FUGA DE DIVISAS (última
parte)
La historia se repite
Por Eduardo Di Cola*
Lo sucedido con
el HSBC brinda al Congreso una posibilidad de avanzar con una investigación a
fondo.
Desentrañar el comportamiento de los bancos
implica determinar los mecanismos que se utilizan para la fuga de las divisas. Si
bien el giro de fondos al exterior en determinadas condiciones es legal, deja
de serlo cuando los fondos son ilegales, como por ejemplo cuando provienen de la evasión fiscal o de otros ilícitos.
Lo es en todo tiempo, antes y ahora, hay bancos que entre sus principales
actividades está la de buscar deliberadamente nuevos clientes ofreciéndoles el
servicio de “puente” para la salida de divisas.
En el año 2001, el de la crisis, los bancos Citi, HSBC y Río fueron los más
utilizados por las empresas, en tanto el Galicia fue preferido por las personas
físicas.
Si bien la salida de divisas tuvo una amplia y diversificada cantidad de
destinos, las plazas de los Estados Unidos y el Uruguay explican la mayor
parte. En el caso del Uruguay, la relevancia es baja en lo atinente a empresas
pero muy significativa en el caso de las personas físicas.
El total de operaciones indica que el 50,5% se
dirigió a EE.UU., mientras que el 21,9% tuvo como destino geográfico el
Uruguay. Sin embargo, los montos
transferidos evidencian un peso aún mayor por parte de EE.UU., el cual
concentra casi el 77% del total. El monto promedio en cada operación de
transferencia al exterior realizada por persona física ascendió a unos 100.000
dólares en el caso de EEUU y cerca de 80.000 dólares en el caso de Uruguay. Una
peculiaridad es que ninguno de estos dos destinos posee el mayor monto
promedio, el cual correspondió a Suiza con alrededor de U$S 150.000.
El mecanismo fue descripto muy
simplemente por el Juez Mariano Bergés en la causa N° 9437/2002 caratulada “Frattini,
Carlos Pedro -s/ defraudación” . Sustancialmente se trata de lo siguiente: “un
particular o empresa manifiesta a un banco su voluntad de depositar fondos en
el exterior o el mismo banco sugiere a su cliente el beneficio de sacar los
fondos.
Para hacerlo la misma entidad financiera abre una cuenta en el exterior
o la hace abrir por una oficina externa que realiza esa tarea en directa
conexión con la mencionada institución financiera y transfiere los fondos por
sí, en algunos casos, o a través de una casa de cambios, en otros”. Cuando los
presidentes de algunos de los más importantes bancos argentinos fueron preguntados
en el juzgado de Bergés sobre estos procedimientos, algunos de ellos
mencionaron que se limitaban a “recomendar” clientes a entidades relacionadas
en el exterior. Debe observarse que de acuerdo a la legislación nacional los
bancos locales no pueden abrir cuentas en el exterior desde nuestro país. A su vez el banco que otorga el préstamo con
garantía de depósitos del solicitante en el exterior estaba obligado a informar
al BCRA cuando los fondos depositados en el exterior son sospechosos. Indudablemente
que no hubo información significativa por parte de las entidades financieras. En
una clara actitud de ocultamiento determinamos que las omisiones de los bancos
en la información dada al Banco Central llegaron al extremo de no declarar entidades
controladas en paraísos fiscales. Ni siquiera cumplían con los regímenes
informativos con fines estadísticos. Así nos encontramos que las transferencias
efectuadas al exterior no tuvieran un motivo declarado o lo hicieron en forma
ambigua en más del 76% de los casos. Así fue como “otros movimientos de
capitales”, “otros giros al exterior”, “movimientos de capitales varios” y
similares eran los conceptos con que definían el campo, llegando al extremo que en una inusual muestra
de solidaridad el promedio de giro al exterior por el concepto “ayuda familiar”
fue de U$S 28.000.
Está claro que la actitud de los distintos
actores no fue inocua. Que con la complicidad de las instituciones bancarias se
transfirieron fondos cuanto menos provenientes de la evasión fiscal. El país
terminó inmerso en una de las peores crisis de su historia, con un crecimiento
exponencial de la deuda externa y la pérdida de reservas del BCRA de 19.000
millones de dólares solo en el 2001.
El informe final fue enviado a fines de
octubre del 2003 a la AFIP, a la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos
Tributario y Contrabando (UFITCO) y a la Procuración General de la Nación donde
formaron el expte. interno nro. 5424/03 remitiéndolo al Fiscal General
ante la Cámara Nacional de Apelaciones y
lo Criminal y Correccional Federal.
La historia se repite insistentemente. Queda
en manos de los representantes del pueblo profundizar la investigación y
ponerlos en manos de la justicia para la determinación de los delitos
cometidos.
*Ex Diputado Nacional
Presidente Comisión Especial
investigadora de la Fuga de Divisas año
2002
Cámara de Diputados de la Nación
No hay comentarios:
Publicar un comentario