La Corte Suprema de Santa Fe dejó firmes dos multas a Pedidos Ya, a través de dos fallos. Las multas fueron por infracciones vinculadas a la Ley de Contrato de Trabajo, dictadas oportunamente por el Ministerio de Trabajo del gobierno provincial.

Los antecedentes de la causa se remontan a 2020, cuando se produjeron las primeras inspecciones, motivadas por reclamos del gremio Empleados de Comercio. La cartera provincial actuó primero intimando a Pedidos Ya a presentar documentación y luego de una serie de audiencias y presentaciones cruzadas, se definieron multas por vía de resoluciones administrativas, invocando violaciones al artículo 79 de la citada ley («Deber de diligencia e iniciativa del empleador»).

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Entre sus argumentos, Pedidos Ya planteaba que era una compañía que se encargaba «básicamente de la explotación de un marketplace virtual, a través del cual intermedia entre la oferta y la demanda de los productos (…) pero no se encarga de la logística, mensajería urbana y menos aún del reparto de alimentos a domicilio».

Cuando los inspectores del Ministerio de Trabajo realizaron inspecciones en la calle, recogieron el testimonio de riders que manifestaron que se encontraban prestando servicios para la firma, indicando días y horarios de trabajo, remuneración que percibían e indicando que recibían órdenes. «Condiciones que encuadran dentro de lo establecido por el artículo 21 de la ley de contrato de trabajo», según dictaminó la cartera provincial.

Por las actuaciones se generaron dos expedientes independientes que, en cada caso, involucraron a tres trabajadores. En ambas situaciones se aplicó una multa de $101.250.

Las sanciones fueron apeladas por la firma, pero las rechazaron en distintas instancias judiciales. La Cámara de Apelación Laboral lo hizo en abril y mayo de este año, y ahora fue el turno de la Corte Suprema, con sendos fallos el pasado 22 de noviembre.

«Los planteos tal como fueron expuestos no son ni suficientes ni idóneos para invalidar la sentencia como acto jurisdiccional, no correspondiendo en consecuencia la apertura de la vía extraordinaria intentada», esgrimieron los ministros, que se manifestaron de forma unánime.

Si bien la empresa aún tiene una instancia de queja ante la Corte nacional, funcionarios de la cartera laboralista descartaron que la misma tenga curso favorable, por lo que celebraron la convalidación de las acciones realizadas.



PIROTECNIA PROHIBIDA

Rosario adhiere a la campaña «Más luces, menos ruido» contra el uso de pirotecnia

Recuerdan que la utilización de pirotecnia está prohibida, puede alterar a quienes padecen Trastornos del Espectro Autista (TEA) y/o trastornos cognitivos, además, impacta a animales de compañía.

Con la llegada de las fiestas de Navidad y Año Nuevo, la Municipalidad de Rosario recuerda que se encuentra prohibida la utilización de pirotecnia en la ciudad, según lo establece la Ordenanza Nº 9166/2013. Entre los principales grupos de personas afectadas por la pirotecnia, se encuentran las personas con alguna condición del espectro autista, personas con discapacidad, las personas mayores y los bebés.

La normativa prohíbe en el ámbito del municipio la comercialización, tenencia y uso de elementos pirotécnicos que no hayan sido calificados como de venta libre por la Dirección General de Fabricaciones Militares, así como de otros artificios. En este punto, es importante destacar que la pirotecnia clandestina aumenta los riesgos de accidentes, ya que por lo general es de fabricación precaria, precisó el municipio.

Las personas con Trastornos del Espectro Autista (TEA) pueden tolerar sonidos por debajo de los 80 db, y todo ruido que supere esa cifra se vuelve de molesto a insoportable, pudiendo provocar crisis, ataques de ansiedad, llanto y, en el peor de los casos, genera autolesiones. La pirotecnia puede superar los 190 decibeles, convirtiéndose en un sonido dañino para cualquier persona.

Además, el uso de pirotecnia también afecta a los animales de compañía, sobre todo a perros y gatos, provocándoles palpitaciones, taquicardia, temblores, náuseas, jadeo, desorientación y ataques de pánico, entre otros síntomas. Los efectos en los animales son diversos y de diferente intensidad y gravedad.

Los animales tienen un oído sumamente delicado y agudo, escuchan hasta 60 veces más que los humanos y por ello los estruendos provocan que se escapen en busca de protección, quedando expuestos a accidentes o a extraviarse.

Para proteger a los perros se recomienda pasar tiempo junto a ellos y jugar antes de que empiecen a lanzar fuegos artificiales, ya que correr y jugar a su lado ayudará a calmar el estrés. Además, se recomienda darle un snack o algún juguete para que muerda y que le permita calmar su ansiedad. Se puede optar por proporcionarle tranquilizantes, que deberá obtenerse por medio de un veterinario.

Si se lo deja dentro de la casa, no hay que atarlo ni encerrarlo en un espacio reducido y hay que procurar que permanezca en un lugar tranquilo. También se puede acondicionar el hogar para que este permanezca lo más ajeno posible a las luces y sonidos que estarán en el exterior.

En el caso de los gatos, se recomienda colocar una caja de cartón de lado, con una cobija en el interior, ya que es un excelente refugio. Existe la opción de utilizar medicamentos que ayudan a reducir el miedo, pero se recomienda consultar con veterinarios por esta alternativa. Si queda solo en la casa, hay que cerrar bien las puertas y ventanas para evitar que se escape y se pierda.

Fuente:Conclusion