LAS ABUELAS CELEBRARON TRES DECISIONES DE CASACION
Con las sentencias confirmadas
Las Abuelas de Plaza de Mayo manifestaron su satisfacción por la confirmación de dos sentencias condenatorias por los casos de apropiación de la hija de María Elena Isabel Corvalán y Mario César Suárez Nelson, y de los hijos de Tulio Valenzuela y Raquel Negro. También celebraron la revocación del sobreseimiento de los apropiadores de Natalia Suárez Nelson Corvalán.
La Sala II de la Cámara de Casación confirmó el miércoles la condena dictada por el Tribunal Oral Federal de Paraná por el delito de sustracción de los hijos de Raquel Negro y Tulio Valenzuela –Sabrina y su hermano mellizo– que a la fecha se encuentra desaparecido, al igual que sus padres. En la sentencia se ratificó que la niña fue sustraída de su madre, quien, luego de permanecer ilegítimamente privada de su libertad en distintos centros clandestinos de detención comandados por Oscar Pascual Guerrieri, Jorge Alberto Fariña, Juan Daniel Amelong y los civiles Walter Dionisio Pagano y Eduardo Rodolfo Costanzo, fue traslada al Hospital Militar de Paraná para dar a luz, donde se produjo el robo de los menores con la presencia del médico Sacaría. Sabrina recuperó su identidad en 2008.
La Sala II también hizo lugar al recurso de las Abuelas en la causa que investigó la apropiación de María Natalia Suárez Nelson, e interpretó que sufrió el delito de ocultamiento hasta el momento en que conoció su verdadera identidad y que, por tanto, corresponde aplicar la pena más alta para este delito. De este modo, se endureció la sentencia dictada por el Tribunal Oral Federal Nº 1 de La Plata al apropiador Omar Alonso y el entregador Juan Carlos Herzberg.
Casación tomó además otra medida: revocó el sobreseimiento de la apropiadora de Natalia Suárez Nelson, María Luján Di Mattía. La Cámara de Apelaciones de La Plata había declarado prescripta la acción penal contra Di Mattía, pues consideraba que no había cometido un delito de lesa humanidad. “Esto demuestra que la Justicia lentamente comprende la gravedad del delito de apropiación de un menor, calificado ya en reiterados juicios como de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptible”, señalaron las Abuelas.
Fuente:Pagina12
22.11.2013
también ordenan recalcular las sentencias
Confirman condenas a apropiadores
La Cámara Federal de Casación Penal ratificó las penas de Omar Alonso y Juan Herzberg por el robo de una niña durante la dictadura.
Por: Pablo Roesler
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas al ex cantante de tango Omar Alonso y al ex comandante de navío Juan Herzberg por la apropiación de María Natalia Suárez Nelson, nacida en cautiverio en el centro clandestino de detención La Cacha que funcionó durante la dictadura cívico militar en las afueras de La Plata, y ordenó al Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº1 que los sentenció a diez años a recalcular la pena. También ordenó ampliar el procesamiento a la apropiadora.
La resolución de la Sala II de la Cámara, integrada por los jueces Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Pedro David, agravó la situación del cantante de tangos y el marino de la Fuerza de Tareas 5 (Fuertar5) al ordenar "devolver las actuaciones (al tribunal oral) a fin de que se dicte un nuevo pronunciamiento".
De esa forma, los camaristas ordenaron a los jueces Carlos Rozanski, Roberto Atilio Falcone y Mario Portela, que recalculen las condenas de Alonso y Herzberg, sentenciados a una década de prisión por "sustracción y ocultamiento de una niña sustraída antes de los diez años de edad y la alteración del estado civil" de una beba nacida en cautiverio en 1977 en La Cacha, dictada el 14 de diciembre de 2010.
La decisión respondió positivamente a la apelación de Abuelas Plaza de Mayo, que a través de los abogados Colleen Torre y Emanuel Loveli, pidieron que se apliquen las penas previstas para esos delitos en la reforma del Código Penal, de 1994.
"Apelamos porque el Tribunal aplicó la escala penal prevista por el artículo 146 con la redacción anterior a la reforma, que establecía el máximo en diez años. Pero la escala después pasó a ser de cinco a 15 años: elevó el máximo y nosotros creemos que hay que aplicar esa escala", explicó Torre a Tiempo Argentino.
La Sala rechazó ese criterio del Tribunal de primera instancia, que aplicó el máximo de diez años al comprender que los delitos se cometieron cuando la beba fue robada por Herzberg e inscripta como propia por Alonso y su mujer María Luján Di Mattía y que cesaron cuando la joven obtuvo su mayoría de edad al cumplir los 21 años.
Sin embargo, la querella de Abuelas señaló que los delitos cesaron el 1 junio de 2006, cuando la joven fue notificada de los resultados de los estudios de ADN efectuados por el Banco Nacional de Datos Genéticos.
Pena
La corrección del fallo condenatorio podría elevar la pena en cinco años.
Fuente:TiempoArgentino
21.11.2013
Guerrieri recibió 14 años; Fariña y Amelong, 13; Pagano, 11 y el médico Zaccaría
Confirman condenas a autores y partícipes de sustracción de hijos de Raquel Negro y Tulio Valenzuela
Sabrina, uno de los hijos de Raquel Negro y Tulio Valenzuela que fueron apropiados por la dictadura
Rosario.- La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena dictada por el Tribunal Oral Federal de Paraná en la causa por la sustracción de los hijos del matrimonio desaparecido durante la última dictadura conformado por los militantes montoneros Raquel Negro y Tulio Valenzuela, informaron hoy fuentes judiciales. La Sala II de la Cámara de Casación Penal, integrada por los jueces Alejandro Slokar, Angela Ledesma y Pedro David, ratificó de esa manera las condenas contra Pascual Guerrieri a 14 años de prisión; Jorge Alberto Fariña (13 años); Juan Daniel Amelong (13 años); Walter Salvador Pagano (11 años) y Juan Antonio Zaccaría (5 años).
Durante un juicio oral por crímenes de lesa humanidad sustanciado en 2011, el TOF de Paraná había encontrado a Guerrieri, Amelong, Fariña y Pagano como coautores de la sustracción de los mellizos que la detenida Raquel Negro tuvo en cautiverio en el hospital militar de Paraná en 1978. En tanto, condenó al médico Zaccaría como partícipe necesario de los delitos de sustracción de un menor y supresión del estado civil de otro.
En la sentencia se demostró que Raquel Negro, una militante montonera que estaba detenida en el centro clandestino del Gran Rosario llamado "Quinta de Funes", "fue trasladada al Hospital Militar de Paraná para el alumbramiento, donde se produjo el robo de los menores con el concurso del médico Zaccaría que se desempeñaba en el nosocomio", señala el Centro de Información Judicial (CIJ) de la Corte Suprema de Justicia.
Uno de los bebés mellizos nacidos en cautiverio fue entregado a una familia para su adopción, mientras que el otro permanece desaparecido, explicaron a Télam fuentes de la querella. Sabrina Gullino, la niña entregada en adopción, recuperó su identidad en 2008 y se convirtió en la nieta número 96 en conocer su verdadera historia. Sus padres biológicos, Raquel Negro y Tulio Valenzuela, permanecen desaparecidos.
En tanto, Gullino pudo reencontrarse con su medio hermano Sebastián Álvarez, hijo de Negro con una anterior pareja. A la vez, en el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal los jueces hicieron lugar al recurso de la querella haciendo aplicación de la doctrina consagrada ese mismo día en el caso "Alonso", que implica la "aplicación de ley penal más gravosa", explicaron los querellantes.
El máximo tribunal penal del país resaltó que estos casos "exhiben el carácter claramente inescindible que ligan la sustracción con el ocultamiento" cuando los imputados persisten "en la mantención del accionar delictivo", como ocurrió en este caso.
Abuelas celebraron la sentencia
Las Abuelas de Plaza de Mayo celebraron hoy las dos sentencias condenatorias en el marco de una causa por delitos de lesa humanidad por robo de bebés durante la última dictadura, y elogiaron "una vez más el proceder de la Justicia que avanza por la reconstrucción de los derechos atropellados" durante el terrorismo de Estado. Se trata de las sentencias por los casos de apropiación de los hijos de Tulio Valenzuela y Raquel Negro, y de la hija de María Elena Isabel Corvalán y Mario César Suárez Nelson, en cuya causa también se revocó el sobreseimiento de los apropiadores, una decisión judicial también celebrada por la asociación que preside Estela de Carlotto.
"La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó ayer la condena dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná por el delito de sustracción de los hijos de Raquel Negro y Tulio Valenzuela, Sabrina y su hermano mellizo que a la fecha se encuentra desaparecido al igual que sus progenitores. En la sentencia se ratificó que la niña fue sustraída de su madre", remarcaron.
Y agregaron: "Luego de permanecer ilegítimamente privada de su libertad en distintos centros clandestinos de detención comandados por Oscar Pascual Guerrieri, Jorge Alberto Fariña, Juan Daniel Amelong y los civiles Walter Dionisio Pagano y Eduardo Rodolfo Costanzo, fue traslada al Hospital Militar de Paraná a dar a luz, donde se produjo el robo de los menores con la presencia del médico Sacaría, quien se desempeñaba en el establecimiento. Sabrina recuperó su identidad en 2008".
Por otra parte, las Abuelas destacaron que la Sala II haya hecho lugar al recurso que hicieran como querella en la causa por la apropiación de María Natalia Suárez Nelson, que interpretó que "sufrió el delito de ocultamiento hasta el momento en que conoció su verdadera identidad y que, por tanto, corresponde aplicar la pena más alta para este delito".
"De este modo, se corrigió la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de La Plata por los delitos antes mencionados, perpetrados por el apropiador Omar Alonso y el entregador Juan Carlos Herzberg", afirmaron en un comunicado de prensa difundido tras las setencias del día de hoy. Al respecto del revocamiento del sobreseimiento de la apropiadora de Suárez Nelson, expresaron su conformidad y lamentaron que la Cámara de Apelaciones de La Plata haya declarado "prescripta la acción penal contra Di Mattía, porque consideraba que no había cometido un delito de lesa humanidad", situación que quedó revertida luego en Casación.
El tribunal revocó esa "desatinada decisión" que "demuestra que la justicia lentamente comprende la gravedad del delito de apropiación de un menor, calificado ya en reiterados juicios como de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptible. Elogiamos una vez más el proceder de esta justicia que avanza por la reconstrucción de los derechos atropellados durante la última dictadura".
Fuente:Telam


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