29/05/2015
"Impunidad Gerontológica": Advierten sobre las nuevas estrategias de las defensas
Ramón Genaro Díaz Bessone: Se lo apartó de juicios importantes por "motivos de salud"
El incremento de las peticiones de las defensas para permitir el apartamiento de los acusados de crímenes de lesa humanidad del proceso judicial, con el argumento de un cuadro vinculado a su salud psíco-física debido a su edad avanzada, es uno de los mayores obstáculos detectados en el proceso de juzgamiento en los últimos años. Así lo advierte un cuadernillo que el Ministerio de Justicia de la Nación, a través del Programa Verdad y Justicia, imprimió con aportes para los abogados querellantes en causas de crímenes contra la humanidad, elaborado por Adriana Taboada, del equipo de la querella del abogado Pablo Llonto, y que lleva por título "Impunidad Gerontológica".
Allí se plantea como eje principal la necesidad de definir al envejecimiento como "un proceso universal y natural inherente a todo ser vivo que es irreversible y que culmina con la muerte, no necesariamente con una enfermedad incapacitante", en base a los cambios que la Organización Panamericana de la Salud sugiere para la definición de la salud.
Taboada explicó que ese argumento es utilizado por las defensas de los imputados para no continuar con el proceso judicial porque presentan un "deterioro cognitivo", que asimilan a la existencia de patologías crónicas como hipertensión o diabetes y que "pueden ser resueltas con tratamientos que permiten mejorar la calidad de vida".
"El deterioro cognitivo tampoco es determinante como justificativo para apartar a un imputado de un proceso penal. Si bien en muchos casos, efectivamente, no existe deterioro alguno y se trata de simulaciones, en otros, se registra un deterioro en niveles que no impide a la persona la comprensión del proceso en el que se encuentra imputado", indicó.
Y agregó que "puede evolucionar hasta convertirse en una demencia, patología más alegada por los imputados", aclarando que "no es igual a demencia per se. Para eso, debe alcanzar el rango de 'moderado' y por ello es relevante que en los informes periciales se mensure el déficit que presenta el imputado porque aunque no tiene cura, su evolución es lenta".
Otra patología habitual, señala el cuadernillo, es presentar al imputado con un cuadro de ACV "cuando el hecho de haberlo sufrido no define de por sí que padezca discapacidad", y en ese caso sugieren "su evaluación dado que en algunos casos deja secuelas nulas o mínimas que no afectan las funciones cerebrales superiores".
También alerta sobre los informes periciales elaborados por el Cuerpo Médico Forense en base a los pedidos por incapacidad de las defensas por considerarlos "incompletos" y "basados en estudios inexistentes" porque "omite referir si el peritado puede o no estar presente en el juicio, si puede comprender y comunicarse, y no menciona resultados de los test que se realizan, o no especifican el grado de deterioro cognitivo que presentan".
De esta manera, concluyen, "el juez o el tribunal no cuenta con la información necesaria y fidedigna al momento de resolver la situación del imputado".
Debido a los casos de simulación observados, el estudio también recomienda a las querellas y fiscalías que "exijan la realización de una evaluación con técnicas y pruebas tendientes a confirmar o descartar la existencia de un deterioro cognoscitivo".
Fuente:Telam

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