La fiscalía pidió condenas de prisión perpetua por genocidio para Guglielminetti y otros 16 represores
La fiscalía pidió hoy penas de prisión perpetua por genocidio contra el ex agente de inteligencia Raúl Guglielminetti y otros 16 represores por su actuación en el circuito de centros clandestinos de represión conocido como Atlético-Banco-Olimpo durante la última dictadura.
El fiscal Alejandro Alagia fundó todo su alegato en acusar a Guglielminetti y al resto de los juzgados en este proceso por el delito de genocidio basándose en tratados internacionales, que condenan la persecución de un grupo "nacional", en el marco de los crímenes de lesa humanidad.
En este proceso se investigan 181 casos de delitos contra la humanidad en jurisdicción del Primer Cuerpo de Ejército y es llevado adelante por el Tribunal Oral Federal Nº2 de la Capital Federal.
En un extenso alegato acusatorio, el fiscal Alagia consideró a los acusados como penalmente responsables por el delito de genocidio al participar de la "matanza de un grupo nacional" y la aplicación de "lesiones graves contra la integridad física o mental" de las victimas.
Asimismo, consideró como agravante de los homicidios que se les imputaron a los acusados "el sometimiento a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física total o parcial", así como también la permanencia en esas condiciones por más de un mes.
Con variantes en cuanto a los casos en que está probada su intervención, la fiscalía pidió prisión perpetua para los acusados Guglielminetti (alias Mayor Guastavino y ex integrante de la banda de Aníbal Gordon); de Julio Simón (alias el Turco Julián), del ex comisario Samuel Miara (Cobani) y de Oscar Augusto Rolón (Soler).
También lo hizo para Eugenio Pereyra Apestegui (alias Quintana), Juan Carlos Avena (Alias Centeno, por quien pidió se le revoque el arresto domiciliario), Eduardo Kailinek (Doctor K), Luis Donicik (Polaco Chico), Ricardo taddei (Padre), Raúl Gonzalez (Negro o Raúl), Juan Carlos Falcón (Kung Fu), Guillermo Victor Cardozo (Cortés), Eufemio Uballes (Anteojo Quiroga), Roberto Rosa (Clavel), Enrique Del Pino (Miguel) y Carlos Tepedino, por quien solicitó la inmediata detención.
El fiscal Alagia requirió que en caso de que los represores sean condenados se comunique la resolución a los ministerios de Defensa y Justicia para que se disponga la "baja por exoneración" de los mismos.
Durante su extenso alegato, el representante del ministerio público acusó a los ex miembros de las fuerzas de seguridad que actuaron en los campos de concentración que se conocen como Atlético, Banco y Olimpo, de haber participado y ejecutado un "plan de aniquilamiento" de los que consideró como un "grupo nacional", y por ende comprendido en los alcances de la Convención Internacional para la prevención y Sanción del delito de Genocidio.
Al respecto, señaló que las órdenes "secretas impartidas" antes y después del golpe militar del 24 de marzo de 1976, para los comandos que actuaron en la represión consideraban al enemigo a "aniquilar" como "grupo subversivo" en un amplio espectro "al que le fue negado el derecho a la vida".
"No hay dudas sobre el grupo nacional afectado sometido a tortura y la matanza" durante la dictadura, entre los que incluyó no sólo a opositores políticos sino también a estudiantes, docentes, delegados de fábricas, militantes barriales y religiosos de la llamada corriente tercermundista, entre otros.
Si bien admitió que aquella convención internacional apuntaba a la persecución por razones "étnicas, raciales o religiosas" , el fiscal explicó que hoy debe aplicarse en un sentido mucho más amplio debido a "la intención de destruir toda una parte de la población civil", perteneciente a la misma nacionalidad, enmarcado en el terrorismo de Estado.
Entendió también que se trata de delitos de lesa humanidad y denunció la "sistematicidad de las atrocidades" cometidas contra "una parte de la población civil".
Argumentó que las órdenes secretas impartidas por la dictadura, consideraban a "los subversivos como enemigos de la sociedad, y por lo tanto no serán tratados como prisioneros de guerra, pero tampoco como criminales comunes ni como prisioneros políticos", decisión ésta que llevaba la firma de Jorge Rafael Videla, por entonces comandante en Jefe del Ejército.
Dichas órdenes también incorporaron el término "aniquilamiento" en reemplazo de "neutralizar" como figuraban en los decretos firmados por la ex presidente Isabel Martínez de Perón, en 1975, impartiendo así directivas para el ataque a grupos "más amplios" que los opositores políticos.
"Unos tienen que morir para que otros vivan, esa fue la consigna del genocidio en la Argentina", concluyó.
Fuente:Telam
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