5 de agosto de 2011

¡AL FIN!-CANCELARON LA MATRÍCULA DEL GENOCIDA AMELONG.

Desaforado
Por José Maggi
En una votación igualada en seis, que debió desempatar el presidente Ignacio del Vecchio, el Colegio de Abogados le canceló la matrícula a Juan Daniel Amelong, condenado por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura.

EL COLEGIO DE ABOGADOS CANCELO LA MATRICULA DE JUAN DANIEL AMELONG
El hombre sin ley no podrá litigar
En una votación dividida, se decidió por 7 votos contra 6 retirar la habilitación al condenado por terrorismo de estado.
Por José Maggi
Vildor Garavelli impulsó el retiro de la matrícula. Ignacio del Vecchio desempató la elección.
El Colegio de Abogados de Rosario le retiró ayer la matrícula al represor Juan Daniel Amelong, condenado por delitos de lesa humanidad e inscripto en el foro local. En un fallo dividido, por siete votos contra seis, se impuso la moción de cancelar la matrícula profesional al exmilitar condenado en 2010 a prisión perpetua por terrorismo de estado. La resolución llegó tras un intenso debate, promovido por Vildor Garavelli, uno de los catorce miembros del Directorio, de los cuales solo uno estuvo ausente, Martín Rosúa. Como había seis votos a favor y seis en contra llegó el desempate a manos del presidente del Colegio Ignacio Del Vecchio. La polémica se centró en que la condena del Tribunal Oral Federal Nº1 de Rosario aún no está firme.

"Mientras la mayoría de los directores contempló la Ley en su conjunto e invocó la función esencial del Colegio de Abogados de velar por el decoro del foro, garantizando que quieres ejercen la profesión reúnen los valores éticos necesarios, hubo otros integrantes que se centraron en la letra del artículo 295 y la necesidad de contar con una sentencia firme, para decidir la cancelación de la matrícula", explicó Del Vecchio y resaltó que "esto es positivo y puede darse porque el organismo está compuesto por siete movimientos con distintas posiciones".

"Hay que destacar la madurez y la calidad institucional con que se abordó en la reunión un tema tan difícil como éste y el hecho de que la mayoría de los integrantes del directorio evaluaron los antecedentes objetivos de Amelong como negativos para el ejercicio de la profesión", señaló Del Vecchio.

Por su parte Vildor Garavelli explicó a Rosario/12 que "estando el colegiado Juan Amelong condenado por delitos dolosos con prisión efectiva se daban los extremos que pide el artículo 295 de la Ley Orgánica de Tribunales, que integra el Estatuto del Colegio de Abogados y en esas condiciones, teniendo en cuenta la calificación de delito de lesa humanidad por los que fue condenado, el Directorio del Colegio estaba habilitado para cancelarle la matrícula".

La disparidad de opiniones dentro del organismo se debió a distintas interpretaciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que en su artículo 295 alude a la necesidad de "sentencia firme", requisito que seis colegiados entendieron que no se cumple en el caso de Amelong, ya que la misma fue apelada ante la Cámara Nacional de Casación.

A favor de retirarle la matrícula al exmilitar -?que podrá apelar la decisión del Colegio ante la Cámara de Apelaciones Penal-? se manifestaron Eduardo Martínez Pintado, Alejo Molina, Pedro Kasabián, Vildor Garavelli, Alberto Pessón, Pablo Saccone y el presidente, Ignacio Del Vecchio. El voto del titular del Colegio fue clave para desempatar.

En tanto, Mario Tettamanzi, Jorge Colombo Berra, Daniel Pellegrino, María Cristina Ferrada, María Laura Albornoz y Matilde Bouchardt consideraron que el artículo 295 no habilita al Directorio a la cancelación de la matrícula al ex militar.

En rigor, en la sesión de ayer nadie lo defendió, aunque se necesitaron cuatro reuniones para el acuerdo. Sin lugar a dudas, que un presidente del Colegio enrolado en las filas de Defensa Profesional --una agrupación ligada al peronismo de derecha, la Iglesia y los militares que desde hace años gobierna el Colegio-- haya desempatado en contra de un condenado por terrorismo de estado es más que significativo.

La agrupación Familiares de detenidos y desaparecidos por razones políticas y la Liga Argentina por los Derechos del Hombre festejó ayer el fallo: "La decisión del directorio es muy relevante. No pertenecemos al mismo colegio. No queremos genocidas en nuestra matrícula", dice el texto del documento que rubricaron las abogadas Gabriela Durruty, Daniela Asinari, Jesica Pellegrini y Leticia Fascendini.
Fuente:Rosario12

04/08/2011
Retiraron la matrícula profesional a ex represor
El Diablo perdió un abogado
Una reparación histórica: Amelong ya no es abogado profesional.
El Colegio de Abogados de Rosario resolvió este jueves, en su reunión de directorio, excluir de la matrícula profesional al ex teniente (R) del Ejército argentino, Juan Daniel Amelong, quien fuera condenado a “reclusión perpetua en cárcel común” por el Tribunal Oral Federal Nº 1 (TOF1) de Rosario, en 2010, por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar. El presidente del Colegio de letrados, Ignacio Del Vecchio, dijo sentirse “orgulloso de pertenecer y formar parte de este directorio", ya que "la madurez con que se abordó el tema habla a las claras de una admirable calidad institucional”.

Amelong, quien además de abogado es teniente (R) del Ejército argentino, fue condenado el año pasado a reclusión perpetua en cárcel común por el Tribunal Oral Federal Nº 1 (TOF1) de Rosario.

El tribunal lo encontró responsable de los delitos de homicidio, privación ilegal de la libertad y tormentos, por su participación en los centros clandestinos de detención Quinta de Funes y Fábrica Militar de Armas Domingo Matheu.

Del Vecchio sostuvo tras la decisión del Colegio que preside: “Creemos sin lugar a dudas que con esta decisión estamos cumpliendo con la finalidad esencial que dispone nuestro estatuto: enaltecer el concepto público de la abogacía”.

Según explicó la entidad por medio de un comunicado, durante el debate la gran mayoría de los trece integrantes del directorio estuvieron de acuerdo en que los antecedentes de Amelong “aparecen objetivamente cono negativos e incompatibles con el ejercicio de la profesión de abogado”.

La base legal para la exclusión de la matrícula de un abogado es el artículo 295 de la Ley Orgánica de Tribunales, que impide “formar parte” del Colegio a los que “hubieren sido condenados a pena privativa de la libertad por delitos dolosos y de cumplimiento efectivo” y habilita al directorio de la institución a “cancelar la matrícula sin substanciación alguna”, explicaron.

Seis de los directores expresaron que sólo se podría cancelar la matrícula en los casos de sentencia firme, mientras que los siete restantes expresaron en líneas generales que “la ley orgánica del Poder Judicial y el estatuto del Colegio de Abogados establecen que la función esencial de la institución es velar por el decoro del foro, garantizando al ciudadano que quien ejerce la profesión de abogado posee los valores éticos que se exigen para la actividad”.
Fuente:RedaccionRosario                                

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