mediar complicaciones, la plena aplicación de la ley podría demorar entre seis meses y un año.

“La discusión acerca de la ley está agotada. No hay ninguna duda sobre su constitucionalidad y todos sus artículos fueron consolidados tal como fueron votados por el Congreso de la Nación manifestó Sabbatella. A partir de hoy se aplica integralmente la ley.” Para el titular de la autoridad de aplicación, “la resolución de la Corte ratifica cada uno de los planteos” que llevó a cabo el gobierno nacional durante los cuatro años que duró el pleito y confirmó que “ningún interés particular puede estar por encima de los derechos colectivos”. Además, dejó caer una crítica al máximo tribunal: “No hay dudas de que la Justicia tiene la facultad de revisar la constitucionalidad de una ley, pero es grave que demore cuatro años. No hay orden jurídico que resista esa demora”, señaló.

Este lunes tendrá lugar la próxima reunión de directorio de la Afsca, donde se tomará la decisión acerca de cuáles son los pasos a seguir respecto de la situación de Clarín, adonde se concentran los principales esfuerzos por tratarse del principal grupo de medios (sus más de 200 licencias incumplían incluso los límites anteriores a la sanción de la LSCA) y el más conflictivo en el cumplimiento de lo establecido por la norma. En ese sentido, se están evaluando dos vías de acción: lo más probable es que se decida continuar con la actuación iniciada de oficio ante la negativa de ese multimedio a adecuarse a la ley. En ese caso, los pasos a seguir son inventariar las licencias, hacer una tasación de su valor, seleccionar cuáles son aquellas de las que Clarín debe desprenderse, convocar y realizar los concursos y adjudicarlas finalmente a los nuevos dueños. En este caso, el actual titular no tendría opinión en ningún paso del proceso.

Pero hay una segunda alternativa, que gira en torno de la propuesta de adecuación realizada el año pasado por Fintech, socio de Cablevisión con el 40 por ciento de las acciones de esa empresa. Días antes del mentado 7D presentó un plan para que Clarín quedara dentro de lo establecido por la nueva ley. En su momento, esto fue desestimado porque no contaba con el aval de los directivos del grupo, pero en la Afsca estiman que, si en los próximos días manifestaran su voluntad de suscribir esa propuesta, podrían acceder al proceso de adecuación voluntaria a las nuevas condiciones. Se espera así un eventual (y poco probable, según estiman en el Gobierno) guiño del multimedio a someterse finalmente a la letra de la ley. De toda formas, aseguran fuentes de la autoridad de aplicación, este plan B está aún bajo estudio. “Si ambas opciones fueran viables, es potestad de la Afsca decidir por qué vía avanzar, y es una decisión política –explican–. Lo que si quedó claro desde ayer es que tiene que adecuarse.”

El Grupo Clarín, a través de un comunicado publicado en la web de su diario, insistió ayer con sus argumentos y advirtió que “analiza futuras derivaciones judiciales” (ver página 5). Sabbatella, en la conferencia de prensa, advirtió que para el Estado argentino la palabra de la Corte Suprema es definitiva y que una eventual apelación ante organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no tiene efectos suspensivos sobre el fallo. Existe la eventualidad de que Clarín busque entorpecer, mediante cautelares o recursos de amparo, los pasos administrativos necesarios para el cumplimiento de la norma, pero en ese caso, advierten en el Gobierno, “debería actuar el Consejo de la Magistratura porque un juez que convalide esas maniobras estaría llevando a cabo un hecho casi delictivo” habida cuenta de la decisión de la Corte Suprema. En caso de que el multimedio se niegue lisa y llanamente a avanzar con la adecuación (como sucede actualmente con otros pasajes de la ley, como la grilla de canales), se dará curso a denuncias penales.

Más allá del caso Clarín, Sa-bbatella ratificó que “el conjunto de empresas del país deben cumplir las mismas condiciones” que establece la norma, pero aclaró que, con excepción de ese grupo, el resto ya ha presentado sus planes de adecuación voluntaria. Consultados por este diario acerca del status de esos trámites, en la Afsca aseguran que algunos ya fueron aprobados, otros desestimados, otros necesitan correcciones y hay algunos que aún no han sido tratados y se les dará un lugar en la reunión del próximo lunes. Los casos que implicaban a competidores directos de Clarín y habían sido puestos en suspenso por la Afsca –que consideraba que avanzar hubiera significado beneficiar directamente al grupo mientras éste se encontraba protegido por las cautelares– ahora serán reactivados. Los plazos de adecuación que llevará cada uno de estos trámites dependerá del número de licencias y de las particularidades de cada caso.
El funcionario garantizó que los procesos de transferencia no pondrán en riesgo ni el servicio que deben recibir lo usuarios ni los empleos de los trabajadores en las empresas involucradas. “Todo licenciatario tiene la obligación de mantener el servicio y de mantener las fuentes de trabajo hasta que llegue el nuevo licenciatario” y el Estado tiene “la responsabilidad de garantizar que eso suceda”, aseguró Sabbatella, que además afirmó que en los cuatro años que pasaron desde la aprobación de la LSCA, el cumplimiento de distintos pasajes de su articulado ya generó “100 mil puestos de trabajo entre directos e indirectos” a partir de la adjudicación de nuevas licencias y la producción de contenido nacional.

 HUGO YASKY, DE LA CTA
“Garantiza trabajo”
Imagen: Leandro Teysseire
El titular de la Central de Trabajadores Argentinos (CTA), Hugo Yasky, destacó que la ley de medios “garantiza los puestos de trabajo” de las firmas que eventualmente deban desprenderse de licencias y le reclamó a Clarín que “no les ponga el revólver en la cabeza a sus empleados”, en referencia a posibles amenazas de despidos en los medios del grupo empresario. La central de trabajadores que encabeza Yasky destacó en un comunicado que “cuando las demandas populares representan causas justas, no hay poder económico que las pueda detener”.

La CTA de Yasky celebró la decisión de la Corte Suprema de Justicia y calificó el fallo de ayer como “un triunfo popular que fortalece la democracia”. “Demuestra en primer lugar la legitimidad de todas las acciones que durante años se vienen realizando desde distintos sectores de la sociedad para lograr la plena aplicación de esta ley”, destacó. “La resolución de la Corte es también la derrota de los que pretendieron ponerle límites al avance de la democracia. A partir de hoy tenemos más resguardo para el pluralismo y para el derecho ciudadano a la información”, sostuvo la CTA, y precisó que “cuando hablamos de derrotados nos referimos al Grupo Clarín y a las oligarquías mediáticas, también nos referimos a la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), que siempre intenta poner en el banquillo de los acusados a los gobiernos populares y democráticos de la región”.

Antes de informar que participaría de la celebración que se realizó al atardecer en Plaza de Mayo, la central agradeció públicamente a la presidenta de la Confederación Sindical Internacional (CSI), Sharan Burrow, quien al otro día de las elecciones legislativas envió una carta al presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, solicitándole se expida a favor de la constitucionalidad de la ley de medios.

“Ante la extorsión del Grupo Clarín, que amenaza con despidos a sus empleados, reafirmamos que la ley garantiza los puestos de trabajo”, destacó Yasky desde la red social Twitter. “Ante la amenaza de despidos del Grupo Clarín se garantiza que, como en el caso de las AFJP, ningún trabajador va a quedar en la calle”, recordó, y destacó que “las acciones del Grupo Clarín caen porque Magnetto y Cía jugaron con fuego”. “Ahora que no les pongan el revólver en la cabeza a sus empleados”, concluyó.

AUTORIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL CELEBRARON EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA
“Hoy los argentinos son más iguales”
“Estamos contentos, pero con un sabor amargo”, dijo Boudou, en alusión a la demora de la sentencia.Imagen: dyn
El vicepresidente Boudou destacó que, tras la definición de la Justicia, “hay más democracia para los 40 millones de argentinos”. Para el ministro Sileoni, el fallo “no sólo reconoce la lucha de un gobierno, sino el derecho de la sociedad argentina en su conjunto”.


En el gobierno nacional celebraron el fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró “constitucional” la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, después de cuatro años de disputas judiciales que el Grupo Clarín interpuso en los tribunales. Desde el vicepresidente Amado Boudou, a cargo del Poder Ejecutivo, hasta ministros, gobernadores y legisladores nacionales y provinciales manifestaron su satisfacción por la resolución judicial. “Hoy celebramos que hay más democracia para 40 millones de argentinos, para los que piensan igual o piensan distinto. Celebramos que hay 40 millones de argentinos que son más iguales que esta mañana”, sostuvo Boudou.

“Me parece que en este día de entrada en vigencia plena de la ley, también es un momento en que vale la pena reflexionar sobre dónde residía y dónde reside el poder en la República Argentina”, advirtió el vicepresidente para luego explicar que “hablamos de las mayorías que construyeron esta ley, de los sectores sociales que la construyeron y, sin embargo, pasaron cuatro años en que la ley no pudo ponerse en vigencia plena”. “Estamos contentos, pero con un sabor amargo”, agregó Boudou durante un acto en la Casa Rosada e insistió en que “el sabor amargo de saber que hubo un poder que la demoró cuatro años”. Advirtió que esa actitud “sólo la pueden hacer muy poderosos”, a quienes definió como “poderosos con careta que se esconden atrás, por ejemplo, de la libertad de expresión porque peleaban sólo por su plata”. “Hay personas y grupos que no son iguales, sienten que no están sujetos a las leyes, ni aun a los fallos de la Corte Suprema”, sumó Boudou durante la firma de un convenio de construcción de viviendas con Cáritas, donde estuvo acompañado por el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y los ministros de Planificación, Julio De Vido, de Desarrollo Social, Alicia Kirchner, y de Turismo, Enrique Meyer, entre otros.

El ministro de Educación, Alberto Sileoni, también celebró “que este pronunciamiento del máximo tribunal se dé en momentos en los que conmemoramos los 30 años de democracia, vuelve al fallo más que significativo”. Sileoni sostuvo que la resolución judicial “no sólo reconoce la lucha de un gobierno, sino el derecho de la sociedad argentina en su conjunto” y afirmó que se debe “seguir avanzando con más firmeza para garantizar que todas las voces puedan expresarse y ser escuchadas”. Para el subsecretario general de la Presidencia, Gustavo López, “la Corte Suprema ha dado muestras de que la República está viva, la democracia está plena, se ha consagrado la división de poderes, sin presiones de los grupos económicos, y a partir de allí cada uno tiene garantizados sus derechos”.

Varios gobernadores oficialistas también mostraron su satisfacción por el fallo. “Vamos a defender siempre la voluntad del pueblo; por eso valoramos la aplicación plena de esta ley, que nos permitirá consolidar una democracia plural, en defensa irrestricta de los intereses de la voluntad popular”, afirmó el chaqueño Jorge Capitanich. “Hay que decirlo con todas las letras. Esta legislación de avanzada era una deuda pendiente de la democracia, y fue el liderazgo de Néstor y Cristina (Kirchner), su impulso en el marco de un proyecto nacional, popular y transformador, el que permitió que se concretara”, sumó el entrerriano Sergio Urribarri.

“La concentración de medios de difusión estaba haciendo mucho daño, porque se intentaba imponer desde la Capital un pensamiento único en todo el país”, dijo el rionegrino Alberto Weretilneck, para sostener que ahora “empieza una nueva etapa en los medios”. Más cauto, el bonaerense Daniel Scioli afirmó que el fallo de la Corte “es la certidumbre definitiva sobre un tema que estaba pendiente”. A su vez, el presidente de la Cámara de Diputados, Julián Domínguez, recordó que el debate de la ley “recorrió los espacios de toda la sociedad civil” y que la norma fue aprobada “con amplias mayorías en ambas Cámaras del Congreso”, por lo que consideró que el fallo “es a favor de la democratización de la palabra y de la imagen”.
Fuente:Pagina12

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