Dos represores fracasaron en su intento de evitar el juicio oral por delitos de lesa humanidad
Dos comisarios acusados de delitos de lesa humanidad cometidos en la seccional de Haedo de Buenos Aires, donde funcionaba un centro clandestino de detención, fracasaron en su intento por evitar el juicio oral y público luego que la Cámara Federal confirmase la resolución por la cual fueron rechazados sus planteos de nulidad.
La resolución tomada por la Sala I del Tribunal de Apelaciones alcanzó a los represores Alberto Oscar Lanas y Néstor Rubén Oubiña, quienes habían sido procesados el 5 de octubre de 2009 por el juez federal Daniel Rafecas, en el marco de la "megacausa" en la que investiga violaciones a los derechos humanos cometidas en la órbita del Primer Cuerpo de Ejército.
Lanas, por entonces comisario a cargo de la Seccional de Haedo, fue procesado por Rafecas como “cómplice primario” por la privación de la libertad de doce personas que permanecieron ilegalemente en esa dependencia policial; en tanto su sucesor Oubiña fue responsabilizado por el secuestro de una decena de personas y la aplicación de torturas.
Por intermedio del Defensor Oficial Matías de la Fuente, los represores cuestionaron el requerimiento de elevación a juicio efectuado por el fiscal federal Federico Delgado que calificaron como "vago y genérico" lo que le "impedía ejercer adecuadamente el derecho de defensa".
Sin embargo los, camaristas Jorge Luis Ballestero y Eduardo Farah, en una resolución de siete carillas a la que Télam tuvo acceso, sostuvieron que "al focalizarse el análisis en las características puntuales del requerimiento de elevación a juicio suscripto por el Fiscal no se advierten defectos formales que justifiquen la sanción procesal pretendida".
Ello "despeja cualquier posibilidad de afectación concreta al principio constitucional de defensa en juicio" enfatizaron los magistrados.
Los camaristas concluyeron que "la descripción efectuada en el requerimiento Fiscal, que incluye la mención de la prueba valorada en cada caso y una explicación sobre el modo en que se enfocó conceptualmente esta temática puntual, resulta apta para ilustrar adecuadamente sobre las circunstancias fácticas que respaldan esta arista del reproche".
Fuente:Telam
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