25 de febrero de 2011

SANTA FE: UNA BUENA-PROHIBIDO FUMIGAR.

PROHIBIDO FUMIGAR

La Justicia volvió a impedir la fumigación con agroquímicos en San Jorge. El juez Tristán Martínez señaló que, luego de recibir informes oficiales, "no se ha dirimido el interrogante sobre la conveniencia de continuar con la fumigaciones" en las plantaciones de soja.

LA JUSTICIA PROHIBIO FUMIGAR CON AGROQUIMICOS EN SAN JORGE
Con argumentos más contundentes
El juez recomendó al gobierno nuevos
estudios epidemiológicos para determinar la
toxicidad de los productos cuestionados.

El juez cuestionó al ministro de la Producción, Bertero, por no entregar informes oficiales.


Con argumentos más contundentes que las restricciones originales decretadas hace casi dos años, la Justicia provincial resolvió mantener la prohibición de fumigar con agroquímicos en San Jorge. Con métodos terrestres el impedimiento comprende un radio de 800 metros del límite de la zona urbana, mientras que si la tarea se realiza por avión con se eleva a 1500 metros. En base a los informes elaborados por el Ministerio de Salud de Santa Fe y la Universidad Nacional del Litoral, el juez Tristán Martínez planteó que no se advierte que hayan "dirimido el interrogante sobre la conveniencia de continuar con la fumigaciones" en las plantaciones de soja. Más aún, el trabajo de la cartera sanitaria señala como hipótesis que la dismininución de consultas por trastornos en la salud "puede asociarse a la ausencia de un factor ambiental" como el glifosato, razonamiento que al magistrado le pareció "plausible". El juez recomendó a las autoridades provinciales la realización de monitoreos y estudios epidemiológicos para determinar la toxicidad de los productos cuestionados y la situación de las poblaciones afectadas. La causa se inició en 2009 ante el amparo presentado por Viviana Peralta, luego que su pequeña hija Ailén, sufriera ahogos, intoxicación y un desmayo después de una fumigación. Ambas viven en el barrio Urquiza de San Jorge, departamento San Martín, en el centro oeste provincial.

El juez Martínez hizo lugar de inmediato al amparo. Meses más tarde, en marzo de 2010, la la Sala II de la Cámara de Apelaciones de Santa Fe, confirmó la resolución inicial y exigió la realización de estudios sobre la toxicidad de los agroquímicos al Ministerio de la Producción y la Universidad Nacional del Litoral invirtiendo la carga de la prueba: no debían ser los denunciantes quienes debían demostrar la carga tóxica, sino el lobby sojero su inocuidad.

Vencido el plazo para la presentación de los informes oficiales, esta semana el juez volvió a expedirse. Aclaró que recibió los estudios de la UNL y el Ministerio de Salud, no así del Ministerio de la Producción, a quien cuestiona por la omisión. "No se advierte que los informes hayan dirimido, en concreto, el interrogante (de) si es conveniente continuar con las fumigaciones o no", razona el magistrado en su escrito.

Martínez menciona además que el propio Ministerio de Salud a modo de "hipótesis" plantea que "la disminución de la prevalencia de consultas atribuibles a un irritante externo (...) puede asociarse a la ausencia de un factor ambiental", en relación a la ausencia de agroquímicos por la prohibición judicial. "La hipótesis planteada parece ser bastante plausible", abona el juez de San Jorge.

Más adelante cita el informe de la UNL que advierte que "no existen agroquímicos inocuos. Todas las sustancias de uso fitosanitario, entre ellas el glifosato, presentan toxicidad y por ende algún grado de peligrosidad tanto respecto a la exposición aguda como crónica".

Tras reparar en la "muy escasa información registrada y de libre acceso tanto oficial como del sistema científico sobre residuos de glifosato en alimentos y agua de bebida", el magistrado remarcó la necesidad de "profundizar las investigaciones", y los "estudios epidemiológicos en humanos" y un "biomonitoreo".

Sobre el final de su escrito, Martínez indica que la "duda releventa" que tenía incialmente "cambió de dirección hacia la certeza. Leídas y releídas las conclusiones, observaciones y recomendaciones transcriptas, el panorama que se presenta es abrumador y la sensación es que, en verdad, se está lejos de todo". También reflexiona sobre las distancias permitidas, aspecto que fue debatido el año pasado en la Legislatura, con media sanción de Diputados y sanción inconclusa en el Senado.

EN ROSARIO.
EXPLOTACION DE 145 HECTAREAS PERTENECIENTES AL AEROPUERTO
Por este año, basta de utilizar agroquímicos
El directorio del Aeropuerto de Rosario se reunió ayer con los arrendatarios que actualmente tienen a su cargo la explotación de 145 hectáreas en la zona rural de la terminal aérea, y se acordó que "de aquí en más y por el resto de la campaña agrícola de este año no resulta necesario la utilización de agroquímicos en las plantaciones existentes". Al mismo tiempo el Concejo aprobó un decreto que "suspende toda autorización concedida por el municipio para aplicaciones terrestres o aéreas de productos fitosanitarios, con distancia menor a 3000 metros, de cualquier área urbanizada o que implique presencia permanente de personas, dentro de los límites del municipio". Los asistentes al encuentro aclararon que "la modalidad de fumigación empleada hasta el momento ha sido efectuada con estricto ajuste a la legislación vigente en la materia y siguiendo procedimientos oportunamente acordados con los vecinos".

Al mismo tiempo, y con relación a la campaña agrícola subsiguiente, se convino "revisar la modalidad de implementación de la misma siguiendo las normas vigentes y abriendo la posibilidad a adecuarse a las disposiciones legales que surjan".

El tema había generado amplio rechazo de los vecinos que habitan en la zona noroeste de Rosario, lindera al aeropuerto. En paralelo con la resolución entre la aeroestación y los arrendatarios, el Concejo aprobó ayer un decreto que encomienda al Ejecutivo municipal el "establecimiento del límite de la planta urbana de la ciudad, con criterio agronómico, a los fines de dar cumplimiento a las distancias que se deben respetar para la aplicación de productos fitosanitarios" establecidas por los artículos 33 y 34 de la Ley 11.273.

Asimismo se estableció que hasta tanto se cumplimente lo anterior se "suspende toda autorización concedida por el municipio para aplicaciones terrestres o aéreas de productos fitosanitarios, con distancia menor a 3000 metros, de cualquier área urbanizada o que implique presencia permanente de personas, dentro de los límites del municipio". En los considerandos del proyecto aprobado se señala que "la utilización masiva de plaguicidas produce la contaminación de fuentes de agua superficiales y subterráneas y de alimentos, impactos sanitarios en población expuesta, desaparición de especies agrícolamente benéficas, contaminación del suelo y alteración de sus propiedades, perdida de la biodiversidad, además de pérdidas económicas en los distintos sectores con incidencia en los costos y economía en general.

Además se acordó convocar al representante de la Municipalidad de Rosario en el ente del Aeropuerto Islas Malvinas, Sebastián Bonnet, para que asista a una reunión conjunta de las comisiones de Gobierno, Ecología y Salud del Concejo.
Fuente:Rosario12                                                                    

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