Caso Melitón Bustos/Ninguna de las partes está de acuerdo con el veredicto
Va a casación la condena de los dos coroneles
La fiscalía y la querella insisten con la condena a perpetua de los militares y la defensa considera que ambos deben ser absueltos.
Va a casación la condena de los dos coroneles
La fiscalía y la querella insisten con la condena a perpetua de los militares y la defensa considera que ambos deben ser absueltos.

Fiscal Eduardo Villalba
La condena a 20 años de prisión de Luis Angel Zírpolo y Carlos Alberto Arias, los coroneles involucrados en el secuestro y desaparición del escribano Melitón Bustos, no conformó a ninguna de las partes involucradas en el este proceso, el primero que se realizó en Salta por un crimen de lesa humanidad.
Fue así que tanto el fiscal como la querella y los patrocinantes de los militares decidieron interponer recursos de casación por no estar de acuerdo con la sentencia que el 13 de abril pasado dictó el Tribunal Oral Federal de Salta, integrado por Roberto Frías, Liliana Snopek y Jorge Luís Villada, más el juez sustituto Renato Rabi-Baldi Cabanillas. Cada uno de los planteos será analizados ahora por este tribunal y en caso de aceptarlo deberá girar las actuaciones a la Cámara de Casación de la Nación para que resuelva la cuestión.
El primer recurso lo presentó el fiscal Eduardo Villalba, luego de analizar los fundamentos que esgrimió el tribunal para dar a conocer su veredicto. Para los camaristas, los cargos que le imputaron a Zírpolo y Arias “deben ser considerados como delitos de lesa humanidad”. Sin embargo descartaron el agravante de la alevosía y por ese motivo consideraron que Bustos fue víctima de un homicidio simple, luego de que fuera secuestrado en la madrugada del 2 de febrero de 1978 en la ciudad de Tartagal. “Desde el momento que el tribunal entiende que se trató de un delito de lesa humanidad, necesariamente se da el agravante de la alevosía”, expresó Villalba. Y remarcó que “esto significa que el Estado mató a un hombre indefenso y por eso sostenemos que Zírpolo y Arias deben ser condenados a perpetua, tal como lo solicité en mi alegato”.
Lo propio opina la querella al considerar a Zírpolo como autor mediato y a Arias como partícipe necesario del crimen. “Insistimos que aquí hubo un plan sistemático para la eliminación de personas y Bustos ha sido una de estas víctimas”, subrayó el abogado David Leiva. Pablo Tobío, defensor de Zírpolo, señaló que “no hay ninguna prueba que determine que mi cliente participó de este hecho. Todo es muy subjetivo y esto no puede determinar una condena y por eso debe ser absuelto”.
FuentedeOrigen:ElTribuno
La condena a 20 años de prisión de Luis Angel Zírpolo y Carlos Alberto Arias, los coroneles involucrados en el secuestro y desaparición del escribano Melitón Bustos, no conformó a ninguna de las partes involucradas en el este proceso, el primero que se realizó en Salta por un crimen de lesa humanidad.
Fue así que tanto el fiscal como la querella y los patrocinantes de los militares decidieron interponer recursos de casación por no estar de acuerdo con la sentencia que el 13 de abril pasado dictó el Tribunal Oral Federal de Salta, integrado por Roberto Frías, Liliana Snopek y Jorge Luís Villada, más el juez sustituto Renato Rabi-Baldi Cabanillas. Cada uno de los planteos será analizados ahora por este tribunal y en caso de aceptarlo deberá girar las actuaciones a la Cámara de Casación de la Nación para que resuelva la cuestión.
El primer recurso lo presentó el fiscal Eduardo Villalba, luego de analizar los fundamentos que esgrimió el tribunal para dar a conocer su veredicto. Para los camaristas, los cargos que le imputaron a Zírpolo y Arias “deben ser considerados como delitos de lesa humanidad”. Sin embargo descartaron el agravante de la alevosía y por ese motivo consideraron que Bustos fue víctima de un homicidio simple, luego de que fuera secuestrado en la madrugada del 2 de febrero de 1978 en la ciudad de Tartagal. “Desde el momento que el tribunal entiende que se trató de un delito de lesa humanidad, necesariamente se da el agravante de la alevosía”, expresó Villalba. Y remarcó que “esto significa que el Estado mató a un hombre indefenso y por eso sostenemos que Zírpolo y Arias deben ser condenados a perpetua, tal como lo solicité en mi alegato”.
Lo propio opina la querella al considerar a Zírpolo como autor mediato y a Arias como partícipe necesario del crimen. “Insistimos que aquí hubo un plan sistemático para la eliminación de personas y Bustos ha sido una de estas víctimas”, subrayó el abogado David Leiva. Pablo Tobío, defensor de Zírpolo, señaló que “no hay ninguna prueba que determine que mi cliente participó de este hecho. Todo es muy subjetivo y esto no puede determinar una condena y por eso debe ser absuelto”.
FuentedeOrigen:ElTribuno
Fuente:Rdendh
Bustos: apelan la sentencia y piden prisión perpetua para Zírpolo y Arias
La querella del juicio por el secuestro y desaparición del escribano Aldo Melitón Bustos apeló ayer la sentencia que condenó por veinte años a los acusados Luis Angel Zírpolo y Carlos Arias, y solicitó la pena de la prisión perpetua para ambos.
Bustos: apelan la sentencia y piden prisión perpetua para Zírpolo y Arias
La querella del juicio por el secuestro y desaparición del escribano Aldo Melitón Bustos apeló ayer la sentencia que condenó por veinte años a los acusados Luis Angel Zírpolo y Carlos Arias, y solicitó la pena de la prisión perpetua para ambos.

Luis Angel Zírpolo y Carlos Arias.
El escrito fue presentado ante el Tribunal Oral Federal que preside Roberto Frías, que deberá enviarlo ahora al Tribunal de Casación Penal Nacional.
El abogado de la querella, David Leiva, argumentó que la sentencia del Tribunal se contradijo al plantear primero el caso como un "crimen de lesa humanidad" que implica un plan sistemático de eliminación del oponente y luego condenar a los acusados por homicidio simple, "que es como si hubieran salido a robar gallinas a la calle y de pronto mataron".Para la querella, en el secuestro de Aldo Melitón Bustos, producido el 2 de febrero de 1978, hubo una preordenación de conductas,se eligió una víctima indefensa, y un destino calculado, que era la muerte del escribano."Zírpolo -entonces jefe del Regimiento de Infantería de Monte 28-fue el autor mediato y el entonces teniente Arias -a quien reconoció el hijo de la víctima como uno de los que se llevaron a su padre- fue un colaborador indispensable para la comisión del crimen", argumentó Leiva.El abogado se respaldó en las consideraciones de la causa 13, por la que se condenó a los integrantes de las Juntas Militares que se sucedieron desde el golpe de marzo de 1976.
"Allí los jueces tienen como probado que en el plan sistemático de eliminación de opositores hay una autoría mediata que va bajando hacia las áreas y subáreas que ordenan investigar. Zírpolo, como jefe del Regimiento era parte del engranaje y ordenó matar", señaló el abogado.También el fiscal Eduardo Villalba apeló el fallo y pidió la prisión perpetua para los dos militares por "partícipes necesarios" del crimen.
Los dos demonios
El escrito fue presentado ante el Tribunal Oral Federal que preside Roberto Frías, que deberá enviarlo ahora al Tribunal de Casación Penal Nacional.
El abogado de la querella, David Leiva, argumentó que la sentencia del Tribunal se contradijo al plantear primero el caso como un "crimen de lesa humanidad" que implica un plan sistemático de eliminación del oponente y luego condenar a los acusados por homicidio simple, "que es como si hubieran salido a robar gallinas a la calle y de pronto mataron".Para la querella, en el secuestro de Aldo Melitón Bustos, producido el 2 de febrero de 1978, hubo una preordenación de conductas,se eligió una víctima indefensa, y un destino calculado, que era la muerte del escribano."Zírpolo -entonces jefe del Regimiento de Infantería de Monte 28-fue el autor mediato y el entonces teniente Arias -a quien reconoció el hijo de la víctima como uno de los que se llevaron a su padre- fue un colaborador indispensable para la comisión del crimen", argumentó Leiva.El abogado se respaldó en las consideraciones de la causa 13, por la que se condenó a los integrantes de las Juntas Militares que se sucedieron desde el golpe de marzo de 1976.
"Allí los jueces tienen como probado que en el plan sistemático de eliminación de opositores hay una autoría mediata que va bajando hacia las áreas y subáreas que ordenan investigar. Zírpolo, como jefe del Regimiento era parte del engranaje y ordenó matar", señaló el abogado.También el fiscal Eduardo Villalba apeló el fallo y pidió la prisión perpetua para los dos militares por "partícipes necesarios" del crimen.
Los dos demonios
Leiva cuestionó también los términos del fallo del Tribunal, que integraron también Jorge Villada y Marta Liliana Snopek."Cuando en un párrafo del fallo hablan de sectores beligerantes están dando a entender que hubo una guerra y avalando, con ello, la teoría de los dos demonios".
Según el abogado, si hubiera sido una guerra lo que aconteció en ese momento, el Tribunal no podría haber hablado en la sentencia de un crimen de lesa humanidad y, además, debería haber absuelto a los acusado."Pero aquí no hubo una guerra, si no un plan sistemático de eliminación de opositores que se aplicó con la aquiescencia del Estado sobre una población indefensa", señaló Leiva.
Y resaltó que no hay ninguna causa de los organismos de derechos humanos por alguien que haya muerto en combate. "El uso del término "sectores beligerantes", me parece muy gorila. Más aún porque se hace de una forma muy gratuita, sin que se utilice luego en la argumentación de la sentencia", concluyó el querellante.
Fuentedeorigen:NuevoDiariodeSalta
Según el abogado, si hubiera sido una guerra lo que aconteció en ese momento, el Tribunal no podría haber hablado en la sentencia de un crimen de lesa humanidad y, además, debería haber absuelto a los acusado."Pero aquí no hubo una guerra, si no un plan sistemático de eliminación de opositores que se aplicó con la aquiescencia del Estado sobre una población indefensa", señaló Leiva.
Y resaltó que no hay ninguna causa de los organismos de derechos humanos por alguien que haya muerto en combate. "El uso del término "sectores beligerantes", me parece muy gorila. Más aún porque se hace de una forma muy gratuita, sin que se utilice luego en la argumentación de la sentencia", concluyó el querellante.
Fuentedeorigen:NuevoDiariodeSalta
Fuente:Rdendh
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