27 de mayo de 2015

FORMOSA: PIDEN QUE SE IMPULSES CAUSAS CONTRA REPRESORES.

Lesa humanidad: Piden que se impulsen causas contra represores
25/05
Abogados querellantes presentaron un amparo ante la jueza Federal subrogante, Claudia Fernández. El planteo pone el foco en la falta de interés de los fiscales por impulsar juicios en marcha e investigaciones pendientes




En una presentación dirigida a la jueza Federal subrogante Claudia Fernández, los abogados Pedro A. Velázquez Ibarra, Dardo Williams Caraballo y Juan Eduardo Davis plantearon una acción de amparo contra la doctora Alejandra Gils Carbo, procuradora General de la Nación, solicitando a la funcionaria nacional que adopte con urgencia las medidas necesarias para impulsar adecuadamente las causas por delitos de lesa humanidad que están trámite en Formosa, de manera especial las que están pendientes de investigaciones por inacción de los fiscales Jorge Auat, Luis Roberto Benítez, Francisco Horacio Rodríguez y Eladio Mauricio Romero, representantes del Ministerio Público Fiscal.
Lo hicieron en calidad de parte querellante acreditada en todos los juicios por delitos de lesa humanidad tramitados en Formosa ante la Justicia Federal, y puntualizan que los nombrados representantes del Ministerio Público han creado –por acción u omisión- “un verdadero santuario de impunidad favoreciendo a conspicuos represores y cómplices civiles, ejerciendo sus funciones con arbitrariedad manifiesta, al margen de la ley y de la integridad moral que exige la búsqueda de la verdad y la justicia”.
Según explicaron los abogados, esta sería la primera vez en la historia judicial argentina que se cuestiona a través de esta vía el accionar de representantes del Ministerio Público, usando el recurso de amparo como herramienta del derecho para terminar con una serie de delitos que se vienen cometiendo desde el propio Estado: abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público, prevaricato, denegación y retardo de justicia y encubrimiento agravado; acciones antijurídicas en las que según los querellantes están incursos los fiscales mencionados.
En tal sentido, recordaron que en reiteradas oportunidades cuestionaron sus actuaciones en las causas, incluyéndose numerosas denuncias penales que “ni siquiera son tramitadas porque inexorablemente caen en manos de los mismos fiscales y/o de sus acólitos, causándose daños irreparables a la reconstrucción histórica de la tragedia provocada a los formoseños por el terrorismo de Estado”.

Tiempos biológicos
Según explicaron, la premura del pedido se basa en que la situación se agrava por los tiempos biológicos que afectan tanto a víctimas como a victimarios, permitiendo que estos últimos mueran en estado de inocencia “en violación de la Constitución Nacional y de los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos incorporados a la misma”, y que las víctimas mueran “clamando Verdad y Justicia”. También se aclara que el objetivo principal de lo solicitado es lograr que la Procuración General de la Nación (a cargo de la doctora Gils Carbo) se ocupe con urgencia de que los Fiscales que actúan en Formosa “cumplan con la irrenunciable obligación del Estado argentino de investigar la comisión de delitos de lesa humanidad según lo ordena la Constitución Nacional, los tratados internacionales incorporados a ella por la Reforma de 1994 y los suscriptos con la aprobación del Congreso”.
En una extensa presentación, los abogados querellantes mencionan numerosos ejemplos concretos y contundentes de los actos y omisiones que los presentantes consideran cometidos por los fiscales denunciados, y que son tipificados por ellos como “lesiones, restricciones, alteraciones, arbitrariedades o ilegalidades manifiestas, de derechos y garantías reconocidas por la Constitución”. Y en cuanto al reclamo planteado consideran que el amparo es admisible, toda vez que –según se ha dicho- “el amparo presupone el desamparo”, “lo que precisamente ocurre por acción u omisión de los representantes del Ministerio Público Fiscal en las actuaciones por delitos de lesa humanidad perpetrados en Formosa durante la época del Estado terrorista…” y se hace expresa reserva del caso Federal y a la interposición del Amparo Internacional “previsto en el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humano”.
Fuente:DiarioLaMañana

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