POR LA MUERTE DE SILVIA SUPPO
Juez federal sobreseyó a 2 presuntos co responsables
En ese contexto, Reinaldo Rodríguez reconoció el gran trabajo realizado por su par en lo Penal de Instrucción de la 2ª Nominación de los Tribunales de Rafaela, Alejandro Mognascchi, "que investigó seria y responsablemente los hechos", aunque luego una ingeniería judicial y política le arrebató el expediente.
Reinaldo Rodríguez, juez federal de Santa Fe, Reinaldo Rodríguez dictó el sobreseimiento de dos jóvenes, oriundos de San Cristóbal, quienes gran parte de sus vidas en libertad la pasaron en Rafaela.
El magistrado realizó innumerables medidas judiciales pero ninguna de ellas acreditó –ni remotamente- la versión fantasiosa del testigo de identidad reservada, que los inculpó como co responsables de la muerte de la rafaelina Silvia Suppo, ex militante de la JP, asesinada a puñaladas por otros dos muchachos en la mañana del 29 de marzo de 2010, en nuestra ciudad.
La información brindada por Notifé da cuenta de que Rodríguez recurrió a esa figura legal porque no tenía muchas opciones: el juez natural de la causa -Alejandro Mognaschi- les dictó la falta de mérito hace un año, mientras sustanciaba el expediente, como juez de Instrucción.
La restante opción era la del procesamiento, pero nada de lo investigado por los dos jueces llevaba a ese puerto.
LA RESOLUCION
En la resolución firmada el 30 de diciembre pasado por Reinaldo Rodríguez, se señala que "el expediente regresó a primera instancia para resolver la situación procesal de los acusados por el testigo de identidad reservada como los instigadores de la muerte de Suppo, ya que los acusados habían participado –de acuerdo al relato del testigo de identidad reservada- directa o indirectamente en el crimen".
Rodríguez agotó la instancia que los jueces que integraron el Tribunal Oral le exigieron tras haber elevado a mediados del año pasado sólo el cuerpo correspondiente a la autoría material, en la que están imputados Rodrigo Sosa y Rodolfo Cóceres, dos jóvenes que confesaron la autoría del crimen , producto de una larga noche de "caravana" con alcohol y pastillas.
El TOF le pidió a Rodríguez que lleve a fondo la versión del crimen por encargo en la que había dos jóvenes que tuvieron y tienen grandes problemas con la ley, pero están ajenos al asesinato de Suppo. En rigor, Rodríguez debió investigar un homicidio como si ocupara un fuero de excepción. Esto fue así porque la Corte Suprema de Justicia de la Nación entendió que la causa debía trasladarse a la esfera federal por existir presuntamente elementos que vinculaban el homicidio con personas allegadas al círculo íntimo de los represores locales.
En una minuta informativa, el órgano máximo del poder judicial lo notificó el 30 de marzo de 2011, a un año del hecho.
SOBRESEIDOS
Tras evaluar los elementos de prueba, el magistrado dictó el sobreseimiento de Miguel Angel Mendoza (alias "Mosquito") y Emiliano Martín Rodríguez.
Según el testigo de identidad reservada, el primero fue el que supuestamente contrató o realizó gestiones necesarias para encargar la muerte de Suppo, mientras que Rodríguez habría actuado de "campana" en el crimen.
El testigo contó que en enero de 2010, desempeñándose como remisero, fue a recoger a unas personas que salían de una salida transitoria en el penal de Las Flores (en la ciudad de Santa Fe) y que en esa oportunidad observó que Mendoza hablaba con una persona que se encontraba dentro de un Peugeot 307.
El pormenorizado y extenso informe periodístico de Notifé agregó que el testigo señaló ante el juez que cuando Mendoza ingresó al auto que él manejaba, un Fiat Regatta, el reo le dijo a otros dos presos (con el beneficio de la salida transitoria) de apellidos Machuca y Espíndola, que el hombre con el que estuvo hablando le había ofrecido bastante plata para "limpiar a una persona que iba a declarar contra los milicos".
También señaló que al pasar con su auto cerca del Peugeot observó que el que estaba adentro era el hijo de un condenado por delitos de lesa humanidad, "a quien conoce de las visitas que realizaba en Las Flores a su padre".
En cuanto a la posible participación de Rodríguez, el testigo dijo que "tomó conocimiento de los hechos por los dichos del nombrado, ya que compartieron detención en la Alcaidía de la Unidad Regional V de Policía de Rafaela, por distintos hechos: el testigo, en una causa de encubrimiento y Rodríguez por homicidio.
Según el relato, Rodríguez había sido golpeado por policías que le habían prometido que no lo inculparían en el crimen si confesaba quiénes habían matado a la militante social. Esa versión se reforzaba en la idea que Rodríguez había oficiado de "campana" mientras Sosa y Cóceres ingresaban al comercio que Suppo tenía en calle Sargento Cabral, en el centro rafaelino.
"GRAN TRABAJO"
En la resolución a la que tuvo acceso Notife, el juez federal reconoció el gran trabajo realizado por el juez en lo Penal de Instrucción de la 2ª Nominación de los Tribunales de Rafaela, Alejandro Mognaschi, "que investigó seria y responsablemente los hechos", aunque luego una ingeniería judicial y política le arrebató el expediente.
Rodríguez citó en su fallo parte del resolutorio del rafaelino, y en un párrafo se lee "... que de las probanzas recolectadas a la fecha se aprecia que el relato aportado por el testigo de identidad reservada, no obtiene hasta aquí en la causa corroboración alguna".
IMPOSIBLE
El juez federal probó que "nunca existió la probabilidad que, durante enero de 2010, Mendoza haya viajado con Machuca y Espíndola hasta Rafaela desde la Unidad Penal de Las Flores", habida cuenta que no se encontraba detenido y que, por otra parte, las salidas transitorias que realizó fueron bajo tuición, modalidad que obliga al interno a retirarse de la Unidad acompañado, siempre, del tutor. Y así lo hizo Miguel Mendoza, conforme a los testimonios de su ex esposa, su hija y de dos remiseros.
También declaró un amigo de Mendoza que señaló que él lo iba a buscar mientras la mujer del preso estaba en avanzado estado de gravidez y que, cuando salían de la unidad penal, lo hacían solos, ya que el resto de los internos se retiraban en horarios distintos. Esos dichos quedaron probados tras el secuestro –ordenado por el juez- de registros de la cárcel de Las Flores.
En tanto que en el caso de Machuca, quien el testigo había "sentado" en el remís (el día del supuesto acuerdo para matar a Suppo ) con Mendoza en enero de 2010, se acreditó que "nunca pudo haber viajado allí, ya que su beneficio se interrumpió en 2008 y en 2009 dejó de tenerlo por tener causas". Sí dijo que viajó con varios muchachos del penal "pero nunca con Mendoza".
CONTRADICCIONES
Otro dato sobresaliente que derrumba la versión del testigo de identidad reservada lo aportó un informe del Servicio Penitenciario. Indica ese dossier que el 22 de enero de 2010 -a la hora 9:35- el supuesto financista de la empresa criminal visitó a su padre en Las Flores. El testigo dijo que la reunión había sido a la tarde, alrededor de la hora 18.
Otra contradicción del relato está dada en el móvil: el testigo dijo que "era para que no declare contra los milicos". Rodríguez, -el juez - pidió informes a todas las jurisdicciones federales donde se sustancian juicios por delitos de lesa humanidad y en ninguna Suppo debía testimoniar.
El informe del director de la cárcel de Las Flores concluye que "no había forma que el condenado tenga contacto con el resto de la población carcelaria. Tampoco, como dijo el testigo de identidad reservada, que la biblioteca esté tan cerca del lugar donde está alojado el reo, que permita que este hable con los presos y mucho menos que presente a su hijo (…) todas estas consideraciones o informes me hacen concluir que los hechos relatados por el testigo de identidad reservada, si es que ocurrieron, no lo fueron con esos actores, tampoco de ese modo, tiempo y lugar y por lo tanto no tienen el sustento probatorio suficiente para sostener la hipótesis".
UNA CAUSA
POLITIZADA
En la continuidad del trabajo periodístico de Notifé se describió que el juez de Instrucción de Rafaela, Alejandro Mognaschi, fue quien tramitó la causa que tuvo como víctima a Silvia Suppo, muerta a puñaladas el 29 de marzo de 2010. El juez probó que Rodolfo Cóceres y Rodrigo Sosa mataron a la ex militante de la JP -y presa política en la dictadura- en un hecho que empezó con un robo y terminó en un crimen.
Los abogados de los hijos de la víctima -constituidos como querellantes en el expediente- aportaron el testimonio de un ex preso que declaró bajo la modalidad de identidad reservada en la Justicia federal, donde asoció el homicidio a un crimen político.
Mognaschi lo investigó como un anoticiamiento y desechó la versión.
Pero los abogados Guillermo Munné y Lucila Puyol plantearon que la causa debía federalizarse por consejo de operadores judiciales del ex ministro Aníbal Fernández.
La Cámara de Apelaciones de Rafaela, en voto dividido (a cargo de Rodolfo Roulet), hizo lugar al pedido y trasladó el expediente al juez Reinaldo Rodríguez que, en primer término rechazó la competencia. A un año del asesinato de Suppo, la Corte debió arbitrar en la competencia del caso y resolvió que debía seguir la causa en la esfera federal.
El juez Rodríguez elevó a juicio oral a mediados del año pasado sólo las responsabilidades materiales, sin perjuicio, y argumentó entonces que continuaba investigando la pista del crimen por encargo.
Los fiscales recomendaron hacer el juicio en los primeros días de junio, pero los jueces del TOF Ivón Vella, José Escobar Cello y Roberto López Arango (de Paraná) lo rechazaron.
Tras el dictado del sobreseimiento firmado por Rodríguez en el último día hábil del año pasado, abogados querellantes y fiscales deberán evaluar si apelan la decisión en los primeros días de febrero, apenas concluya la feria. Si quedase firme, volverá a plantearse la cuestión central del caso: la competencia.
Fuente:LaOpinion
07/01/2012
Asesinato de la testigo de la causa Brusa
Sobreseen a sospechosos del crimen de Suppo
En Rafaela, los dos hijos de Silvia Suppo sostienen el reclamo de justicia
El juez federal de Santa Fe, Reinaldo Rodríguez, dictó el sobreseimiento de dos personas que fueron denunciadas como presuntos involucrados en el crimen de Silvia Suppo, la comerciente y ex militante política que fue encontrada muerta a puñaladas en marzo de 2010, en la ciudad de Rafaela. El juez de Instrucción en lo Penal de Rafaela, Alejandro Mognaschi, tramitó la causa y probó que Rodolfo Cóceres y Rodrigo Sosa ‒ambos detenidos‒ habrían matado a la ex integrante de la JP y presa política durante la última dictadura militar. Los abogados Guillermo Munné y Lucila Puyol, constituidos como querellantes, aportaron el testimonio de un ex preso que declaró identidad reservada, y asoció el homicidio a un crimen político.
La Cámara de Apelaciones de Rafaela, en voto dividido, había hecho lugar al pedidode los abogados de la familia y trasladó el expediente al juez Reinaldo Rodríguez.
Ahora, el magistrado dictó el sobreseimiento de dos jóvenes, Miguel Angel Mendoza y Emiliano Martín Rodríguez, oriundos de San Cristóbal, de quienes el remisero y testigo de identidad reservada afirmó que "el primero, fue el que supuestamente contrató o realizó gestiones necesarias para encargar la muerte de Suppo, mientras que Rodríguez habría actuado de campana en el crimen".
En su resolución, el juez Rodríguez evalúa los elementos de prueba y finalmente expresa que "todas estas consideraciones o informes me hacen concluir que los hechos relatados por el testigo de identidad reservada, si es que ocurrieron, no lo fueron con esos actores, tampoco de ese modo, tiempo y lugar y por lo tanto no tienen el sustento probatorio suficiente para sostener la hipótesis".
Conocido el sobreseimiento firmado por Rodríguez, los abogados querellantes y fiscales deberán evaluar si apelan la decisión en los primeros días de febrero, apenas concluya la feria judicial ded verano.
Fuente: HIJOS Santa Fe / Télam
Fuente:RedaccionRosario
07/01/2012
Preso en mi ciudad
Repudian las salidas transitorias de los represores de la causa Brusa
Facino, Brusa y Aebi. Los dos últimos con Ramos, ya pueden salir.
Organismos de derechos humanos y el Ministerio de Justicia de Santa Fe, expresaron su "preocupación" por las salidas transitorias concedidas a condenados por delitos de lesa humanidad, que fueron establecidas por la Justicia federal en beneficio de Víctor Brusa, Eduardo Ramos y María Eva Aebi.
En un comunicado dado a conocer en la víspera, la cartera provincial reclamó que "se acelere el trámite de las causas que actualmente se encuentran en etapa de instrucción, así como las confirmaciones de las sentencias por parte de la Cámara de Casación, para evitar el otorgamiento de beneficios de este tipo a imputados de cometer graves delitos durante el terrorismo de Estado".
Brusa, Ramos y Aebi fueron condenados el 22 de diciembre de 2009 por el Tribunal Oral Federal de la ciudad de Santa Fe, junto con otros imputados, en el marco de la denominada "Causa Brusa".
Como esa sentencia fue apelada y aún no se confirmó, la justicia les concedió el 29 de diciembre de 2011 el beneficio de las salidas transitorias por el tiempo que llevan detenidos en prisión preventiva, medida que fue recurrida por la Fiscalía.
En ese sentido, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos expresó su preocupación por el impacto de la decisión en víctimas y testigos de causas de lesa humanidad, "hecho que se ha verificado en situaciones análogas en el marco del Programa provincial de protección y acompañamiento a testigos y querellantes que lleva adelante la Secretaría de Derechos Humanos", expresa el comunicado del Ministerio.
"La decisión del tribunal ha provocado un estado creciente de inquietud entre los testigos, víctimas y familiares, muchos de los cuales han ingresado al Programa, y esta nueva situación puede afectar su seguridad e integridad física y psíquica, incluso impidiendo o restringiendo la posibilidad de brindar libre y autónomamente su declaración testimonial durante el desarrollo del juicio que se encuentra en la etapa de instrucción", añade.
Por otra parte, las autoridades exhortaron a que se resuelva el pedido de prisión preventiva formulado por la Fiscalía en otra causa en la que están imputados Brusa, Ramos y Aebi, pues de esa manera no sería posible que continuara el beneficio de las salidas transitorias.Cabe recordar, que ayer, en declaraciones a Télam, la arquitecta Patricia Isasa, quien "vivió el horror" de la represión durante la dictadura -cuando fue secuestrada, detenida, torturada y abusada, y declaró en la "Causa Brusa"- afirmó que "es un espanto" que los dejen salir de la cárcel con beneficios de salidas transitorias, como ocurrió para las fiestas de fin de año.
Asmismo, puso de relieve que "no se puede dar semejante privilegio a asesinos seriales, verdaderos genocidas".
"Los crímenes que cometieron estas personas son aberrantes" afirmó, y aseguró que "hubo secuestros, torturas, violaciones, abusos, sometimientos de las personas, secuestro de adolescentes y desaparecieron bebés. Quedó todo claro en el juicio donde yo testifiqué y fueron condenados", puntualizó Isasa.
Por su parte la abogada Lucila Puyol expresó su decepción por la decisión de los conjueces y recordó que "este tribunal había dado una sentencia ejemplar, y hoy termina en esta decisión escandalosa". Puyol atriubyó la situación a "presiones políticas" que influyeron sobre los conjueces y le apuntó a la ya cuestionada Cámara de Casación Penal como responsable por demorarse en dictar sentencia firme en una causa que se había resuelto hace dos años.
06/01/2012
Autorizó salidas transitorias a tres represores
Lobos sueltos
Desde el 29 de diciembre cada tanto los represores salen en libertad.
Una resolución del Tribunal Oral Federal de Santa Fe firmada por los tres conjueces Roberto López Arango, Carlos Renna y Andrea Alberto de Creus, benefició con salidas transitorias -al computar doble el tiempo de prisión preventiva- al ex juez federal Víctor Brusa “para afianzar y mejorar los lazos familiares y sociales"; a la ex carcelera María Eva Aebi y al ex agente secreto del D2 de la policía santafesina, Eduardo Curro Ramos. Todos ellos con condenas de entre 19 y 22 años de cárcel por crímenes de lesa humanidad. La aplicación de esta insólita resolución está vigente desde el pasado 29 de diciembre, por lo que los imputados pasaron el fin de año en sus casas. El fiscal general, Martín Suárez Faisal, se opuso.
El tribunal integrado por el juez paranense Carlos Renna y los abogados locales Andrea Alberto de Creus y Roberto Manuel López Arango computó doble el período de detención antes del juicio oral -desde 2007 a 2009- cuando los tres represores estuvieron en prisión preventiva sin condena, y también extendieron esa condición a los dos años que pasaron desde la sentencia en primera instancia, que no está firme por no haber sido revisada en segunda instancia.
Tras esta insólita interpretación, el tribunal que consideró cumplida la mitad de la condena, aplicó desde el 29 de diciembre pasado el beneficio de salidas transitorias quincenales por lo que los tres represores pasaron el fin de año en sus casas.
El ex juez federal Víctor Brusa, el ex policía Eduardo Curro Ramos y la ex guardiacárcel María Eva Aebi, fueron condenados a entre 19 y 22 años de prisión por delitos de lesa humanidad en diciembre de 2009, siendo la primera sentencia en la provincia de Santa Fe por privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos.
Por su parte, el representante del Ministerio Público adujo que se manifestaba en contra del beneficio "teniendo en cuenta la gravedad de los hechos atribuidos, la modalidad de su ejecución y la extensión del daño causado".
En tanto el abogado querellante Guillermo Munné que representó a Stella Maris Vallejos y Matilde Bugna, dos de las víctimas que estuvieron secuestradas en la Guardia de Infantería Reforzada (GIR) de Santa Fe, manifestó indignado que “noo tiene antecedentes, es absolutamente desmesurado. Esperamos una inmediata corrección de Casación. No se le ha concedido a los responsables de ningún tipo de delitos en la Argentina, es inaudito que se aplique para los responsables de los delitos más graves que se han cometido en el país", indicó.
Los conjueces le otorgaron a Brusa el beneficio para “afianzar y mejorar los lazos familiares y sociales", a través de salidas transitorias en el domicilio del imputado, en el barrio sur de la capital santafesina.
Para Ramos y Aebi el beneficio será quincenal con una duración de 24 horas la primera vez, y de dos días la segunda, sin custodia de personal policial o penitenciario.
Fuente: Télam
Fuente:RedaccionRosario
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