30 de diciembre de 2012

OPERATIVO INDEPENDENCIA: Los crímenes del monte tucumano.

Los crímenes del monte tucumano 
Año 5. Edición número 241. Domingo 30 de diciembre 2012 
Por Derechos humanos 
lesahumanidad@miradasalsur.com
El dictador. Es uno de los procesados. El genocida ya tiene tres condenas a perpetua. (TELAM).
El juez Daniel Bejas procesó a 17 militares y civiles acusados por violaciones a los derechos humanos, durante el Operativo Independencia. Entre ellos, a Jorge Rafael Videla y Mario Benjamín Menéndez. El magistrado no acusó a Isabelita.

Una veintena de militares y civiles fueron procesados, acusados de crímenes perpetrados por el Operativo Independencia contra la guerrilla, durante el gobierno de la presidenta María Estela Martínez de Perón (1974-1976), que no resultó procesada. La mayor novedad fue el procesamiento con prisión preventiva, por primera vez, del general retirado Mario Benjamín Menéndez, ex gobernador de las Islas Malvinas durante la ocupación militar del archipiélago en la guerra con Gran Bretaña en 1982. La medida fue adoptada por el juez federal de Tucumán Daniel Bejas, que procesó además al dictador Jorge Rafael Videla, ya con tres condenas a prisión perpetua; al ex jefe del Tercer Cuerpo de Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, también sentenciado a la pena máxima, y a otros acusados por 269 casos de secuestros, torturas y desapariciones forzadas y homicidios, entre el 8 de febrero de 1975 y el 23 de marzo de 1976, día previo al golpe de Estado.

En la acusación de la fiscalía se definió al Operativo Independencia como una “intervención masiva de las fuerzas armadas y de seguridad en un plan sistemático de exterminio de opositores políticos mediante la utilización del aparato estatal y de control social a través del terror, llevada adelante con la aquiescencia del gobierno civil en la provincia de Tucumán”. “La intervención fue comandada en primer lugar por (los fallecidos generales) Acdel Edgardo Acdel Vilas y luego por Antonio Domingo Bussi”, reseñó.
Desde 1974, en Tucumán actuaba un foco guerrillero rural, la llamada Compañía de Monte Ramón Rosa Jiménez del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), en las sierras de Monteros. El gobierno de la viuda de Perón decretó combatirlo con el envío de Ejército, Fuerza Aérea y Gendarmería. El entonces coronel Mario Menéndez “estuvo a cargo de la tristemente célebre Escuelita de Famaillá (...) en carácter de jefe de Estado Mayor del llamado Puesto de Comando Táctico que funcionaba en esa localidad”.
Otros centros clandestinos de detención impuestos por las Fuerzas Armadas y de seguridad en Tucumán funcionaron en “el Ingenio La Fronterita, en los ex ingenios Santa Lucía y Lules, en Caspinchango y en Los Sosa”.
Bejas decidió no avanzar en la investigación ni llamar a indagatoria a la viuda de Perón, bajo cuyo gobierno se dictaron los decretos antiguerrilleros. Los documentos secretos fueron firmados también por el presidente provisional del Senado, el fallecido Italo Luder, y ministros del gabinete, entre ellos Antonio Cafiero y Carlos Ruckauf.
En una primera instancia el ámbito de actuación represivo abarcó sólo a Tucumán, pero en octubre se amplió a todo el país. La jurisdicción de Bejas sólo abarca a Tucumán, aunque varios de los imputados están detenidos en penales de otros distritos. Bejas consideró que Tucumán quedó abarcado por “un estado de excepción (estado de sitio de hecho) en el que se desconocieron los derechos fundamentales de las personas y se suspendieron en forma absoluta sus garantías” constitucionales, e incluso cita un escrito de Vilas que afirma que “a nadie se le escapaba el Gobierno paralelo sito en la V Brigada” del Ejército.
“Hubo un ataque sistemático desde el Estado contra una parte substancial del grupo nacional argentino (obreros, jornaleros, sindicalistas y grupos de personas involucradas con la lucha social con y sin pertenencia política partidaria) a los que se habría identificado como enemigos del plan económico y político que definía la ‘nueva argentinidad”, aseveró el juez. La acción fue “en el marco de un proceso de desapoderamiento de las autoridades políticas-civiles que culminó con el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976”, con lo cual desvincula al gobierno peronista local de entonces, a cargo de Amado Juri.
Bejas advirtió que “el Ministerio Público Fiscal no mantiene en forma continua ni de modo coherente durante su exposición la presunta vinculación o aquiescencia del gobierno civil provincial y nacional con el accionar de las Fuerzas Armadas”, y destacó el principio de “autonomía” de las FF.AA. respecto de las autoridades, argumento desarrollado en cuatro páginas de su escrito de 495 fojas.
La investigación abarcó 269 casos de violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad con apremios y vejaciones, torturas, torturas seguidas de muerte, abuso y violación sexual (a hombres y mujeres) y homicidio, delitos todos abarcados contextualmente por la calificación internacional de genocidio.
Bejas detalló que “alrededor de un 42% de víctimas fueron obreros y jornaleros del interior de la provincia y sus familiares directos (alrededor de 113 casos), el 15% eran dirigentes sindicales y gremiales vinculados al peronismo (alrededor de 40 casos), un 8% eran comerciantes y personas con oficios (alrededor de 20 casos), un 8% eran empleados públicos (alrededor de 20 casos), un 5% de víctimas eran profesionales (alrededor de 12 casos); un 4% eran estudiantes universitarios (alrededor de 10 casos), un 2% militantes de partidos políticos de izquierda (alrededor de cinco casos), y sólo un 7% de víctimas acreditaban alguna vinculación con el ERP\PRT (12 casos) o con Montoneros (4 casos)”.
Otros militares y policías procesados con prisión preventiva son Carlos Delia Larocca, Jorge Lazarte, Roberto Albornoz, Ernesto Chávez, Jorge Capitán, Alfredo Svendsen, Ricardo Sánchez, Luis Armando de Cándido, Ramón Jodar, Miguel Angel Moreno, José Figueroa, Pedro Rojas, Pedro López y Enrique del Pino, mientras que en el caso de José Cuestas el procesamiento es sin detención.
En cambio, dispuso falta de mérito para Víctor Olmos, Luis Ocaranza, Roberto Monteros, Walter Saborido, Fernando Labayru, Carlos Trucco, José Menéndez, Juan Cabrera, Jorge D'Amico, Julio Sarmiento y Carlos Diacono, que seguirán sometidos a investigación.
La causa se cierra, según el juez, para los dos civiles médicos que habían sido acusados de participar en torturas a detenidos: Omar Baldo y Miguel Angel Carrasco.
Fuente:MiradasalSur


Isabelita, estado de sitio y genocidio

LA GACETA / ARCHIVO

-  "Operativo Independencia".- El 5 de febrero de 1975 la entonces presidenta, María Estela Martínez de Perón, firmó el decreto secreto que ordenaba al Ejército iniciar el "Operativo Independencia" en Tucumán. Disponía "neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos". 
- La Megacausa.- La causa, que se inicia por denuncias de Néstor Juan Zurita y María Rosa Zurita, investiga los hechos producidos durante los período de las gestiones de los genocidas Acdel Vilas y Antonio Bussi, ambos fallecidos. 

- "Estado de sitio".- "Durante el 'Operativo Independencia' en Tucumán, se implementó un estado de excepción (estado de sitio de hecho) en el que se desconocieron los derechos fundamentales de las personas y se suspendieron en forma absoluta sus garantías, en el marco de un proceso de desapoderamiento de las autoridades políticas-civiles que culminó con el golpe de estado del 24 de marzo de 1976", determina la sentencia del juez Daniel Bejas. 

- "Isabelita" y Videla.- Bejas dispuso el procesamiento con prisión preventiva para 16 sospechosos, entre los que se encuentra Jorge Rafael Videla. En cambio, decidió no citar a declaración indagatoria la ex presidenta María Estela "Isabelita" Martínez de Perón. El resto de los procesados son: Roberto Albornoz, Ricardo Sánchez, Luis De Cándido, Ramón Jodar, Miguel Ángel Moreno, Jorge Lazarte, Enrique del Pino, Carlos Larrocca, José Figueroa, Ernesto Chávez, Jorge Capitán, Pedro López, Mario Benjamín Menéndez y Alberto Svendsen. Todos son ex miembros de la fuerza de seguridad. Además, dictó falta de mérito a 11 personas, dos sobreseimientos y un procesamiento sin prisión (José Cuestas). 

- Genocidio.- Bejas declaró que los delitos fueron perpetrados en el contexto de un ataque sistemático desde el Estado contra una parte substancial del grupo nacional argentino a los que se habría identificado como "enemigos" del plan económico y político que definía la "nueva argentinidad", por lo que se considera configurado el contexto del delito "internacional de genocidio". Además, indicó que desde el punto de vista técnico, el combate entre el Ejército y la guerrilla rural del ERP no podía caracterizarse como una guerra. 

- Bussi fustigó a Bejas.- "El doctor (Daniel) Bejas debió haberse inhibido de actuar en todas las causas donde interviene el PJ o dirigentes peronistas, pues el proviene de ese partido y su único antecedente jurídico es que fue apoderado del PJ durante muchos años, especialmente durante el gobierno del ingeniero (José) Domato, a quien hace poco le regaló una millonaria indemnización", criticó el legislador Ricardo Bussi (FR). El paralmentario opinó sobre su reciente sentencia. "Con relación al Operativo Independencia su fallo es pobre y malintencionado, de su endeble andamiaje jurídico se nota groseramente la intención de salvar a Isabel Perón y condenar a los militares. Isabel Perón dio las ordenes a los militares, firmó los decretos e inició el operativo que termino por rescatar a Tucumán de las manos del terrorismo", cuestionó Bussi.

EN FAMAILLÁ. Jorge Videla supervisa el "operativo antisubversivo", el 6 de septiembre de 1975 en Tucumán. LA GACETA / ARCHIVO

"La violencia sexual contra la mujer fue sistemática en los 70"

Así lo expresa la sentencia que ordenó la prisión preventiva para ex militares y policías. Entre las 269 víctimas que figuran en la causa hubo siete mujeres que fueron sometidas a abusos, torturas y violaciones
"En los Centros Clandestinos de Detención (CCD) se aplicó por primera vez en Argentina la violencia sexual contra la mujer como una práctica específica del terror estatal". Ese es uno de los párrafos del fallo del juez federal N°1, Daniel Bejas, que definió el procesamiento con prisión preventiva para 16 ex policías y militares por el "Operativo Independencia". La resolución hace especial hincapié en los delitos de connotación sexual y las torturas agravadas por la condición de género. Ocurre que, de acuerdo con la investigación del Ministerio Público Fiscal (Pablo Camuña y Patricio Rovira), entre las 269 víctimas hubo siete mujeres que fueron sometidas a abusos y violaciones. Este tipo de crímenes de lesa humanidad, sin embargo, no fueron cometidos sólo contra prisioneras, sino que también hay dos hombres afectados. En todos los casos el escenario fue, precisamente, "La Escuelita" (Famaillá), el primer CCD que funcionó en el país y por donde pasaron la mayoría de los apresados entre febrero de 1975 y marzo de 1976. 

El texto describe las cruentas agresiones contra la integridad sexual a la que fueron sometidos los secuestrados. La mayoría de los casos refieren a manoseos, degradaciones, insultos, vejámenes, humillaciones, desnudez forzada, exhibiciones y violaciones sistemáticas y en grupo. 

Ataque a embarazadas 
La investigación judicial advierte que los perjudicados fueron numerosos, pero que no todos los casos llegaron a ser judicializados, dado que por pudor o miedo, los hechos no fueron denunciados. Ejemplifica con el testimonio de W.D, un hombre que estuvo cautivo en ese establecimiento escolar y que describió que una noche escuchó cómo varios guardias interrogaban y violaban a una chica 19 años. Hasta el momento no se pudo determinar su identidad. Varios casos así figuran en el expediente e, incluso, hay relatos que dan cuenta de que embarazadas fueron atacadas sexualmente. 

"Durante la vigencia del terrorismo de estado, la violencia sexual no fue producto de desviaciones particulares, sino que fue ejercida en forma sistemática como el resto de los delitos investigados", determinó el magistrado. 

También se cita jurisprudencia y dictámenes de tribunales internacionales en los que encuadran a la violencia sexual como un método para infundir el terror y para doblegar. De hecho, en "Operativo Independencia", docenas de testimonios de sobrevivientes dan cuenta de que sufrieron amenazas de que sus madres, esposas, hijas o hermanas serían violadas. 

Visibilizar la violencia 
El fallo también afirma que las mujeres detenidas en los Centros habrían sido víctimas de actos que "califican como una de las más graves y reprochables formas de violencia contra la mujer", conforme la Convención Interamericana de Belén do Pará (para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres). Los testimonios, para el juez, hacen presumir que las detenidas sufrieron ataques específicamente por su género. Remarca que, respecto a las condiciones de detención que padecieron las cautivas, las circunstancias de gestantes de algunas de ellas, así como el hecho de ser madres o encontrarse detenidas junto a sus hijos, amplió la gama de los padecimientos que sufrieron. 

"Visibilizar la violencia de género ejercida durante la dictadura y, en el caso particular, su comisión en perjuicio de quienes fueron víctimas del llamado Operativo Independencia, resulta imperativo a la luz de la obligación internacional de investigación y juzgamiento de violaciones a los derechos humanos a cargo del Estado Argentino", concluyó Bejas. 

Por otro lado, los fiscales advirtieron que como consecuencia de la ocupación militar que se dio en el sureste de la provincia durante un tiempo prolongado, fueron víctimas de un doble fenómeno de agresiones sexuales. El primero, que se dio dentro de los CCD. El segundo, es más complejo de comprobar y está menos visibilizado. Se trata de las habitantes de la zona que fueron obligadas a ser "parejas" de miembros de las fuerzas de seguridad. Según varios relatos que se ofrecieron como prueba en la causa, muchas vecinas del interior fueron ultrajadas reiteradamente en descampados y en sus propias viviendas y sufrieron embarazos no consentidos. "Estas situaciones exceden al hecho puntual de violencia sexual contra mujeres determinadas, para asumir una forma de agresión a nivel colectivo, en lo que resulta un fenómeno delictivo de gran violencia que aparece aparejado casi sin excepciones a contextos de ocupación militar como la que se considera aquí", indicaron los miembros de la Fiscalía.

FuentedeOrigen:LaGaceta.

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Operativo Independencia

El fallo completo del Juez Federal Daniel Bejas

El juez federal de Tucumán, Daniel Bejas, dispuso la medida en un fallo de 500 fojas en el que procesó a los ex policías Roberto "El tuerto" Albornoz, Ricardo Oscar Sánchez, Luis Armando De Cándido; el ex dictador Jorge Rafael Videla; el ex gobernador de las Islas Malvinas, Mario Benjamín Menéndez y Fernando Luís Labayru.
Atento a la importancia de este procesamiento reproducimos textualmente el fallo 
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