Por secuestro calificado del sacerdote británico-chileno en septiembre de 1973
Juez dicta acusación en caso Woodward y determina que en el buque escuela Esmeralda se torturaba
El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda Lillo, dictó acusación en contra de 10 funcionarios en retiro de la Armada. Tras la investigación, se logró determinar “que a fin de obtener información sobre las actividades de los contrarios al régimen imperante, los capturados eran sometidos a múltiples sesiones de interrogatorio con aplicación de tormento físico y psíquico de variada índole”.
El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda Lillo, dictó acusación en contra de diez funcionarios en retiro de la Armada., en el marco de la investigación por el caso de secuestro calificado del sacerdote Miguel Woodward Iribery, ocurrido el 18 de septiembre de 1973.
El magistrado formuló cargos en contra de los procesados Luis Francisco Pinda Figueroa, Carlos Alberto Miño Muñoz, Guillermo Carlos Inostroza Opazo, José Manuel García Reyes, Marcos Cristián Silva Bravo, Nelson Roberto López Cofre, Jorge Leiva Cordero, Manuel Atilio Leiva Valdivieso, Bertalino Segundo Castillo Soto y Héctor Fernando Palomino López, como autores del ilícito.
Tras la investigación, reabierta en el marco de los procesos por violaciones a los derechos humanos, se logró determinar que “la Academia de Guerra Naval ubicada en la ciudad de Valparaíso, luego del 11 de septiembre de 1973,suspendió las labores de educación que le eran propias, instalándose en dicho recinto el Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior de la Primera Zona Naval denominado SICAJSI”.
Se trataba de un organismo jerarquizado del cual dependían diferentes grupos, formados principalmente por personal de la Armada, y en menor escala de Carabineros y Policía de Investigaciones. “La función principal era la de desbaratar los grupos contrarios al régimen militar instaurado en el país, procediendo para ello a ordenar la captura de personas militantes o afines a algún partido político o movimiento de centro, izquierda o revolucionario, y su posterior traslado a Unidades de la Armada habilitados como Centros de Detención e Interrogatorio, en los que actuaban diferentes grupos de interrogadores”, agrega el juez.
Haciendo hincapié en que “a fin de obtener información sobre las actividades de los contrarios al régimen imperante, los capturados eran sometidos a múltiples sesiones de interrogatorio con aplicación de tormento físico y psíquico de variada índole”.
Es así –apunta- “que dentro del marco antes descrito, días después del 11 de septiembre de 1973, y encontrándose dentro de las personas buscadas por los organismos de Inteligencia, el sacerdote Miguel Roy Woodward Iriberry, luego de haberse escondido por algunos días en casas de amigos, regresó en horas de la noche a su domicilio ubicado en el Cerro Placeres N°1, donde fue apresado por un grupo de Infantes de marina que lo condujo a la Universidad Santa María y luego a la Academia de Guerra Naval , sin orden administrativa o judicial que lo justificase”.
“Que luego de un fuerte interrogatorio y aplicación de tormentos, Woodward es llevado en grave estado de salud hasta el Buque Escuela Esmeralda, nave que la Marina había destinado como Centro de Detención e Interrogatorio , donde fue examinado por un médico y atendido en la Enfermería, situación de la que se pone en conocimiento de la Superioridad respectiva, ordenándose su traslado al Hospital Naval donde se pierde su rastro físicamente, toda vez que un médico de la Armada que se desempeñaba en dicho nosocomio, extendió un certificado médico de defunción”, detalló.
De igual modo, aclara “que por otra parte, también existe una anotación en el Registro de Sepultación del Cementerio N°3 de Playa Ancha, sin embargo no obstante haberse realizado una extensa diligencia de excavación en el lugar que determinaban los antecedentes, ésta concluyó sin resultado”.
A juicio del ministro en visita, “los hechos antes reseñados configuran la existencia del delito de Secuestro seguido de grave daño (posiblemente falleciendo) en la persona de Michael Roy Woodward Iribery, que contempla el artículo 141 del Código Penal, vigente a la época de los hechos, reuniéndose todos los requisitos que lo configuran, pues fue privado de su libertad de desplazamiento sin derecho, manteniéndosele bajo detención o encierro en recintos de la Armada, lo que se ha prolongado desde el mes de septiembre de 1973 en adelante, sin que se conozca su paradero o sus restos hayan sido encontrados”.
La acusación será notificada a las partes querellantes y, luego, a las defensas de los procesados, para dar inicio a la etapa de plenario, previa a la dictación de condena de primera instancia.
Fuente:ElMostrador
Envío:AeppCdba.
Miguel Woodward Iribery
FuenteFoto:Web
Peritos internacionales presenciarán exhumación de restos de Salvador Allende
18 de Mayo de 2011
Santiago de Chile, 18 may (EFE)- Un equipo de peritos chilenos y extranjeros presenciará el próximo lunes la exhumación de los restos del expresidente chileno Salvador Allende (1970-1973), informaron hoy fuentes oficiales.
Expertos del Servicio Médico Legal (SML) serán los encargados de llevar a cabo la diligencia ordenada por el juez Mario Carroza, con la que se pretende determinar las causas de la muerte del exgobernante socialista.
Salvador Allende murió el 11 de septiembre de 1973, durante el golpe militar que encabezó Augusto Pinochet y hasta ahora la versión más aceptada, y corroborada por testigos, es que se quitó la vida en La Moneda (palacio de Gobierno), que ardía tras ser atacada por los golpistas por tierra y aire.
El juez Carroza y los funcionarios del SML encabezarán la diligencia en el Cementerio General de Santiago, donde también estarán presentes familiares de Allende, peritos nacionales y extranjeros, funcionarios de la Policía de Investigaciones (PDI), personal de Carabineros (policía militarizada) y trabajadores del cementerio.
Entre los expertos extranjeros que participarán en las pericias se encuentra el tanatólogo español Francisco Etxeverría, que ha colaborado en otros procesos para identificar en Chile a opositores de la dictadura.
También estará la doctora Mary Luz Morales, de Colombia; la doctora Douglas Ubelaker, de Estados Unidos, el perito balístico David Pryor, del Reino Unido, y Luis Fondebrider, presidente del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF).
A ellos se sumará un equipo pericial multidisciplinario chileno, encabezado por el doctor Patricio Bustos, director del SML.
Tanto las víctimas de la dictadura como la familia del exmandatario habían solicitado desenterrar los restos de Allende en el marco de la investigación impulsada por la Justicia para dilucidar las causas de su muerte.
El caso del exgobernante se encuentra entre 726 querellas por violaciones de los derechos humanos que la Fiscalía presentó el pasado 26 de enero ante Carroza, correspondientes a situaciones que nunca antes habían sido investigados por la Justicia.
Tras su muerte, el cuerpo de Allende fue sometido a una necropsia antes de que sus restos fueran trasladados a la ciudad costera de Viña del Mar, a 125 kilómetros al noroeste de Santiago.
En 1990, con la recuperación de la democracia, el cadáver fue exhumado y trasladado de nuevo a la capital, donde descansa hasta hoy en un mausoleo del Cementerio General. En esa ocasión, se le realizó además una segunda autopsia.
Ahora, sin embargo, la exhumación no irá acompañada de una nueva autopsia al cadáver del exmandatario socialista, sino que será sometido a peritajes para indagar las causas de su fallecimiento.
Fuente:Ag.EFE


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