2 de mayo de 2009

CASACIÓN PENAL CONCEDIÓ PRISIÓN DOMICILIARIA A MENÉNDEZ..

La Sala III consideró que la sentencia que condenó a Luciano Benjamín Menéndez en Córdoba y anuló el beneficio de prisión domiciliaria no está firme. Y agregó que por ello no se pueden modificar las condiciones de detención.

La Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal hizo lugar a un recurso de casación presentado por la defensa de Luciano Benjamín Menéndez, ex jefe del III Cuerpo de Ejército, contra el pronunciamiento del Tribunal Oral Federal N° 1 de Córdoba que le quitó el beneficio de prisión domiciliaria al ex militar.

La medida es en el marco de la causa “Brandalisis”, donde aquel tribunal oral condenó al ex militar por delitos de lesa humanidad, en julio de 2008, revocó su prisión domiciliaria y ordenó su inmediata detención y alojamiento en una cárcel común.

Para Casación Penal, la decisión de revocar aquel beneficio es equivocada, "pues hasta que el fallo no adquiera firmeza, los jueces no pueden variar las circunstancias existentes (en este caso, revocando la morigeración del encarcelamiento cautelar). De esta manera, hay que retrotraerse a la situación anterior -prisión preventiva cumplida en su domicilio- hasta que la sentencia quede firme".

Por otro lado, también consideró que Menéndez cumple con al menos uno de los supuestos que prevé la ley para obtener el beneficio de la prisión domiciliaria, esto es que la persona sea mayor de 70 años.

En tanto, Casación Penal también dispuso anular la resolución que revocó el beneficio de detención domiciliaria de Luis Alberto Manzanelli y de Carlos Alberto Vega, también condenados en la causa "Brandalisis".

Confirman a jueces subrogantes en causa de DDHH en Santa Fe
La Cámara de Casación Penal desestimó un recurso contra la sentencia que ratificó a los magistrados sustitutos del Tribunal Oral Federal de Santa Fe. Se había cuestionado la aplicación del nuevo régimen de jueces suplentes.

La Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal rechazó un recurso de casación contra la sentencia de los jueces subrogantes del Tribunal Oral Federal de Santa Fe, por la que desestimaron un pedido de que se aparten de una causa en la que se investiga la comisión de crímenes contra los derechos humanos. Fue en el marco de la causa "Brusa", en la que están imputadas siete personas y son 14 las víctimas.
El planteo fue realizado por un defensor público, por el que había solicitado el cese de la intervención de los magistrados sustitutos Carlos Renna, Adrea de Creus y Martín Gutiérrez. Para ello, dijo que con la entrada en vigencia de la ley 26.372 (sancionada en mayo último) caducaron todas las designaciones de jueces subrogantes que fueron llamados a integrar tribunales orales en lo criminal federal antes de esa entrada en vigor.

Frente al reclamo, la Cámara de Casación Penal dijo que “esa tesis no se compadece con una interpretación literal ni teleológica de la ley 26.372”.

“La ley no contiene ninguna norma que expresamente disponga la caducidad de las integraciones que se hubiesen resuelto de conformidad con el régimen anterior a la entrada en vigencia de esa ley”, aseguró.

Y agregó: “La circunstancia de que se modifique por ley el régimen de subrogación no puede constituir motivo suficiente para inferir, como lo pretende la defensa, que las designaciones provisionales efectuadas conforme al régimen anterior deben caducar ipso iure”.

no puede ser procesado
Según pericias médicas Massera es "inimputable"
Los forenses que revisaron al dictador con un marcapasos en el corazón, en su piso de la avenida del Libertador de esta capital, establecieron que el ex comandante de la junta militar "no controla esfínteres", "se babea por momentos", y "emite quejidos".
El ex comandante de la junta militar "no controla esfínteres", "se babea por momentos", y "emite quejidos".
Especialistas del Cuerpo Médico Forense (CMF) y de la Universidad de Buenos Aires (UBA) confirmaron que el dictador Emilio Eduardo Massera padece la patología de "trastorno psicoorgánico" y por ello "no se encuentra en condiciones de afrontar un proceso judicial".
Así lo estableció una junta médica compuesta por Juan Carlos Romi, Celminia Guzmán y Daniel Héctor Silva, del CMF, y Juan Carlos Stagnaro, Lía Rincón y Rodolfo Fahrer, profesores de Salud Mental en la UBA, informaron hoy fuentes judiciales.
La junta médica actuó, días atrás, por orden de la jueza federal María Servini de Cubría en el marco de la causa en que se investiga la apropiación de Javier Penino Viñas, un joven nacido en 1977 en la ESMA, que según la denuncia fue apropiado por el almirante Jorge Vildoza, y cuyos padres siguen desaparecidos.
Los forenses que revisaron a Massera (83) con un marcapasos en el corazón, en su piso de la avenida del Libertador de esta capital, establecieron que el ex comandante de la junta militar "no controla esfínteres", "se babea por momentos", y "emite quejidos".
En el plano de la mente dictaminaron que el ex marino presenta "facultades mentales que no encuadran dentro de la normalidad psicojurídica", así como un "trastorno psicoorgánico que trae aparejado un deterioro cognitivo global".
Diagnosticaron que dicho problema es "crónico, irreversible y potencialmente evolutivo", aunque admitieron que por momentos "presenta oscilaciones temporales en su sintomatología que no invalida su carácter ni le resta entidad mórbida".
"La patología que presenta el imputado afecta su capacidad volitiva y de comprensión, es decir limita ostensiblemente su autonomía psíquica" concluyeron y establecieron que "en razón de la afectación de su autonomía psíquica (Massera) no se encuentra en la actualidad de estar sometido a proceso".Massera tiene suspendidas todas las causas en su contra por delitos contra la humanidad, incluidos los pedidos de extradición de parte de las justicias de Alemania e Italia, a raíz de sus supuestos problemas neurológicos.
Sin embargo, ningún tribunal lo declaró aún inimputable. En el histórico juicio a las juntas militares, en 1985, fue condenado a reclusión perpetua junto al dictador Jorge Rafael Videla, pero en 1990 ambos recibieron el indulto del entonces presidente Carlos Menem.
(Fuente:Rdendh).

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