Para que los jueces paguen
La Presidenta recordó en la Asamblea Legislativa que la ley que obliga a los jueces y demás miembros del sistema judicial a pagar Ganancias existe y está vigente, sólo que la Corte, en tiempos de la mayoría automática menemista, en 1996, la declaró inaplicable a través de una acordada. Por eso, la administración del máximo tribunal no realiza la deducción impositiva al liquidar los salarios.
En la Procuración General explican que no se puede instrumentar el pago de Ganancias para los fiscales de la noche a la mañana, ya que la Ley Orgánica del Ministerio Público establece para ellos “el reconocimiento de la misma jerarquía y beneficios” que los que corresponden “al Poder Judicial”. Es decir, el argumento es que están “enganchados” con lo que defina la Corte para los jueces, funcionarios y empleados.
Gils Carbó ya se pronunció varias veces a favor del pago del Impuesto a las Ganancias. El oficio enviado a la Corte, en rigor, está firmado por el subdirector de administración de la Procuración, Daniel Domanico, quien pidió una reunión con el administrador general de la Corte, Daniel Marchi. La nota dice que, si la Corte modificara la acordada que exime a los jueces del pago del Impuesto a las Ganancias, “implicaría el deber legal de aplicar automáticamente esas mismas pautas de liquidación” en el Ministerio Público. Del mismo modo, la Procuración sostiene que no puede aplicarlo por su cuenta.
La discusión sobre la eximición de Ganancias divide aguas dentro de la Corte Suprema. El año pasado los ministros intentaron empezar a implementar el impuesto, con el plan de que se les impute a los nuevos miembros del Poder Judicial, pero no a los que ya están en funciones. Trataron el tema durante al menos dos plenarios, en septiembre, pero al abrir el debate a las entidades de los jueces –con la Asociación de Magistrados a la cabeza– y a la Unión de Empleados de la Justicia, la decisión quedó empantanada, según relataron en el Palacio de Justicia.
El análisis que hacen hoy los jueces supremos es que si derogan sin más la acordada que impide descontar Ganancias, se va a venir una ola de juicios. En el caso de los jueces, según el discurso habitual, invocarán que la Constitución dice que sus salarios son “intangibles”, frente a lo cual están los que oponen el argumento de que un impuesto no es una reducción salarial, sino una carga como la que pagan todos los ciudadanos.
Como los empleados judiciales también están exentos, en el alto tribunal también vislumbran medidas de fuerza. Por esto, la posibilidad de aplicar el impuesto sólo a las nuevas generaciones judiciales sigue siendo una de las más contempladas puertas adentro. En este caso, los afectados bien podrían plantear que es discriminatorio, pero en la Corte dicen que la litigiosidad –o sea el volumen de reclamos– no sería tan significativa.
La mayoría de los jueces de la Corte se opone a lo que ha sido un planteo de la Asociación de Magistrados y de dirigentes de la oposición, en especial radicales: que si se empieza a descontar el Impuesto a las Ganancias haya una compensación salarial. Se estima que la reducción sería de entre el 25 y el 30 por ciento del sueldo. Otra posibilidad en estudio: que el descuento se extienda a todo el mundo por igual, pero se aplique a determinados rubros, del mismo modo que los legisladores no pagan Ganancias, por ejemplo, sobre gastos de representación. Tampoco se descarta una aplicación progresiva, durante un período de varios años.
Está todo en pleno debate. La complejidad del tema y las disputas que despierta en el Poder Judicial quedaron a la vista incluso en el encuentro del movimiento “Justicia legítima”, donde por falta de consenso fue un punto omitido en las conclusiones que se elaboraron al final. Habrá que ver si el empujón de Gils Carbó surte efecto.
"Mayor legitimidad”
En la Procuración General explican que no se puede instrumentar el pago de Ganancias para los fiscales de la noche a la mañana, ya que la Ley Orgánica del Ministerio Público establece para ellos “el reconocimiento de la misma jerarquía y beneficios” que los que corresponden “al Poder Judicial”. Es decir, el argumento es que están “enganchados” con lo que defina la Corte para los jueces, funcionarios y empleados.
Gils Carbó ya se pronunció varias veces a favor del pago del Impuesto a las Ganancias. El oficio enviado a la Corte, en rigor, está firmado por el subdirector de administración de la Procuración, Daniel Domanico, quien pidió una reunión con el administrador general de la Corte, Daniel Marchi. La nota dice que, si la Corte modificara la acordada que exime a los jueces del pago del Impuesto a las Ganancias, “implicaría el deber legal de aplicar automáticamente esas mismas pautas de liquidación” en el Ministerio Público. Del mismo modo, la Procuración sostiene que no puede aplicarlo por su cuenta.
La discusión sobre la eximición de Ganancias divide aguas dentro de la Corte Suprema. El año pasado los ministros intentaron empezar a implementar el impuesto, con el plan de que se les impute a los nuevos miembros del Poder Judicial, pero no a los que ya están en funciones. Trataron el tema durante al menos dos plenarios, en septiembre, pero al abrir el debate a las entidades de los jueces –con la Asociación de Magistrados a la cabeza– y a la Unión de Empleados de la Justicia, la decisión quedó empantanada, según relataron en el Palacio de Justicia.
El análisis que hacen hoy los jueces supremos es que si derogan sin más la acordada que impide descontar Ganancias, se va a venir una ola de juicios. En el caso de los jueces, según el discurso habitual, invocarán que la Constitución dice que sus salarios son “intangibles”, frente a lo cual están los que oponen el argumento de que un impuesto no es una reducción salarial, sino una carga como la que pagan todos los ciudadanos.
Como los empleados judiciales también están exentos, en el alto tribunal también vislumbran medidas de fuerza. Por esto, la posibilidad de aplicar el impuesto sólo a las nuevas generaciones judiciales sigue siendo una de las más contempladas puertas adentro. En este caso, los afectados bien podrían plantear que es discriminatorio, pero en la Corte dicen que la litigiosidad –o sea el volumen de reclamos– no sería tan significativa.
La mayoría de los jueces de la Corte se opone a lo que ha sido un planteo de la Asociación de Magistrados y de dirigentes de la oposición, en especial radicales: que si se empieza a descontar el Impuesto a las Ganancias haya una compensación salarial. Se estima que la reducción sería de entre el 25 y el 30 por ciento del sueldo. Otra posibilidad en estudio: que el descuento se extienda a todo el mundo por igual, pero se aplique a determinados rubros, del mismo modo que los legisladores no pagan Ganancias, por ejemplo, sobre gastos de representación. Tampoco se descarta una aplicación progresiva, durante un período de varios años.
Está todo en pleno debate. La complejidad del tema y las disputas que despierta en el Poder Judicial quedaron a la vista incluso en el encuentro del movimiento “Justicia legítima”, donde por falta de consenso fue un punto omitido en las conclusiones que se elaboraron al final. Habrá que ver si el empujón de Gils Carbó surte efecto.
"Mayor legitimidad”
El representante del Poder Ejecutivo en el Consejo de la Magistratura, Hernán Ordiales, consideró que la elección a través del voto popular de los representantes de abogados, jueces y académicos en ese cuerpo otorgará “mayor legitimidad y responsabilidad” al órgano encargado de elegir y controlar la actividad de los jueces. “Estamos totalmente de acuerdo con el proyecto de la Presidenta, es muy saludable y oportuno. Les va a otorgar mayor legitimidad y también mayor responsabilidad a sus integrantes”, dijo. Consideró que esos miembros del Consejo “ya no van a tener que rendir cuentas a unos pocos abogados, o a unos pocos jueces, o a unos pocos académicos ante los que responden actualmente en forma corporativa, sino que van a tener que responder al conjunto de la sociedad que los ha elegido”. Para Ordiales, los consejeros alcanzarán así “la legitimidad que hoy tienen los diputados y senadores”
Poder Judicial para todos y entre todos
Nuestro país, en la última década, se ha beneficiado con cambios de paradigmas, que le han devuelto mejor calidad de vida e instituciones más sólidas. Sin embargo, esos cambios aún no se han materializado en el ámbito del Poder Judicial. Esto agudiza la desarmonía con otros estamentos sociales e institucionales.
En los últimos meses ha tomado fuerza la necesidad de democratizar el Poder Judicial, es decir, de renovar el contenido y la cara del Poder Judicial. Resulta importante, urgente e imperioso transitar el camino de la renovación. Para no equivocarnos hay que comenzar por el cambio de mentalidad en los servidores (para otros, “operadores”) del derecho.
Uno de los errores en el mundo de la abogacía es el desvío de la finalidad de la función jurisdiccional. Es necesario tomar conciencia de que este saber práctico debe estar al servicio de la comunidad y no de unos pocos o de los poderes corporativos. El Poder Judicial no puede escapar a la necesidad y urgencia de retomar la ruta adecuada para servir al pueblo. Para ello hay que comprender que la función esencial del Poder Judicial es administrar justicia. Esta es la manera que debe servir a la comunidad, resolviendo conflictos de intereses con independencia e imparcialidad y no aprovecharse de éstos para sus propios intereses. Es muy probable que para modificar la mentalidad tengan que cambiar sustancialmente quienes conducen y ejercen funciones casi a perpetuidad en el Poder Judicial. Sólo luego de entender que hay que apuntar hacia otra dirección se estará en condiciones de dar el siguiente paso, que consistirá en modificar las estructuras antiguas y obsoletas del Poder Judicial.
El esqueleto actual del Poder Judicial responde a una visión monárquica, más que republicana y democrática. Así no se sirve al pueblo, sino a quienes manejan el poder material de la sociedad. Si la democracia es el gobierno del pueblo y para el pueblo, ningún estamento del Estado puede dejar de participar de las características que le asisten. En ese temperamento, cabe pronunciarse por la necesidad de democratizar el Poder Judicial.
Democratizar el Poder Judicial significa que el pueblo lo conduzca y sea destinatario de la función. Esto implica que debe existir un fácil acceso para todos a los espacios de toma de decisiones, en igualdad de condiciones. La nueva cosmovisión que posee la sociedad exige una introducción en el Poder Judicial, volviendo necesaria su modificación, pues si se añade nuevo contenido a viejas y obsoletas estructuras se terminará pudriendo.
En ese sentido, se sintetizan algunas propuestas para modificar las estructuras del Poder Judicial, el Ministerio Público Fiscal y el de la Defensa de la Nación. Resaltando que este último y la Procuración General de la Nación, desde la nueva gestión, están liderando el cambio en nuestro país.
- Acceso para todos. Acceso irrestricto al PJN, MPF y MPD (ya existe). La idea es democratizar el ingreso a los estamentos del mundo de la Justicia, permitiendo que puedan ingresar todos los que así lo deseen.
Terminar con la práctica conforme la cual para ingresar a trabajar en la Justicia hay que conocer a algún funcionario.
Declarar la caducidad de todos los nombramientos de jueces, fiscales y defensores públicos federales y nacionales anteriores a la materialización de los concursos previstos en la Constitución Nacional y en las leyes pertinentes.
En virtud de ello deben ordenarse de manera urgente nuevos concursos.
El fundamento radica en la aplicación del instituto de “Inconstitucionalidad” sobreviniente.
- Cambios en los concursos
a) Concursos previos a la generación de vacantes: Se debe organizar concursos con anterioridad a que se produzcan las vacantes. Esto permitirá fijar un orden de mérito por fuero e instancia, sin tener que esperar tres o cuatro años (promedio), para la elevación de la terna al Ministerio de Justicia de la Nación. Resulta imperiosa la modificación de la situación actual a fin de evitar la acefalía de las distintas dependencias y la preocupación de la sociedad en acelerar el período de nombramiento de magistrados. Se puede establecer concursos cada tres años en todas las instancias, fueros, sin perjuicio de permitir añadir antecedentes para ser evaluados en forma anual. Esto requerirá fijar por primera vez concursos en el marco de este nuevo diseño. No obstante, podrían tenerse en cuenta los concursos en trámite según las áreas correspondiente.
b) Evaluación en los concursos de la idoneidad gerencial y ética ciudadana: Hay que medir en los concursantes la idoneidad gerencial y moral dentro de la evaluación de los antecedentes. Respecto de la idoneidad gerencial, se debería explicar la presentación de un plan de gestión. En orden a la idoneidad de ética ciudadana, habría que arbitrar los medios para evaluar el compromiso de los concursantes con la República y los valores ético-morales.
- Implementación de un sistema de control de gestión con participación ciudadana. Se requiere que la ciudadanía tenga acceso a la gestión jurisdiccional a la luz de la trasparencia.
- Generar vías de acceso de información no limitadas al campo informático. A título ilustrativo, crear un espacio en medios de comunicación de gran llegada como diarios, radio o televisión, que no tergiversen la verdad (respetando el secreto de las causas judiciales).
- Modificar la ley nacional de amparo (16.986).
- Limitar el dictado de medidas cautelares contra el Estado Nacional (tanto concentrado como descentralizado) solo en caso de que se acreditare peligro en la salud o en la vida. En el resto de los planteos debe estar prohibido, por lesionar entre otros aspectos el derecho al debido proceso.
- Que los magistrados paguen Impuesto a las Ganancias.
- Modificar el reglamento de la Justicia Nacional: Entre otros aspectos, que se obligue a los jueces de Cámara a asistir a los despachos todos los días hábiles y no sólo los días de acuerdo.
- Modificar las currículas de la carrera de abogacía en las distintas universidades, ya que responden a una visión decimonónica, antigua y desactualizada. Proponer un diseño de la carrera que responda a las necesidades actuales.
Por razones de espacio sólo se proponen sintéticamente ideas, sin perjuicio de ampliarlas a quien lo solicitare.
Nuestro país, en la última década, ha modificado paradigmas importantes a favor del pueblo. El Poder Judicial debe acompañar estos cambios, ya que al tener la jurisdicción es el último que dice el derecho. Si los nuevos aires no alcanzan a todas las estructuras del poder, se produce un desequilibrio difícil de sostener.
Hay esperanza en quienes trabajamos por el cambio y buscamos que el pueblo participe activamente en el nuevo diseño del Poder Judicial. Si queremos un Poder Judicial para todos, ningún habitante de nuestro país debe dejar de participar.
* Secretario de la Fiscalía 1 de Primera Instancia de la Seguridad Social, magíster en Derecho de la Magistratura y Derecho Judicial.
Fuente:Pagina12
Por Gabriel De Vedia *
En los últimos meses ha tomado fuerza la necesidad de democratizar el Poder Judicial, es decir, de renovar el contenido y la cara del Poder Judicial. Resulta importante, urgente e imperioso transitar el camino de la renovación. Para no equivocarnos hay que comenzar por el cambio de mentalidad en los servidores (para otros, “operadores”) del derecho.
Uno de los errores en el mundo de la abogacía es el desvío de la finalidad de la función jurisdiccional. Es necesario tomar conciencia de que este saber práctico debe estar al servicio de la comunidad y no de unos pocos o de los poderes corporativos. El Poder Judicial no puede escapar a la necesidad y urgencia de retomar la ruta adecuada para servir al pueblo. Para ello hay que comprender que la función esencial del Poder Judicial es administrar justicia. Esta es la manera que debe servir a la comunidad, resolviendo conflictos de intereses con independencia e imparcialidad y no aprovecharse de éstos para sus propios intereses. Es muy probable que para modificar la mentalidad tengan que cambiar sustancialmente quienes conducen y ejercen funciones casi a perpetuidad en el Poder Judicial. Sólo luego de entender que hay que apuntar hacia otra dirección se estará en condiciones de dar el siguiente paso, que consistirá en modificar las estructuras antiguas y obsoletas del Poder Judicial.
El esqueleto actual del Poder Judicial responde a una visión monárquica, más que republicana y democrática. Así no se sirve al pueblo, sino a quienes manejan el poder material de la sociedad. Si la democracia es el gobierno del pueblo y para el pueblo, ningún estamento del Estado puede dejar de participar de las características que le asisten. En ese temperamento, cabe pronunciarse por la necesidad de democratizar el Poder Judicial.
Democratizar el Poder Judicial significa que el pueblo lo conduzca y sea destinatario de la función. Esto implica que debe existir un fácil acceso para todos a los espacios de toma de decisiones, en igualdad de condiciones. La nueva cosmovisión que posee la sociedad exige una introducción en el Poder Judicial, volviendo necesaria su modificación, pues si se añade nuevo contenido a viejas y obsoletas estructuras se terminará pudriendo.
En ese sentido, se sintetizan algunas propuestas para modificar las estructuras del Poder Judicial, el Ministerio Público Fiscal y el de la Defensa de la Nación. Resaltando que este último y la Procuración General de la Nación, desde la nueva gestión, están liderando el cambio en nuestro país.
- Acceso para todos. Acceso irrestricto al PJN, MPF y MPD (ya existe). La idea es democratizar el ingreso a los estamentos del mundo de la Justicia, permitiendo que puedan ingresar todos los que así lo deseen.
Terminar con la práctica conforme la cual para ingresar a trabajar en la Justicia hay que conocer a algún funcionario.
Declarar la caducidad de todos los nombramientos de jueces, fiscales y defensores públicos federales y nacionales anteriores a la materialización de los concursos previstos en la Constitución Nacional y en las leyes pertinentes.
En virtud de ello deben ordenarse de manera urgente nuevos concursos.
El fundamento radica en la aplicación del instituto de “Inconstitucionalidad” sobreviniente.
- Cambios en los concursos
a) Concursos previos a la generación de vacantes: Se debe organizar concursos con anterioridad a que se produzcan las vacantes. Esto permitirá fijar un orden de mérito por fuero e instancia, sin tener que esperar tres o cuatro años (promedio), para la elevación de la terna al Ministerio de Justicia de la Nación. Resulta imperiosa la modificación de la situación actual a fin de evitar la acefalía de las distintas dependencias y la preocupación de la sociedad en acelerar el período de nombramiento de magistrados. Se puede establecer concursos cada tres años en todas las instancias, fueros, sin perjuicio de permitir añadir antecedentes para ser evaluados en forma anual. Esto requerirá fijar por primera vez concursos en el marco de este nuevo diseño. No obstante, podrían tenerse en cuenta los concursos en trámite según las áreas correspondiente.
b) Evaluación en los concursos de la idoneidad gerencial y ética ciudadana: Hay que medir en los concursantes la idoneidad gerencial y moral dentro de la evaluación de los antecedentes. Respecto de la idoneidad gerencial, se debería explicar la presentación de un plan de gestión. En orden a la idoneidad de ética ciudadana, habría que arbitrar los medios para evaluar el compromiso de los concursantes con la República y los valores ético-morales.
- Implementación de un sistema de control de gestión con participación ciudadana. Se requiere que la ciudadanía tenga acceso a la gestión jurisdiccional a la luz de la trasparencia.
- Generar vías de acceso de información no limitadas al campo informático. A título ilustrativo, crear un espacio en medios de comunicación de gran llegada como diarios, radio o televisión, que no tergiversen la verdad (respetando el secreto de las causas judiciales).
- Modificar la ley nacional de amparo (16.986).
- Limitar el dictado de medidas cautelares contra el Estado Nacional (tanto concentrado como descentralizado) solo en caso de que se acreditare peligro en la salud o en la vida. En el resto de los planteos debe estar prohibido, por lesionar entre otros aspectos el derecho al debido proceso.
- Que los magistrados paguen Impuesto a las Ganancias.
- Modificar el reglamento de la Justicia Nacional: Entre otros aspectos, que se obligue a los jueces de Cámara a asistir a los despachos todos los días hábiles y no sólo los días de acuerdo.
- Modificar las currículas de la carrera de abogacía en las distintas universidades, ya que responden a una visión decimonónica, antigua y desactualizada. Proponer un diseño de la carrera que responda a las necesidades actuales.
Por razones de espacio sólo se proponen sintéticamente ideas, sin perjuicio de ampliarlas a quien lo solicitare.
Nuestro país, en la última década, ha modificado paradigmas importantes a favor del pueblo. El Poder Judicial debe acompañar estos cambios, ya que al tener la jurisdicción es el último que dice el derecho. Si los nuevos aires no alcanzan a todas las estructuras del poder, se produce un desequilibrio difícil de sostener.
Hay esperanza en quienes trabajamos por el cambio y buscamos que el pueblo participe activamente en el nuevo diseño del Poder Judicial. Si queremos un Poder Judicial para todos, ningún habitante de nuestro país debe dejar de participar.
* Secretario de la Fiscalía 1 de Primera Instancia de la Seguridad Social, magíster en Derecho de la Magistratura y Derecho Judicial.
Fuente:Pagina12


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