13 de agosto de 2009

CAUSA AVELLANEDA - PERPETUA PARA RIVEROS.

Por Diego Martínez
Floreal Avellaneda.

Ni arrepentimiento, ni admisión de los crímenes. Sólo reclamos de ser juzgados por “nuestros jueces naturales”, cuestionamientos al “foráneo concepto de crímenes de lesa humanidad” e invocaciones a “Dios y la Virgen Inmaculada”, que ayer en San Martín no lograron despegarse de quienes los invocaron. Las “últimas palabras” previas a la sentencia, por la mañana, estuvieron a cargo de los generales Santiago Riveros y Jorge Osvaldo García. Fernando Verplaetsen optó por el silencio y fue autorizado a dejar la sala. Los otros imputados habían declarado el viernes.



“Ustedes son jueces de la democracia, no pueden ser jueces de militares, no nos conocen bien, no saben lo que sufrimos”, dijo. Como ejemplo de la dedicación que exige convencer a un civil sobre la legitimidad de los métodos castrenses, citó a su ex abogado Florencio Varela, “que estuvo seis años hasta que pudo entenderme”. Más tarde admitió a su manera las dificultades para comprender las reglas del estado de derecho. “Hace 26 años padezco el tormento de recorrer estrados judiciales y en ninguno reconocí la competencia de los jueces”, dijo. “Durante cuarenta años de vida militar me dijeron que esos señores de gorra roja, los generales, eran mis jueces naturales”, agregó. “El Estado nos engañó. Nos formó para obedecer órdenes y ahora aparecen señores que hablan de órdenes inmorales. Las órdenes son órdenes, no se analizan, se cumplen”, predicó.

También renegó del “foráneo concepto de crímenes de lesa humanidad”, que “ni Alfonsín, ni los fiscales del Juicio a las Juntas aplicaron”, y reclamó que se analizara el contexto de “guerra revolucionaria contra el agresor marxista”. Agradeció “a mi querida esposa, fiel compañera” y “a mis dos amados hijos”. “Mis familiares son mis verdaderos jueces naturales”, dijo, contrariando el discurso previo, aunque están por debajo “del juez superior, en el cielo”. Cerró con “mi sincero respeto a la familia Avellaneda, por lo que sufren, por lo que han sufrido y por lo que seguirán sufriendo en su búsqueda de la verdad”.

“Me siento una víctima, un preso político”, arrancó García. Dijo haber participado de “una guerra declarada por el gobierno constitucional” y “continuada en todo el país a partir del 24 de marzo de 1976”. El proceso de justicia está plagado de “sentimientos de venganza y odio, inspirado por la mentirosa propaganda de ex integrantes de organizaciones terroristas devenidos en autoridades enquistadas en todos los niveles de gobierno”, afirmó. “Se intenta reescribir la historia con políticas educativas de tinte gramsciano”, dijo, y aseguró que “ya hay dos generaciones formadas en la calumnia y la mentira”. Lamentó la pasividad de los cómplices civiles del terrorismo de Estado, “entusiastas de las Fuerzas Armadas de entonces”, a quienes “no se les pide adhesión, pero sí memoria”.

Cerró con un pedido de “reconocimiento a todos los caídos en esta guerra, sin distinción de ninguna naturaleza, y a quienes aún sufren las consecuencias de tanta violencia demencial”, y manifestó su deseo de “que la sociedad argentina pueda interpretar con madurez y objetividad los hechos de la década del ’70”. “Ruego a Dios nuestro Señor que ilumine las decisiones del tribunal y que la Virgen Inmaculada nos proteja con vuestro sagrado manto”, concluyó.


Seis represores condenados en el primer juicio por delitos de lesa humanidad cometidos en Campo de Mayo
Por Diego Martínez


Santiago Omar Riveros, ex comandante de Institutos Militares, y el general Jorge Osvaldo García ayer en el Tribunal Oral de San Martín.


A un tercio de siglo de los crímenes en Campo de Mayo, sede del mayor centro clandestino de detención y tortura del Ejército durante la última dictadura, el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín condenó ayer a la pena de prisión perpetua al general retirado Santiago Omar Riveros, ex comandante de Institutos Militares, de 86 años. La sentencia incluyó condenas a los generales Fernando Verplaetsen y Jorge Osvaldo García, a los capitanes César Fragni y Raúl Harsich, y al ex policía Alberto Aneto. Por tratarse de delitos de lesa humanidad cumplirán su pena en una unidad del Servicio Penitenciario Federal. El Tribunal consideró que “por la sistematicidad y gran escala” de los delitos cometidos en la ex Zona IV se trató de “crímenes de lesa humanidad”, como solicitó la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, y rechazó la calificación de genocidio reclamada por el querellante de Justicia Ya! y la Liga Argentina por los Derechos del Hombre.
La primera condena por delitos de lesa humanidad en Campo de Mayo, por donde se estima que pasaron más de cinco mil secuestrados, fue por un caso emblemático, probado desde el Juicio a las Juntas en 1985: el homicidio de Floreal Avellaneda, cuyo cadáver con signos de empalamiento, atado de pies y manos, apareció en la costa uruguaya en mayo de 1976, previo secuestro y torturas junto a su madre Iris Pereyra. El joven, de 15 años, militante de la Federación Juvenil Comunista, fue secuestrado el 15 de abril de 1976, en su casa de Munro, durante un operativo para capturar a su padre homónimo por su militancia gremial en la fábrica Tensa. Madre e hijo fueron torturados primero en la comisaría de Villa Martelli y luego en “El Campito”, en la guarnición militar Campo de Mayo. Anoche, con los ojos llenos de lágrimas, rodeado de pibes de la FJC y de H.I.J.O.S., Floreal Avellaneda padre cantó, tras la sentencia: “No hubo errores, no hubo excesos, son todos asesinos los milicos del proceso”. Horas antes, ante Página/12, recordó que “los juicios siguen” y consideró “fundamental que todos los responsables sean condenados”.
La lectura del fallo, a cargo de Lucila Larrandart, Martha Milloc y Héctor Sagretti, incluyó los considerandos, por lo que duró casi seis horas. Fue seguida por un centenar de personas, incluidos familiares de Floreal Avellaneda y también de los imputados, separados por cinco policías. Los acusados prefirieron no estar en la sala. Por la mañana, durante las “últimas palabras” de Riveros y García (ver aparte), hubo incluso una docena de militares de civil. Para garantizar la publicidad del proceso, la jornada fue seguida por diez cámaras de filmación y otros tantos reporteros gráficos.El tribunal desbarató uno a uno los planteos de las defensas, a las que cuestionó varias veces. Calificó como “de humor negro” la actitud del defensor oficial Carlos Palermo, quien puso en duda que el examen de las huellas dactilares fuera suficiente para probar una identidad y planteó que debieron mostrarles las fotos del cadáver de Floreal Avellaneda a sus padres. Larrandart también llamó la atención sobre objeciones de algunas querellas ante preguntas a los testigos. “Parecieran no pertenecer a organismos de derechos humanos”, dijo. El tribunal destacó el valor de la “prueba indiciaria” frente a crímenes signados por “la clandestinidad y la destrucción planificada de las pruebas”.
A las 20.43, con la bandera argentina a su derecha, la bonaerense a su izquierda y Jesucristo crucificado sobre su cabeza, la presidenta del tribunal leyó la condena a “prisión perpetua” a Riveros y la sala estalló en abrazos y aplausos. Icono del terrorismo de Estado, indultado por Carlos Menem en 1990, Riveros fue comandante de Institutos Militares entre 1976 y 1978. Su primera condena (en octubre afrontará su segundo juicio) es como autor de apenas dos privaciones ilegales de la libertad agravados por la violencia, allanamiento ilegal, robo, torturas agravadas por tratarse de perseguidos políticos, homicidio agravado y ocultamiento del cuerpo.
La segunda mayor pena, de 25 años de prisión, fue para Verplaetsen, ex jefe de inteligencia de Campo de Mayo en 1976. El entonces coronel era interlocutor habitual del responsable del centro clandestino, teniente coronel Jorge Voso, alias Ginebrón, que murió impune. Por la “disfunción y trastornos psicogénicos” invocados por sus defensores, Verplaetsen es el único de los condenados que “previo examen médico y psicológico” podría beneficiarse con el arresto domiciliario.
La pena para el general García será de 18 años de cárcel. Con el grado de coronel, García era en 1976 director de la Escuela de Infantería y jefe del área militar donde vivía la familia Avellaneda y donde funcionaba la comisaría de Villa Martelli, primera escala tras las capturas. Fragni y Harsich eran entonces sus subordinados. Las firmas de ambos figuran en un “acta de detención” labrada tras los secuestros, recibida años después por un familiar de las víctimas. Fragni declaró en 1984 haber intervenido en “algunas operaciones de la guerra contra la subversión”. Ante la ausencia de testigos de las torturas y la posibilidad de que por el grado y la posición en la estructura militar no conocieran el plan secreto del Ejército elaborado dos meses antes, el tribunal los responsabilizó sólo por los secuestros y robos, y los condenó a ocho años de prisión.Distinto es el caso de Aneto, jefe de turno de la comisaría la madrugada de los hechos, reconocido por Iris Pereyra como integrante del grupo de tareas que la secuestró y luego la torturó, en Villa Martelli y en Campo de Mayo. El tribunal rechazó por “inverosímil” la coartada del ex policía, quien aseguró recordar que aquel día mantuvo una larga charla con un detenido, que recibió la visita de su mujer y que comió un sandwich de milanesa. Citado como testigo, el ex detenido lo refutó. Aneto fue condenado a la pena de 14 años de prisión.

Plan Cóndor: Casación Penal concentra causas en un tribunal
Resolvió un conflicto de competencia entre el TOF 2 y el TOF 1. Ordenó remitir a este último las actuaciones por delitos cometidos en el centro clandestino Automotores Orletti. Se busca mayor celeridad en los procesos.
La Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal declaró competente al Tribunal Oral Federal Nº 1 de la Capital Federal, para conocer en actuaciones por delitos cometidos en el centro clandestino de detención “Automotores Orletti”, acumulándola a la causa “Plan Cóndor”, en el marco de un conflicto de competencia entre este último y el Tribunal Oral Federal Nº 2 de la misma ciudad.
El conflicto de competencia se originó luego de que el TOF 2 se declarara incompetente, en marzo último, para actuar en “Orletti” y remitiera esas actuaciones al TOF 1, por resultar conexa a la causa “Plan Cóndor”, que tramita ante este último tribunal.
Para ello, el TOF 2 consideró que en ambas causas se ventilan idénticos acontecimientos tanto históricos como procesales y existe prueba común, y entendió que la tramitación de ambos en distintas sedes afecta los principios de economía procesal y litispendencia.
En mayo, el TOF 1 aceptó parcialmente su competencia con relación a algunos de los hechos investigados y rechazó el resto. Ante ello, se elevó el trámite a Casación Penal.
Los jueces de la Sala IV -Augusto Diez Ojeda, Gustavo Hornos y Mariano González Palazzo- destacaron que ambos tribunales reconocen la vinculación entre ambas causas, sobre todo en lo atinente a la existencia de prueba en común (principalmente los testigos que deberán declarar sobre los mismos hechos), la trascendencia que posee la acreditación de los hechos cometidos en el centro clandestino de detención “Automotores Orletti” para la investigación del objetivo de la denominada “Operación Cóndor”, y la intervención que habrían tenido en estos hechos varios oficiales uruguayos sobre los que pesa pedido de extradición en ambos procesos.
Asimismo, señalaron que en la causa “Plan Cóndor” ya se ha citado a juicio y se proveyó la prueba ofrecida por las partes, así como también se ordenó una numerosa producción suplementaria y la elevación a juicio (el 23 de noviembre de 2007). Mientras que en “Orletti” aún no se ha citado a juicio a las partes.
“Advertimos que la circunstancia relativa al avanzado trámite perpetrado ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 1, su anterior radicación en la sede y la menor complejidad y voluminosidad, por la cantidad de imputados y hechos, de la causa ‘Automotores Orletti’, hace que resulte aconsejable, para una mejor y mas pronta administración de justicia, tal como lo destaca la CSJN en los puntos 2 y 3 de la Acordada Nro. 40/08, atribuirle la competencia para continuar con la tramitación de ambas causas, al Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 1, de conformidad con lo normado por el art. 42 inc. 4 del CPPN”, indicaron.
(Fuente:Rdendh-Pagina12-cij).

No hay comentarios: