21 de marzo de 2013

URUGUAY: LA SUPREMA CORTE HIZO PRESCRIBIR EL HOMICIDIO DE EDGAR "GATO" SOSA.

LA SUPREMA CORTE HIZO PRESCRIBIR
EL HOMICIDIO DE EDGAR "GATO" SOSA
(De Oscar López Goldaracena)
Por este medio lamento informar que la Suprema Corte de Justicia acaba de declarar la inconstitucionalidad de la ley de imprescriptibilidad, también en el caso de Edgar “Gato” Sosa, denunciado por su hija, la compañera Tania Sosa.
Se estaba indagando a Walter Gulla, Luis Lamas, Daoys Bonilla, Carlos Neves, Gustavo Méndez y Walter Numas De León quienes presentaron el recurso para escapar a la acción de la justicia. 
Compañeros, en este momento de impunidad jurídica, tengamos muy presente lo que sucedió, porque los responsables de la muerte del Gato Sosa, gozarán –por ahora- de las prebendas de las bibliotecas apolilladas pero nunca podrán ampararse en la impunidad moral. 
EDGAR FRANCISCO SOSA CABRERA, más conocido como el “GATO SOSA”, nació en Uruguay, en el Departamento de Colonia, el 26 de diciembre de 1937. Era de ocupación mecánico, de estado civil casado y al momento de su fallecimiento tenía 44 años de edad y era padre de una niña, la denunciante en la causa, Tania Sosa. 
Edgar “Gato” Sosa tuvo desde siempre una activa militancia política y social, habiendo pertenecido al Movimiento de Liberación Nacional-Tupamaros (MLN-T). 
Fue detenido por las Fuerzas Armadas el mismo día del golpe de estado y permaneció recluido en primera instancia en la Brigada de Artillería Nº 1, La Paloma, Cerro; fue trasladado al EMR1 (Penal de Libertad) donde estuvo privado de libertad hasta febrero de 1981; luego, entre febrero y agosto de 1981, habría permanecido preso en el Regimiento de Caballería Mecanizada Nº 4. Finalmente, desde agosto de 1981 hasta abril de 1982, fue nuevamente trasladado al EMR1 (Penal de Libertad), celda 3ª A 16 derecha. Su número de preso político en el Penal era el Nº 1268. 
Sucedió que, cuando se dispuso “formalmente” su liberación y “firmó libertad” en 1982, Edgar Sosa no fue liberado sino que por el contrario continuó como preso político en el Regimiento de Caballería Mecanizada Nº 4. Luego fue trasladado nuevamente al Penal de Libertad y recluido en la llamada “Barraca 4” que funcionaba como cárcel de seguridad dentro de mismo predio. En ese lugar y en ese momento, en la cárcel de seguridad no había otros presos políticos. 
El 20 de abril de 1982 se informó que se “había intentado suicidar por ahorcamiento”. Días más tarde, el 26 de abril de 1982, moriría en el Hospital Militar. Nadie creyó la versión de la dictadura. 
El mismo día en que EDGAR SOSA habría sido “colgado”, se hicieron presentes muchos oficiales en el área de la Barraca 4 donde lo tenían detenido. Esa misma mañana, muy temprano, un preso político fue destinado, junto con otro recluso, a “carpir la tierra” entre la Barraca y el celdario. Mientras realizaba “su trabajo forzado” el “Gato Sosa” estaba dando su caminata matinal custodiado por soldados que lo apuntaban. Cuando se cruzaron, el “Gato” Sosa le dijo al pasar, disimuladamente, que lo tenían amenazado y que lo iban a matar. En virtud de que la guardia notó que ambos presos habían “conversado”, quien estaba carpiendo la tierra fue inmediatamente sancionado.
Horas más tarde, los demás presos desde las ventanas del Penal, vieron ingresar una ambulancia en el perímetro de la Barraca, movimiento de soldados, oficiales y a una camilla que se llevaba una persona con un trapo o una tela de color oscuro (como con sangre), en la cabeza. Espontáneamente los presos comenzaron a insultar y a gritar que “habían matado al Gato Sosa”. Se informó luego, por los parlantes del Penal, que el “Gato” Sosa se había ahorcado en la Barraca e intentado suicidar. 
Edgar Sosa fue trasladado al Hospital Militar donde falleció a los cinco días. Quienes pudieron verlo, declararon que el “Gato” estaba inconsciente y tenía una visible marca en el cuello.
El mismo “Gato” Sosa había mostrado su preocupación de que “no lo dejarían salir del Penal”, lo cual se confirmó cuando no lo liberaron a pesar de haberse firmado su libertad y luego “apareció ahorcado”. Había repetido varias veces que si decían que él había querido hacerse algo no se lo creyeran.
Sus compañeros coinciden en que era una persona “entera” y que los militares sabían que también era un “referente intelectual.” Por su edad, entereza física, fortaleza espiritual, alto nivel intelectual, conocimientos políticos y compromiso militante, el Gato Sosa era una persona que transmitía fuerza, ganas de vivir, de luchar y es imposible que se hubiese suicidado; por el contrario, implicaba una amenaza para los detentadores del poder. 
Al GATO SOSA lo asesinaron y, por ahora, los responsables gozan de impunidad jurídica. Cuando reformemos la Constitución quizás volvamos a subir unos escalones en la búsqueda de justicia.
Envío:Agnddhh


Sábado 16 de marzo de 2013
Editorial

Uruguay: justicia sin revancha

El fallo de la Suprema Corte uruguaya entendió que no se puede declarar la irretroactividad de las leyes penales, cualquiera que sea su naturaleza
El 22 de febrero pasado, la Suprema Corte de Justicia de Uruguay, por cuatro votos contra uno y en una extensa y bien fundada sentencia, declaró la inconstitucionalidad de dos artículos de una ley sancionada con los votos de los legisladores del Frente Amplio a fines de 2011, con la que se pretendía eliminar la llamada "ley de caducidad".
Como se recordará, la ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado, conocida popularmente como "ley de caducidad", es una norma dictada en Uruguay en 1986, y refrendada por la ciudadanía en 1989 y 2009, por la cual se estableció la caducidad del "ejercicio de la pretensión punitiva del Estado respecto de los delitos cometidos hasta el 1° de marzo de 1985 por funcionarios militares y policiales, equiparados y asimilados por móviles políticos o en ocasión del cumplimiento de sus funciones y en ocasión de acciones ordenadas por los mandos que actuaron durante el período de facto".
En su fallo, la Suprema Corte del país vecino entendió que la norma referida transgredía, entre otros, los principios de legalidad e irretroactividad de la ley penal más gravosa, lastimando así, muy seriamente, la noción de seguridad jurídica, que es un valor esencial y central de las democracias.
Hablamos, además, de una ley que había sido objeto específico de dos pacíficas y trasparentes consultas populares. En ambas oportunidades los uruguayos votaron mayoritariamente y con toda claridad por mantener inalterada la vigencia de la "ley de caducidad". El doble pronunciamiento popular no fue, sin embargo, óbice alguno para que la izquierda uruguaya continuara con sus reiterados intentos de derogarla; esta vez desde el Congreso, aprovechando su mayoría parlamentaria circunstancial.
Pero el Supremo Tribunal se opuso rotundamente a que se imponga el principio de la retroactividad en materia penal, por entender que viola abiertamente la noción misma del Estado de Derecho, lo cual tiene enorme significación para todos los uruguayos por igual.
La reacción del oficialismo ante el fallo de la Suprema Corte que no satisfacía sus aspiraciones fue tan ruidosa como lamentable. Ante una decisión adversa, no dudó un solo instante en presionar indebidamente, atacar y hasta tratar de intimidar al tribunal con manifestaciones y escraches, sugiriendo incluso la vía del juicio político para remover a sus miembros por estar en desacuerdo con el criterio seguido.
Como si la Justicia fuera apenas un agente del poder político, cuando en las democracias es, por definición, un poder independiente que, por ende, debe actuar con imparcialidad y más allá de las presiones de los otros poderes del Estado, desde el gobierno y su entorno se agredió el principio de la separación de poderes, lo que en Uruguay es inédito.
La gravedad de la situación obligó a que tres recientes ex presidentes, Julio María Sanguinetti, Jorge Batlle y Alberto Lacalle debieran salir a alertar públicamente a la población sobre las consecuencias de no respetar la independencia del Poder Judicial y de la actitud de agraviar infundadamente al máximo tribunal oriental.
Obviamente esas conductas le hacen mal a las instituciones de toda democracia. El respeto al principio de equilibrios y contrapesos entre los tres poderes del Estado, mecanismo esencial de las democracias, estaba por quebrarse. La alarma que supuso la veloz acción coordinada de los tres ex primeros mandatarios uruguayos puso oportunos paños fríos sobre la situación, lo cual parecería haber aplacado las actitudes hostiles y las de corte revanchista, al menos por el momento.
Lo cierto es que en Uruguay, ahora, se ha respetado la reiterada decisión popular de no seguir anclados en el resentimiento y empantanados en el pasado, y transitar, en cambio, el camino fértil de la reconciliación y el sereno entendimiento.
Como muchas veces lo hemos destacado desde estas columnas, la lectura correcta de la historia exige una visión integral y comprensiva de los acontecimientos de violencia extrema que sufrió toda la región en los años setenta. La paz social, entonces, es una condición para cualquier gobierno que se proponga un mejor futuro, porque la confrontación no debe volver, y así lo ha comprendido y demostrado con su voto el pueblo uruguayo en repetidas oportunidades.
Con su fallo, la Suprema Corte de Uruguay ha expresado que no se pueden utilizar las normas derivadas de las convenciones internacionales para intentar destruir los principios esenciales del Estado de Derecho, uno de los cuales, entiende, es el de la irretroactividad de las leyes penales, cualquiera que sea su naturaleza.
 
Fuente: La Nacion - Envío:Agnddhh

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