20 de septiembre de 2013

La UIF apeló el fallo de Bonadío que anuló congelamiento de cuentas de represores prófugos.

19.09.2013
Para el magistrado, los terroristas de Estado no son "terroristas"
La UIF apeló el fallo de Bonadío que anuló congelamiento de cuentas de represores prófugos

Juez federal Claudio Bonadío. Su fallo beneficia a represores condenados que están prófugos de la Justicia, La Unidad de Información Financiera (UIF) apeló hoy el fallo mediante el cual el juez federal Claudio Bonadío declaró nulas las disposiciones administrativas a través de las cuales el titular de la unidad, José Sbatella, había solicitado que se congelaran los bienes de militares condenados por delitos de lesa humanidad, Jorge Antonio Olivera y Gustavo De Marchi, quienes se fugaron del Hospital Cosme Argerich, donde estaba internados.

Las disposiciones declaradas nulas por el titular del titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 11, disponían el congelamiento de bienes de Olivera, De Marchi y de aquellas personas y empresas que componen su círculo económico que tiene por fin la financiación y protección de los prófugos.

Si bien el juez federal mantuvo congelados los activos de los fugados y su entorno, declaró nula las resoluciones por considerar que no era preciso definir la situación como "financiación de terrorismo".
En la apelación presentada por la UIF se señaló que "del análisis de las constancias recabadas por la Unidad surgen las distintas vinculaciones económicas y financieras entre los citados prófugos y personas físicas y jurídicas, que dan cuenta de la estructura societaria que montaron y que actualmente puede estar siendo utilizada para mantener su estado de evasión".

En esa línea se agregó que la declaración de nulidad del acto administrativo dictado "atenta contra la labor propia y cotidiana del Organismo en la lucha contra la financiación del terrorismo, y constituye una decisión de extrema gravedad".

Desde la UIF se señaló además que "llama la atención que el doctor Bonadío se permita negar la calificación de `terroristas´ que les cabe a los condenados por delitos de violación a los derechos humanos, ahora prófugos".

Además se sostuvo que "el Juez desmereció la documentación acompañada por la UIF, donde se grafican las relaciones y movimientos de dinero evidenciados en el caso" y se destacó que "llama la atención que en tan solo tres días se hayan podido analizar las actuaciones administrativas, con la rigurosidad que el caso exige, para culminar con la declaración de nulidad de las Resoluciones dictadas".

Tras la apelación de la UIF será la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal la que decida sobre el futuro de la causa.
Fuente:Telam 

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