3 de marzo de 2016

RECHAZAN RECURSOS CONTRA PERPETUA y REVOCAN ABSOLUCIÓN POR MASACRE DE MARGARITA BELÉN.

Rechazan recursos contra perpetua y revocan absolución en causa por Masacre de Margarita Belén 
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos presentados contra las condenas a prisión perpetua a represores por su participación en la Masacre de Margarita Belén de diciembre de 1976, donde fueron torturados y ejecutados 11 presos políticos, en un falso "traslado".
2 de Marzo, 2016 
La Sala II de la Cámara confirmó también la calificación de esos hechos como delitos de "lesa humanidad" y, a pedido del fiscal Raúl Plee, revocó la absolución con la que el Tribunal Oral Federal de Resistencia había beneficiado al policía Alfredo Luis Chas. Las defensas de los acusados habían apelado las condenas tras intentar una descalificación del juicio y negar que se tratara de delitos de "lesa humanidad" porque, según argumentaron, no fueron cometidos contra civiles sino contra "subversivos montoneros".

Los hechos investigados en la causa se registraron desde la madrugada del 13 de diciembre de 1976, cuando integrantes del Ejército y de la Policía del Chaco llevaron a cabo un "falso traslado" de detenidos políticos desde una unidad penitenciaria de esa provincia hacia Formosa.

Los represores disfrazaron el fusilamiento de los prisioneros como un "tiroteo" derivado de un supuesto intento de huida de los detenidos. Estos hechos formaron parte de las imputaciones que se dieron por probadas en el denominado Juicio a las Juntas realizado en 1985 y en la llamada Causa 13, que condenó a los principales jefes de la dictadura.

Según concluyó el tribunal oral de Resistencia, después de ser retirados de sus celdas de la Unidad Penitencia 7 de Resistencia, con el pretexto de trasladarlos a una cárcel en Formosa, los 11 presos políticos fueron torturados y luego fusilados en inmediaciones de la localidad de Margarita Belén.

Por esos crímenes de lesa humanidad fueron condenados a perpetua Athos Renés, Horacio Losito, Germán Emilio Riquelme, Jorge Carnero Sabol, Aldo Martínez Segón, Luis Alberto Patetta, Ricardo Guillermo Reyes y Ernesto Jorge Simoni, por homicidio agravado por alevosía en perjuicio de 11 víctimas y cuatro privaciones ilegítimas de la libertad.

El tribunal también condenó a Norberto Raúl Trozzo por cuatro privaciones ilegítimas de la libertad, agravadas por el tiempo y por haber sido cometidas por un funcionario público

El rechazo de las apelaciones de la defensa fue firmado por los camaristas de casación Pedro David, Alejandro Slokar y Angela Ledesma, aunque ésta último votó en disidencia con respecto a la revocatoria de la absolución de Chas, el agente de policía que, con su patrullero, escoltó el falso "traslado" de los detenidos.

"Contrariamente a cuanto sostuvieron los imputados y las defensas, los sentenciantes del tribunal oral concluyeron que no fue un enfrentamiento sino un fusilamiento de presos políticos", recordó el fallo de la Sala II de la Cámara de Casación.

Los camaristas señalaron que las víctimas eran "detenidos políticos", que el fusilamiento "se llevó a cabo en el marco de este plan de represión generalizada y sistemática, y los encausados lo concretaron con conocimiento de que no actuaban aisladamente".
Fuente:Norte

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