30 de septiembre de 2012

Fallo clave de la Corte Suprema impide que represores recuperen la libertad.

Rechazó un recurso presentado por Guillermo Suárez Mason, que deberá seguir detenido 
Fallo clave de la Corte Suprema impide que represores recuperen la libertad 
El máximo tribunal ratificó que la prisión preventiva en algunos casos no caduca de manera automática al cumplirse el período de encierro sin sentencia firme. 
El hijo de "Pajarito" Suárez Mason lleva seis años en la cárcel. 
Por: Néstor Espósito
La Corte Suprema confirmó la prolongación de la detención de Guillermo Suárez Mason y ratificó que la prisión preventiva en determinados casos no puede caducar automáticamente a los tres años de encierro sin condena firme. 

El máximo tribunal ratificó así un criterio sostenido desde 2010 por el ex procurador general de la Nación Esteban Righi ante un planteo similar de otro represor, Jorge "El Tigre" Acosta. "Las cuestiones debatidas resultan sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en 'Acosta y otros s/ recurso de casación', sentencia del 8 de mayo de 2012, a cuyos fundamentos cabe remitirse en razón de brevedad", sostuvieron los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, al revocar un fallo de la Cámara Federal de Casación que ponía al hijo del difunto Carlos Guillermo "Pajarito" Suárez Mason a las puertas de la libertad. 

El fallo que beneficiaba a Suárez Mason se basaba sobre la ley de prisión preventiva, que establece un plazo de dos años, prorrogable por uno más, para el encierro sin sentencia definitiva. 

"Los criterios que justifican la imposición de la prisión preventiva no deben confundirse con los criterios para escrutar si una prisión preventiva justificada se ha vuelto desproporcionada por su duración", sostuvo la defensa del represor. 

"Es inadmisible apelar a la gravedad del delito para resolver sobre la razonabilidad de la duración de la prisión preventiva, pues estos criterios sólo operan en el ámbito del peligro procesal", esto es el riesgo de fuga o de entorpecimiento de la investigación.

Así, la defensa de Suárez Mason, a cargo del abogado Adolfo Casabal Elía, sostenía que "vencido el límite máximo de tres años que establece la ley, la prisión preventiva sólo podrá extenderse por el tiempo que corresponda descontar en virtud de las articulaciones manifiestamente dilatorias de parte de la defensa, comprobadas en la causa", lo que –arguyó– no ocurrió en este expediente. 

Suárez Mason lleva más de seis años preso. El fiscal ante la Casación Raúl Plée rechazó el argumento: "la gravedad institucional que presenta el caso en razón de que las circunstancias de la causa exceden el interés particular y atañen a la sociedad toda, pues se encuentra comprometida la responsabilidad del Estado argentino, frente al orden jurídico internacional, de remover los obstáculos para hacer posible la justiciabilidad plena en materia de delitos de lesa humanidad". 

El caso llegó a la Corte, que recurrió a aquel dictamen de Righi para ratificar que Suárez Mason seguirá preso. En un largo análisis jurídico, el ex procurador comparó lo que establece la Convención Americana de Derechos Humanos con los alcances de la ley argentina. "El plazo razonable de duración de la prisión preventiva… debe ser determinado por la autoridad judicial teniendo en cuenta las circunstancias del caso concreto.

En consecuencia, la compatibilidad (NdR: de la ley local con la internacional) está supeditada a la circunstancia de que los plazos fijados en aquella norma no resulten de aplicación automática." 

El dictamen alude a otros casos tratados por tribunales internacionales contra la Argentina y recuerda que en ninguno de ellos se "extendió expresamente los efectos de su decisión a otros casos similares no ventilados… no existe un deber de seguir la decisión en otros casos similares, ni tampoco un deber de seguir su jurisprudencia". 

El procurador opinó, y la Corte suscribió, que "no se comprende sobre qué bases se afirma que el tiempo de la prisión preventiva dictada por un hecho en un determinado proceso debería sumarse al tipo de la prisión preventiva dictada en otro proceso por otro hecho material y jurídicamente independiente de aquel". 

Suárez Mason, al igual que la mayoría de los imputados por delitos de lesa humanidad, tienen más de un proceso abierto con prisión preventiva decretada. "Si se siguiera esa posición –añade el fallo– una persona acusada de un delito que fuera dejada en libertad, luego de cumplirse el plazo máximo razonable de duración de la prisión preventiva no podría ser encarcelada de manera preventiva nuevamente si, tras recuperar la libertad, comete otro hecho para procurar la impunidad del hecho precedente."
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