27.03.2015
El caso Silvia Suppo ayudó a tipificar el abuso sexual cometido por represores como delito de lesa humanidad
El caso Silvia Suppo ayudó a tipificar el abuso sexual cometido por represores como delito de lesa humanidad
Silvia Suppo fue asesinada el 29 de marzo de 2010, tras declarar en un juicio por delitos de lesa humanidad que incorporó entre las imputaciones los abusos sexuales cometidos por los represores en los centros clandestinos de detención, y en su caso esas vejaciones le provocaron un embarazo que finalmente terminó en aborto.
Corría marzo del `77 y Silvia tenía 17 años cuando fue secuestrada junto a su hermano, Rogelio, y un amigo, Jorge Destéfani, que luego sería su esposo.
Suppo permaneció en cautiverio en la Comisaría Cuarta de Santa Fe y en el centro clandestino de detención "La Casita", donde fue violada en diversas ocasiones y quedó embarazada.
Luego se le practicaría un aborto, a cargo de la entonces carcelera policial María Eva Aebi.
Silvia Suppo identificó a Mario Facino como jefe de la comisaría donde estuvo secuestrada, y a Juan Perizotti como "cabecilla" de la Guardia de Infantería Reforzada.
A raíz de estas identificaciones y del detallado testimonio de violaciones y torturas, el Tribunal Oral Federal de Santa Fe condenó a 23 años de prisión a Héctor Colombini y Eduardo Ramos, jefe de la Dirección de Drogas Peligrosas y policía respectivamente.
Asimismo, dispuso 22 años para Perizotti, 21 al ex juez federal Víctor Brusa, 20 a Mario Fascino, ex jefe del Comando Radioeléctrico de Santa fe y de la comisaría cuarta; y 19 años a la carcelera María Eva Aebi.
En abril de 2010, por primera vez en el país, el Tribunal Federal de Santa Fe, que condenó a 11 años de prisión a Horacio Américo Barcos, un agente civil de Inteligencia de esa provincia, y emitió el primer fallo que estableció la violación como delito de lesa humanidad y tan imprescriptible como la tortura.
"Los abusos sexuales y la violación sufrida por la víctima durante su cautiverio (...) constituyen una forma más de tormento y por ende corresponde encuadrar tales hechos en dicha figura penal, constitutiva de crímenes contra la humanidad", sentenció el Tribunal.
Este fallo fue seguido por otro similar en Mar del Plata, donde la Justicia condenó a prisión perpetua al ex subjefe de la Base Aérea local, Gregorio Rafael Molina, por homicidio agravado, violaciones reiteradas agravadas, privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados.
A estos se agregaron testimonios en Rosario, en las audiencias de la causa Díaz Bessone, en el Tribunal Federal Oral 2 de Rosario, donde dos testigos y víctimas, Stella Hernández y Elida Deheza, lo contaron en nombre propio.
Sin embargo, otro de los testigos en esta causa en Rosario, Daniel Gollán, refirió que había sido empalado, mientras los torturadores hacían alusiones a su sexualidad, de manera que no sólo las mujeres fueron víctimas de este delito específico.
Luego, también en 2010, dos represores fueron detenidos en un juicio por delitos de lesa humanidad que se realizó en Mendoza por violaciones a las prisioneras.
En enero de 2011, en Tucumán, el juez federal Daniel Bejas equiparó los ataques sexuales contra las detenidas-desaparecidas con los crímenes de lesa humanidad y ordenó por primera vez el procesamiento de represores acusados de violar a detenidas.
"Se repartían las mujeres como un botín", fue la frase de dicha por Hugo Andina Lizárraga, un veterano dirigente del peronismo combativo de Tucumán, quien fue, en 1975, uno de los primeros prisioneros de la Escuelita de Famaillá, el campo de concentración emblemático del Operativo Independencia.
En junio de 2011, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) pidió, en su alegato en el juicio por violaciones a los derechos humanos cometidos en la ex ESMA, que se inicie una investigación autónoma por los delitos de violencia de género cometidos en ese centro clandestino de detención.
Ya en 2007, el fiscal federal Federico Delgado solicitó al juez Daniel Rafecas que investigue a los represores Julio Simón, Samuel Miara y Juan Carlos Falcón, por abusos sexuales.
Esta fue la primera vez desde la revisión penal del terrorismo de Estado, que se pidió que los abusos sexuales y violaciones que sufrieron algunas personas secuestradas sean investigados por la Justicia Federal.
En la actualidad, en los juicios por delitos de lesa humanidad que se desarrollan en el país, las fiscalías y querellas piden a los Tribunales, que en las imputaciones se incluya los abusos sexuales ya que están tipificados como delitos de lesa humanidad y fue una práctica corriente en los centros clandestinos de detención no solo contra mujeres
Suppo permaneció en cautiverio en la Comisaría Cuarta de Santa Fe y en el centro clandestino de detención "La Casita", donde fue violada en diversas ocasiones y quedó embarazada.
Luego se le practicaría un aborto, a cargo de la entonces carcelera policial María Eva Aebi.
Silvia Suppo identificó a Mario Facino como jefe de la comisaría donde estuvo secuestrada, y a Juan Perizotti como "cabecilla" de la Guardia de Infantería Reforzada.
A raíz de estas identificaciones y del detallado testimonio de violaciones y torturas, el Tribunal Oral Federal de Santa Fe condenó a 23 años de prisión a Héctor Colombini y Eduardo Ramos, jefe de la Dirección de Drogas Peligrosas y policía respectivamente.
Asimismo, dispuso 22 años para Perizotti, 21 al ex juez federal Víctor Brusa, 20 a Mario Fascino, ex jefe del Comando Radioeléctrico de Santa fe y de la comisaría cuarta; y 19 años a la carcelera María Eva Aebi.
En abril de 2010, por primera vez en el país, el Tribunal Federal de Santa Fe, que condenó a 11 años de prisión a Horacio Américo Barcos, un agente civil de Inteligencia de esa provincia, y emitió el primer fallo que estableció la violación como delito de lesa humanidad y tan imprescriptible como la tortura.
"Los abusos sexuales y la violación sufrida por la víctima durante su cautiverio (...) constituyen una forma más de tormento y por ende corresponde encuadrar tales hechos en dicha figura penal, constitutiva de crímenes contra la humanidad", sentenció el Tribunal.
Este fallo fue seguido por otro similar en Mar del Plata, donde la Justicia condenó a prisión perpetua al ex subjefe de la Base Aérea local, Gregorio Rafael Molina, por homicidio agravado, violaciones reiteradas agravadas, privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados.
A estos se agregaron testimonios en Rosario, en las audiencias de la causa Díaz Bessone, en el Tribunal Federal Oral 2 de Rosario, donde dos testigos y víctimas, Stella Hernández y Elida Deheza, lo contaron en nombre propio.
Sin embargo, otro de los testigos en esta causa en Rosario, Daniel Gollán, refirió que había sido empalado, mientras los torturadores hacían alusiones a su sexualidad, de manera que no sólo las mujeres fueron víctimas de este delito específico.
Luego, también en 2010, dos represores fueron detenidos en un juicio por delitos de lesa humanidad que se realizó en Mendoza por violaciones a las prisioneras.
En enero de 2011, en Tucumán, el juez federal Daniel Bejas equiparó los ataques sexuales contra las detenidas-desaparecidas con los crímenes de lesa humanidad y ordenó por primera vez el procesamiento de represores acusados de violar a detenidas.
"Se repartían las mujeres como un botín", fue la frase de dicha por Hugo Andina Lizárraga, un veterano dirigente del peronismo combativo de Tucumán, quien fue, en 1975, uno de los primeros prisioneros de la Escuelita de Famaillá, el campo de concentración emblemático del Operativo Independencia.
En junio de 2011, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) pidió, en su alegato en el juicio por violaciones a los derechos humanos cometidos en la ex ESMA, que se inicie una investigación autónoma por los delitos de violencia de género cometidos en ese centro clandestino de detención.
Ya en 2007, el fiscal federal Federico Delgado solicitó al juez Daniel Rafecas que investigue a los represores Julio Simón, Samuel Miara y Juan Carlos Falcón, por abusos sexuales.
Esta fue la primera vez desde la revisión penal del terrorismo de Estado, que se pidió que los abusos sexuales y violaciones que sufrieron algunas personas secuestradas sean investigados por la Justicia Federal.
En la actualidad, en los juicios por delitos de lesa humanidad que se desarrollan en el país, las fiscalías y querellas piden a los Tribunales, que en las imputaciones se incluya los abusos sexuales ya que están tipificados como delitos de lesa humanidad y fue una práctica corriente en los centros clandestinos de detención no solo contra mujeres
Fuente:Telam
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