18 de abril de 2010

LOS JUZGA UN TRIBUNAL LOS CONDEMOS TODOS.

EL PENSAMIENTO Y LA HISTORIA DE LAS JOVENES ABOGADAS QUE ACUSARON A LOS REPRESORES DE ROSARIO, PARA LOS QUE PIDIERON LA PENA MAXIMA.
El coraje, la memoria y el género
Cuando Guerrieri, Fariña, Amelong, Pagano y Costanzo secuestraban, torturaban y mataban; ellas tenían pocos años o no habían nacido todavía. Se formaron en la Universidad pública de Rosario y esta semana terminaron de acusar a estos represores para los que el Tribunal pidió las máximas penas merced al trabajo de estas profesionales.

Durruty, Asinari, Oberlin, Schujman, Figueroa y Blando; llevaron adelante la acusación y representaron a querellantes.
Por Alicia Simeoni

Cuando los represores Oscar Pascual Guerrieri, Jorge Fariña y Daniel Amelong, ex militares, y los agentes de inteligencia civil Walter Pagano y Eduardo 'Tucu' Costanzo, sentenciados el pasado jueves a prisión perpetua, hacían lo que el conjunto de sus pares, esto es secuestraban, torturaban y asesinaban, y en ese marco tenebroso violaban adolescentes y mujeres, no deben haber imaginado nunca que más de treinta años más tarde serían juzgados. Tampoco que serían también mujeres, muchas de ellas jóvenes y egresadas de la Universidad estatal que tanto odiaban, las que se plantarían en sus narices durante el juicio oral y pedirían para ellos las máximas penas. Nadia Schujman, Ana Oberlin, Gabriela Durruty, Daniela Asinari, Virginia Blando y la representante de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Ana María Figueroa, llevaron adelante la acusación, junto a dos abogados, Alvaro Baella y Lucas Ciarnello, todos en representación del conjunto de querellantes. A las mujeres víctimas les cuesta muchísimo presentarse como quien sufrió violaciones y los represores, en general, son juzgados por todos los otros delitos por los que se considera que en la Argentina hubo genocidio, mientras que los jueces de instrucción se niegan de manera sistemática a incluir "los delitos contra la integridad sexual así se expresó en la Causa 13 por la que se juzgó a los comandantes de las juntas militares , en los centros clandestinos, como objetivos a perseguir penalmente", explican los testimonios de las abogadas.
Nadia Schujman tiene 33 años y una hija. Junto a Ana Oberlin, abogada de la misma edad, representaron a los querellantes Alicia Gutiérrez, actual diputada provincial, y a su hijo Eduardo Toniolli; a Fernando Dussex, el hijo de ese hombre que fue quien llevaba el mismo nombre y apellido y de su madre, Cecilia Nazábal una mujer incansable en la búsqueda de Justicia y que murió hace unos pocos meses sin poder ver esta condena ; Sebastián Alvarez, el hijo de Raquel Negro que tenía 1 año y medio cuando fue secuestrado con ella y su compañero Tulio Valenzuela el hombre de la Operación Méjico , y de la ex detenida Olga Moyano.
Nadia Schujman tiene una clara mirada del encarnizamiento "especial" que tuvo la dictadura hacia las mujeres por su condición de tales y comenta que ella y Oberlin llevan otras causas en San Martín (Buenos Aires) donde sí se han pedido imputaciones por violaciones, ya que la figura apareció de manera explícita en los testimonios de las víctimas. Es la conocida como causa (ex general Santiago Omar) Rivero y "hay que decir que las organizaciones de género hicieron un trabajo muy interesante respecto de los delitos contra la integridad sexual y la dictadura", afirma. En Rosario aparecieron narraciones respecto de los comentarios que se hacían sobre el aspecto físico de las víctimas, sobre abusos, de manera genérica, pero no se verbalizan las denuncias por violaciones como ocurrió en Santa Fe capital en el marco de la causa Brusa. "Los abusos y las violaciones no son un invento de los genocidas en la Argentina sino que está en muchísimos momentos históricos, en tantos otros genocidios. Hay que pensar que para la mentalidad de los genocidas, la mujer debía estar en la casa, preparando la comida y no siendo una militante, una igual y eso les generaba muchas contradicciones. En un punto les producía admiración ver tanta fortaleza y por el otro, el deseo estaba puesto en la humillación, en el sometimiento". El "Tigre" Acosta lo expresó respecto de lo sucedido en la ESMA y en esta situación tan perversa en que sacaban a cenar a alguna secuestrada y "después venía todo lo demás".
Shujman recuerda que quienes iniciaron y dieron forma a la querella también fueron dos mujeres, Cecilia Nazábal y Alicia Gutiérrez aunque atrás estaba la inmensa lucha de muchos hombres y mujeres. Pero también retoma el tema de la fuerte perversión, como lo hace Ana Oberlín, respecto de Raquel Negro detenida en la Quinta de Funes. "Otra violencia particular fue la que vivieron las mujeres que estaban embarazadas durante su cautiverio. En este juicio, se juzgaron entre otros los delitos de los que fuera víctima Raquel Negro, quién estaba embarazada de mellizos, de casi 7 meses al momento de su secuestro. En estas circunstancias, en las cuales cualquier mujer atraviesa por un momento especial, tanto respecto a las modificaciones físicas como emocionales que experimenta, Raquel fue sometida a múltiples situaciones de degradación, como el resto de sus compañeros y compañeras de cautiverio, pero con el agravante de que su estado la colocaba en un lugar de muchísima mayor vulnerabilidad. Pudimos conocer durante el juicio, a través de distintos testimonios, que no tenía cuidados especiales y que las condiciones en las cuales vivió sus últimos momentos embarazada fueron deplorables".
Ana Oberlin aporta una mirada más que interesante cuando explica que entre las prácticas más extendidas, particularizadas sobre las mujeres, sin duda están los delitos contra la integridad sexual a los que las sometieron sus captores. "Pero "dice pese a eso y a la masividad de estos delitos, es muy difícil imputar a los responsables de tales hechos". Y luego explica que la gran dificultad está en dos cuestiones funtamentales: "la primera "afirma es que muchas mujeres no se animan o no quieren contar que fueron violadas; la segunda, principal y en parte causa de la anterior, es que los jueces de Instrucción se niegan sistemáticamente a incluir los delitos contra la integridad sexual ocurridos en los centros clandestinos como delitos a perseguir penalmente. Por eso, estamos ante uno de los desafíos que tenemos por delante: visibilizar estos hechos para que los jueces comiencen a entender que sufrir una violación es un hecho grave, que sin dudas impactó de forma particular sobre las víctimas y que tiene que ser penado como los otros hechos".
Gabriela Durruty, 39 años, 2 hijos, comienza por recordar que ya en la Causa 13, aquella por la que se juzgó a los comandantes de las juntas militares de la última dictadura, en 1984, la Cámara Federal de Buenos Aires estableció "con el grado de certeza de una sentencia judicial, firme, o sea que es un hecho jurídicamente indiscutible, la existencia y las características del plan sistemático de represión y exterminio"Cuando describe las características de ese plan, que se llevó adelante desde el Estado, enumera entre tantos delitos el que se comete contra la integridad sexual" También habla de los dos sistemas normativos que existieron, uno legal y otro ilegal, porque había una cantidad de normas que se manejaban de manera clandestina, ya que crearon un sistema jurídico por fuera de las leyes y que efectivamente existía. No salían a tontas y a locas a secuestrar a cualquiera. Todo estaba organizado y entre las cosas que hacían, estaba prevista la disminución o el quiebre de la subjetividad de la persona que detenían a partir de los delitos contra la integridad sexual, ya fueran hombres o mujeres. Por supuesto que la cuestión de género, la discriminación, se traslada y se agrava en quienes tienen en su propia subjetividad la perversión" El marco teórico para todo esto que se prueba en la Causa 13, y que volvimos a probar en este juicio, abreva en la doctrina de la Escuela Francesa y en la de la Escuela de las Américas". El contenido que era transmitido a quienes formaban los grupos de tareas, las patotas, estaba impregnado de ese marco teórico.
"No conozco el caso de madres sobrevivientes, si te sacan a tu hijo te tienen que matar" dice Durruty tratando de chequear algún hecho que no haya sucedido de esta manera".Hay que imaginarse otras 500 madres buscando a sus bebés, nunca lo hubieran permitido". Daniela Asinari, 30 años, aporta, como Schujman y Oberlin, que también hubo "un plus de sufrimiento en el caso de las mujeres embarazadas" Por eso Marta Bertolino "expresa cuyo caso está contenido en la causa Feced, dice que si hay algo peor que estar en un centro clandestino es pensar que tenés un hijo allí adentro".
Otra vez sobre la Causa 13, tanto Durruty como Asinari recuerdan que esa sentencia planteó que "las mujeres eran usadas para entretener a la patota" y muchos relatos femeninos, y también de hombres, contienen la descripción en cuanto a que, además de los interrogatorios y las distintas formas de tortura, llegaba la noche y "la patota borracha pretendían que las chicas bailaran". Las denuncias en Rosario han llegado hasta allí, hasta descripciones como esta última en La Calamita, pero no hay cargos directos y con imputaciones precisas. Fue Ramón Verón, el ex detenido en la Fábrica de Armas Domingo Matheu quien denunció las violaciones hacia las mujeres y el especial ensañamiento hacia las secuestradas. "Tal vez por una de las características de ellas, de las que estaban allí y que era la de enfrentar a los verdugos, a menudo más que los hombres, lo que les provocaba mucha furia"Después lo charlaban entre ellos y Verón y otros de sus compañeros les pedían que no lo hicieran, que no enfrentaran porque la devolución sería peor". Asi aparece la figura de Susana Miranda dando una patada a la taza con mate cocido que le traían y haciéndola ir a parar a cualquier parte, el rostro de Hilda Cardozo gritándoles "facistas" y la actitud de Adriana Arce que se mantenía en silencio y no gritaba ante la tortura""Hija de mil puta ni siquiera gritás" escuchaban sus compañeros de boca de los verdugos que redoblaban la apuesta.
"Tampoco se bancaban el lugar de responsabilidad que tenían las mujeres en las organizaciones y ése era otro factor de irritación y de encarnizamiento contra ellas", recuerdan las dos abogadas que llevaron adelante la querella en nombre de Ramón Aquiles Verón, Juan Rivero y la madre de Marta María Forestello. El momento es propicio para que aparezca el recuerdo de Norma Arrostito, una figura tan fuerte en la organización Montoneros en la que también ella debatió su lugar, entre muchos integrantes impregnados de un profundo machismo.
HABLA EL JUEZ QUE CONDENO A CADENA PERPETUA A GUERRIERI, FARIñA, AMELONG, PAGANO Y COSTANZO.
"Este no fue un juicio ideológico, fue concreto"
En la entrevista, el doctor Otmar Paulucci cuenta las sensaciones personales que le dejó este histórico juicio contra represores por crímenes de lesa humanidad. Un proceso de siete meses que llegó su fin con las condenas.
Paulucci (en el centro) en la audiencia final donde se leyeron las condenas a cadena perpetua.
Por José Maggi

"Este juicio me cambió la perspectiva de lo ocurrido luego del golpe de Estado del 76". La frase pertenece a Otmar Paulucci, presidente del Tribunal Oral Federal Nº 1 de Rosario que el último jueves condenó a prisión perpetua a los cinco primeros represores juzgados en esta región por delitos de lesa humanidad. Paulucci responsable del andamiaje que le dio cuerpo a la sentencia calificada como "ejemplar" por la fiscal federal Mabel Colalongo se esfuerza en remarcar que "este juicio no pasó por un análisis ideológico del Proceso militar, sino de hechos concretos: Acá hubo secuestros, torturas y homicidios. Este tribunal no revisó otra cosa". También destacó la importancia del testimonio de Eduardo Costanzo, como aporte probatorio, y del ex agente Gustavo Bueno.
¿Cómo vivió este juicio que duró siete meses?- preguntó Rosario/12.
Fue una experiencia muy fuerte, no sólo procesalmente ya que con mis colegas del tribunal no llevamos adelante experiencias de estas características, sino por todo lo que había en juego, y por el dolor que se vivió a través de todos los testimonios de las víctimas. Esta no es una materia que nosotros como jueces federales hayamos tenido contacto con anterioridad, ya que estamos acostumbrados a las causas de drogas, estafas al estado, adulteración de documentos, o delitos penales tributarios. Pero nunca tuvimos este tipo de delitos e indudablemente antes como estudiante y luego como lector de todo este proceso previo o posterior al golpe de Estado, tenía una visión de las cosas, digamos una visión ideológica, es decir uno puede compartir una posición o estar en la otra, pero todo ideológico. En estos siete meses me di cuenta de la tortura, el homicidio y sus formas y las agravantes, a las que nunca imaginé.
¿Durante la dictadura no había escuchado sobre los secuestros?
En su momento supe de los secuestros, no lo voy a ignorar, como lo leímos y vimos todos, pero te cambia totalmente el concepto de la realidad el escuchar a alguien que fue víctima de la tortura: una cosa es leerlo y otra distinta que la víctima te lo relate. Había toda una operatoria de cómo se efectuaban los secuestros, de los lugares donde se efectuaban, en lo personal no tenían conocimiento directo de un centro de detención. Este juicio me cambió la perspectiva de lo que ocurrió treinta años atrás. Es más nunca pensé que esto hubiese sido asi, es más nadie ignoraba que tras las detenciones se pudieron haber aplicado métodos ilegales para obtener información, en todo conflicto eso es posible. Pero nunca pensé que tenían tal envergadura, que era tan grave y llegando a lo maquiavélico que fueron.
¿Qué importancia tienen los testimonios de Eduardo Costanzo y Gustavo Bueno?
Esos dos testimonios me llevaron a establecer que lo que decían las víctimas no era falso, sino real porque las víctimas tenían todo un relato creíble, pero faltaba un pedazo porque estaban tabicadas y no podían ver, muchas veces no identificaban físicamente a otras personas. Pero hubo dos testimonios que fueron fundamentales para esta causa que determinaron cómo era en realidad el sistema y marcó que lo dicho por las víctimas era real. De lo contrario tendríamos una versión de la víctimas y otra versión del victimario que niega el hecho, y sería muy difícil dilucidar la verdad entre dos versiones opuestas. Sin embargo aquí había dos versiones las víctimas y el victimario que confirma a las primeras. Por eso no se pudo hablar de animosidad de los miembros de esa fuerza, ni de las víctimas. Este juicio no pasa por un análisis ideológico del Proceso, acá fueron hechos concretos: acá hubo secuestros, torturas y homicidios. Este tribunal no revisó otra cosa.
De todas las medidas procesales que llevó adelante en este juicio, ¿cuál fue la que más lo impactó?
Para mi formación sin dudas haber tomado la declaración a Gustavo Bueno (ex agente civil de inteligencia del ejército) en Brasil. No me agradó mucho lo que me pasó en ese país, pero terminó siendo totalmente positivo para la causa, y fue una experiencia que a nivel internacional no es frecuente. No supe nunca de alguno de mis colegas que hayan ido a otro estado a tomar una declaración testimonial como era esta, con colaboración del propio testigo y que haya impedimentos de parte de una fuerza que lo tenía detenido por otra causa, tratando de impedir su declaración. Para mí eso fue único.
También recorrió varios centros clandestinos de detención, ¿cuál le impactó más?
El que más me impactó fue la Quinta de Funes a pesar de que es en el que menos cosas pasaron. Uno habla de un centro de detención y se refiere a un lugar donde se tortura, donde se escuchan gemidos, llantos, dolor, muerte. Pero en la Quinta de Funes hay sol, pileta de natación, cancha de tenis, es decir parece un lugar de vacaciones.
Hay cinco condenas a prisión perpetua, ¿cómo se traduce esto en años de encierro?
En prisión perpetua se habla de treinta años de pena para lograr la libertad condicional.
Costanzo y Guerrieri tienen detención domiciliaria y la condena es de cumplimiento en cárceles comunes. ¿Ambos tienen este destino?
Esto es lo que fue resuelto. Vamos a esperar a que quede firme la sentencia para materializarlo, pero previo el tribunal resolvió que se van a analizar los dos casos, por su estado de salud, motivo por el cual tiene detención domiciliaria. Además Guerrieri está a disposición de otro juez federal (Ariel Lijo)- concluyó Paulucci.
EL FISCAL SUAREZ FAISAL, CONFORME CON LA CONDENA A BARCOS.
Los hechos quedaron probados
El Tribunal Oral de Santa Fe sentenció al represor Horacio Barcos a once años de prisión por "privación ilegítima de la libertad agravada" y "tormentos" en concurso real y acumuló una condena anterior en una pena única de 15 años de cárcel.
Para el fiscal Suárez Faisal "las víctimas lo identificaron porque operó a cara descubierta en 1978".
Por Juan Carlos Tizziani

El fiscal Martín Suárez Faisal se declaró conforme con la condena al represor y ex agente secreto del Ejército, Horacio Américo Barcos, por el secuestro y torturas al historiador santafesino y ex dirigente de la CTERA ya fallecido, José Alberto Tur y su ex esposa Amalia Ricotti. "Lo importante es que se probaron los hechos y se condenó al responsable. Después de tanto tiempo de impunidad, el Poder Judicial de un estado democrático consideró que esos crímenes ocurrieron y son delitos de lesa humanidad. Eso es lo que hay que destacar", dijo en un diálogo con Rosario/12. El Tribunal Oral de Santa Fe sentenció a Barcos a once años de prisión por "privación ilegítima de la libertad agravada" y "tormentos" en concurso real y acumuló una condena anterior de la justicia bonaerense por "extorsión" en una pena única y efectiva de 15 años de cárcel que deberá cumplir en Las Flores, hasta 2025.
Barcos fue acusado de integrar un grupo de tareas que secuestró y torturó al matrimonio Tur Ricotti durante quince días en un centro clandestino en las afueras de la ciudad, en mayo de 1978, y después lo mantuvo bajo control y vigilancia varios meses. Es la segunda condena al terrorismo de estado en Santa Fe en menos de cuatro meses.
"Nosotros estamos muy conformes con el resultado del juicio a Barcos", dijo el fiscal Suárez Faisal. "La investigación de este tipo de hechos es muy difícil porque ha pasado mucho tiempo y sus autores se ocuparon de ocultar huellas y rastros que podían quedar, justamente, para procurar su impunidad. Eso hace que la investigación y la prueba en un juicio público por delitos de lesa humanidad sea dificultosa", explicó.
"Por eso, estamos muy contentos. Porque el Tribunal aceptó totalmente la calificación legal que el Ministerio Público Fiscal consideró adecuada para los hechos que se le atribuyeron a Barcos: privación ilegítima de la libertad y tormentos, con los agravantes de violencia y amenazas a perseguidos políticos. Eso nos deja muy contentos porque consideramos que el trabajo que hicimos tuvo sus frutos en cuanto a la acreditación de los hechos que se ventilaron en este juicio".
El fiscal había pedido 15 años de prisión para Barcos. La querella 21 años. "¿Esperaba una condena de once años?", preguntó Rosario/12. "La pena tiene que ver con la cantidad de hechos que se ventilaron en este juicio -contestó Suárez Faisal . En la causa Brusa se acusó por 56 hechos y el Tribunal consideró probados 54. Y en este caso se trataba de cuatro dos hechos de tormentos y dos de privación ilegítima de la libertad y fueron probados los cuatro. De todas maneras, el monto de la pena no es lo notable de este caso. Lo importante es que después de tanto tiempo de impunidad, el Poder Judicial de un estado democrático consideró que esos crímenes ocurrieron y son delitos de lesa humanidad. Eso es lo que hay que destacar".
Sin embargo, los abogados de la querella criticaron el monto de la pena.
La querellante (Ricotti) se mostró muy contenta por el fallo. Estoy al tanto de lo que dijeron sus abogados (Horacio Coutaz y Zulema Rivera), pero por razones obvias de respeto profesional no voy a opinar sobre esas declaraciones, sobre todo porque todavía no se conocen los fundamentos del fallo. Nosotros habíamos solicitado 15 años de prisión (para Barcos), pero el Tribunal decidió imponerle once años con argumentos que todavía no conocemos y acumular (una condena anterior de la justicia bonaerense por "extorsión") en una pena única de quince años, lo que a nosotros, a primera vista, nos deja satisfechos. Lo importante es que se hayan acreditado los hechos y se lo haya condenado a Barcos por ser responsable de esos hechos.
Y es el primer represor condenado en la ciudad de Santa Fe que operaba como Personal Civil de Inteligencia (PCI) del Ejército.
Exactamente. Es la primera condena a un agente secreto del Ejército y la primera condena a un miembro del Ejército. El Tribunal consideró culpable a Barcos por la privación ilegítima de la libertad y los tormentos sufridos por Tur y Ricotti. No es poco.
¿Esto abre la posibilidad de investigar a otros PCI?
Siempre nos hemos manejado con mucha prudencia en las investigaciones que hacemos. Primero, con reservas respecto a las hipótesis que se analizan. Y después, con mucha prudencia porque no se puede imputar a nadie por su sola condición de PCI o agente del Ejército, sino cuál es la posibilidad acreditar algún hecho en el que hubiera tenido participación- explicó.
Usted dijo que Barcos había mentido. Y lo desenmascaró en la indagatoria y en el alegato.
Las víctimas lo identificaron porque operó a cara descubierta en el secuestro, en mayo de 1978, cuando los apuntó con un arma de fuego. Entonces, su estrategia intentó demostrar que desconocía el manejo de armas. Pero en el juicio quedó probado que no era cierto, a partir de su propia foja de servicios como PCI porque ya en 1975 (cuando ingresó al Destacamento de Inteligencia Militar 122) manifestó que "se destacaba en el tiro de fusil y tiro de pistola"- concluyó el fiscal.
FuentedeOrigen:Rosario12
Fuente:Rdendh


NOS ENVIARON NUEVAS FOTOS DE LA HISTÓRICA JORNADA.
Desde APDH



de JORGE CONTRERA.

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