9 de marzo de 2014

REFORMA DEL CÓDIGO PENAL.

LEON ARSLANIAN FIJA SU POSICION CONTRA QUIENES NO QUIEREN DEBATIR EL NUEVO CODIGO PENAL
“Por obtener votos a cualquier precio tratan de arriar a la gente como ganado”
En medio de la discusión sobre si es necesario o no un nuevo Código Penal, el ex camarista y ministro explica que el Código actual es el producto de 900 reformas, critica las legislaciones de emergencia y los parches, niega que haya cambios en la forma de registrar la reincidencia, cuestiona a los que ven la ley penal como un talismán y responde por qué el anteproyecto entregado a la Presidenta no cambia el criterio sobre el aborto.
Por Martín Granovsky

Imagen: Sandra Cartasso
En su estudio del centro porteño está rodeado de carpetas. Dice que “hay discusiones dignas de dar”. León Carlos Arslanian integró la comisión de cinco juristas que escribieron un anteproyecto de nuevo Código Penal por encargo de Cristina Fernández de Kirchner y el 13 de febrero se lo entregaron a la Presidenta. El ex juez del Juicio a las Juntas y ex ministro de Justicia trabajó junto con el miembro de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni, el ex presidente del bloque radical de diputados y también camarista del Juicio a las Juntas Ricardo Gil Lavedra, el presidente del bloque Pro Federico Pinedo y la ex diputada socialista e integrante del Frente Amplio Progresista María Elena Barbagelata.

–A esta altura es difícil saber qué se debate. ¿Tener penas contra no tenerlas?
–En ese caso sería un falso debate, ¿no? No tendría en cuenta los hechos ni lo que hicimos en la comisión que redactó el anteproyecto de nuevo Código Penal. Y ese debate falso surge de quienes ven la ley penal como talismán. Así es como una muy buena noticia como la reforma del Código Penal se convirtió en una mala noticia. Es una verdadera pena porque muestra que por intereses a veces mezquinos, por obtener votos a cualquier precio, no se pone mientes en confundir y tratar de arriar a la gente como ganado, eludiendo incluso un debate razonable y metódico. Lo que busca crearse es una alarma social sobre la base de apenas un anteproyecto de ley.

–¿Por qué habría que reformar el Código Penal?
–El Código Civil tiene casi 150 años. El Código Penal es de 1921. Pasaron 93 años. Lograron superar los avatares del tiempo y salir bastante airosos del objetivo fundamental, que es servir a la vida social. El Penal fue más víctima de reformas que el Civil. El Civil, cuyas materias son más importantes, sufrió apenas una reforma, mientras que en el Código Penal fueron introducidas nada menos que 900 reformas.

–¿Por qué tantas?
–Es lo que pasa cuando se consagra el criterio de concebir a la ley penal como un talismán con poderes mágicos. Un talismán capaz de regular y dominar la violencia y hacer que los delitos dejen de cometerse o reduzcan su intensidad. Creer en un talismán penal no repara en un pequeño detalle: en realidad, la función evitadora del código Penal es casi nula. Se hace cargo de las consecuencias y castiga a quien delinquió. No evita que quien delinque lo haga. Lamentablemente, la meta de la prevención tiene un carácter relativo.

–¿Es una posición filosófica o una lectura de los hechos?
Surge de los hechos. Todas las reformas que sufrió el Código se hicieron bajo el imperio de circunstancias excepcionales. Tienen los rasgos típicos de las leyes de emergencia promulgadas ante una ola de secuestros o robos de automotor, y así para cada suceso que produjo algún tipo de inquietud social por su recurrencia. La experiencia nos muestra que esos delitos no disminuyeron por el cambio de penas. A veces incluso crecieron en frecuencia. Entonces no fue una opción pragmática. Subir penas no puede ser una panacea continua. Verlo así sería impregnarnos de la cultura de la emergencia. Entonces, cuando justo cuando queremos adecentar el Código Penal y recuperar el equilibrio perdido entre el modo en que se protegen los bienes jurídicos en la ley penal, nos encontramos con reacciones que nada tienen que ver con un debate ordenado. Parece un recurso sencillo para atemorizar a la opinión pública con propuestas nada pertinentes como convocar a una consulta popular. Estamos a nivel de un anteproyecto. El artículo 40 de la Constitución establece con claridad que el Congreso puede someter un proyecto de ley a consulta popular. Pero escucho hablar de consulta popular para oponerse a un anteproyecto. Es la réplica de quienes no ven satisfechas sus posturas. Por eso la emprenden contra las ideas, a las que tildan de abolicionistas o a las que atribuyen lenidad. No advierten que nosotros queremos salir del régimen de emergencia que cambió todas las reformas sucesivas y desfiguró el Código Penal, desvirtuó la coherencia interna y le quitó racionalidad. No puede ser que castiguemos con una pena superior al robo que al homicidio. Estaríamos perdiendo de vista que la primera misión de un legislador es rankear, por así decirlo, los diferentes bienes jurídicos y atenderlos según el orden jerárquico prelativo.

–¿Qué es el abolicionismo? ¿Algo más que una utopía?
–Es una propuesta de la criminología que propone un proceso de despenalización en función de lo que los abolicionistas ven como un fracaso, la privación de la libertad. Tienen una mirada etiológica sobre la violencia que observa y da preponderancia a otras formas de enfrentar los fenómenos de la violencia, como la recuperación de equilibrios o el cambio de circunstancias sociales.

–Escuché “los abolicionistas ven”. Tercera persona, no primera.
–Es que yo creo en el establecimiento de la pena privativa de la libertad. Mientras no se demuestre que hay algo más valioso, defiendo este sistema que yo mismo apliqué por años.

–¿La síntesis sería “creo en la validez de las penas, pero no solo en las penas”?
–El haber rendido tanto tributo a la ley penal hizo que hayamos descuidado por años todas las instancias primarias del control social y del funcionamiento de las demás agencias del sistema, cuya eficacia debe reconocerse como tan o más importante que la pena en sí. Insisto: la pena no funciona en su dimensión preventiva. Sí funcionan la agencia policial, la agencia judicial y todo lo que tiene que ver con la diagnosis y la inteligencia del delito. Lo importante es trazar políticas criminales en materia penal con conocimiento de circunstancias fácticas. Así el Estado puede intervenir con todos sus recursos, reducir violencia y reducir los perjuicios en los conflictos severos que se dan en la marginalidad y en los sectores de exclusión. El Estado puede y debe generar inclusión y cultura del trabajo, ayudar a la distribución del ingreso y al mismo tiempo disponer eficazmente de sus agencias.

–¿Y para qué servirían las penas?
–Aunque, como sostengo, el derecho penal viene con posterioridad al delito y actúa sobre las consecuencias, no sobre las causas, de todas maneras es muy importante que se sancionen los delitos. La pena cumple una misión resocializadora para que la persona no vuelva a delinquir. Y también debemos demostrar que quien delinque cumple una pena y tiene un castigo. Pero deben ser castigos racionales, porque no resolveremos todo con perpetuas. En la realidad, los hechos demuestran que la función evitadora es relativa y no depende de la magnitud de las penas. Eso es lo último que uno debe discutir. Demos el debate sobre el Código Penal, pero en un marco en que nos pongamos de acuerdo en los instrumentos del Estado a la hora de actuar sobre los fenómenos de la violencia. Y luego hablemos de cuál es la función de la ley penal y veamos qué tiene de malo utilizar formas que complementen a veces la prisión. El anteproyecto busca quitarle el carácter simbólico al derecho penal y, en cambio, darle efectividad. Digo que es simbólico cuando las penas no se cumplen. Pasa con la prisión en suspenso o las penas condicionales. Preferimos las penas que se cumplen, aunque no se agoten siempre en el encarcelamiento.

–¿Sería el fin de la libertad condicional?
–No más libertad condicional. Hoy alguien condenado a 12 años, a los 8 sale con libertad condicional. Incluso puede ser antes, por el régimen vigente. Los redactores del anteproyecto preferimos que esa persona cumpla el tercio remanente con otra pena: prisión domiciliaria, trabajos con la comunidad o lo que fuere útil. Pero el peso de lo institucional sobre el infractor debe ser real y el Estado debe ser responsable de que se cumpla. Porque encima el patronato de liberados ni siquiera es público.

–Cumplir sería lo contrario de lo simbólico.
–Cumplir es lo efectivo. Si no, es conminar y no cumplir. Escuché críticas a que la perpetua no figura en el anteproyecto. ¡Si con el Código Penal vigente hoy no hay nadie con perpetua en la cárcel! La perpetua no existe en los hechos porque los presos recuperan la libertad a los 35 años. Entonces no usemos algo que en la realidad no es tal. No nos llenemos la boca con falsedades. Es un error perder el tiempo discutiendo sobre penas y sobre el presunto rol que cumple el Código Penal. Debería estar más en cabeza qué hacer con otras instituciones, como las policiales, que necesitan acciones de reforma y de dotación de efectividad porque son la primera frontera contra el delito. O evitan que se cometa o esclarecen los hechos que luego son sometidos a la Justicia. Si nuestra intención es mejorar las cosas, pensemos en esto. Si no, yo tendría que pensar que quienes se detienen en estas discusiones sobre la extraordinaria y poderosa eficacia del Código Penal en realidad están interesados en otra cosa.

–¿En qué?
–En evitar discusiones de otra naturaleza, como el tipo de control del funcionamiento de las policías. O en esquivar el debate de cuestiones de origen social que demandan recursos y políticas del Estado y apuntan a reducir ámbitos de violencia extrema. Este anteproyecto merece en todo caso una discusión como la que tuvo el proyecto de Código Civil. No sé por qué debe ser abortado a través de supuestas “puebladas” o convocatorias multitudinarias a la pesca de que alguno se oponga sin saber. Discutamos racionalmente y que todo el mundo se explaye. Le dijimos a la Presidenta que este anteproyecto debía tener un fuerte consenso social y un fuerte consenso político, para que el nuevo Código sea estable y tenga por delante mucho tiempo de vigencia. Miremos estas circunstancias para darle racionalidad al debate. No agitemos fantasmas que no existen.

–Uno de los puntos en debate es el de la reincidencia.
–Sí, lo escuché. Quienes lo menean no dicen que también la reincidencia tiene un carácter simbólico y no real. Hoy la Justicia a veces coloca una pena de cinco años más como accesoria de la última pena impuesta por el último delito. Pero permite la libertad condicional. Y la persona ya fue penada y juzgada antes por un delito anterior. ¿Vamos a juzgar dos veces a la gente? Por otra parte, no estoy en contra de que el Registro de Reincidencia siga y sea de acceso a los jueces.

–¿No?
–No, no estoy en contra. Acá está lo que dice hoy el artículo 51 del Código Penal vigente: “Todo ente oficial que lleve registros penales se abstendrá de informar sobre datos de un proceso terminado por sobreseimiento o sentencia absolutoria. En ningún caso se informará la existencia de detenciones que no provengan de la formación de causa, salvo que los informes se requieran para resolver un hábeas corpus o en causas por delitos de que haya sido víctima el detenido”. Y después vienen una serie de supuestos sobre cómo y cuándo caducan los antecedentes. En el anteproyecto nuestro, hay un título, el sexto, sobre el registro penal. Habla del régimen y destaca también la abstención de informar. Una vez cumplidos los plazos del registro, que no son inmediatamente posteriores al cumplimiento de la pena, el anteproyecto propone que salvo que quien requiera el antecedente sea un magistrado, la persona que alguna vez fue condenada sea consultada sobre si está de acuerdo o no en dar la información. Si no, no habría caducidad de los registros. Tendría un efecto ultraactivo más allá del cumplimiento de la pena y más allá del plazo de caducidad del registro de esa pena.

–Una parte de la dirigencia política pidió directamente no debatir.
–Es como si dijeran: “Mejor no dar la discusión. No conocemos la versión oficial, pero no hablemos”. Yo no sólo admito que se discuta. Lo deseo. Desde el primer momento dijimos que necesitamos consenso social y político. Lo necesita cualquier código, porque tanto el Civil como el Penal o el Laboral tienen que ver con la vida cotidiana de los ciudadanos. No abortemos el debate. Lo que hizo Sergio Massa, precipitándose con desesperación porque vio la ventana de oportunidad demagógica, fue asustar con un fantasma. Dio por hecho que el anteproyecto es el Código Penal que va a salir, cuando la verdad es que le falta caminar mucho. Ni siquiera sabemos qué enviará el Poder Ejecutivo al Congreso. Al conformar la comisión, Cristina dijo que había procurado la representación de las distintas fuerzas políticas y que los integrantes tuvieran alguna versación en la materia. No dimos a difusión el anteproyecto porque no somos los dueños. Se lo entregamos a la Presidenta, y la Presidenta dispuso una amplia discusión. Está muy mal que se pretenda abortar el tratamiento del código a partir de agitar fantasmas inhibiendo a la comunidad de la posibilidad de tener un código. Sin reforma, la Argentina seguirá sometida a parches o leyes de emergencia tipo Blumberg. La idea es sacar al Código Penal de la emergencia, quitarle el estigma de la extravagancia y las ideas erráticas.

–¿Por qué pensaron en un apartado especial para los pueblos originarios?
–Tienen una cultura propia que debe ser respetada. Ya poseen normas de sanción. La idea es respetar en la medida de lo posible las sanciones de su propio régimen.

–En el mundo suele discutirse si lo que vale es el universalismo o el relativismo cultural. ¿Qué pasaría si unas normas originarias permitieran penas prohibidas por el régimen penal general?
–Obviamente no deberían permitirse como parte del poder sancionatorio de una comunidad.

–¿El anteproyecto innova en la despenalización de la tenencia de droga para el consumo personal?
–No hacemos otra cosa que seguir la jurisprudencia de la Corte Suprema en el caso Arriola. La tenencia para consumo personal está exenta de pena.

–¿Es cierto que eliminan la figura del dolo eventual?
–El dolo eventual ha tenido relación en nuestra jurisprudencia con la figura del homicidio culposo. Se trata de supuestos en los que, por ejemplo, un colectivero violó la luz roja, atropelló a un transeúnte y lo mató. Frente a esa conducta, para que el colectivero no quede penado livianamente, inventaron y forzaron una categoría equivalente a deseo y voluntad de matar. El dolo eventual quedaría expresado así: “No quiero el resultado, pero si se produce el resultado no me importa”. Nosotros, en cambio, incorporamos el concepto de “culpa temeraria”. El colectivero que viola un semáforo a 80 kilómetros por hora y mata gente merece una pena muy grave porque actuó con una desaprensión y un desinterés absolutos y no tuvo el cuidado que su actividad le imponía. Y le ponemos una pena de ocho años. Es más que los cinco actuales. Así evitamos que algunos jueces hagan malabares con la dudosa teoría del dolo eventual por la que hoy quedan satisfechas la familia y la opinión pública luego de la aplicación de otro talismán.

–¿El anteproyecto establece el derecho al aborto libre y seguro o mantiene la penalidad actual?
–Más allá de las convicciones personales de cada uno, como es un tema que divide de manera ostensible a la sociedad, preferimos no incursionar en él para no malograr la necesaria reforma del Código Penal.



MASSA, COBOS Y LORENZETTI, TRES PUNTOS DE UNA RECTA INQUIETANTE
Muy simple
Simples soluciones represivas para problemas complejos: el inconstitucional plebiscito de Massa sobre el Código Penal, la resucitada propuesta de Cobos de mandar a los cuarteles a los muchachos que no estudian ni trabajan y la incursión política de Lorenzetti, para quien el gran problema argentino es el narcotráfico. Alfonsín había previsto esta deriva inquietante cuando restringió los temas admisibles en una iniciativa popular. El costoso acuerdo con la UCR y la nueva visita a Roma.
Por Horacio Verbitsky

Leandro Teysseire. DyN
Un inconstitucional plebiscito sobre la graduación de las penas para los distintos delitos impulsado por el diputado Sergio Massa; la definición del narcotráfico como el principal problema que afecta al estado de derecho formulada por el presidente de la Corte Suprema de Justicia en un aventurado discurso político y la insistencia de enfrentar la inseguridad llevando a los cuarteles militares a los jóvenes de 18 a 24 años que no estudian ni trabajan, formulada por Julio Cobos, a quien se le ofreció la presidencia de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados son tres puntos notorios de una recta inquietante, que conduce hacia soluciones simples y de potencial represivo para problemas complejos y multidimensionales. Completa el panorama la anunciada audiencia de la presidente CFK con el Papa Francisco dentro de diez días.

Qué pena
El jueves 13 de febrero, Cristina recibió el proyecto de reforma, actualización e integración del Código Penal de la Nación en el que trabajó durante un año y medio una comisión creada por decreto del Poder Ejecutivo en 2012. Su característica principal es que no la compusieron técnicos, como en ocasiones anteriores, sino juristas con destacada actuación política y políticos de buena formación jurídica, requisitos que rara vez coinciden: el ministro de la Corte Suprema de Justicia Raúl Zaffaroni presidió el bloque de diputados porteños del Frente Grande; los ex camaristas federales Carlos Arslanian y Ricardo Gil Lavedra fueron ministros de Justicia de los presidentes Carlos Menem, justicialista, y Fernando de la Rúa, radical; la ex diputada María Elena Barbagelata integra el Frente Amplio Progresista y fue redactora del Código Edilicio porteño; el actual diputado Federico Pinedo, del PRO, comenzó su carrera en la Nueva Fuerza de la familia Alsogaray y luego de alió con Domingo Cavallo. Si bien ninguno investía representación partidaria, cubrían un amplio arco ideológico, expresión de los consensos y las políticas de Estado que todos dicen anhelar. No hubo representantes del Frente Renovador, porque se creó un año después que la Comisión. La presidente dijo al recibirlo que lo pondría a estudio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y lo reiteró ante la Asamblea Legislativa. Massa anunció que intentaría reunir cinco millones de firmas para oponerse mediante una consulta popular y declaró su acuerdo con el Episcopado Católico y con Lorenzetti acerca de la lucha contra el narcotráfico. Las opiniones se dividen entre quienes subrayan que Massa desconoce cuestiones básicas reguladas por la Constitución Nacional, que no permite modificar la ley penal por votación popular, y aquellos impresionados por sus reflejos de predador electoral y su falta de escrúpulo, que le permitieron poner a la defensiva al resto de las fuerzas políticas, acunado por los grandes medios de comunicación. La prohibición constitucional fue fundamentada por el ex presidente Raúl Alfonsín en la Convención Reformadora de 1994 porque, dijo, en ciertos momentos los medios pueden propiciar un arrebato de la opinión pública que implante hasta la pena de muerte para cualquier delito. La idea de que el anteproyecto de la Comisión multicolor, que hasta ahora el Poder Ejecutivo no ha hecho propio, reduce penas para los más graves delitos y los hace excarcelables es inexacta: por un lado, es mayor el número de delitos cuyas penas se incrementan y por otro, el Código Penal no regula las excarcelaciones, cosa que cada estado provincial hace en su exclusivo Código Procesal. Además, en los casos en que algunos mínimos se reducen, esto se ve compensado por el cumplimiento efectivo de la pena, cosa que en la actualidad no ocurre. El anteproyecto es un todo sistemático que intenta devolver racionalidad y proporcionalidad al Código Penal descuajeringado por parches y leyes especiales a lo largo de casi un siglo. El desdén de Massa y de su asociada Graciela Camaño de Barrionuevo (como él, flamante abogada) por el cumplimiento de la Constitución y de la ley 24.747, que prohíben la iniciativa popular que proponen, no mella su efectividad política, pero degrada el debate institucional en los precisos términos que previó Alfonsín. La UCR y el PRO se dejaron arrollar sin resistencia por esta ofensiva de la demagogia punitiva y su irrealizable ilusión penal. Lo que le molesta a Maurizio Macrì de la jugada de Massa es que no se le haya ocurrido a él dijo Felipe Solá, que fue socio de ambos. En la UCR, Cobos coincidió fuerte y claro con el diputado de Tigre, mientras Ernesto Sanz, Gerardo Morales y Oscar Aguad dijeron algo parecido pero con la boca llena y mirando hacia otro lado, de modo que no se entendió bien. La objeción que preocupó al gobierno nacional fue la de Susana Trimarco, muy angustiada porque los rufianes tucumanos que secuestraron a su hija Marita Verón intentaron hace unos días introducir en un auto por la fuerza a su nieta Micaela. Esta justificada desesperación podría tomarse como ejemplo para debatir la reforma del Código. Marita fue secuestrada con la escala actual y en doce años el caso no fue esclarecido ni sus responsables castigados. La escala penal para el delito del que fue víctima la hija de Susana Trimarco y con el que ahora amenazan a su nieta era de 4 a 8 años y en el anteproyecto sería de 3 a 8. En el caso de Marita, de quien no volvió a saberse, es obvio que la pena nunca podría ser el mínimo. ¿Alguien piensa en serio que de esa modificación dependen la seguridad de Micaela y el sosiego de su abuela? Si la policía tucumana no fuera parte del ruin negocio, si la Justicia hubiera investigado con diligencia desde el principio, si los capos de la organización criminal no tuvieran acceso fácil a los despachos oficiales, si los medios no lucraran con la publicidad de la prostitución, el crimen no se habría producido o ya hubiera sido aclarado. Sin esas transformaciones, la pena podrá ser de prisión perpetua o de muerte y nada se avanzaría. Del mismo modo, para erradicar o disminuir la comercialización ilegal de estupefacientes y mejorar la seguridad en el extenso corredor del norte del conurbano bonaerense (Vicente López, San Fernando, San Isidro, Tigre, Pilar, oh casualidad, todos ellos gobernados por el Frente Renovador de Massa) bastaría con disolver la santa alianza de intendentes, narcos, fiscales y policías. Allí se han producido los asesinatos más resonantes entre bandas de traficantes, cuya investigación fue obstaculizada por esa densa trama política, judicial y policial. Y en Tigre mismo fueron detenidos por fuerzas federales el narco colombiano Mi Sangre, en 2012, y el argentino Ariel Álvarez esta semana. Se diría que valoraron otras cuestiones diferentes a la escala penal antes de decidir dónde radicar su base de operaciones.

Cría Cobos
Los acuerdos que el gobierno nacional intenta con la UCR no han tenido hasta ahora los efectos que se buscaban, entre otras cosas porque el radicalismo también es una bolsa de gatos, aunque no se reproducen cuando chillan. No fueron posibles en el Consejo de la Magistratura, pese a la propuesta oficial, ni sirven ahora para sostener la reforma del Código Penal. Sin embargo, pueden tener un alto costo si se concreta la anunciada designación del ex vicepresidente Cobos para presidir la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, en lugar de la kirchnerista del Frente Grande Adriana Puiggrós. Desplazar a una militante que acompañó a Kirchner y a Cristina sin defecciones desde 2003 para hacerle un lugar nada menos que en esa comisión a quien consumó el trabajo práctico de educación cívica menos positivo de la democracia argentina sería un gesto autoderrotista. El problema con Cobos no es sólo aquella deserción escandalosa cuando el gobierno necesitaba de todas sus fuerzas en la confrontación con los poderes fácticos. Tampoco son edificantes sus propuestas actuales. Hace 45 días, cuando Cristina anunció el Plan Progresar, para jóvenes de 18 a 24 años, Cobos dijo que era necesario “ir a fondo” y “estimular de otra forma a los jóvenes”. Puso como ejemplo el programa Servicio Cívico, que ejecutó como gobernador de Mendoza: “Utilizamos las instalaciones ociosas del Ejército para darles educación y capacitación en oficios a los chicos que no estaban en el sistema”, dijo. El año pasado, durante la campaña electoral, Cobos presentó el libro Educación, el único camino y la página en Internet coboseducar.com.ar. Un capítulo del libro exalta aquella experiencia y afirma que “los jóvenes de los sectores más vulnerables que no estudian ni trabajan necesitan apoyo continuo, especialmente en lo referente a hábitos de trabajo y a la persistencia en el esfuerzo”, como forma de “disminuir los índices de pobreza, violencia, desocupación e inseguridad”. Según Cobos, ese programa “acercó las Fuerzas Armadas a la sociedad, llevando a cabo una importante función social. Los participantes asistían a jornadas completas en las instalaciones del Ejército donde almorzaban y concurrían a talleres sobre valores”. En 2010, el Senado trató proyectos de Servicio Cívico Voluntario de los radicales Ernesto Sanz y Laura Montero (ella fue ministra de Cobos), y de los peornistas Adolfo Rodríguez Saa y José Pampuro, con el objetivo de “otorgar espacios de contención a jóvenes en situación de riesgo” (que no describe en qué consiste), alentarlos a que terminen el ciclo educativo básico, capacitarlos en oficios, promover talleres culturales, artísticos y recreativos y fomentar “la cohesión social”. El dictamen común para los cuatro proyectos se firmó en la comisión de Justicia y Asuntos Penales, que debe pronunciarse sobre “toda disposición de carácter punitivo o represivo que contenga cualquier rama del derecho”, eludiendo las de Educación y Defensa. Esto dice mucho sobre la agenda oculta de esos proyectos, representativos de la histeria punitiva que en estos días toca nuevas cumbres. El Senado lo aprobó por mínima diferencia pero no pasó a Diputados porque ante una consulta de la ministra de Defensa Nilda Garré el entonces Jefe de Estado Mayor del Ejército, general Luis Alberto Pozzi, objetó “la conveniencia y oportunidad de llevar adelante la aplicación del Servicio Cívico Voluntario en dependencias de las Fuerzas Armadas y por personal de dichas fuerzas, teniendo en cuenta que ello implicaría la desnaturalización del instrumento militar, principalmente por las consecuencias sobre la organización, la utilización de los recursos humanos, materiales y presupuestarios de las Fuerzas Armadas y en especial a la luz de las tareas y responsabilidades propias y naturales del ámbito militar, que no incluye la enseñanza formal de adolescentes y jóvenes ni la capacitación en oficios”. También analizó el antecedente mendocino de Cobos. En 2005 ingresaron 254 alumnos y egresaron 111; en 2006 fueron 187 y 103; en 2007, 262 y 137 y en 2008 ingresaron 113 y egresaron 58. Este rendimiento declinante se debió “a la falta de adaptación a las normas de convivencia, al grado de inasistencias, a la no adecuación a los horarios a cumplir y a la disonancia con las expectativas generadas”, escribió el militar.

Haz lo que yo digo
El tercer punto de la recta fue la homilía con que Ricardo Lorenzetti inauguró el año judicial. Como Cobos, dijo que hablaría de valores. En la misma línea que Massa y que los obispos católicos, presentó al narcotráfico como la peor amenaza al estado de derecho, “algo en lo cual todos coincidimos”, por lo cual sólo “tenemos que ponernos de acuerdo en algunas cuestiones básicas e implementarlas”. Esta coincidencia decretada desde el púlpito tiene poco que ver con el debate democrático en un tema en el que si algo no sobran son las coincidencias. El presidente de la Corte no ve contradicción entre su defensa de la división de poderes y esta extralimitación sobre atribuciones del Ejecutivo y del Congreso, a los que también les impuso la creación y relocalización de juzgados. Aún si se admitiera que como cabeza del Poder Judicial puede opinar sobre cualquier asunto, este pronunciamiento no pasaría el test de calidad institucional. La ubicación que hizo de un delito determinado como eje de la problemática institucional es una enormidad que el abogado de Rafaela resaltó con gestos histriónicos de rostro y manos. Massa había hecho referencia a su participación en un encuentro convocado a fines de 2013 por el Episcopado Católico para plantear el tema. Los obispos firmaron en noviembre un documento titulado “El drama de la droga y el narcotráfico”, en el reclamaron “amplios consensos sociales que deriven en políticas públicas de corto, mediano y largo alcance”, la misma cuerda que pulsó Lorenzetti al reclamar políticas de Estado basadas en consensos básicos. La Iglesia Católica argentina, vale la pena recordar, tiene como orientador oficial en temas de drogodependencia al vicealmirante (R) Horacio Florencio Reyser, quien participó en encuentros bilaterales sobre seguridad con el Comando de Operaciones de la Armada estadounidense y en conferencias sobre “La nueva agenda de seguridad en el hemisferio sur”, que es donde los estadounidenses colocan la cuestión de las drogas y la vinculan con el terrorismo. Lorenzetti dijo que su prédica había sido consensuada con los demás ministros, pero según uno de sus colegas “sólo nos envió una hoja con un punteo de los temas que pensaba tocar, y después dijo lo que se le ocurrió a él”. Eso explica que haya mencionado nada menos que seis veces a “nuestra generación”, que comprende los 96 años de Carlos Fayt, los 74 de Zaffaroni y Carmen Argibay, los 64 de Juan Carlos Maqueda y los 58 del propio Lorenzetti. De haber conocido este curioso colectivo, Ortega y Gasset hubiera modificado su teoría sobre las generaciones. En un mensaje autorreferencial, Lorenzetti se citó tres veces a sí mismo. También exaltó la diversidad y el pluralismo, reconoció el derecho a criticar y ponderó el debate público sin demonizar al que disiente. Es un acertijo cómo se concilia este mensaje con su obstinada negativa a autorizar la constitución formal de Justicia Legítima, la organización no corporativa que ni siquiera fue mencionada durante la interminable lectura de todas las autoridades y organizaciones presentes, pensada para realzar el poder de convocatoria del presidente de la Corte. También se le aplica a él su referencia a la piedra de Hammurabi y la distancia que existe entre las leyes escritas y la realidad. Otro tanto puede decirse de sus menciones a pobres y excluidos, pronunciadas el mismo día en que la Corte se negó a supervisar si se está cumpliendo en todo el país su fallo de marzo de 2012 en el caso “A. F. s/medida autosatisfactiva”. Se trata de la autorización del aborto a una adolescente violada por su padrastro, una cuestión de fuerte impacto entre pobres y excluidos. La interrupción del embarazo ya se había realizado pero la Corte quiso dejar por escrito su criterio “para la solución de casos análogos que puedan presentarse en el futuro”, dado que comprometen la responsabilidad internacional del Estado Argentino. Por eso, exhortó a las autoridades nacionales y provinciales a sancionar protocolos hospitalarios que removieran las barreras administrativas o fácticas al acceso a los servicios médicos en abortos no punibles. También dijo que para acreditar que el embarazo es consecuencia de una violación basta la declaración jurada de la víctima, de modo que los médicos en ningún caso deben requerir autorización judicial. Pero el mismo tribunal rechazó ahora pedir información a las provincias para supervisar el cumplimiento de su sentencia. El fallo fue unánime pero la negativa a verificar su cumplimiento no contó con las firmas de Enrique Petracchi y Raúl Zaffaroni. Como dijo Lorenzetti, “tenemos muchas disposiciones legales que son declarativas. Muchos discursos, pocas aplicaciones”. Admitió con gusto la calificación de episcopal para sus exposiciones porque “hemos sido todos militantes de verdades parciales” y las sociedades necesitan “bases de funcionamiento común”. De allí dedujo que la Corte debía intervenir en la agenda pública “iluminando algunos temas”. Parecen palabras tomadas de la Carta Pastoral “Una luz para reconstruir la Nación”, que el Episcopado Católico les asestó a sociedad y gobierno en noviembre de 2005, con el presidente de la Corte subrogando al magisterio eclesiástico. Es difícil imaginar que en su audiencia del lunes 17 con un verdadero obispo, Cristina se salve de una nueva felpeada sobre el mismo asunto, que el ahora sonriente Jorge Bergoglio consiguió instalar como eje de la política argentina, alineando a propios y extraños.


Alfonsín lo sabía
Por Horacio Verbitsky


La participación popular para reforzar la democracia representativa tuvo un capítulo en el dictamen que en 1986 entregó al presidente Raúl Alfonsín el Consejo para la Consolidación de la Democracia. Con el objetivo de “colocar las instituciones al servicio de las necesidades sociales” recomendaba “la incorporación en el texto constitucional, para casos específicos e importantes, de formas semidirectas como el plebiscito, el referéndum, consulta e iniciativa popular”. La cuestión reapareció siete años más tarde, cuando Alfonsín y Carlos Menem pactaron en Olivos la reforma de la Constitución. El Núcleo de Coincidencias Básicas que firmaron en noviembre de 1993 fue protocolizado al mes siguiente por la Ley 24.309, de convocatoria a elecciones constituyentes. Allí se detallaban los 22 artículos que el pacto entre los jefes autorizaba a modificar, para incluir la reelección presidencial que requería Menem, la creación de un tercer senador que reclamaba Alfonsín y otros once puntos. Todos ellos debían ser aprobados o rechazados en bloque y se consideraba nula cualquier otra modificación, derogación o agregado. Además se habilitaba a la Convención a modificar otros cinco artículos de la Constitución circunscriptos a catorce temas específicos. Uno de ellos era la posibilidad de incorporación de la iniciativa y de la consulta popular como mecanismos de democracia semidirecta. En la sesión del 26 de julio de 1994 de la Convención Constituyente el propio Alfonsín defendió la inclusión de esos mecanismos, alegando que no se trataba de suplantar la democracia representativa sino de “complementarla y perfeccionarla”, pero en forma prudente, “ya que sabemos hasta dónde puede llegar a veces la deformación que produce la consulta”. Puso como ejemplo que “de presidente se ha pasado a emperador por medio de un plebiscito”. Para Alfonsín, “a veces la opinión es pasajera, mientras que la democracia representativa hace que el pueblo no esté sujeto a los vaivenes de la moda o de una campaña. No queremos consultas vinculadas con lo penal, porque en un arrebato de la opinión pública podemos llegar a establecer, por ejemplo, la pena de muerte por un delito. Tratada esta cuestión de manera particular por los medios de difusión, podría llevar de pronto, en una explosión de la sociedad, a tolerar o permitir una deformación de esta magnitud”. El líder de la UCR agregó que “conocemos lo que ha sucedido a través de la propaganda realizada no por Goebbels, sino por los medios modernos monopolizados u oligopolizados muchas veces, que saben crear en la opinión pública situaciones especiales”. En cambio, a través de la mediación de los partidos políticos y del Parlamento, la democracia soluciona en paz y en libertad los inevitables conflictos de intereses, dijo. Por eso, el artículo 39 de la Constitución estableció en forma precisa que “no serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal”. La ley 24.747 que en 1996 reglamentó ese artículo reiteró esa limitación. Tal vez Massa no se enteró ya que por entonces presidía la juventud bonaerense de la UCeDe.



LA DISTANCIA ENTRE EL TEXTO DEL ANTEPROYECTO DEL NUEVO CODIGO PENAL Y LAS CRITICAS QUE RECIBE
Lo que dicen y lo que en verdad dice
El repaso punto por punto de los cambios que se proponen para el Código Penal deja al descubierto que las afirmaciones de Sergio Massa y aquellos que lo siguen en su rechazo a la reforma son tramposas, imprecisas en ciertos casos y falsas en otros.

Como parte de su campaña política focalizada en el miedo al delito, Sergio Massa armó un blog y difundió un decálogo de las supuestas verdades acerca del anteproyecto de reforma del Código Penal que es analizado por el Poder Ejecutivo. Massa utiliza eslóganes que están estructurados con afirmaciones tramposas, imprecisas en ciertos casos y falsas en otros, y que buscan dejar como mensaje que el paquete legal está pensado para favorecer a quienes cometen delitos. Se basan en una deducción rudimentaria según la cual con más castigos, con más venganza, habrá menos delincuencia. El contenido del texto que elaboró la comisión multipartidaria de juristas no tiene nada que ver con las verdades de Massa, según ayuda a desentrañar en esta nota el coordinador de ese equipo, Roberto Carlés. Punto por punto, los altos contrastes.

- “Se reducirán las penas de 20 de los delitos más graves del Código Penal, y muchos se transformarían en excarcelables.” Massa dixit
Es una afirmación engañosa, no están claros los 20 delitos ni el criterio de gravedad. La reducción o aumento de algunas penas en forma aislada no dice nada, el Código Penal es un sistema donde los delitos y su castigo se definen en relación con los demás. La comisión ha calibrado las penas teniendo en cuenta qué se lesiona en cada caso, estableciendo que la vida de las personas es lo que más valioso. El Código actual, fruto de las reformas Blumberg, genera situaciones disparatadas: encubrir el robo de una vaca tiene más pena que encubrir un homicidio. Massa, además, sigue hablando de delitos “excarcelables” a pesar de que el Código Penal no es el que define si alguien va a la cárcel, sino los códigos procesales de cada jurisdicción y los jueces. Alguien puede cometer un delito menor, pero igual ir preso por riesgo de fuga. Y suponiendo que se fugue para evitar un juicio, Massa no dice que el Código se vuelve más estricto: para esa persona no hay prescripción, cuando lo atrapen será juzgado.

- “Se eliminaría la reincidencia: robar una o cien veces sería lo mismo según el nuevo Código”, sostiene el líder del Frente Renovador.
No es cierto. Robar una o cien veces nunca es lo mismo porque el que roba cien veces tendrá cien penas que se acumulan. La reincidencia es otra cosa: un agravante que los jueces tienen en cuenta al momento de establecer la cuantía de la pena para quienes ya pasaron por la cárcel con condena firme. En la actualidad se usa, a la vez, para negarles la libertad condicional a los reincidentes. “Quizá se le niega la libertad condicional a una persona que cometió dos delitos leves, pero la consigue un homicida”, grafica Carlés. Hay jueces, como la Sala II de la Cámara de Casación Penal, que han declarado inconstitucional la reincidencia: consideran que es juzgar dos veces por lo mismo. En la comisión reformadora, el tema generó disidencias. Federico Pinedo (PRO) planteó que había que mantenerla. Al final, se quitó pero se amplió el espectro de agravantes en el hecho, como la cantidad de personas intervinientes o la indefensión de la víctima. El registro de antecedentes sigue existiendo, no desaparece. Si alguien en los diez años previos ya tuvo una probation, no tendrá otra, irá a juicio. El juez hará una evaluación de cada caso antes de poner la pena.

- “Los delincuentes podrían cumplir condena en su casa en el 86 por ciento de los delitos según el nuevo Código”, afirma Massa.
El anteproyecto propone un sistema de penas alternativas (trabajos comunitarios, detención domiciliciaria, multa, entre otras) a la prisión en lugar de la libertad condicional. Es para que la pena se cumpla completa, con un control efectivo. Para las penas menores a tres años, siempre podrá haber una sustitutiva; para las que prevén de tres a diez años de prisión, se deberá cumplir la mitad en la cárcel; para las que tienen un máximo mayor a diez años, hay que cumplir dos tercios. Nadie que hoy no se beneficie con la libertad condicional se va a beneficiar con una pena alternativa. En la actualidad, quien recibió una pena de prisión perpetua puede salir a los 18 o 20 años. El que fuera condenado a la pena máxima prevista por el anteproyecto (30 años) va a tener que cumplir por lo menos 20. No es claro de dónde surge el 86 por ciento. Más allá de los montos los jueces evalúan cada caso. En los delitos graves (de lesa humanidad o contra la vida, o la integridad corporal o la integridad sexual), deberán requerir un informe a tres peritos (del tribunal, del Ministerio Público y universitario) antes de decidir una pena alternativa

- El blog antirreforma insiste: “De aprobarse el nuevo Código Penal, 17 mil delincuentes que hoy están presos podrían salir a la calle”.
Es una deducción arbitraria y no se entiende de dónde surge el número de 17 mil. Debería salir de conocer por qué delito está preso cada interno y hace cuánto. Suena bien difícil. La población penitenciara es de unas 60 mil personas, de las cuales el 70 por ciento no tiene condena. La libertad de los procesados depende del Código Procesal, no del Código Penal, y del riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación que evalúa el juez. Es cierto que los detenidos podrán pedir revisión si el código cambia las penas del delito que les adjudicaron.

- “El nuevo Código es un premio para los delincuentes: el 82 por ciento de los delitos sería excarcelable”, reitera.
Otra vez, no hay delitos excarcelables, sólo cuantías que permiten prever penas de cumplimiento efectivo. Tampoco Massa explica por qué sería bueno saturar las cárceles de gente ni cómo garantizar que se cumpla con el mandato constitucional de que sean “sanas y limpias, para seguridad y no para castigo”.

- Massa dixit: “Bajarían las penas de 146 delitos”.
No es cierto. Carlés señaló que el texto entregado a Cristina Kirchner reduce penas de 116 delitos, incluye 85 tipos penales nuevos, despenaliza 17 conductas, pero aumenta las penas de 159 delitos.

- “El nuevo Código es un premio para los narcotraficantes: el tráfico y la venta de drogas serían excarcelables”, decreta el ex intendente de Tigre.
En el anteproyecto, el contrabando de estupefacientes (narcotráfico) tiene la misma pena que ahora: tres a doce años de prisión. El tráfico de drogas (sembrar, producir, comerciar) prevé una baja en la pena máxima, de 15 años de prisión pasaría a diez, y la mínima, de cuatro a tres años de prisión. Ningún miembro de la comisión se opuso esto. El “tráfico” es amplio, abarca desde el “transa”, que vende pequeñas cantidades, hasta el que comercializa un gran cargamento. También se despenaliza la tenencia de droga para consumo personal, según la doctrina de la Corte Suprema.

- “El nuevo Código es un premio para los asesinos: se bajaría la pena para los homicidios agravados”, afirma Ma-ssa.
Es inexacto. Hoy un homicidio agravado tiene prisión perpetua, una pena que no existe en la realidad, considerada inconstitucional. Perpetua en la práctica son 18 a 20 años. Al establecerse una pena tope de 30 años, y la obligación de cumplir los dos tercios en prisión, nunca la pena a cumplir será menor a 20 años. Incluso puede ser mayor en casos de máxima gravedad.

- “Es un premio para los violadores: se bajaría la pena para la violación agravada”, según el diputado.
La pena de violación es igual a la del Código vigente: seis a 15 años. Y sube a 18 si la víctima es menor de trece años. Es cierto que baja para la violación agravada: de 20 años la máxima pasa a 18. La intención fue establecer una diferencia respecto del homicidio, que tiene una pena de 25 años. También se reconoce como tal la violación en el matrimonio.

- “El nuevo Código es un premio para los secuestradores: el secuestro seguido de muerte intencional ya no será penado con prisión o reclusión perpetua”, sentencia.
La prisión perpetua no existe en los hechos. La comisión puso la pena máxima en 30 años para adoptar los estándares del Estatuto de Roma, que lo establece para el genocidio. La ley antisecuestros establece que un secuestro se agrava por el resultado, como la muerte. Se propone volver a la modalidad donde las penas se acumulan: el secuestro, más el homicidio. El secuestro prevé de cuatro a 15 años de cárcel si es extorsivo, de seis a 20 si es agravado. Un secuestro seguido de muerte seguramente tendrá la pena máxima y un cumplimiento de 20 años.
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 “Premia a los torturadores: también se bajaría la pena”, advierte Massa.
La tortura es imprescriptible de acuerdo con el derecho internacional. Ahora tiene la misma pena que el homicidio, de ocho a 25 años; seguida de muerte tiene perpetua. El anteproyecto baja el máximo a 20 años, que es el que se suele cumplir en efecto. Si es seguida de muerte, se acumula con homicidio. Un dato novedoso: se castiga en el código al funcionario que no actúa para evitar la tortura (tortura por omisión) con cinco a 15 años.

- “El nuevo Código es un premio para los abusadores de menores: se bajaría la pena para la figura de corrupción de menores”, alerta.
Massa mezcla dos delitos distintos: el abuso de menores es la intrusión en el ámbito de la integridad sexual de la víctima (siempre requiere que exista el contacto físico), en cambio, corrupción de menores son aquellos actos que por prematuros (a edad temprana), perversos o por su extensión pueden afectar el normal desarrollo de la psicosexualidad. Para el abuso de menores, la pena se eleva de 15 años a 18 años. La “corrupción de menores” es redefinida. Hasta ahora el código habla genéricamente sin decir qué es. El anteproyecto identifica conductas consideradas corruptoras continuadas en el tiempo: exhibiciones obscenas (uno a seis años) y pornografía infantil (tres a diez años de pena). En el grooming (acciones, por ejemplo vía Internet, para ganarse la confianza de un menor para abusar de él) eleva la pena de máxima de cuatro a cinco años de cárcel.

- “El nuevo Código es un premio para los delincuentes de guante blanco: se bajaría la pena para los que participen de una asociación ilícita”, afirma Massa.
Lo que Massa no dice es que para los delitos de corrupción se endurecen varias penas y se incluye la responsabilidad penal (hoy inexistente) de las personas jurídicas, como empresas, a menudo utilizadas para amparar a las personas físicas que delinquen. La violación de deberes de funcionario público eleva la pena mínima de un mes a seis y la máxima de dos a tres años; el nombramiento ilegal de una persona pasa de una multa de 750 a 12.500 pesos a 30 a 120 días de multa. El cohecho (coima) pasa de uno a seis años de prisión a un rango de dos a ocho años y multa (al margen del decomiso), el tráfico de influencias eleva la pena mínima de uno a dos años y la máxima de seis a ocho; el cohecho internacional pasa de la pena de uno a seis años a dos a ocho años y multa; en las dádivas se eleva el mínimo a seis meses. Se amplía el peculado (robarse dinero público a cargo) al uso de bienes propios de la función (como un auto), con penas de dos a diez años de cárcel. La asociación ilícita no siempre es para cometer delitos de guante blanco. Hoy tiene penas altas cualquiera sea el delito al que se dedique la banda. La comisión propuso diferenciar según la gravedad de los delitos que se cometen (de dos a seis años o de tres aa diez).

- Massa dice que “las entraderas y salideras con armas serán excarcelables”.
Las salideras y entraderas no se llaman así en el Código, son robos como cualquier otro, que puede ser a la salida o entrada del banco, del cine, de la casa. El robo con arma de fuego hoy prevé una pena mínima seis años y ocho meses y un máximo 20 años. Baja a tres años de piso y doce de techo. La reducción es para diferenciarlo de los delitos graves (la mínima del homicidio simple es de ocho años). Las excarcelaciones, ya se dijo, dependen de los códigos procesales. El bonaerense, por ejemplo, no permite excarcelar los delitos con penas máximas de ocho años.

- “El nuevo Código es un premio para los que se dedican a la trata de menores: la pena mínima baja de diez a cuatro años de prisión”, alarma Ma-ssa.
Es cierto que la pena mínima baja de diez a cuatro años, aunque se mantiene el máximo de 15. Carlés dice que se usó esa fórmula porque el abanico de conductas es grande: desde el que transporta a un menor para explotación laboral hasta el que promueve o facilita la entrada o salida del país para la extracción forzada de órganos o tejidos. El mínimo se eleva a ocho años cuando la víctima es menor de trece años. La responsabilidad de personas jurídicas es clave en los talleres clandestinos.

- “Robarle al campo también se castiga menos: la pena mínima para el abigeato baja a seis meses”, define Massa.
El robo de ganado prevé hoy de dos a seis años de prisión. Se baja la pena mínima a seis meses. Pero si es agravado eleva la máxima, que pasa de diez a doce años. Aun así, cualquier robo tiene una pena mínima de un mes de prisión hoy en día. No es claro por qué el abigeato tiene pena mayor. Seis meses es la pena mínima del anteproyecto, no existen penas inferiores.



CAPITANICH, CONTRA LOS CRITICOS DE LA REFORMA DEL CODIGO PENAL
“Oportunismo político”
El jefe de Gabinete cuestionó a los opositores que rechazan discutir el anteproyecto elaborado por la comisión de juristas y referentes de la UCR, el socialismo y el PRO. Pidió centrar el debate en el Congreso.
El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, durante sus habituales conferencias de prensa en la Casa Rosada.Imagen: Télam
El jefe de Gabinete nacional, Jorge Capitanich, criticó ayer el “oportunismo político” de distintos sectores de la oposición que siguen criticando las reformas propuestas al Código Penal. El ex gobernador de Chaco remarcó que el borrador elaborado por “jurisconsultos y especialistas con amplio conocimiento en la materia”, en referencia al grupo de legisladores que elaboró el anteproyecto de ley, dirigidos por el juez de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni, es “analizado por las distintas áreas del Poder Ejecutivo” y consideró importante centralizar el debate en el Congreso. Intendentes bonaerenses y referentes del sciolismo también salieron al cruce de aquellos que critican la reforma.

Tras remarcar que el anteproyecto con los cambios al código está bajo análisis del Ejecutivo, Capitanich dijo que “existe la oportunidad de discusión en las comisiones respectivas para profundizar el debate. No parece lo indicado generar oportunismo político” con el tema.

Sin embargo, Sergio Massa, quien picó en punta en las críticas a la modificación del Código Penal y le marcó la cancha al resto de la oposición, insistió con su prédica antirreformista. “Aspiramos a que la gente sepa que el código tiene rebaja en delitos como la sustracción de menores, como el homicidio en la ocasión de robo, como la tortura, el secuestro, y una innumerable cantidad de delitos que no vale la pena mencionar”, dijo entre otras generalidades. En ese sentido, el ex intendente de Tigre afirmó que “solamente desde el repudio de la propia sociedad se puede generar conciencia”, ya que “en la confección y el diseño de este proyecto participaron el socialismo, el radicalismo, el PRO y el kirchnerismo”. “Aspiramos a que se revise la lógica; que se revise la idea; que se tengan en cuenta los delitos penales económicos; que se tenga en cuenta la suba de penas para el narcotráfico, y no la rebaja, como plantea este código; que sea un código que refleje el interés social colectivo, la preocupación de la gente y no la teoría de algunos catedráticos nada más”, agregó Massa.

Le respondieron desde su propio territorio, la provincia de Buenos Aires. De una manera general, el intendente de La Matanza y presidente del PJ, Fernando Espinoza, reclamó a los dirigentes “dejar de hacer de actores de televisión” para afrontar con “seriedad y responsabilidad” las políticas de Estado. En coincidencia con la postura de Capitanich, indicó que “los dirigentes tenemos que dejar de hablar tanto o discutir los proyectos por televisión y la radio, sino discutir en los ámbitos, con los equipos técnicos al lado, con la seriedad y responsabilidad que los ciudadanos argentinos se merecen”.

Desde el sciolismo también salieron a enfrentar a Massa. “El gobernador (Daniel Scioli) contesta no con pedidos de firma ni cosas etéreas, con cosas reales”, lo cruzó el jefe de Gabinete bonaerense, Alberto Pérez.

También hubo réplicas a Ma-ssa desde el ámbito judicial. “Muchos de los que critican la reforma del Código Penal no sólo no saben en qué consiste, sino que no les importa”, advirtió ayer el juez federal de La Plata, Carlos Rozanski, y alertó que se pretende “instalar una discusión sensible para la mayoría de la gente para obtener votos”. “Discutir un artículo sobre la reincidencia aleja la posibilidad de hablar en serio sobre un tema como el de la reforma de un Código Penal, que no hay duda de que hay que reformar”, añadió el magistrado.


Un entendido en materia penal
Las reformas al Código Penal no distinguen roles institucionales ni ámbitos de conocimiento. Ayer también opinó sobre el asunto el conductor Marcelo Tinelli, quien advirtió que sería “una locura” avanzar en la reducción de “penas en delitos de tráfico de drogas, robo agravado, homicidio agravado”. En una serie de tweets, el conductor evaluó los cambios que se proponen para el código. “Es una locura aprobar esa reforma. Parece hecho para que los delincuentes estén mejor y salgan más rápido”, sentenció.



Definición por penales
OPINION
La polémica sobre el Anteproyecto de Código Penal. La ideología en danza. Lo que manda la Constitución. La necesidad de un código, que no lo hay. Falacias y distorsiones. La antinomia “gente” y “delincuentes”. Delitos que no le importan a la “gente”, clasismo y discriminación. La naciente “alcaldelogía”. Y algunas cuestiones más.
Imagen: Corbis
La polémica sobre el Código Penal se proyecta mucho más allá, por eso es tan interesante y deprimente. Alude al modo en que se hace política, a la ideología de buena parte de la oposición, al sensacionalismo de los medios dominantes, a la falacia de fariseos que reclaman políticas de Estado y las demuelen cuando se insinúan.

La Constitución nacional prescribe la existencia de varios códigos nacionales, entre ellos el Civil y el Penal. Se diferencia, en ese rubro, de la estadounidense. Si se habla en serio y en sentido estricto (hagamos el esfuerzo, contra los mandatos de la moda), la Argentina no tiene ahora un Código Penal. El promulgado hace casi un siglo es un simulacro: fue corregido y emparchado decenas de veces, muchos delitos se abordan en leyes separadas.

La virtud que nuestro sistema institucional busca en los códigos es la armonía que se consigue cuando toda la materia abordada se trata de modo sistemático por un cuerpo legislativo. Lo otro, lo que hay, es un mamarracho. Se repite lo ocurrido respecto de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LdSCA).
Los que la obstruyeron bregaron, objetivamente, por mantener la normativa de la dictadura, empeorada gravemente bajo la presidencia de Carlos Menem. Ahora defienden un
ersatz de ley arcaico, empeorado al calor de conmociones sociales. Ese es el statu quo, eso es lo que (puestos a elegir, pero haciéndolo de modo diferente al de Joan Manuel Serrat) bancan las derechas autóctonas.
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Una buena muestra: ya que de penales hablamos, empecemos atajándonos. El Anteproyecto de Código Penal (ACP) merece ser discutido de punta a punta. Está sujeto a revisión por el Ejecutivo, que debería tratar de mejorarlo para luego elevarlo al Congreso. El debate parlamentario tendría que ser amplio y acompañado por polémicas entre juristas y otras entre ciudadanos de a pie.

Lo que es ramplón y demagógico es el modo elegido por el diputado Sergio Massa, seguido por algunos integrantes de su partido y por un nutrido pelotón de competidores dentro de la opo. Massa quiere impedir que el anteproyecto entre al Parlamento. Lo penoso son sus argumentos y sus tácticas que no sólo revelan lo primitivo de su formación, sino su sustrato ideológico, su restringido concepto de “seguridad”, lo que entiende por “gente”... hasta los delitos que le importan y los que no.

El modo en que se planteó la cuestión trasciende al ACP y sirve de muestra para calibrar a la oposición. Massa primereó con su movida antipolítica y dirigentes de otros partidos corrieron a imitarlo. Hay una interna ahí, pocos se sustraen a su encanto.

La demagogia punitiva tiene cultores múltiples y transversales: también los hay en el Frente para la Victoria (FpV). En esta ocasión son opositores los que compiten para no quedar pegados como garantistas (crimen capital, ya se sabe). Pero vayamos un cachito atrás.
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Lo que hay, lo peor: un código es una ley importante, distinta cualitativamente (ya se dijo), pero una ley al fin. Se puede modificar en todo o en parte por otra ley posterior. No requiere mayorías especiales, como otras leyes. Tampoco una metodología especial y exigente como la Constitución. Eso puede pasarle al futuro código, si llega a tratarse y aprobarse, lo que implica que pueden irse rectificando errores, carencias o incongruencias más adelante.

Huelga decir todo lo que han cambiado en casi cien años la sociedad, las valoraciones, los derechos de las mujeres y las minorías, las costumbres. La antigualla fue rectificada y emparchada decenas de veces.

Muchas de ellas en momentos desaconsejables, de alta conmoción colectiva. En las sociedades de masas, ciertos delitos conmueven a la opinión pública, suscitan reacciones emocionales, arrebatadas: motivan demandas de reformas hechas en caliente y de volea. No es una exclusividad argenta: ocurre en todas las latitudes. Un ejemplo clásico fue el secuestro y posterior asesinato del pequeño hijo de Charles Lindbergh en Estados Unidos, seguido de un juicio escandaloso (condena a muerte incluida) y de modificaciones en las leyes federales.

Viene a cuento evocar los disparates que se produjeron acá cerca y hace poco tiempo tras el secuestro y asesinato del joven Axel Blumberg. Su padre, convertido en héroe mediático por unos meses, forzó reformas alocadas, brutales y vergonzosas. El kirchnerismo, recién llegado al Gobierno, cedió. El enchastre legislativo fue tremendo, hace años que se lo viene zurciendo.
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Las debidas proporciones: un código debe tener consistencia interna. La proporcionalidad en las penas es uno de los pilares a sostener. Todo delito afecta a un bien jurídico que el sistema quiere tutelar: la vida, la libertad, la propiedad, entre tantos. Es imperioso jerarquizar esos bienes protegidos, construir una escala de valores que se refleje en las penas.

Es sencillo decir que la vida es el valor supremo, el bien jurídico superior. Pero en una sociedad capitalista hay quienes ranquean muy alto a la propiedad privada, sobre todo si se la parangona con la vida de seres humanos que desdeñan. La escala valorativa real de quienes dividen el mundo entre “gente” y “delincuentes”, no siempre armoniza con los principios humanistas más sólidos. Por ejemplo, hoy día ciertos robos tienen un máximo de pena más grave que las lesiones gravísimas (amputación de un miembro, desfiguración del rostro). Así lo destaca el abogado Gustavo Arballo en su blog, Saber Derecho, que tiene más de 20 posts dedicados al tema. Escritos antes de la ofensiva massista, intuyen buena parte de su discurso y lo desbaratan. Se recomienda la lectura íntegra, que nutre esta nota tanto como los aportes informales que recibió el cronista de otro joven jurista, Lucas Arrimada.

Regular a todos los delitos al mismo tiempo permite al legislador demarcar, al fijar las potenciales sanciones, una ponderación social.
Nada de esto es simple ni existe unanimidad posible. ¿Ni siquiera en las ensalzadas “políticas de Estado”?
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Políticas de Estado y unanimidades: es remanido, queda re bien reclamar “políticas de Estado”. El mejor estilo es el engolado (casi acentuando “políticas” en la o), el mejor gesto es el dedito levantado. Dirigentes, comunicadores, “filósofos” y hasta timberos-gurúes de la City se llenan la boca con ellas. Nadie les pide que se expliquen, porque se les reconoce una extraña autoridad.

Las políticas de Estado se proyectan al largo plazo y son pactadas entre distintas fuerzas. Eso no determina, contra lo que parece presuponerse y hasta exigirse, que expresen unanimidad absoluta. En sociedades diversas y pluralistas, es muy difícil que las haya, salvo en situaciones límites: después de una guerra, una dictadura o una catástrofe. Cuando la vida es menos terrible, cuanto menos unívoca es la coyuntura, hay variedad de posiciones.

Acordar un código de fondo supone trajinar las diferencias. Cabildear, discurrir, ceder, transigir, pactar. La democracia no es la búsqueda irrealizable del unanimismo, sino un sistema en el que se negocia permanentemente y, en algún punto, se acude a la regla de la mayoría.

Yendo más al hueso: la cosmovisión de Eugenio Raúl Za-ffaroni y la de Federico Pinedo no concuerdan, circunstancia que impacta en el modo en que pueden legislar. ¿Cómo concretan, entonces, un texto firmado por ellos y otros juristas? Cediendo, articulando, negociando, con perdón de la palabra.

Eso sí: nada más parecido a un boceto de política de Estado que un ACP redactado por una comisión que reúne a juristas de reconocido nivel, portadores de distintas vertientes de pensamiento, varios de ellos ligados a partidos con representación parlamentaria.

Un buen ejemplo de convocatoria al diálogo, la convivencia, una apertura a los opositores. Y, esta vez, un apartamiento de la falta de apertura que se le atribuye al kirchnerismo, a menudo con razón.
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Precedentes y necesidades: el ACP tiene semejanzas importantes con un proyecto concebido durante el mandato del presidente Néstor Kirchner. Es imprescindible que se complemente con un nuevo Código nacional de Procedimiento Penal. También hubo un esbozo valioso en esta larga década, quedó traspapelado. Académicos, jueces, fiscales y abogados con sensibilidad jurídica y democrática piensan que la reforma del proceso es tanto o más relevante que la ley de fondo. La presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció que se enviará un proyecto al Congreso al abrir las sesiones ordinarias.

Vale subrayar dos aspectos ocultados por la prédica de Massa y algunos de sus adláteres. El primero es que la mayoría de los delitos se juzga en jurisdicción provincial y que cada distrito tiene su Código de Procedimientos. El segundo, sólo en orden de enumeración, es que quienes resuelven las causas penales son los jueces. Se pide perdón por comentar algo tan obvio, pero hete aquí que no se toma en cuenta. Por eso es enormemente falaz una de las diatribas principales: todos los acusados van a ser excarcelados. Para llegar a semejante disparate se acumulan varias falacias.

Da fiaca responderlas de a una y en algunos casos es tramposo. Pero hagamos el esfuerzo. Contra lo que se proclama, se crean más delitos que los que se desincrimina. Se incrementan más penas de las que se rebajan. Arballo lo tabula, también lo hizo el coordinador de la comisión redactora, Roberto Carlés, en declaraciones a este diario: se incluyen en el texto 85 tipos penales nuevos, se despenalizan 17. Las penas suben para 159 delitos y bajan para 116. Los números no son todo en la vida, pero algo esclarecen.

Massa y su cohorte clavan la mira en los mínimos de las penas y claman: ¡todos los delitos son excarcelables! Construyen, tras cartón, un sofisma de aquéllos: todos los jueces, en todos los expedientes, excarcelarán a los delincuentes.

La profecía omite: a) computar que las reglas de excarcelación no están en el Código Nacional Penal, sino en los códigos procesales de las provincias; b) advertir que las sanciones para los delitos tienen una escala que va de un mínimo a un máximo. Por caso, el homicidio va de ocho años a 25. Es siempre adecuado que la escala tenga cierta amplitud para que el juez, sopesando las circunstancias del caso concreto, decida. Lo que se propugna desde la oposición es, bien mirado, que el legislador decida de antemano todos los casos, uniformando la variopinta realidad. La función del juzgador, el que tiene acceso a la inevitable peculiaridad de cada expediente, se reduciría hasta el absurdo.

El presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, debió alzarse contra esta minusvalía en su episcopal discurso de apertura del año judicial. Se inclinó por agradar a todo el mundo, una de sus pulsiones. Ya que estamos, es evidente que la comisión que propuso el anteproyecto de reforma del Código Civil, encabezada por Lorenzetti, era mucho menos pluralista y ecuménica que la del Código Penal. Sin embargo, fue menos cuestionada.
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Inseguridad, delincuentes y “gente”: el gran eje argumental de los cruzados comunicadores y políticos es combatir la inseguridad. Atajemos otra vez: ningún código terminará con un fenómeno complejo y pluricausal. Y miremos más de cerca el discurso de los manoduristas. Uno de sus pilares es de describir un universo que separa a “la gente” de los delincuentes. Otro, centrarse sólo en un conjunto de delitos, tal vez porque otros son, con frecuencia, cometidos por quienes ellos llaman “gente”.

Lo que falta en un relato es tan importante como lo visible, echémosle un vistazo. La mayoría de los crímenes de sangre y de los delitos sexuales son intrafamiliares o cometidos por personas cercanas a las víctimas.

De eso no se habla.

La violencia institucional que siega vidas de personas habitualmente humildes y casi siempre jóvenes no entra en el radar del massismo. Seamos francos, no suele interesar casi a ningún intendente del conurbano bonaerense o de los otros que rodean a grandes ciudades del país, fuera cual fuera su bandería política. Una digna minoría de legisladores se ocupa asiduamente del tema y vale la pena mencionar al joven diputado Leonardo Grosso, del Movimiento Evita. Los atroces crímenes de La Cárcova llegaron a juicio oral, los abanderados de “la gente” no se atribulan.

Tampoco entran en la batida los delitos económicos o de guante blanco. Los vaciadores de empresas que dejan laburantes en la calle, las patronales que evaden no interpelan a los críticos del ACP. Massa se compunge por “la gente del campo” a la que le roban maquinaria agrícola. No vela, simétricamente, por los miles de trabajadores informales, víctimas de la evasión impositiva del sector. Hay perjuicio al fisco, hay desamparo para los trabajadores. Ni ellos, da la impresión, son “gente” ni los evasores son delincuentes en la vulgata que los medios dominantes avalan en éxtasis.
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Diferencias y omisiones: la comisión redactora no llegó a acuerdos en todos los puntos, el ACP se presenta con disidencias de minoría. La única mujer que participó, la socialista María Elena Barbagelata, marcó varias, mayormente encuadradas en la perspectiva de género. Una legislación previa, machista y discriminatoria desde el vamos no ha sido, a su ver, suficientemente corregida. He ahí un ángulo digno de abordaje. Por lo pronto, el Ejecutivo debería remitir el proyecto sin dar cuenta de disidencias. Se enfatiza el uso del potencial, ya se explicará por qué.

El ACP recoge avances jurisprudenciales, bien surtidos. No todos abrevian penas, algunos las suben. Se agravan para los que cometen abusos sexuales aprovechándose de su poder o eminencia: vade retro, Julio Grassi.

Unos cuantos jueces medievales resolvían que no podía existir violación dentro del matrimonio: su interpretación de la ley era minoritaria pero el “código” le daba cobijo. La nueva norma tipifica el delito y sazona con una pizca de justicia.

Se sanciona como delincuente al violento que desacata órdenes judiciales de no acercarse a su ex pareja o familiares. Son hechos cotidianos en esta época, consentidos o ignorados años atrás.

Se legisla de modo tal de impedir que lleguen a juicio oral crímenes como el del acusado que se comió un sándwich ajeno en el juzgado. O el de quien sustrajo un chocolatín o un pedazo de carne de un supermercado. Tales pícaros ¿serán “gente”? Mejor no considerarlos tales y mantener el disparate de gastar tiempo, ocupación de los juzgados y recursos en insignificancias.

Se piensa en el interés superior de los hijos de presas o presos para ampliar la posibilidad de que sus padres cumplan arrestos domiciliarios. ¿Para qué? Los delincuentes no son gente, sus pibes heredarán ese estigma. El ACP crea los delitos de personas jurídicas, es otro aspecto controvertido, cuya virtud es atacar a la delincuencia de alto nivel.
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Derecha e instituciones: el sistema político argentino es particular, en especial por la peculiaridad del peronismo. El desprestigio de la derecha es otra característica: casi nadie se coloca en ese carril ideológico. Un consultor afamado, que asesora al jefe de Gobierno porteño Mauricio Macri, entre otros, lo describe como un político “social cristiano”. La libertad de expresión da para todo, hasta para la comicidad involuntaria.

Claro que todos somos parientes de nuestros contemporáneos y la no asumida derecha argentina tiene primos en el mundo. Sus posturas son tan temibles como rústicas y, a menudo, tienen mucha acogida en sectores populares. La inseguridad urbana, el temor al otro, variadas facetas de chauvinismo cunden en todas las aldeas: el Tea Party, Partido Popular español, Marine Le Pen en Francia, tantos cofrades en otros países europeos. Las pampas no hacen excepción.

La embestida pone al Gobierno en un brete. Ha construido más institucionalidad que la que le reconocen sus adversarios, pero no la suficiente. En este caso, cumple una manda constitucional, designa a juristas mucho más prestigiosos que sus críticos, abre un abanico pluralista. Pero es más que probable que la iniciativa sea pianta votos.

El Código Civil, con media sanción del Senado, espera en Diputados mientras el papa Francisco hace lobby contra alguna de sus disposiciones progresistas. Está fuera de la agenda oficial llevar al Parlamento una ley sobre aborto libre y seguro.

Tal vez, quién sabe, sería funcional para el oficialismo frizar el Anteproyecto de Código Penal, una construcción digna pero poco redituable en lo inmediato. La democracia de masas impone dilemas duros.


Los sabios de la tribu
Por Mario Wainfeld

Los abusos sexuales indignan, los femicidios, la violencia intrafamiliar también, pero el concepto vulgar de “inseguridad”, lombrosiano al mango, casi nunca los engloba.

El diputado Sergio Massa invoca a personas comunes y muchas le creerán. Amaga con promover una iniciativa popular para vetar la eventual ley. La Constitución no permite la movida en esos términos. No importa, la idea está lanzada.

El diputado Darío Giustozzi dobla la apuesta de su jefe. Explica que los redactores viven en un frasco, son teóricos, tilda al Anteproyecto de Código Penal de “surrealista”. Se entusiasma y alega que los intendentes son las personas que mejor conocen la realidad, hasta dejando atrás a los gobernadores (él aspira a serlo en 2015). Antaño la filosofía era la madre de todos los saberes, en el siglo XXI parece haber surgido la “alcaldelogía” para disputarle el cetro.

Soslaya que León Carlos Arslanian fue ministro de Seguridad de la provincia de Buenos Aires. Algo de realidad habrá visto ahí... Arslanian claro, luchó a brazo partido contra Blumberg, las policías bravas y el gatillo fácil, delitos por los que Massa y Giustozzi jamás serán llevados al banquillo. Arslanian –en la página 3 de este diario– y Zaffaroni –en numerosos soportes, incluido este diario– rebaten con calidad y conocimiento a sus refutadores.

Vale la pena leerlos, porque (a contracorriente) saben de lo que hablan y tienen una trayectoria comprobada en defensa de los valores democráticos esenciales.
Fuente:Pagina12



Soplan vientos agitados para la reforma del Código Penal
Año 7. Edición número 303. Domingo 09 de Marzo de 2014
Por Redacción.
politica@miradasalsur.com.ar

Cambios resistidos. La comisión redactora, puesta en la picota por sus propios correligionarios.
Pese a que tienen representantes propios en la comisión redactora del anteproyecto, la especulación política a corto plazo de los partidos opositores se opone a la adecuación de las condenas y las figuras penales.
Con la amenaza cierta de no dar quórum para la discusión del proyecto de reforma de código penal, tanto la UCR como el PRO dicen que no es el momento de tratar ese tema. En ese sentido fue contundente el radical Ernesto Sanz, al asegurar que su partido “no va a acompañar ninguna reducción de penas” y pedir al Gobierno que “no envíe el proyecto de reforma del Código Penal”.

Por su parte, la vicejefa del Gobierno porteño, María Eugenia Vidal, anticipó que el macrismo se opondrá porque “no consideran propicio el momento”, para tratar reformas penales.

En ambos casos, tanto radicales como macristas tienen sus representantes en la comisión redactora. En el caso del PRO se trata de Federico Pinedo, del que María Eugenia Vidal rescató que haya firmado en disidencia la eliminación de la figura de reincidencia y la reclusión perpetua”.

Fue más descalificante el senador por Mendoza Ernesto Sanz, al referirse a Ricardo Gil Lavedra, ex legislador, constitucionalista, uno de los miembros del tribunal federal que juzgó a Videla y sus secuaces e integrante de la comisión que redactó el anteproyecto de reforma del Código Penal. El hombre de la UCR señaló que Gil Lavedra “es un notable jurista pero eso no involucra al partido”.

Las críticas a la ley, los cruces de declaraciones y las afirmaciones en muchos casos sin fundamentar, autorizan un repaso de los puntos más destacados o más discutidos.

Perpetua y reincidencias. En primer lugar, se fija que la pena máxima de prisión tendrá un tope de 30 años, de acuerdo con lo que firmó Argentina en vinculación con el Estatuto de Roma. Hoy en día, la llamada “prisión perpetua” permite que a los 35 años de prisión un recluso pueda pedir la libertad ante un juez y, en la gran mayoría de los casos, se la otorgarían.

En este sentido, el proyecto se apoya en las corrientes más avanzadas del penalismo occidental, que tienden a facilitar la reinserción social y acortar las penas.

Por otra parte, el anteproyecto elimina las figuras de “peligrosidad” y “reincidencia”, que facultaban a los jueces a condenar a las personas por las acciones que hubieran cometido en el pasado, cayendo, de alguna manera, en un determinismo difícilmente defendible, en tanto que presume que el penado no se reinsertará socialmente jamás. La cuestión de la reincidencia fue una de las pocas cuestiones en que hubo disidencias entre los integrantes de la comisión, que quedaron expresadas a la hora de votarlas.

En este tema, el coordinador de la comisión, Roberto Carlés, señaló la disidencia de Federico Pinedo, pero argumentó que en su opinión “la reincidencia es una institución inútil”, cuyo principal resultado es el de “negar la libertad condicional al reincidente”, sin que importe si ha sido condenado “por dos delitos leves” –como el libramiento de un cheque sin fondos y una defraudación menor– y otorgársela a otro por un solo delito grave. “No parece una respuesta racional ni mucho menos justa”, subraya Carlés, “parecería que el Estado se preocupa más por enviar un mensaje a quien transgredió en forma reiterada el derecho que a quien ha causado mayores daños”.

Delitos menores. Otro enfoque novedoso de la propuesta para la reforma del código penal aparece en el artículo 19, aquel en que explicitan los supuestos que permiten una exención o reducción de la pena.
En primer término, y de acuerdo con un principio de economía en el tiempo, que asume que muchas condenas llegan cuando ya se ha cumplido con exceso el tiempo de pena, los jueces estarán obligados a eximir de prisión a los involucrados en delitos de poca monta, evitándoles el encarcelamiento. El texto dice que la persecución penal de asuntos de mínima relevancia redunda en “desprestigio, ridiculización y gasto para la Justicia”.

Algunos de los casos que entrarían en esa categoría se usan como ejemplos, tal “El hurto de la gorrita (…), la privación ilegal de libertad por el chofer de colectivo que llevó al pasajero hasta doscientos metros más allá de la parada, no son casos de laboratorio, sino lamentables y penosas –también ridículas– decisiones de nuestros tribunales”.

Entre otros supuestos que pueden facultar al juez a reducir la pena de los acusados, tiene que ver con quienes son parte de comunidades originarias. Cuando se desata un conflicto entre personas de una comunidad originaria, dice el texto, es la propia tribu la que pone en funcionamiento sus propios “procesos de solución”. Por eso, se afirma que “imponer la pena prevista en el Código Penal desconociendo esta circunstancia importa admitir, en el plano material, una doble punición (la originaria y la estatal)”. De todas maneras se excluyen los “delitos contra la vida, la integridad física o la integridad y la libertad sexuales”.

Por último, el artículo 19 fija que cuando un procesado haya recibido “lesiones ilícitas infligidas por funcionarios”, es decir, apaleos o torturas, esos hechos “deben ser considerados como parte de la pena que se imponga, es decir, como pena ya sufrida”.

Libertad condicional. Seguramente la novedad más destacada sea la supresión de la libertad condicional. En su lugar ser proponen penas alternativas a la prisión, para los delitos de gravedad media y leve. Estas son la detención domiciliar; detención de fin de semana; obligación de residencia; prohibición de residencia y tránsito y prestación de servicios a la comunidad. Estas medidas novedosas deberán ir acompañadas de decisiones que las hagan sustentables, como por ejemplo, la creación de nuevos juzgados de ejecución penal que hagan un seguimiento de los condenados.

Por cierto que los remolinos políticos, el que muchos remen para su propio bote, no hacen fácil la aprobación del las modificaciones del Código Penal, y terminan por poner en tela de juicio a los mismos integrantes de la comisión redactora. El evidente pluralismo ideopolítico de la misma, presidida por el juez de la Corte Raúl Zaffaroni, coordinada por Roberto Carlés e integrada por Federico Pinedo (PRO), María Elena Barbagelata (FAP), Ricardo Gil Lavedra (UCR) y León Arslanian (ex ministro de Seguridad bonaerense), deberá enfrentar el oleaje de las disputas partidarias.



Demagogias punitivas        
Año 7. Edición número 303. Domingo 09 de Marzo de 2014
Por Graciana Peñafort. Directora de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Defensa
politica@miradasalsur.com.ar

Opinión
En 1994, Raúl Alfonsín dijo en la Convención Constituyente, a propósito del artículo 39: “No queremos consultas vinculadas con lo penal, porque en un arrebato de la opinión pública podemos llegar a establecer, por ejemplo, la pena de muerte por un delito. Tratada esta cuestión de manera particular por los medios de difusión, podría llevar de pronto, en una explosión de la sociedad, a tolerar o permitir una deformación de esta magnitud.”

Que el Sistema Penal en la Argentina no funciona como la sociedad lo requiere, no es ninguna afirmación reveladora que merezca un premio Nobel. Tampoco es una premisa que por su sola repetición, solucione el problema del Sistema Penal, aunque hay ciertos señores que dicen ser dirigentes políticos que insisten torpe o maliciosamente –vaya uno a saber–, en su repetición hasta el absurdo. Incluso los hay productores hollywoodenses que creativamente, ponen camaritas por todos lados, que después no funcionan o que sirven para llenar los minutos muertos de los noticieros. Mientras tanto, mientras la realidad es eso que a veces muestran –o no muestran– los noticieros, los diarios, las rondas de amigos que –repantigados en un cómodo bar– te advierten sobre la “inseguridad”, y ya que estamos, la “presión tributaria” e incluso, la “dictadura democrática”, sea lo que sea que eso signifique para el emisor –era dólar en el verano, ahora, realmente no lo sé– .
Para ordenar un poco tanto ruido, resulta prudente definir que los hombres y mujeres vivimos en sociedad y que dicha condición o circunstancia exige solidaridad, orden y una serie de reglas o pautas de conducta e instituciones que sostengan y actúen lo anterior. Control Social que le dicen.


El control social en cuanto valores, instituciones y pautas de conducta a las que se somete el individuo –y a las que se pretende someter a los individuo, también debe decirse– tiene por objeto básicamente regular la conducta individual y mantener enhebrada la trama social. Uno de sus subsistemas es el Sistema penal, que no sólo está constituido por las leyes penales, sino además por los sistemas penitenciarios, los operadores jurídicos de dichas leyes, las fuerzas policiales, los sistemas protectorios y reparatorios a las víctimas, entre 
otros aspectos o elementos a tener en cuenta.

Por ello, pretender que una ley penal por sí misma –o un Código Penal– en su caso, solucionen el completo funcionamiento del Sistema Penal, es cuanto menos un deseo ingenuo y cuanto mucho, una demagogia en materia penal inexcusable.


La actual reforma al Código Penal busca básicamente ordenar y otorgar racionalidad a una legislación penal caóticamente formulada, adecuar penas y sanciones, incorporar delitos no previstos y tal como señala el Decreto Nº 678/12 “… consolidar la institucionalización, la seguridad jurídica y la plena vigencia de los derechos y las garantías individuales, para la presente y las futuras generaciones de argentinos”. Una vez hecho, aún nos quedarán por resolver esas cárceles en las que no hay Dios ni amparo, esa policía que tememos, los malos jueces y los peores abogados. Todavía nos quedará ordenar el cinismo de un sistema de inocencias dudosas y culpabilidades tardías. Todavía nos quedara por ordenar un sistema penal que no funciona.


Frente a este objetivo, aparecen las agendas de la demagogia, que dicen que no hay que ordenar ni legislar, sino que hay que endurecer las penas, sancionar duramente a los pobres y por qué no, perseguir a los menores en conflicto con la ley, como si fuesen adultos, como si no fueran los eslabones más débiles de una cadena de complicidades y abandonos de quienes deben protegerlos, educarlos y mantenerlos a salvo.


Las agendas de la demagogia penal señalan airadas, que son necesarias mayores y más gravosas penas. Son los mismos que hablan de inseguridad en un robo seguido de muerte y llaman “drama familiar” a la muerte de una mujer por ser mujer. Son los mismos que justifican el delito de evasión de impuestos, basados en el loable objetivo de comprar el famoso dólar “blue”. Y siempre son penas para los otros. Penas para los que portan caras y no tarjetas vip y guantes blancos… los dueños de las vaquitas siempre ajenas. Creen en la dureza de las penas, como algunos creen en las pociones de amor. Y es tan poco honesto el planteo, que como ciertas magias, abundan supercherías y errores conceptuales. Por ejemplo, vociferar excarcelación y omitir siquiera considerar que ése es un instituto regulado por los códigos procesales, de competencia provincial.


Y hablan de consensos y diálogo, sólo buscado torpe e irresponsablemente a qué oponerse o cómo hacer prensa. Y, finalmente, algunos concluyen que tal vez no sea tiempo de tratarlo ahora. Porque no les importa la seguridad, mientras acumulen millas de sets de televisión.


Cuando se discuten estos temas, se comprueba que hay política con agenda de democracia y derechos, agendas de inclusión, de reparación y de prevención. También hay políticos que al Estado de Derecho los llaman “versos de la teoría del derecho”… y aunque no les guste la palabra ideología, la tienen. Como tienen agendas de derecha, muy televisivas, pero que poco tienen de democracia y mucho menos de poesía.


Defensores de la seguridad que propician actividades ilegales
Año 7. Edición número 303. Domingo 09 de Marzo de 2014
Por Rodolfo Yanzón. Abogado penalistapolitica@miradasalsur.com.ar
Opinión
Los Estados Unidos esparcen sus criterios y políticas sobre drogas y narcotráfico no sólo para que oficinas como la DEA se asocien a organizaciones mafiosas de otros países para introducirse en el negocio y combatir a las competidoras, sino para justificar intervenciones, exportar “asesores” y hasta tropas militares.

Pero también utilizan dicho binomio para generar la imagen de un Estado comprometido con la salud de sus habitantes, cuando una parte considerable carece de cobertura de salud, un bien (no un derecho) directamente asociado con el poder adquisitivo de la gente. Algo similar sucede con sus acciones militares ilegales en distintos puntos del globo y con sus listas sobre países y organizaciones a los que denominan “terroristas”, para extorsionar a enemigos políticos y, a la vez, pretender forjar la idea de paladines de los derechos humanos y la democracia.

El ejemplo (que, en su otra acepción, es un mal ejemplo) sirve para reflexionar sobre aquellos políticos y políticas que alzan sus voces para hablar de “seguridad”, de derecho penal y de cárceles. Muchos de quienes se rasgan las vestiduras por un proyecto de reforma del código penal que aún no sólo no fue presentado sino que no se conoce –al menos formalmente–, pretenden dar una imagen de preocupados por la seguridad de las personas –al menos de algunos sectores– , cuando en verdad son responsables de la represión a pacientes, empleados y médicos en hospitales públicos; de manifestar menosprecio por la educación pública o de apadrinar la corrupción policial y propiciar actividades ilegales de inteligencia sobre organizaciones y personas. Hablan de “seguridad” pero poca o nula atención prestan a la complicidad policial con el crimen organizado, a las mafias de la trata de personas –para ser explotadas laboral y/o sexualmente– e, incluso, a las del narcotráfico. Lo que importa para esta clase de dirigentes –si vale la expresión– es la nota en los periódicos y en los noticieros, estar visibles con ínfulas de bravucones preocupados por el pellejo de la gente. No se trata de ignorantes, porque no lo son, sino de comunicadores que se desviven por la imagen, aunque haya un abismo con la realidad. No importa si la Constitución Nacional prohíbe una consulta popular en cuestiones penales, o los efectos perjudiciales que sus dichos y acciones pueden generar en la utilización del sistema carcelario o en los parches legales que año a año se agregan a las normas penales sepultando hace tiempo toda racionalidad, de la que no se ocupan porque no es aconsejado por quienes tienen la misión del marketing en el ámbito político. “Marketing” es una palabra inglesa que guarda relación con el estudio del comportamiento de los mercados y de los consumidores. En definitiva, así ven a los electores, como personas que votan cada 2 años para resguardar o acrecentar sus bienes materiales. Quizás la noción no es extraña a lo que en realidad sucede. Lo grave es que se propicia y se insiste en este costado desatendiendo completamente la cultura política, la calidad de las instituciones y la educación cívica, valores que deberían ser parte sustancial en una sociedad que se precie en ser democrática y tenga como objetivo supremo cultivar al pueblo y enriquecer el debate. Sucede todo lo contrario. Cuanto menos se debata, más agua llevarán para sus molinos. Y el debate termina restringiéndose a la discusión de las normas penales y la utilización de las cárceles. Cuanto más se las use, mayor será la sensación de que se preocupan por la gente, cuando sucede lo contrario (la política alimentaria, el déficit habitacional, el erario público, la política impositiva, entre tantos temas, quedan en el arcón del olvido).


Desde hace décadas se ha instalado, a través de las grandes cadenas de comunicación y en la mayoría de los países del mundo, el discurso de la “seguridad” como algo que sólo guarda relación con el delito en lugar de emparentarse con derechos esenciales, como el trabajo, la salud, la educación, por sobre todo la educación. En nuestro país, la dictadura hizo bastante y durante los ’90 se acentuó –privatización de medios y llenarlos de basura, de por medio–. A partir de esos años, cualquier crimen que gozara de cierta cobertura mediática generaba la discusión de nuevas leyes. Cuanto más de clase media o alta es la víctima, mayor cobertura tiene, y si es profesional, mucho mejor. Como contracara, la imagen de un ingeniero que no era tan santo, que años atrás persiguió a uno de sus ladrones para mandarlo a mejor vida. Los medios lo presentaron como el “justiciero” y el sistema judicial respondió a esa presión que terminó en los titulares como el “clamor de la gente”. Luego apareció otro ingeniero, que en realidad no lo era. Fue figura repetida en los programas de televisión y reclamó la sanción de un paquete de leyes que terminaron hiriendo de muerte lo poco que de racionalidad quedaba en las normas penales, sobre todo previendo penas máximas que ni las galápagos estarían en condiciones de cumplir tortugamente. Todos fueron responsables de semejante desquicio.


Ahora nos encontramos con la oportunidad de repensar el modelo de justicia criminal que necesita un país democrático. Y tal vez exista alguna posibilidad de que la dirigencia política, dejando de lado las cuestiones partidaria y electoralista, tengan la grandeza de debatir sobre la necesidad de leyes racionales. Y si ello ocurre, tal vez –y sólo tal vez– también tengan la de reflexionar que el sistema penitenciario debe ser totalmente modificado, extirpada su estructura militar –que sólo vela por la “seguridad” en vez de hacerlo por generar posibilidades de educación y trabajo, cuidando tanto del preso como de su familia– y acabar, de una vez y para siempre, con cárceles en las que la tortura, los malos tratos y la extorsión son moneda corriente. De lo contrario, como decía el del habano, continuará el show, con vermut y papas fritas (sobre todo muchos papas fritas).
Fuente:MiradasalSur



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