28 de diciembre de 2012

PARANÁ - CAUSA HARGUINDEGUY: Dieron perpetua domiciliaria para dos represores en la causa Harguindeguy.

CUATRO CONDENAS Y TRES ABSOLUCIONES POR CRIMENES COMETIDOS EN ENTRE RIOS
“El segundo genocidio nacional”
El juicio que tenía por primera vez a Albano Harguindeguy en el banquillo de los acusados terminó con la condena a dos represores a prisión perpetua y otros dos a penas de 10 y 15 años de prisión. Todos están bajo arresto domiciliario.
Por Juan Cruz Varela
Desde Paraná
Organismos de derechos humanos esperaron el fallo en las afueras de los tribunales de Paraná.Imagen: Télam
La bronca sobrevino después de la impaciencia. Gritos y desolación coronaron la lectura de un fallo que dejó un dejo de amargura en los familiares de las víctimas. Cuatro condenas, el reconocimiento del genocidio que hubo en el país, pero nadie irá a la cárcel, todos conservarán el beneficio del arresto domiciliario. “Es un acto de justicia, más allá de las expectativas que tenía la gente; y es un acto de justicia que a las víctimas no se les dio. Se determinó que hubo cuatro personas responsables de hechos que pasaron hace 36 años; eso es lo más importante”, enfatizó Emanuel Dezorzi, hijo de una de las víctimas.

Una hora y media después del horario previsto, la presidenta del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, Lilia Carnero, leyó finalmente la sentencia del juicio a los represores que actuaron en Concepción del Uruguay, Concordia y Gualeguaychú. Después de nueve meses de debate oral –y más de treinta años de espera–, fueron condenados cuatro de los siete imputados por los delitos de violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad, aplicación de torturas y las de-sapariciones de Sixto Zalasar, Julio Solaga, Norma Beatriz González y Oscar Dezorzi.

Fueron condenados a reclusión perpetua Naldo Miguel Dasso y Juan Miguel Valentino, ex jefes de los regimientos de Concordia y Gualeguaychú; el ex policía federal de Concepción del Uruguay Julio César Rodríguez recibió la pena de 15 años de prisión y su compañero de armas Francisco Crescenzo fue condenado a 10 años. Y hubo tres absoluciones: quien fuera jefe de sección en el Escuadrón de Gualeguaychú, Santiago Kelly del Moral; el ex jefe Departamental de Policía de Gualeguaychú, Marcelo Alfredo Pérez, y el ex jefe de la División de Operaciones y Seguridad de la Policía de Gualeguaychú, Juan Carlos Mondragón. Las razones se conocerán el 3 de abril, cuando el tribunal dé a conocer los fundamentos de la sentencia.

De esta manera terminó el juicio que se inició en marzo pasado y que tuvo entre los acusados al ex ministro del Interior Albano Harguindeguy hasta su fallecimiento, el 29 de octubre. Aun con la limitación de no conocer los fundamentos, el fallo permite, sin embargo, algunas valoraciones que tuvieron en cuenta los jueces a la hora de dictar sentencia. El tribunal reconoció que “las conductas imputadas constituyen delitos de lesa humanidad cometidos en el contexto histórico del terrorismo de Estado que asolara a nuestro país en el marco del segundo genocidio nacional ocurrido entre los años 1975 y 1983”.

Este punto fue celebrado por el abogado querellante Marcelo Boeykens, quien manifestó su satisfacción, aunque admitió “el gusto agridulce por las absoluciones”. En diálogo con Página/12, señaló que “es importante que el tribunal reconozca que los delitos se desarrollaron en el contexto de un genocidio, que no hubo un ataque generalizado e indiscriminado contra la población civil, sino que fue direccionado hacia los militantes políticos, barriales, sociales y estudiantiles. Ya llegará el día en que los jueces condenen por el delito de genocidio y no solamente se haga el reconocimiento histórico al contexto, es decir, que se condene a los genocidas por genocidio”.

Emanuel Dezorzi, hijo de una de las víctimas, también dejó sus sensaciones: “Es un acto de justicia, más allá de las expectativas que tenía la gente; es un acto de justicia que se está llevando a cabo mucho tiempo después de ocurridos los hechos y es un acto de justicia que a las víctimas no se les dio. Eso es lo más importante. Hoy se determinó que hubo cuatro personas responsables de hechos que pasaron hace 36 años; eso es lo más importante”, enfatizó el hombre que tenía apenas unos meses cuando su padre fue secuestrado en Gualeguaychú.

También el diputado nacional Horacio Pietragalla destacó las condenas a los represores, pero insistió en esa “sensación medio amarguita” por las absoluciones de tres de los imputados y que los condenados cumplan las penas en sus casas. De todas maneras, remarcó que “el símbolo es que haya condenas, lo otro se apela; es importante que haya justicia, que haya cadenas perpetuas, que se reconozca el genocidio; y es importante para nuestra democracia, que sigamos condenando y que no quede ninguno de los responsables en la calle”, sentenció.

Cuando todo terminó, y la luz de la Justicia apagó, por fin, después de nueve meses de pequeños destellos, la oscura impunidad, en la sala se escuchó el grito que preanuncia que la búsqueda de justicia continuará: “Olé olé, olé olá, adonde vayan los iremos a buscar”.
Fuente:Pagina12


Dieron perpetua domiciliaria para dos represores en la causa Harguindeguy 
El Tribunal Oral Federal de Paraná condenó a prisión perpetua a Naldo Miguel Dasso y Juan Miguel Valentino, a 15 años de prisión a Julio César Rodríguez y 10 años a Francisco Crescenzo por delitos de lesa humanidad cometidos "en el marco del genocidio" en la costa del río Uruguay. Absolvió a Santiago Héctor Kelly del Moral, Marcelo Pérez y Juan Carlos Mondragón. Las condenas serán de cumplimiento domiciliario. El video de la lectura del veredicto. 
Condenaron a dos genocidas en el marco de la causa Harguindeguy. (UNO/Mateo Oviedo) 
La hermana de Soloaga tuco que ser atendida por una ambulancia
Jorge Felguer, vúctima del terrorismo de estado, emocionado tras la sentencia.
Organizaciones políticas se inieron presentes frente a la Sala de Cámara federal de Apelaciones.
Fuente: Alfredo Hoffman - Luciana Actis 
En un fallo condenatorio que dejó un sabor amargo a las víctimas sobrevivientes y a los familiares de los desaparecidos, el Tribunal Oral Federal de Paraná sentenció a prisión perpetua a dos de los más altos jerarcas militares que tuvo Entre Ríos durante la última dictadura-cívico militar, Naldo Miguel Dasso y Juan Miguel Valentino. Pero, al mismo tiempo, decidió que las penas sean de cumplimiento domiciliario. La lectura del veredicto de la causa Harguindeguy motivó la indignación de los presentes en la sala y se desataron escenas de nerviosismo. Además hubo dos condenas a 15 y 10 años de prisión y tres absoluciones. 

La sentencia, que será recurrida en casación, tuvo entre sus puntos más destacados el reconocimiento de que los delitos de lesa humanidad investigados, cometidos en la costa del río Uruguay, fueron en el marco del genocidio perpetrado en Argentina entre 1975 y 1983, tal como se había solicitado desde la querella. Los fundamentos del fallo recién se darán a conocer el 4 de abril a las 12.30.

El veredicto del tribunal que integran Lilia Carnero, Noemí Berros y Roberto López Arango, fue leído a las 19.45 y contempló las condenas de Valentino –ex jefe del Regimiento de Gualeguaychú– a prisión perpetua por ser coautor responsable de asociación ilícita, allanamiento ilegal de domicilio en tres hechos, privación ilegítima de la libertad agravada en siete hechos, desaparición forzada de persona con el resultante de homicidio doblemente calificado que tuvo como víctimas a Norma Beatriz González y Oscar Alfredo Dezorzi, y tormentos agravados en cinco hechos; de Dasso –exjefe del regimiento de Concordia– a prisión perpetua por ser coautor de asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad agravada en cuatro hechos y desaparición forzada de persona con el resultante de homicidio doblemente calificado que tuvo como víctimas a Sixto Francisco Zalasar y a Julio Alberto Solaga; de Julio César “Moscardón Verde” Rodríguez –expolicía federal– a 15 años de prisión por ser coautor de asociación ilícita, allanamiento ilegal de domicilio en dos hechos, privación ilegítima de la libertad agravada en ocho hechos y tormentos agravados en ocho hechos; y a Francisco Crescenzo –ex policía federal– a 10 años de prisión por ser coautor de asociación ilícita, allanamiento ilegal de domicilio en un hecho, privacion ilegal de la libertad agravada en dos hechos y tormentos agravados dos hechos. 

Por otra parte, el Tribunal absolvió al militar retirado Santiago Héctor Kelly del Moral y a los expolicías provinciales de Gualeguaychú Juan Carlos Mondragón y Marcelo Pérez. En otro punto resolvió mantener las prisiones domiciliarias de los cuatro condenados, con actualización de los informes médicos, psicológicos y sociales sobre cada uno. Esto fue lo que desencadenó las expresiones de indignación de los familiares, especialmente de la hermana de Zalasar, Graciela Zalasar, y de las hijas del militante desaparecido. Ellas increparon a Dasso y a los miembros del tribunal y sufrieron crisis nerviosas por las cuales debieron recibir atención médica.

Vale recordar que al momento de su alegato, el fiscal general José Ignacio Candioti había fundamentado el pedido de cárcel común en base a antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y otros tribunales y en reconocimiento del derechos de las víctimas a “una justicia en serio” luego de haber esperado esta instancia durante 36 años. De todas maneras, las razones de la decisión de los jueces recién se darán a publicidad en abril. 

El veredicto también declaró la extinción de la acción penal por muerte del imputado Albano Eduardo Harguindeguy, exministro del Interior de facto, y en consecuencia se dispuso su sobreseimiento. Se rechazó la prescripción requerida por la defensa, así como sus otros planteos, por tratarse de “delitos de lesa humanidad ocurridos en el contexto histórico del terrorismo de Estado que asolara a nuestro país, en el marco del segundo genocidio nacional ocurridos en el marco del segundo genocidio nacional ocurrido entre los años 1975 y 1983”. 
A casación 
El abogado querellante Marcelo Boeykens anticipó que los puntos cuestionados de la sentencia serán recurridos en casación. “Estamos satisfechos con las sentencias de condena, sobre todo con las cadenas perpetuas, y obviamente no estamos conformes ni con las absoluciones ni con las prisiones domiciliarias. Esto va a ser apelado”, destacó en diálogo con UNO. “La sentencia dice también que se va a verificar el estado salud de los condenados. En caso de que estén bien, seguramente se les va a dar prisión común”, agregó. 

“Por otro lado, hay cosas buenas del fallo como el reconocimiento que se dio a que estos delitos se cometieron en el marco de un genocidio ocurrido en la Argentina. Así han hecho lugar a la petición de parte de la querella”, consideró el autor de ese requerimiento. 

“Se apelará lo que hay que apelar y festejamos una sentencia más de condena contra aquellos que fueron responsables del terrorismo de Estado”, añadió. Con estas cuatro penas, son 378 los represores condenados en el país. 

Una desilusión 
Tras el polémico fallo del Tribunal Oral Federal de Paraná, que desatara escenas de nerviosismo en el interior del recinto, otros familiares y víctimas del terrorismo de Estado se mostraron decepcionados por el veredicto. Aún consternados, aceptaron dialogar con los medios.

“Todos pensábamos que iban a tener perpetua y cárcel común. Pero esto es un paseo: perpetua en la casa no es una justicia completa. Hay una desilusión, algo que también estaba en las perspectivas de lo que podía llegar a ocurrir. No estaba plenamente segura de que el veredicto iba a ser completamente de acuerdo a lo que nosotros deseábamos, y bueno, salió así. Van a estar en sus casas, con todas las comodidades, y ellos no les dieron esa oportunidad a nuestros familiares. Nosotros no supimos más de ellos, ni cómo la pasaron ni lo que les pasó, nada. Pero vamos a seguir haciendo lo que haya que hacer”, manifestó Estela Solaga, hermana del desaparecido Julio Alberto Solaga. 

Respecto a la posibilidad de que los abogados apelen el fallo, dijo que “tenemos que hablar con ellos, pero lo que puedo decir es que nuestra lucha va a seguir, porque falta. Este es un sacudón pero, si pasamos 36 años buscando, a esto lo podemos asimilar y continuar nuestra lucha”. 

En tanto, Jorge Felguer, quien fue víctima de privación ilegítima de la libertad y torturas mientras prestaba el servicio militar obligatorio en Villaguay, coincidió con Solaga: “La verdad que fue un fallo bastante decepcionante, no sólo por la perpetua domiciliaria y las absoluciones, sino también por la condena para los policías federales. Quince años para un tipo como Rodríguez no alcanzan. Estos policías eran lo peor, eran crueles, torturadores, una lacra. Esto lo digo desde lo personal, pero seguiremos luchando. Todavía no hemos hablado con los abogados, pero supongo que se va a apelar este fallo. De todas maneras, a la condena la tienen, y también tienen la indiscutible condena social, como la lacra que son”. 

Por su parte, Emmanuel Dezorzi -hijo del militante peronista desaparecido, Oscar Dezorzi- se mostró algo más aliviado por el veredicto: “Es un acto de justicia que a las víctimas de los hechos que se están juzgando acá no se les dio. Eso es lo más importante que tenemos que destacar, que es algo que tuvimos que esperar durante mucho tiempo -más de 36 años- y ahora está pasando. Hoy se determinó que hubo personas responsables de torturar, de desaparecer gente, de secuestrar y tener detenidos sin órdenes de un juez. Un hecho que tardó, pero llegó. Y hoy, en base a esos hechos se condenó a cuatro personas, después hay muchas cuestiones técnicas, los jueces tendrán que dar los fundamentos sobre los que basaron esta decisión”. 

Sin arrepentimiento 
Los genocidas condenados Dasso, Valentino, Rodríguez y Crescenzo hicieron uso del derecho a decir sus últimas palabras antes de la condena. Durante sus intervenciones no expresaron ninguna palabra de arrepentimiento y hasta lanzaron acusaciones de “componendas” o “armado” de la causa con fines políticos.
Fuente:DiarioUnoER

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