Ley de medios
Año 6. Edición número 260. Domingo 12 de mayo de 2013
Por Política
politica@miradasalsur.com
Año 6. Edición número 260. Domingo 12 de mayo de 2013
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Apelan el fallo de Cámara.
Según señala la apelación, la sentencia de la Cámara es arbitraria, carece de fundamentación y desarrolla “meras generalizaciones”. Critica que se limita a receptar parcialmente algunos argumentos de conveniencia para el Grupo Clarín y que adopta decisiones centradas en satisfacer los intereses de la demandante.
El artículo 45 es el que establece el tope de licencias de medios audiovisuales que podría poseer una misma persona. Y el cuestionado segundo párrafo del artículo 48 de la llamada Ley de Medios es el que especifica que “el régimen de multiplicidad de licencias previsto en esta ley no podrá alegarse como derecho adquirido frente a las normas generales que, en materia de desregulación, desmonopolización o defensa de la competencia, se establezcan por la presente o en el futuro”.
Según detallaron desde el Afsca, la apelación –paso previo a ser enviado a la Corte Suprema de Justicia– objeta el “criterio economicista que hicieron los jueces sobre la ley al darles primacía a las potenciales afectaciones económicas del Grupo Clarín como consecuencia de su readecuación por sobre el resguardo del colectivo social que esa norma procura al promover la competencia”.
Según trascendió, el inesperado fallo sorprendió a ambas partes, ya que beneficia al Grupo Clarín, al que sólo obligaría a desinvertir en radios sin necesidad de desprenderse de su señal de televisión por aire.
Además, el Poder Ejecutivo cuestionó al juez Francisco de las Carreras, que aceptó que el Grupo Clarín lo invitara a Miami para participar en un seminario. Se le exigió una recusación ante el Consejo de la Magistratura, pero fue rechazado por sus colegas en la Cámara.
Fuente:MiradasalSur
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