27 de septiembre de 2014

HOOFT: INVESTIGAN SU ROL DURANTE LA "NOCHE DE LAS CORBATAS".

26-9-2014
Jueces
Investigan su rol durante la "la Noche de las Corbatas"
Hooft: la grabación clandestina es ilícita y no existió conspiración

El magistrado provincial y su hijo habían denunciado una conversación con el fiscal Kishimoto. El juez federal Luciano Bianchi desestimó la grabación "clandestina" que los Hooft habían aportado como prueba al denunciar supuesta corrupción. Además, dijo que se afectó el derecho a la intimidad del fiscal.
Por: Pablo Waisberg
El juez federal Luciano Bianchi desestimó la denuncia por corrupción realizada por el juez provincial Pedro Hooft y su hijo, el abogado Federico Hooft, y declaró “ilícita” la grabación “clandestina” aportada como prueba. Se trata de una presentación en la causa que investiga el rol del juez Hooft durante la “Noche de las corbatas”, el megaoperativo represivo que incluyó el secuestro y la desaparición de un grupo de abogados marplatenses en 1977.

La denuncia por supuesta “corrupción” estaba basada en la grabación de una conversación entre el abogado Federico Hooft -hijo y uno de los defensores del juez acusado, y funcionario del Juzgado Federal 1- con el fiscal Kishimoto. Allí se lo escucha a Kishimoto decir que la causa era “un gran verso”. Poco después, el fiscal relató, en una entrevista en Página 12, que respondió eso para sacarse de encima al abogado y dijo que Hooft hijo le soltó una amenaza en ese encuentro sorpresivo: “No sé qué vamos a hacer con vos... no sé si no te vamos a llevar puesto”.

En la resolución firmada ayer, a la que tuvo acceso Infojus Noticias, el juez Bianchi resolvió “declarar ilícita la prueba obtenida y aportada por la parte querellante y denunciante en autos, constituida por la grabación y posteriores transcripciones de la conversación mantenida por Pedro Federico Guilllermo Hooft y por el entonces fiscal federal subrogante de esta ciudad Claudio Kishimoto y de todos los datos que surgen de ello”.

La grabación presentada por la familia Hooft como prueba de un supuestos “graves hechos de corrupción” en el ámbito de la Justicia Federal de Mar del Plata, que se habrían cometido en el marco de la causa penal por delitos de lesa humanidad donde está acusado el juez Hooft, fue realizada en marzo del año pasado. Y el 15 de abril de 2013 –siete años después de iniciada la demanda por delitos de lesa humanidad- Hooft denunció la supuesta conspiración en su contra.

Sin embargo, en ese entramado denunciado no figuraban los jueces que habían investigado la causa antes de 2013. Todos ellos –como detalló el juez Bianchi- “llevaron adelante actos procesales” más allá de que luego se apartaron. Entre ellos estaban, por ejemplo, el juez Alejandro Castellanos, que encabeza el Juzgado Federal 1 de Mar del Plata donde trabaja Hooft hijo.

Una semana con malas noticias
Además, el juez Bianchi decidió no aceptar como querellante a Federico Hooft porque –más allá del curso de la causa- él no puede ser considerado como “particularmente ofendido”. Y señaló también que “no está imputado” en la causa penal  donde se investiga el rol de su padre.

La resolución de ayer se suma a la otra definición en contrario que recibió la defensa de Hooft por parte de la Sala II de la Cámara Federal de Casación, que el miércoles volvió a rechazar el pedido de recusación contra el juez federal Martin Bava. Se trata del magistrado que investiga el rol del juez Hooft durante la “Noche de las corbatas”, cuando asesinaron –entre otros- al abogado laboralista Norberto Centeno y a su colega Jorge Candeloro.

“Más allá de los fundamentos utilizados por la Cámara al momento de rechazar el planteo originario, impugnante no ha acompañado elemento alguno que evidencie que el magistrado recusado haya anticipado juicio respecto a la responsabilidad de Pedro C. F Hooft por los hechos investigados en esta causa”, señaló la Sala II de la Cámara Federal de Casación.

Por qué la grabación no es prueba lícita
Para determina la “ilegalidad” de la prueba, el juez Bianchi evaluó que se trató de una “grabación clandestina de la conversación por él (el abogado Federico Hooft) provocada en las inmediaciones al ingreso de la vivienda de quien por entonces ejercía funciones como fiscal federal subrogante en esta jurisdicción –Dr. Claudio Kishimoto-, como así también sobre la características que presenta la prueba de tal modo obtenida”.

“Los dichos de Claudio Kishimoto en la conversación generada de modo sorpresivo por Pedro Federico Hooft por sí solas no tienen la entidad suficiente para probar los hechos hipotizados como delitos denunciados en autos hayan ocurrido”, afirmó el juez Bianchi en la resolución de 56 páginas.

Además, explicó que “las consideraciones personales y privadas que un fiscal pudiera hacer sobre el trámite de una investigación impulsada por el Ministerio Público Fiscal nunca podrán ser tenidas como ciertas y evidenciar la existencia de una investigación sobre hechos totalmente apartados de la realidad si es que esas circunstancias no se desprenden justamente del expediente penal al que se hace referencia”.

“Concretamente para tildar a tal investigación de que, por ejemplo, consiste en ‘un gran verso’ entendiendo que la palabra ‘verso’ referiría a un ‘engaño o mentira’ debería al menos surgir de ese sumario prueba o consideraciones mentirosas, esto es, prueba falsa. Y esto último, no ocurre conforme la lectura y análisis del expediente”, agregó el juez Bianchi. También señaló que la grabación fue registrada, además, en un contexto de abordaje “sorpresivo” al fiscal Kishimoto por el hijo de Hooft, a quien conoce porque es funcionario de la Justicia Federal de Mar del Plata.

El derecho a la intimidad
“Kishimoto y sus familiares, en el expediente que tuve a la vista, señalaron que Hooft no dejaba que hable, le preguntaba constantemente, generándose así claro está un momento de sensaciones en los que no resulta libre y voluntario todo lo que pueda manifestarse”, expresó Bianchi y sostuvo que “la maniobra encarada por Hooft ha afectado sin duda alguna la intimidad y privacidad” de Kishimoto.

Subrayó también que esa forma de abordaje subrepticio “significó llevarlo a la autoincriminación sobre supuestos comportamientos propios y ajenos que los pretensos querellantes señalan como constitutivos de delito. Pues, Kishimoto habló bajo esas circunstancias con Hooft y sólo por haber sido increpado, pero siempre bajo un supuesto momento de privacidad”. Esas condiciones no cumplen los “requisitos de validez” de una confesión: que sea voluntaria y que se realice ante un juez o fiscal.

“Por todo lo hasta aquí expuesto, entiendo que el acto por el cual Pedro Federico Guillermo Hooft obtuvo frases y palabras proferidas a él por el entonces Fiscal Federal Subrogante Claudio Kishimoto ha afectado el derecho a la intimidad y privacidad de éste, y que se buscó de tal modo su autoincriminación, por lo que en consecuencia considero ilícita la prueba entonces obtenida”, afirmó Bianchi.
Fuente:Infojus






Se lo investiga por su actuación en detenciones ilegales durante la dictadura
Causa Hooft: la grabación aportada por el juez es ilícita

26.09.2014


Luciano Bianchi, interinamente a cargo del juzgado Federal de Primera Instancia, consideró que el audio que dio origen a la denuncia presentada por el magistrado y su hijo por “conspiración” afecta el “derecho a la intimidad” del fiscal Claudio Kishimoto. En base a esto, desestimó la presentación, tal como lo habían solicitado los representantes del MPF que intervienen en la causa.

En una resolución fechada ayer, el magistrado Luciano Bianchi consideró ilícita la grabación aportada por el juez Pedro Hooft y su hijo, el abogado Federico Hooft, y desestimó la denuncia realizada por ambos por una supuesta “conspiración”. En su dictamen, los fiscales intervinientes habían solicitado la desestimación, con el argumento de que Hooft “ejerció efectivamente su derecho de defensa”.

Cabe resaltar que Bianchi es secretario de Derechos Humanos ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata y participa en el expediente por una resolución del Consejo de la Magistratura. Allí, se lo designó como subrogante en la causa debido a que todos los jueces federales de primera instancia se excusaron de intervenir.

Según habían denunciado Hooft y su hijo, existía en su contra una “connivencia pergeñada” por funcionarios del MPF, por el juez Federal Martín Bava, por la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación y por organizaciones sociales. Esto se habría dado en el marco del expediente donde se investiga su actuación en detenciones ilegales de víctimas de la dictadura cívico-militar.

Como prueba de la supuesta conspiración habían aportado una grabación “clandestina” realizada en las inmediaciones de la casa de quién era por entonces fiscal Federal Claudio Kishimoto. Allí, el representante del Ministerio Público era increpado por Federico Hooft por la forma en que era llevado el expediente en donde se investigaba a su padre.

Bianchi excluyó el audio porque consideró que las frases dichas por el fiscal afectan “el derecho a la intimidad y privacidad de éste”. Sostuvo que la conversación fue generada de modo “sorpresivo” y no tienen entidad suficiente para probar los delitos formulados en la denuncia. Además, consideró que “las consideraciones personales privadas que un fiscal pudiera hacer sobre el trámite de una investigación” nunca podrán ser tenidas como ciertas.

El análisis de la validez de la grabación
Bianchi consideró en su fallo varias aristas para decretar que la grabación era ilícita.  “¿Qué diferencia cabe entre la circunstancia en que un juez se sirva de prueba ilícita obtenida por un funcionario o por un órgano estatal a que lo haga sobre un elemento también ilícito pero obtenido por un particular? No hay ninguna diferencia, esto es inconcebible”, reflexionó.

También, explicó que el encuentro “sorpresivo” (solo para Kishimoto) en las inmediaciones de su casa, afectó la intimidad y privacidad del funcionario, haciendo hincapié en la “impronta publicista” que se le dio al audio. Para Bianchi, Hooft hijo buscó que su interlocutor se autoincriminara: “El modo en que se desarrolló el acto fue susceptible de haber generado la expresión de palabras y pensamientos que bajo circunstancias de total libertad y voluntad nunca las hubiera referido”.

Concluyó, entonces, que en una causa no se pueden utilizar métodos de prueba que hayan sido obtenidos en afectación a los derechos y principios constitucionales y excluyó la grabación de la investigación.

Sobre la denuncia de conspiración en sí, Bianchi manifestó que no surgen “de las circunstancias denunciadas relato alguno que pudiera encuadrar los tipos penales señalados”. Indicó que tampoco se señalan los jueces que habrían actuado delictivamente. “Resulta contradictorio pensar en la existencia del avance de una causa maliciosamente formada y por otro lado sostener que existe retardo de justicia”, cerró Bianchi.
Fuente:Fiscales.gob.ar

No hay comentarios: