7 de septiembre de 2008

LA NACION PIDIO A LA CORTE QUE REVOQUE EL SOBRESEIMIENTO A LONA.

Ricardo Lona.
Desde que se conoció, el 23 de agosto pasado, que Lona había sido sobreseído por los delitos de encubrimiento y omisión de investigar la Masacre de Palomitas, la matanza de 11 presos políticos cometida por miembros del Ejército y de la Policía de Salta durante la pasada dictadura (hay una 12º víctima cuyo lugar de muerte está en discusión), esta es la tercera presentación que busca asegurar que el ex juez no escapará a la acción de la Justicia. El 25 de agosto, en la causa 627, en la que se investigan más de veinte desapariciones, el abogado Gustavo Ricciutti pidió que Lona fuera detenido e indagado por desaparición forzada de personas, encubrimiento, prevaricato e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Esta causa está abierta desde 2005 pero hasta ahora el juez federal Miguel Medina viene posponiendo la indagatoria. El 27 de agosto el mismo Ávila pidió que Lona fuera detenido e indagado como partícipe necesario de la Masacre en Palomitas. El recurso extraordinario federal se presentó ayer ante la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, la que debe decidir si lo concede y, en ese caso, enviarlo a la Corte Suprema para que este tribunal decida sobre el fondo del planteo hecho por la Nación. Si la Cámara rechazara el recurso, a Ávila le quedaría la posibilidad de ir en queja a la Corte Suprema. El extraordinario ataca la resolución que dictó, a fines de agosto pasado, la Cámara Federal de Apelaciones salteña a favor de Lona, a quien sobreseyó por los delitos de encubrimiento y omisión de los deberes de funcionario publico que se le imputaban por su actuación en relación al fusilamiento de 12 presos políticos, cometido el 7 de julio de 1976 en las cercanías del paraje Palomitas. La Cámara consideró que estos delitos no son de lesa humanidad y que por lo tanto la acción penal estaba prescripta. Si bien la semana pasada Ávila había solicitado la detención de Lona por considerarlo partícipe necesario en los fusilamientos de Palomitas, un planteo que aún no fue resuelto por la jueza federal ad hoc Gladis Comas, se explicó que la interposición del recurso extraordinario intenta asegurar que Lona al menos sea investigado por su participación en los hechos posteriores a la matanza. Entre los argumentos del extraordinario, Ávila citó contradicciones en que incurrió la propia Cámara Federal en la resolución de sobreseimiento: señaló que citó al Estatuto de Roma en referencia a un fallo pero al mismo tiempo desconoció el artículo 25.3 de esta normativa, que establece: "Será responsable y podrá ser penado por la comisión de un crimen de la competencia de la Corte quien con el propósito de facilitar la comisión de ese crimen sea cómplice o encubridor o colabore de algún modo en la comisión o tentativa del crimen". También recordó que en la causa Ragone esta misma Cámara, el 31 de marzo de 2006, confirmó el primer procesamiento por encubrimiento que se había dictado en contra del ex jefe de Seguridad de la Policía de Salta, Joaquín Guil (luego procesado por homicidio calificado). Esta resolución fue confirmada por la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal.
(Fuente:nuevodiariodesalta).

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