1 de noviembre de 2013

CHILE: Carta abierta a las y los candidatos a la Presidencia de la República de Chile‏.

CARTA ABIERTA A LOS CANDIDATOS PRESIDENCIALES DE CHILE 2014 - 2018
Señora candidata, Señor candidato:
El próximo 17 de noviembre el pueblo chileno elegirá un nuevo Presidente de la República, el sexto
después de la dictadura cívico-militar, donde usted postula a este importantísimo cargo. En 24 años
de ejercicio democrático electoral, hemos visto y escuchado numerosas promesas que conciernen el
estado de los Derechos Humanos en Chile, legado trágico y sin precedentes de los 17 años anteriores
que rompieron el Estado de Derecho del país.

Durante más de dos décadas hemos podido constatar que el tema de los Derechos Humanos en Chile
sigue siendo relevante y digno de la más absoluta preocupación de todo nuevo mandatario,
parlamentarios, concejales, así como de toda la sociedad civil, en términos de reencontrar la
convivencia democrática sobre la base de la Verdad y la Justicia y las reparaciones que de ellas se
desprenden.

La Comisión Ética Contra la Tortura, nacida en Chile el año 2001, fundamenta su existencia no solo
en su visión del pasado, sino sobre todo, en su determinación de erigirse en instancia de denuncia
de la violación de los Derechos Humanos en toda ocasión. En consecuencia, nosotros exigimos a usted
pronunciarse antes del 17 de noviembre 2013 sobre los temas que señalamos a continuación:

I.-Lucha contra la impunidad: respeto y defensa de los derechos humanos, cumplimiento de los
compromisos contraídos por el Estado chileno.

A pesar de que Chile firmó y ratificó la Convención Internacional contra la tortura y otros tratos
o penas crueles, inhumanas y degradantes (1987 y 1988 respectivamente), constatamos que la tortura
y los atropellos a la integridad física y psíquica de las personas, siguen practicándose en el
territorio nacional en plena impunidad. Además, Chile no ha incorporado la tipificación del delito
de tortura en el Código Penal, lo que es inadecuado a la norma interna de las exigencias de dicha

Convención.
Por otro lado, nuestro país promulgó mediante el Decreto N° 340 del 14 de febrero de 2009, el
Protocolo Facultativo de  la mencionada Convención, sin que a la  fecha implementara  el Mecanismo
Nacional de Prevención de la Tortura.

La violencia policial se ha incrementado en el país. El uso desproporcionado de la fuerza se ha
convertido en una constante represiva, que tiende a criminalizar las luchas del movimiento social,
entre  ellas  muy  particularmente,  la  de  los  estudiantes  y  del  pueblo  mapuche.  La creación del Departamento de Derechos Humanos en la institución Carabineros de Chile, no entrega en
absoluto los resultados esperados. El Instituto Nacional de Derechos Humanos ha cursado diversas
querellas por uso “desproporcionado y discriminatorio” de la fuerza. Por su lado, en Derecho
Internacional, el Comité Internacional de la Cruz Roja precisa la normativa al respecto en su
documento “Violencia y Uso de la Fuerza”.

Sin dudas, la responsabilidad de estos actos no cae exclusivamente en la policía, sino en el
Ministerio del Interior y el gobierno que les permite este accionar que muchas veces se convierte
en ilegal. Agravante de esta lamentable realidad es la participación y capacitación que está
recibiendo la policía chilena en el “Centro de Entrenamiento para Operaciones de Paz”, en la base
militar del Fuerte Aguayo de Concón, patrocinada además, por el Comando Sur de las Fuerzas Armadas
de Estados Unidos. Desde su creación en 1946, los gobiernos chilenos han enviado a la Escuela de
las Américas de USA a miles de oficiales de las FFAA, donde reciben capacitación ideológica e
instrucción antisubversiva, incluyendo técnicas de interrogatorios y de torturas. Dichas enseñanzas
son aplicadas a quienes se les denomina “enemigos internos”, esto es, dirigentes de movimientos
sociales y todos quienes disienten del sistema establecido. Desde toda perspectiva, esto es
incompatible con el respeto a los Derechos Humanos.

Por lo que solicitamos:

▪ Plena garantía de los derechos civiles y políticos y ejercicio del derecho a manifestación,
reunión y demandas a la autoridad política del Estado, sin ser detenido ni mucho menos torturado.

▪ Respeto absoluto de los instrumentos que en materia de Derechos Humanos han sido ratificados por
nuestro país, especialmente la Convención Internacional contra la Tortura y otros Tratos o Penas
Crueles, Inhumanos o Degradantes; el Convenio 169 de la OIT, en lo relativo a los pueblos
originarios; la normativa interamericana como Estado miembro de la OEA, así como la normativa
internacional de protección de los derechos humanos que Chile ha suscrito ante Naciones Unidas y
como miembro no permanente de su Consejo de Seguridad.

▪ Fin a la aplicación del decreto 1.086 que regula las manifestaciones públicas, heredado de la
dictadura.

▪ Derogación de todas las leyes que consagran impunidad a los agentes del Estado, responsables de
crímenes de lesa humanidad, lo que implica la nulidad del Decreto de Ley Amnistía del año 1978;
derogación de la Ley 19.992 que oculta por 50 años los nombres de los torturadores.

▪ Juicio y castigo a los torturadores de ayer y de hoy, no acordar ningún beneficio a los
condenados en las cárceles hoy día; castigo a los responsables de Terrorismo de Estado; la Justicia
debe ser entendida como parte de la reparación que se debe a las personas afectadas y una medida de
no repetición de las graves y flagrantes violaciones a los derechos humanos acontecidas en
dictadura y cuya prevalencia se ha mantenido desde los años 90 en adelante.

▪ Inhabilidad de por vida para ocupar cargos públicos para todo violador de derechos humanos,
responsable de crímenes de lesa humanidad como la tortura, la desaparición forzada de personas y la
ejecución de prisioneros y opositores, sean civiles o militares.

▪ Avanzar en las investigaciones judiciales, otorgando a los familiares de las víctimas VERDAD,
JUSTICIA y REPARACIÓN INTEGRAL, lo que incluye el esclarecimiento de la verdad sobre las personas
desaparecidas, la identificación absoluta y castigo de los responsables.

▪ El Poder Ejecutivo debe proporcionar a los Tribunales de Justicia toda la información recabada
por la Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura, así como entregar a la sociedad una cuenta
acabada de la actuación de los aparatos policiales de ayer y de hoy.

▪ Cierre de la Base Norteamericana de entrenamiento policial situada en Concón y compromiso de no
aceptar en el país ninguna otra base militar extranjera.

▪ Fin de la Justicia Militar para juzgar a civiles.

▪ Puesta en marcha del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.

▪ Funcionamiento permanente de las Comisiones de Investigación de desaparición forzada de personas,
ejecución de prisioneros y de prisión política a fin que su rol de recabar información no esté
sujeta a fecha de vencimiento. Los procesos de recolección, sistematización y difusión de la
información debe incluir a todas las personas afectadas por la represión, nacionales  y
extranjeros, sin distinción  de edad ni sexo, así como también debe considerar la actuación de la
represión en el territorio nacional y en el extranjero.

▪ Enseñanza de los Derechos Humanos y derechos civiles en todos los centros educativos, de
formación e instrucción de la ciudadanía y de los agentes del Estado.

▪ Acceso público a toda la información clasificada de Derechos Humanos y políticas públicas sobre
el resguardo de la Memoria Histórica de nuestro pueblo así como implementación real de todas las
medidas de no repetición exigidas por Naciones Unidas ante violaciones graves, crímenes de lesa
humanidad y delitos flagrantes de Derechos Humanos.


II.- Respeto y plena vigencia de los derechos humanos en el Chile actual.

Ley Anti terrorista heredada de la dictadura, es la herramienta penal que permite un tratamiento
excepcional a los detenidos en acciones reivindicativas criminalizando sus luchas por la vía de la
prisión preventiva prolongada, restricciones a las garantías del debido proceso, secreto de la
investigación por largos periodos, acusaciones realizadas con “testigos sin rostro”, montajes con
apoyo comunicacional, entre otras y, que han afectado principalmente al pueblo mapuche. Agregamos
que la misma ley, que ha concitado la preocupación del Relator para los Derechos de la Niñez de la
CIDH, sigue aplicándose a menores de edad, a pesar de la modificación de la ley hecha en octubre
del 2010.

Promover con urgencia una ley de indulto general a los presos por este conflicto territorial y, en
lo inmediato, la consagración del debido proceso en las causas judiciales, término de la actual
prisión preventiva prolongada e ilegal y acceso real a la defensa y a la justicia para todos los
integrantes de los pueblos originarios detenidos y procesados por defender sus tierras. La libertad
sin condiciones de los presos políticos mapuche, y de quienes, sin serlo, se encuentran presos por
solidarizar en pro de sus demandas. Resulta urgente en lo inmediato poner fin a la criminalización
de las demandas de comunidades y dirigentes de organizaciones mapuche, así como respetar los
estándares internacionales de derechos humanos en relación a condiciones carcelarias y prisión
política de autoridades tradicionales, sobre todo aquellas estipuladas en el artículo 5º del
Convenio 169 de la OIT.

Recuperación de los territorios mapuches para sus comunidades, que en su gran mayoría se encuentran
en manos de empresas forestales, proyectos energéticos y mineros. Fin inmediato de las
autorizaciones que el Estado está entregando a las empresas forestales para aumentar las
superficies de explotación comerciales que violan el Convenio 169 de la OIT, destruyen el medio
ambiente e impiden que se desarrollen las políticas de devolución de tierras. Fin al engaño
destinado a arrebatarle las tierras de los mapuche a cambio de un bono, que está lejos de
corresponder al valor de esas tierras, pero por sobre todo, propicia desde el Estado el despojo y
el robo de tierras del pueblo mapuche.

Reconocimiento de la autodeterminación y formas de representación y autogobierno para el pueblo
mapuche. Pleno respeto del Convenio 169 de la OIT, firmado y ratificado por Chile. Creación de una
instancia de diálogo permanente entre el Estado chileno y los representantes legítimos del Pueblo
mapuche lo que el Estado chileno permanentemente ha negado y tergiversado.

Por lo que solicitamos:
▪ Fin a la aplicación de  la Ley Antiterrorista a los  comuneros mapuche  y a cualquier miembro de
pueblos originarios y luchadores sociales. Así como poner fin a la militarización del territorio
mapuche, a los allanamientos y a la utilización de equipos represivos tales como Fuerzas
Especiales, Equipo de Reacción Táctica (ERTA) de la PDI y las Patrullas Étnicas de reciente
creación, estas últimas que emulan otros momentos represivos conducentes al genocidio como en
Guatemala.

▪ Libertad inmediata y sin condiciones de los presos políticos mapuche, promoviendo con urgencia
una ley de indulto general para las personas recluidas, integrantes de los pueblos originarios,
muchas veces torturados y procesados por defender sus tierras ancestrales y cosmovisión cultural;
que en lo inmediato se consagre el debido proceso en las causas judiciales abiertas contra los
luchadores sociales por la causa mapuche; el término de la prisión preventiva; acceso real a la
defensa y a la Justicia.

▪ El resguardo de la integridad física y psíquica de la niñez mapuche y respeto irrestricto a la
Declaración de los Derechos del Niño y la Niña ratificada por Chile.

▪ Diseño y metodología de seguimiento y evaluación de la efectividad de las medidas de no
repetición comprometidas ante todo el país.

III.- Garantía y Promoción de los Derechos Humanos en Chile.

La Constitución de 1980, vigente en Chile hasta hoy, ha favorecido considerablemente la
perpetuación de las violaciones de los Derechos Humanos y su correspondiente impunidad. Sabemos que
el cerrojo constitucional imperante, con su sistema de quórums, Tribunal Constitucional, Consejo
Nacional de Seguridad, entre otros, impide la plena vigencia y promoción de los derechos humanos.

Por lo que solicitamos:
▪ Cambio urgente de Constitución, que recupere la soberanía nacional a partir de un proceso
Constituyente que redacte una nueva Carta Magna.

▪ Que la normativa de respeto, promoción y de plena vigencia de los derechos humanos se consagre en
la nueva Carta Magna con rango constitucional.

▪ Que la formación esencial de las Fuerzas Armadas y de Orden coloque como eje central la enseñanza
y formación en Derechos Humanos.

▪ Considerar en la nueva Constitución la defensa y cuidado de los recursos naturales de nuestro
país, así como definirlos como propiedad de todos los habitantes de Chile, de modo que la riqueza
que produzcan sean patrimonio de todos sus habitantes.

A nuestro juicio, estos son los temas que en materia de Derechos Humanos Chile está en deuda. Los
sometemos a usted, en prioridad y, esperamos su firme determinación a resolverlos si llegase a
ocupar la primera magistratura del País. Del mismo modo, entregamos esta Carta Abierta al pueblo
chileno, de modo que sufrague consciente, que construir un país democrático exige pleno respeto,
vigencia y promoción de los Derechos Humanos, como condición sin la cual, no se asegura el respeto
irrestricto a la dignidad humana.

Comisión Ética Contra la Tortura
(CECT Chile – CECT Secretariado Exterior) Huelén 164 - Providencia Santiago, octubre de 2013

Fuente:
▪ Informe Anual de la Comisión Ética Contra la Tortura 2012, titulado, «La Tortura es el miedo a
las ideas de los otros», publicado el 26 de junio 2012.
▪ Informe Anual de la Comisión Ética Contra la Tortura  2013, titulado, «En la senda de la Memoria,
los Derechos y la Justicia. 1973 – 2013: 40 años de Lucha, Resistencia y Construcción», publicado
el 26 junio 2013.
▪ Informe EPU 2013, elaborado por la Comisión Ética Contra la Tortura,
Envío:
Asociacion Ex Presos Politicos Cordoba
sitio web: https://sites.google.com/site/expresospoliticoscordoba/home



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