9 de abril de 2016

ROSARIO: REPRESOR PIDE IR A CASA.

Represor pide ir a casa 
Médico a domicilio para uno de los peores torturadores
09/04/2016
Por Luciano Couso
Lo Fiego. Foto: Andrés Macera.
Lo Fiego. Foto: Andrés Macera.
El Tribunal Oral Federal en lo Criminal 2 de Rosario ordenó esta semana el arresto domiciliario de José Rubén Lo Fiego (66), ex oficial de policía que cumple dos condenas por delitos contra la humanidad en el penal federal de Marcos Paz, con el argumento de evitar que el deterioro de su salud convierta el encierro en “tratos crueles y denigrantes”, los “mismos” que él aplicó a sus víctimas indefensas en el Servicios de Informaciones (SI) de la Policía de Rosario durante la última dictadura, entonces sin mediación judicial. A pesar del rechazo al planteo del defensor oficial de Lo Fiego por parte del fiscal Gonzalo Stara y de las abogadas querellantes, Gabriela Durruty y Jésica Pellegrini, los jueces resolvieron que “Menguele” o “El Ciego” –como lo conocieron las víctimas del Terrorismo de Estado en el SI– lleve adelante en su domicilio los tratamientos médicos que requiere, bajo la prestación del Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (Iapos). La medida aún no fue efectivizada, puesto que el organismo estatal debe confirmar que pueda realizar la prestación indicada. Mientras tanto, la querella de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) interpuso este viernes 8 de abril un recurso ante la Cámara de Casación Penal para que revoque la determinación del TOF2, al considerar que “no está probado” en el expediente que el condenado requiera atención domiciliaria.

“Lo Fiego no necesita alta complejidad, necesita cuidados de enfermería. Y como reconoce el mismo Tribunal en la resolución, está clínicamente estabilizado”, dijo Durruty a el eslabón, y rechazó que el reo padezca “tratos inhumanos” en su lugar de detención.

“El Ciego” Lo Fiego, señalado como el principal torturador del SI, fue condenado en 2012 a prisión perpetua por homicidio, privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos en el juicio oral por la causa Díaz Bessone, conocida como Feced I.
Dos años después, el “Doctor Mortensen” fue adjudicatario de una nueva sentencia condenatoria, esta vez por 12 años de reclusión en cárcel común, en el juicio denominado Feced II.

Asistencia de terceros
El defensor oficial de Lo Fiego, Enrique Comellas, pidió el año pasado su arresto domiciliario “para evitar justamente que la detención en una institución se torne degradante para la persona”. Según el expediente, fundó su pedido en que “presenta afecciones de salud que no pueden recibir adecuado tratamiento en el ámbito carcelario”, y citó normas del derecho internacional de los derechos humanos –que poseen jerarquía constitucional en Argentina– destinadas a proteger a los detenidos de padecimientos “crueles e inhumanos”.

El defensor presentó dos informes elaborados por médicos del Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos de la Defensoría General de la Nación, que avalaban su requerimiento; mientras que el Tribunal solicitó otro al director del Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz.

“Los diversos informes médicos que obran en el incidente, efectuados por la Unidad Médico Asistencial del Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz, indicaron que Lo Fiego es portador de múltiples patologías crónicas y progresivas”, señalan los jueces del TOF2, para luego enumerar las dolencias que aquejan a “Mengele”.

Además, sigue, “los galenos señalaron que Lo Fiego necesita para su desplazamiento e higiene personal la asistencia de terceros en forma constante”, lo cual no sugiere un inconveniente que no pueda resolverse o que constituya un trato inhumano del condenado.

La doctora Vanina Maiques, una de las que lo examinó, sugirió “un establecimiento de tercer nivel de mayor complejidad para mejor atención de las patologías y seguimiento” del interno, puntualizan la resolución firmada por los jueces Beatriz Caballero de Barabani y Jorge Venegas Echagüe, ya que Otmar Paolucci no participó del acuerdo por estar de licencia.

Consultado el doctor Santiago Maffia Bizzozero, de la Dirección de Sanidad del Servicio Penitenciario, comunicó que no cuentan con un “establecimiento de tercer nivel” en Marcos Paz, y que el de mayor complejidad es el Hospital Central Penitenciario (HCP).

Derechos garantizados
El fiscal Stara rechazó el planteo del defensor y expresó que nada indica que el alojamiento del imputado en las dependencias donde actualmente se encuentra, restrinja derechos fundamentales no afectados por la pena o constituya un trato cruel o degradante o inhumano.

Las abogadas Durruty y Pellegrini adhirieron al rechazo y plantearon que “la sola posibilidad de presión de parte de aquellos imputados prófugos al día de la fecha en las causas en trámite, así como de los que obtengan beneficios como el solicitado, hacia quienes ya han declarado o están siendo citados, tiene que ser evitada”.
Entendieron que “no puede ignorarse que el terror vivido por las víctimas de Lo Fiego y todos los restantes que son citados a comparecer en los distintos procesos, se reaviva en la actualidad, potenciado por la desaparición del testigo Jorge Julio López durante el juicio en el que se condenó a Miguel Etchecolatz”.

En diálogo con el eslabón, Durruty agregó el caso de la santafesina Silvia Suppo, y rechazó que existan pruebas contundentes del sufrimiento de tratos inhumanos por parte de Lo Fiego en la prisión en la que cumple sus condenas.
“No hay nada que indique la necesidad de enviarlo a la comodidad de su domicilio”, añadió.

Más pericias
En julio del año pasado se solicitó una junta médica del Cuerpo Médico Forense de la Justicia nacional. El 5 de agosto el Tribunal recibió un informe definitivo en el que se verificó que Lo Fiego presenta patologías que “son de carácter crónico, evolutiva e irreversible, es decir de larga data y en el momento del examen médico y por los estudios realizados se encuentran compensadas no requiriendo su internación en dependencia hospitalaria”, aunque debía “cumplir estrictamente con los recaudos terapéuticos indicados”.

Durruty y Pellegrini acompañaron informes periciales en los que el doctor Marinsalta manifestó que Lo Fiego “recibe los cuidados necesarios en tiempo y forma” y agregó que “sería irresponsable indicar un tratamiento de alta complejidad para colocarle a alguien apósito urinario o suministrar alguna medicación, cuestiones que se encuentran ampliamente satisfechas en la actualidad”.

El médico Luis Ohman, por el Ministerio Público Fiscal, dijo que por la diversidad de patologías que aquejan a “El Ciego” era recomendable su traslado a Ezeiza, que cuenta con un HPC, mientras que el profesional aportado por la Defensoría General, Jorge Cliff, fue el primero que desaconsejó que Lo Fiego permanezca en una prisión al considerarlo inadecuado en relación a “los diagnósticos de las graves patologías crónicas que padece (…) y dadas las indicaciones y requerimientos de control terapéutico y seguimiento de las mismas”.

No obstante, el Tribunal pidió el 1º de septiembre al director del HPC que informe si podía alojar al represor condenado, que no es un octogenario senil sino un hombre de 66 años, que de haber vivido otra vida estaría gozando, recién, de su primer año de jubilación.
El director del establecimiento, Juan Callava, dijo que se trata de “un hospital de baja complejidad de segundo nivel” y que “carece de recursos suficientes para realizar prestaciones permanentes”.

El círculo terminó por cerrarlo el 22 de octubre de 2015 el doctor Enrique Banti, del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema nacional, quien concluyó: “De acuerdo a las patologías detalladas en nuestra peritación anterior, al informe médico efectuado por el Dr. Juan Callava del HPC de Ezeiza y a la información brindada por Iapos remitida a esta sede podemos informar que tanto el Hospital Penitenciario Central 1 de Ezeiza como el Hospital Eunerkian no se encuentran en condiciones de alojar al señor Lo Fiego”, y agregó: “Sí es posible brindarle las atenciones médicas y de rehabilitación necesarias por medio de Iapos desde su domicilio”.

Es decir que, si bien al momento de ser revisado Lo Fiego se encontraba estabilizado clínicamente, pero sufre múltiples patologías que requieren atención de alta complejidad –que los centros de salud penitenciario no pueden cubrir-, lo mandan a la casa para que lo atienda un médico del Iapos.

La Fiscalía planteó que “no está probado que Lo Fiego no pueda ser atendido en alguno de los penales del SPF, ni está probado que Iapos le prestaría servicios mejores –ni siquiera iguales- a aquéllos con los que hoy cuenta”.

Durruty y Pellegrini expresaron que “el estado general de salud de Lo Fiego no le impide permanecer en un establecimiento penitenciario cumpliendo su condena acorde a derecho”, y recordaron que el Iapos puede atenderlo, en todo caso, en el penal santafesino de Las Flores, previsto para alojar a convictos de lesa humanidad.

Sin embargo, el TOF2 entendió que “no pueden considerarse las numerosas patologías del paciente como compartimentos estancos separados unos de otros sin interrelación” y que “surge de las constancias obrantes en el presente incidente que las mismas no están siendo tratadas adecuadamente y ello conlleva a un grave desmejoramiento en el estado general de salud” de Mengele, a quien ordenan reposar en su domicilio.
Fuente: El Eslabón
Fuente:RedaccionRosario

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