CADUCIDAD. JUECES Y FISCALES ANALIZARAN REAPERTURA DE INVESTIGACIONES
El Ejecutivo informa a la SCJ desarchivo de causas de DDHH
El Poder Ejecutivo comunicará este viernes a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que a través de una resolución se revocaron por razones de "legitimidad" todos los actos administrativos que los gobiernos de los partidos tradicionales incluyeron en la Ley de Caducidad.
Suprema Corte. Las causas están concentradas en Montevideo en los juzgados penales de 1er a 8º Turno.
El presidente de la República, José Mujica, por primera vez se pronunció sobre su decisión de revocar más de 80 actos administrativos que se encuentran amparados por la Caducidad para que se continúe con las investigaciones sobre violaciones de los derechos humanos durante la dictadura cívico militar (1973-1985).
En diálogo con LA REPÚBLICA, Mujica reconoció que le realizaron diversos "pedidos verbales" con respecto a la necesidad de revisar una serie de decisiones que habían tomado gobiernos anteriores (de los partidos tradicionales) referidas a pasar a archivo un conjunto de causas sobre violaciones a los derechos humanos cometidas durante el período de facto.
La determinación fue anunciada el pasado lunes por el gobierno y se abrió un plazo de cinco días para que los familiares de las víctimas realizaran sus observaciones.
"El viernes de tarde (por mañana) enviaremos la comunicación a la Justicia", aseguró el mandatario, quien además indicó que el plazo que se estableció, fue para que si algún familiar directo denunciante "tiene algo en contra, disponga de unos días para plantearlo ante el Ejecutivo y así poder recoger en un tema tan delicado, los pareceres que pueda haber desde el punto de vista familiar". El plazo caduca el viernes al mediodía. Hasta ayer a última hora, ninguna objeción se había recepcionado, confirmó anoche a LA REPÚBLICA una alta fuente oficial.
Asimismo, Mujica dijo que la decisión del gobierno es en cumplimiento con una decisión que se deriva de la determinación que en su momento adoptó la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La Presidencia de la República y el Consejo de Ministros decidieron dictar la resolución que, por razones de legitimidad, revocará los actos administrativos dictados por el Poder Ejecutivo en aplicación del Artículo 3º de la Ley 15.848 del 22 de diciembre de 1986 que consideró que los hechos denunciados se comprendían en las disposiciones del Artículo 1º de la Ley 15.848. El hecho de que se hable de una razón de "legitimidad", le confiere carácter retroactivo a la determinación del gobierno.
La resolución se fundó en la "obligación" de la Administración de revocar los actos "contrarios a Derecho". Sin embargo, la decisión de reabrir o no una causa estará en manos de jueces y fiscales.
Por su parte, el secretario de Presidencia, Alberto Breccia, recordó que nuestro país ratificó la Convención Americana de Derechos Humanos (Ley 15.737 del 8 de marzo de 1985), la Convención contra la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes (24 de octubre de 1986) y la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y Crímenes de Lesa Humanidad (21 de setiembre de 2001), así como también la Suprema Corte de Justicia declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad.
Desarchivo
El Poder Ejecutivo informará formalmente a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) sobre la emisión del decreto, en el marco de la comunicación habitual entre poderes del Estado. La comunicación pretende que el decreto sea comunicado a todos los jueces letrados de la República, por medio del máximo órgano del Poder Judicial.
La notificación oficial de la Corte implicará que los magistrados indaguen cuántos expedientes tramitados en su sede fueron archivados ante la vigencia de la Ley de Caducidad, y sobre cuáles puede operar el proceso de desarchivo, explicaron fuentes judiciales a LA REPÚBLICA.
Los primeros sondeos indican que varios jueces y fiscales son contestes a promover el desarchivo de investigaciones judiciales por violaciones a los derechos humanos en dictadura, sobre las cuales operó la imposibilidad de investigar, ante la vigencia de la Ley de Caducidad. Sin embargo, la reapertura deberá analizarse "caso a caso", porque no todos ellos son similares. Las causas judiciales archivadas se concentran, particularmente, en los Juzgados de 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º Turno.
COMPETENCIA ORIGINARIA. EL ORGANO DEL PODER JUDICIAL DEBE CUMPLIR EL FALLO DE LA CORTE IDH
Ielsur impulsa desarchivo por sentencia de la Corte
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) podría pronunciarse sobre el desarchivo de causas por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura, en virtud del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), de prosperar un recurso.
Desarchivo. La SCJ también podría pronunciarse.
El Instituto de Estudio Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur) presentó ante el máximo órgano del Poder Judicial una petición de desarchivo de la causa por el secuestro y desaparición en dictadura de Luis Eduardo González González, en atención del reciente fallo de la Corte IDH, por el cual se condenó al Estado uruguayo a "dejar sin efecto" la Ley Nº 15.848, "Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado".
El recurso, presentado hace 10 días, procura un pronunciamiento de la Corte sobre el desarchivo de causas otrora amparadas en la Ley de Caducidad, en atención de la "competencia originaria" de la Corporación para atender en temas inherentes a los tratados internacionales, según explicó el integrante de Ielsur Jorge Pan a LA REPÚBLICA.
La "competencia originaria" implica que es la propia Corporación la que debe dar "cumplimiento" de la sentencia de la Corte IDH, disponer el desarchivo de las causas y enviar los antecedentes a los jueces de Primera Instancia "para la reapertura de los casos", señaló Pan. La petición se encuentra a estudio de la Fiscalía de Corte.
El artículo 239.1 de la Constitución de la República establece "competencia originaria" de la Corte para: "juzgar a todos los infractores de la Constitución, sin excepción alguna; (...) en las cuestiones relativas a tratados, pactos y convenciones con otros estados; conocer en las causas de los diplomáticos acreditados en la República, en los casos previstos por el derecho internacional".
En este sentido, el Pacto de San José de Costa Rica y la Convención Americana son normas vigentes en el ordenamiento jurídico uruguayo, el cual reconoce la competencia de la Corte IDH. Por tanto, el Estado uruguayo tiene "la obligación ética y jurídica" de cumplir el fallo de la Corte IDH para la causa "Gelman vs Uruguay", el cual "no solo abarca el caso a estudio, sino todos los casos por violaciones a los derechos humanos", explicó Pan. Ielsur entiende que la disposición de desarchivo debe promoverla el propio Poder Judicial.
ACTITUD. IMPRONTA PERSONAL DE HEBER SUPUSO UN VIRAJE ANTE HECHOS DE "LA HISTORIA RECIENTE"
PN reivindica a sus militantes en la lucha contra la dictadura
La conducción de Luis Alberto Heber al frente del Directorio del Partido Nacional supuso un viraje a la hora del posicionamiento partidario en la reivindicación de la militancia contra la dictadura militar.
Por Marcelo Márquez
Directorio. Se compartieron enfoques sobre la dictadura militar y el rol del Partido Nacional.
"Es una forma de dar nuestra visión sobre la historia reciente, y que la lucha contra la dictadura involucró a miles y miles de nacionalistas", afirmó a LA REPÚBLICA el presidente del Directorio del Partido Nacional, Luis Alberto Heber.
El pasado lunes, aniversario del golpe de Estado, a instancias de Heber, y por unanimidad, los nacionalistas decidieron "conformar una Comisión Permanente de Homenaje a los compatriotas que lucharon contra la dictadura militar, y disponer que una sala de la Casa del Partido recuerde a quienes levantaron esas banderas en nombre de nuestra colectividad política".
"Cómo no reconocer el papel de "Cacho" López Balestra, Carlos Julio Pereyra, Carlos Rodríguez Labruna, Uruguay Tourné, y tantos otros en todo el país en el combate a la dictadura", agregó Heber, al manifestar que muchas veces en el tema de los derechos humanos y la defensa de la democracia "se ha querido vincular al Partido Nacional exclusivamente con la Ley de Caducidad, cuando ello, es solo un tema" del período histórico.
Como forma de valorar el reconocimiento obtenido por el Instituto Letelier de los Estados Unidos, por su defensa en materia de derechos humanos, Heber invitó el pasado lunes al Directorio blanco al ex senador y ex embajador Juan Raúl Ferreira (ver nota aparte).
Respecto a la denominada "Pared homenaje", Heber expresó que "la sede del Directorio del Partido Nacional mostrará una pared con todos los nombres de aquellos que arriesgaron su vida y la tranquilidad de su familia, recordándolos".
Manifestó que se estampará la frase: "Seguidores del Partido Nacional contra la dictadura, por libertad y la democracia".
Agregó que "es un homenaje a quienes sin tener ni disputar ninguna posición porque no había elecciones, se jugaron por la democracia y sus ideales. Nada más merecido que recordar en vida y a algunos que lamentablemente se nos han ido. Homenaje a sus familiares que tuvimos un luchador y servidor del Partido".
PROYECTO
Amplía facultad de militares
Diputado José Amy.
El diputado colorado José Amy presentó un proyecto de ley para dar seguridad jurídica a los militares que realizan la guardia perimetral de las cárceles, y puedan hacer uso de su armas para repeler una fuga o un intento de rescate fuera del perímetro militar hasta una distancia de 400 metros.
Tiempo atrás trascendió que el jefe de la División de Ejército II reclamó una ley que habilite a los soldados que realizan las guardias perimetrales a repeler un ataque desde fuera del perímetro militar, ante versiones de que bandas de narcotraficantes podrían intentar un rescate de presos por la fuerza.
La modificación propuesta define el concepto de guardia perimetral y establece que tiene como tarea principal, "el impedir cualquier intento de fuga individual o masiva de reclusos, así como su eventual apoyo a través de ataques o agresiones provenientes desde fuera de la zona perimetral". También se autoriza "el uso de la fuerza dentro de las normas vigentes en materia de seguridad de las instalaciones militares".
FuentedeOrigen:LaRepublica
Fuente:Agndh




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