Una renuncia que se anticipó al jury
Lo hizo poco antes de que Susana Trimarco presentara el pedido de jury contra el tribunal. El gobernador Alperovich puede rechazar el pedido de renuncia, pero no hay indicios de que lo haga. En ese caso, el trámite seguirá contra Piedrabuena y Romero Lascano.
Por Soledad Vallejos
Herrera Molina inició el trámite de la jubilación. Tiene problemas de salud.Imagen: Télam
Que sucedería era un rumor persistente en los pasillos de los Tribunales tucumanos, pero la confirmación de que el juez Emilio Herrera Molina decidió renunciar a la Justicia sólo llegó ayer al mediodía. Poco antes, los abogados José D’Antona y Carlos Garmendia habían presentado el pedido de juicio político para el tribunal en el que el magistrado y dos colegas sobreseyeron a todos los imputados por el secuestro de Marita Verón. La renuncia, en realidad condicionada al trámite de jubilación que ya inició, exceptúa a Herrera Molina de ser sometido a juicio político. La situación sólo podría cambiar si el gobernador José Alperovich resolviera no aceptar la renuncia, algo de lo cual no hay indicios, según dijeron ayer a este diario fuentes de la gobernación. La renuncia de Herrera Molina “era una consecuencia lógica de lo que venimos planteando desde que escuchamos el veredicto y anunciamos que íbamos por el juicio político”, evaluó el abogado D’Antona en diálogo con Página/12.
“Repito lo que dije ese día en conferencia de prensa: si tienen dignidad, estos tres jueces tienen que renunciar. Y si no, se van a escapar por el lado de la jubilación.”
El juez Herrera Molina, de 69 años, presentó la renuncia el miércoles. Como indica el trámite en estos casos, su pedido fue aceptado por el presidente de la Corte Suprema de Justicia provincial, Antonio Estofán, quien a su vez lo remitió a la Gobernación. El paso siguiente es que el mandatario provincial dé el visto bueno al alejamiento. Fuentes de la gobernación señalaron a este diario que esta tarde podría haber un anuncio al respecto, porque ayer Alperovich estaba en Buenos Aires, adonde había llegado para una reunión con el secretario de Obras Públicas de la Nación, José López.
El texto de la renuncia del magistrado no se conoce, pero fuentes judiciales confirmaron a Página/12 que está condicionada al trámite jubilatorio, de modo que se hará efectiva una vez que ese proceso termine. Herrera Molina, que cumplirá 70 años en febrero, lleva cerca de 30 años en el Poder Judicial (ingresó en la Cámara en 1992, pero antes revistó como juez en Concepción y, antes, como fiscal) y padece complicaciones de salud.
No es el único integrante de la Sala II de la Cámara en lo Penal al borde del retiro: también Alberto Piedrabuena, de 61 años, está en condiciones de iniciar el trámite jubilatorio. Fuentes de tribunales, sin embargo, señalaron que aún nada hace suponer que esté por comenzarlo.
Ayer al mediodía, luego de haber presentado el pedido de jury político al Tribunal (ver aparte), los abogados José D’Antona y Carlos Garmendia se encontraban con Susana Trimarco cuando se enteraron de la novedad. Trimarco, contó el abogado, “dijo que era lo menos que podía hacer, si en definitiva no estuvieron a la altura de las circunstancias”.
Por su parte, D’Antona dijo tener “la convicción personal de que Herrera Molina no sabía de Derecho Penal”. “Pero además creo, y esto es una opinión muy personal, que él sí estaba convencido de hacer un voto en disidencia. No digo que fuera partidario de condenar a los 13 imputados, pero al menos al grupo de los riojanos creo que sí”, agregó D’Antona, que fue querellante en el juicio por Marita Verón, en relación a Irma Medina (“Mamá Lili”), los mellizos Fernando “Chenga” y Gonzalo “Chenguita” Gómez, Azucena Márquez (“doña Claudia”) y Mariana Bustos, entre otros. En el fallo, el propio Tribunal explicó que tenía certidumbre de que ese grupo regenteaba una red y explotaba sexualmente a mujeres en prostíbulos.
Durante el trámite del debate oral, Herrera Molina “podía haber hecho más”, evaluó D’Antona, para quien “renunció el que yo creía que era el mejor juez del tribunal”. Mientras transcurría el juicio, “él fue el más educado con las víctimas”. “Fue el que ha preguntado poco pero haciendo preguntas incisivas, el que más cuidado tuvo con que los abogados defensores no fueran agresivos con las víctimas. Y a la vez era el que más insistía para que a las víctimas las dejaran hablar, porque para el cargo de promoción de la prostitución le parecía relevante.”
“Es una paradoja lo que sucede. Porque el que entendíamos que era el mejor juez fue la mayor desilusión que tuvimos al momento de la sentencia”, dijo D’Antona. “Yo estoy convencido de que él hubiera hecho un voto en disidencia a la hora del fallo, pero es claro que la Sala tenía que dar imagen de Tribunal unánime y sólido. De algún modo, creo que las circunstancias lo llevaron a esto, su actuación a la hora de fallar. Creo que la renuncia fue resultado de esa situación. Claro, es mi opinión personal.”
Herrera Molina era vocal del Tribunal de la Sala II de la Cámara en lo Penal tucumana, que todavía preside Alberto César Piedrabuena, de 61 años, y que también integra Eduardo Romero Lascano. Ninguno de ellos ayer hizo declaraciones sobre el pedido de juicio político.
EN LA PRESENTACION PIDIERON DESTITUCION E INHABILITACION PERMANENTE
Los reclamos del juicio político a los jueces
Por Soledad Vallejos
Los abogados de Susana Trimarco presentan el pedido de jury.Imagen: Télam
“Destitución e inhabilitación de por vida.” Eso reclama el pedido de juicio político para los jueces que absolvieron a los 13 imputados del caso Marita Verón. Como había adelantado Página/12, ayer la Legislatura tucumana recibió el pedido de jury elaborado por los abogados José D’Antona, Carlos Garmendia y Carlos Varela Alvarez (ausente de la provincia, porque ayer en Buenos Aires se dictaba sentencia en otro juicio que lo tenía como defensor del ex presidente Fernando de la Rúa, ver página 15). En un comunicado, los letrados señalaron a grandes rasgos cuáles son los cargos de que acusan a los magistrados de la Sala II de la Cámara en lo Penal, Alberto Piedrabuena, Eduardo Romero Lascano y el renunciado Emilio Herrera Molina.“Podemos establecer una suerte de inventario de las principales irregularidades que advertimos en el debate oral y público: amenazas a testigos, amenazas a abogados; amenazas a imputados, incumplimiento de deberes de funcionario público por parte de los jueces del tribunal”, detalla el comunicado. “Todo ello dejó al desnudo un debate oral y público parcial, al margen del juicio justo y debido proceso legal.” La acusación apunta contra Piedrabuena, Romero Lascano y Herrera Molina por “haber incurrido en delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones y falta de cumplimiento de los deberes de su cargo”.
En diálogo con este diario, el abogado D’Antona señaló que el juicio político podría tener “veredicto en las primeras semanas de mayo”. Porque así lo dispone la ley tucumana, hoy Susana Trimarco debe ratificar la presentación realizada ayer por los abogados; “legalmente hay un plazo de 48 horas para que la comisión intime al denunciante a ratificar, corregir, ampliar la acusación”, explicó D’Antona. Luego transcurrirá la feria judicial de enero, al cabo de la cual, “ya en febrero, se debe correr vista a los acusados para que en 15 días hagan su descargo”. Una vez sucedido eso, se reunirá la comisión para evaluar si hay o no motivos para la acusación; en caso positivo, se procede al jury propiamente dicho, en el cual actúan cinco legisladores, un representante de la Corte Suprema provincial, uno del Poder Ejecutivo y uno del Colegio de Abogados. Al finalizar las evaluaciones de esa comisión, que recibe prueba de la acusación y las defensas, el veredicto decide si procede o no la destitución. Por otra parte, en febrero la querella reclamará, mediante un recurso de casación, por la sentencia del juicio por Marita Verón.
FUE PROMULGADA LA LEY QUE MODIFICO LA NORMA CONTRA LA TRATA
La reforma está en marcha
La nueva ley, sancionada en sesiones extraordinarias después del fallo polémico en el juicio de Marita Verón, fue publicada ayer en el Boletín Oficial. Deberá ser reglamentada en tres meses. Fija penas más graves para los delincuentes y otorga más derechos a las víctimas.
La nueva ley profundiza los mecanismos contra la trata de personas con fines sexuales o laborales.Imagen: Télam
El gobierno nacional promulgó y publicó ayer en el Boletín Oficial la ley que modificó la norma anterior sobre trata de personas, que incorpora penas más graves para los delincuentes y más derechos para las víctimas, y fijó un plazo máximo de tres meses para su reglamentación.
La ley 26.842 reformuló la anterior 26.364 con el objetivo de profundizar los mecanismos contra la trata de personas y fue sancionada el 19 de diciembre, tras conocerse el fallo que dejó en libertad a los trece imputados por el secuestro de Marita Verón, la joven tucumana que desapareció hace diez años y cuya madre, Susana Trimarco, se convirtió en un emblema de la lucha contra este delito.
A partir de esta iniciativa se crea el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, que funcionará dentro del ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Su fin será “constituir un ámbito permanente de acción y coordinación institucional para el seguimiento de todos los temas vinculados con esta ley”, dice el texto de la norma.
A su vez, se constituirá también en la Jefatura de Gabinete el Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas. El objetivo es, entre otros, diseñar “estándares de actuación, protocolos y circuitos de intervención que contribuyan a prevenir y combatir” los delitos de trata y explotación. Trabajará además en “desarrollar acciones eficaces orientadas a aumentar la capacidad de detección, persecución y desarticulación de las redes de trata y explotación”, y “asegurar a las víctimas el respeto y ejercicio pleno de sus derechos y garantías”.
Asimismo, se crea en el ámbito del Ministerio Público Fiscal el Sistema Sincronizado de Denuncias sobre los Delitos de Trata y Explotación de Personas.
Estas acciones se proyectan sobre una realidad argentina que registra en 2012, hasta octubre, 690 víctimas rescatadas de redes de explotación sexual, y otras 432 de redes de explotación laboral, según el registro del Programa Nacional de Rescate a Personas Damnificadas por el Delito de Trata, que se creó en 2008.
Desde hace cuatro años hasta hace dos meses se rescataron 3875 personas, tanto de explotación sexual como laboral, de las cuales casi la mitad, 1889, fueron liberadas de redes de explotación sexual, en tanto los detenidos en ese lapso ascienden a 1396.
“Nosotros estamos abocados al rescate de las víctimas, pero sobre detenciones, el Ministerio de Seguridad nos acercó el dato de total de detenidos desde la sanción de la ley (anterior) de 1396, y de ese total 372 son del período enero-octubre 2012”, precisó Cristian Encinas, del equipo jurídico del organismo.
En tanto, la nueva ley sustituye el artículo 125 bis del Código Penal y dice que quienes promuevan o facilitan la prostitución de una persona serán penados “con prisión de cuatro a seis años de prisión, aunque mediare el consentimiento de la víctima”.
El tema del consentimiento es uno de los cambios fundamentales de la nueva norma, ya que muchas veces no se podía llegar a una condena porque la víctima aseguraba, en ocasiones bajo amenaza, que había consentido la relación de explotación sexual. La pena será de 5 a 10 años de prisión para quienes sometan a una persona a explotación sexual y aumenta de 10 a 15 años si la víctima es menor de 18 años.
La modificación alcanza asimismo al artículo 140 del Código Penal, por la que quedó establecido que “serán reprimidos con reclusión o prisión de cuatro a quince años el que redujere a una persona a esclavitud o servidumbre, bajo cualquier modalidad, y el que la recibiere en tal condición para mantenerla en ella”. También establece que será reprimido con prisión de cuatro a ocho años el responsable de la explotación de personas “aunque mediare el consentimiento de la víctima”.
La ley 26.842 fue sancionada por la Cámara de Diputados luego de que el proyecto fuera incluido para su tratamiento en el marco de la convocatoria a sesiones extraordinarias impulsada por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
Fuente:Pagina12



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