22 de marzo de 2014

LA CASACION NEGO UNA MEDIDA: NOBLE SIN RECURSO.

La causa por la adopción de los hijos de Herrera de Noble seguirá abierta
22.03.2014 
Casación penal rechazó un pedido de sobreseimiento definitivo de la dueña del Grupo Clarín

El tribunal de alzada declaró "inadmisible" un recurso planteado por la defensa de la empresaria que buscaba cerrar la acción penal en su contra luego del examen de ADN practicado a Marcela y Felipe. Sólo queda la vía de la Corte.

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un nuevo planteo de los abogados de la empresaria periodística Ernestina Herrera de Noble, que pretendía el sobreseimiento definitivo en la causa en la que aún se investigan las adopciones de sus dos hijos, Marcela y Felipe Noble Herrera. 

El tribunal, con la firma de los jueces Pedro David y Alejandro Slokar, resolvió en una carilla y media un recurso contra los fallos que ya en instancias anteriores mantuvieron abierta la investigación. Sin profundizar en los argumentos de los abogados Gabriel Cavallo y Eduardo Padilla Fox, la Casación ratificó que la investigación continúa.

En diciembre del año pasado, el mismo tribunal había desestimado un planteo similar.

Los abogados de Herrera de Noble pidieron el sobreseimiento a la jueza federal de primera instancia Sandra Arroyo Salgado, quien lo denegó; luego apelaron ante la Cámara Federal de San Martín, que ratificó la denegatoria. 

A finales de 2013, la medida fue confirmada por la Casación pero Cavallo y Padilla Fox plantearon una suerte de recurso de reposición (que el propio tribunal reconsiderara su fallo) y un recurso extraordinario para llegar hasta la Corte Suprema de Justicia. Ambos pedidos fueron rechazados. 

La única vía habilitada que queda pendiente es un "recurso de queja" ante la Corte. Un paso que, atento al devenir del proceso, es altamente probable que la defensa de Herrera de Noble concrete en los próximos días. La intensa actividad de los defensores de la empresaria incluyó un planteo de "falta de acción" ante la Cámara Federal de San Martín. 

En resumidas cuentas, el argumento indicaba que en la adopción de ambos hijos no había existido delito, y que si lo hubiera, estaría prescripto por el paso del tiempo y porque estaba excedido el "plazo razonable" para agotar un proceso judicial. 

El tribunal de San Martín también rechazó esos pedidos: "En relación al actual planteo de sobreseimiento, los antecedentes del legajo impiden adoptar esta solución liberatoria. Porque frente a la naturaleza de los hechos investigados, las características del proceso y la profusa actividad desarrollada por las partes desde la génesis del juicio (el 30 de abril de 2001), en modo alguno la garantía a ser juzgado en un plazo razonable ha sido cercenada".

"La cuestión que ahora nos ocupa no puede traducirse en un número de días, meses o años, sino que la duración razonable de un proceso penal tendrá que ser apreciada según las circunstancias de cada caso en particular; considerándose para ello la complejidad del caso, la conducta y actitud procesal de las partes y la manera en que el asunto fue llevado por las autoridades administrativas y judiciales". 

En ese contexto, añadió que "en el análisis del tiempo insumido en el proceso necesariamente debe incluirse la conducta asumida en su momento por los terceros interesados. Porque sistemáticamente se opusieron a la dación de sus muestras biológicas indubitables, y este proceder trabó el progreso del juicio en orden a la producción de la prueba hematológica pertinente, ya sea por no prestar consentimiento o accediendo en forma condicionada, desarrollando maniobras elusivas o de contaminación de pruebas. 

Todo ello revela un obrar reñido con el actuar de buena fe que es necesario mantener dentro del proceso." Herrera de Noble viene pidiendo su sobreseimiento en la causa sobre la base del informe que señala que el patrón genético de Marcela y Felipe no coincide con ninguno de los registros que figuran en el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) correspondientes a personas desaparecidas durante la última dictadura. 

Despejada esa incertidumbre, que motivó una tramitación de diez años hasta que ambos hermanos accedieron voluntariamente al examen de ADN, los abogados Cavallo y Padilla Fox entendieron que la principal hipótesis delictiva que pesaba sobre Herrera de Noble desapareció. 

Y, en consecuencia, lo que correspondía era desvincularla de la persecución penal. El nuevo fallo de Casación, fechado el 20 de marzo, declaró "inadmisible" el nuevo planteo que buscaba el sobreseimiento de la dueña del Grupo Clarín.
Fuente:TiempoArgentino
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LA CASACION NEGO UNA MEDIDA
Noble, sin recurso
La Cámara de Casación declaró “inadmisible” un recurso extraordinario presentado por la dueña del Grupo Clarín, Ernestina Herrera de Noble, quien había pedido su sobreseimiento en la causa en la que se investiga la supuesta apropiación de sus hijos adoptivos durante la dictadura cívico-militar. El tribunal intervino luego de que la Cámara Federal de San Martín rechazara su sobreseimiento, según reveló el Centro de Información Judicial (CIJ). La resolución se tomó en el marco de la causa caratulada Barnes de Carlotto, Estela. Los camaristas Alejandro Slokar y Pedro David resolvieron “no hacer lugar al planteo formulado” por los abogados Gabriel Cavallo y Eduardo Padilla Fox, y “declarar inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Ernestina L. Herrera de Noble, con costas”. Los magistrados afirmaron que “la vía utilizada no constituye la adecuada”. Tras citar diversos precedentes de esa y otras salas de la Cámara en el mismo sentido, añadieron que, además, “el impugnante no ha cumplido con los recaudos para la interposición del remedio” previstos en la legislación.

La medida se tomó en el marco de la causa en la que el Juzgado Federal 1 de San Isidro investiga la supuesta adopción ilegal de los hijos de la empresaria, y donde su defensa había pedido el sobreseimiento “por inexistencia de delito”, que la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín negó. Los letrados de la dueña del Grupo Clarín argumentaron que la mujer debe ser sobreseída porque los cotejos entre el ADN de sus hijos y las muestras conservadas en el Banco Nacional de Datos Genéticos de familiares de niños apropiados no tuvieron resultados positivos.

Sin embargo, los jueces sostuvieron que la causa no tiene sentencia firme y que “la defensa no ha logrado demostrar los yerros que invalidarían el rechazo del sobreseimiento que propicia”.

Este expediente, que produjo entre otros efectos la destitución del juez federal Roberto Marquevich, tuvo sucesivas resoluciones y apelaciones. Herrera de Noble pidió en mayo de 1976 la adopción de una niña que dijo haber encontrado 11 días antes en una caja de cartón dejada en la puerta de su casa. Y dos meses después solicitó la adopción de un varón que una persona que dijo ser madre soltera habría dejado en un juzgado federal.
Fuente:Pagina12
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