Causa Caballero II - Día 2
La defensa pidió la nulidad del juicio y la absolución de los imputados
23/06/2016
En el comienzo de los debates en la causa el defensor oficial Juan Manuel Costilla planteó este jueves como causal de nulidad la inexistencia de una descripción clara y precisa de los hechos que se imputan en el requerimiento de elevación a juicio. El tribunal dispuso un cuarto intermedio hasta el 4 de julio, fecha en la cual querellantes y fiscales presentarán su respuesta.
Desde las 10 de este jueves tuvo lugar en la sede del Tribunal Oral Federal de Resistencia el segundo día de audiencia de la Causa Caballero II, en la que se investigan torturas, desapariciones y una violación perpetrados contra un grupo de detenidos políticos en la ex Brigada de Investigaciones de la Policía del Chaco durante la última dictadura cívico militar.
En la oportunidad, luego de que el presidente del tribunal juez Eduardo Belforte declarara abierto el debate, con los requerimientos de las partes acusadoras ya presentados, el defensor oficial de nueve de los diez imputados, Juan Manuel Costilla, pidió la nulidad del juicio y la absolución de los policías y militares implicados por considerar que la acusación no cumple “con la formulación clara, precisa y circunstanciada de los hechos que se imputan para garantizar el pleno ejercicio del derecho de defensa”.
Ante el planteo, el juez Belforte corrió vista a los querellantes y fiscales, quienes si bien adelantaron que consideran que las objeciones de la defensa son cuestiones ya resueltas solicitaron tiempo para elaborar una respuesta y los fundamentos que asisten a su acusación.
El tribunal hizo lugar a la solicitud, por lo cual se pasó a un cuarto intermedio y los debates serán reanudados dentro de dos semanas, el lunes 4 de julio, luego de lo cual vendrá la feria judicial por lo que se espera retomar actividad en los primeros días de agosto, con la ronda de testimoniales. (Se calcula que pasarán por el estrado judicial casi 40 testigos, directos y de contexto).
Cabe recordar que el pasado jueves 16 durante el inicio del presente juicio oral en los respectivos requerimientos de las partes acusadoras se imputó por tormento psíquico y físico agravado por la condición de detenido político de la víctima, privación ilegítima de la libertad, desaparición forzada de personas, y un caso de violación tomado como crimen de lesa humanidad a pedido de la Fiscalía, hecho inédito en el procesamiento global al genocidio en la región.
Imputados / condenados
Si bien el inicio de la audiencia estaba pautado para las 9 de la mañana, el debate comenzó cerca de las 10.
En ese lapso, los imputados permanecieron en su sector, alejados del público, flanqueados por agentes del Servicio Penitenciario; José Rodríguez Valiente, ex comisario general de la Policía del Chaco, y Ramón Meza también comisario general conversaban hacia un costado, lo mismo que Albino Borda Suboficial Principal, con Gabino Manader, de rango sub Oficial Mayor, si bien en la estructura informal de la patota de la Brigada de Investigaciones mandaba como un jefe, casi tanto como el extinto Carlos Thomas.
Menos Borda, sobre quien pesa la acusación de una violación, los otros tres son “veteranos” de la causa de la Causa Caballero I, de 2010, cada uno con una condena a 25 años de prisión por torturas.
Jorge Ibarra, Suboficial Principal, es otro de los policías imputados asiste por vez primera a un juzgamiento por crímenes de lesa humanidad, lo mismo que Miguel Pelozo, quien junto con los militares Josè Tadeo Betolli (Bettolli Teniente Coronel del Ejército) y Luis Patetta (Teniente Primero) siguen los debates por videoconferencia; Pelozo, aquejado de una grave dolencia, con prisión domiciliaria, se traslada hasta una de las salas de la Cámara de Casación en Buenos Aires, el par de militares lo hacen desde el penal de Marcos Paz, donde Bettolli purga 25 años por torturas (Caballero I) y Patetta el combo de igual suma para la mencionada causa más una reclusión perpetua por su participación en la Masacre de Margarita Belén.
José Marin, ex sargento de la Policía, y otrora uno de los pegadores más sádicos bajo el alias “Cabo Sotelo” aficionado a ejecutar un acordeón durante las sesiones de tortura, junto con Enzo Breard, cabo primero, fueron los más taciturnos, y prácticamente no se comunicaron ni con sus pares ni con los letrados que los asisten.
La nulidad
“El requerimiento debe mantener una estructura en la cual quede establecida una plataforma fáctica descripta de modo tal que el que se defiende, pueda saber de qué hechos se defiende, y en la presente acusación no la hay, se hace una descripción sin la mencionada elaboración intelectual, hay una trascripción del relato de las víctimas, pero sin la mencionada plataforma fáctica”; fueron las palabras del defensor oficial Costilla durante la fundamentación de su pedido de nulidad del requerimiento y absolución de los acusados durante la mañana de este jueves.
En ese sentido el defensor precisó a modo de ejemplo las declaraciones de testigos sobrevivientes en las cuales no figurarían identificados de modo cabal varios de los acusados; “una manera nula de relatar un hecho” afirmó.
Por ello el pedido de nulidad y absolución, que será dirimido el próximo 4 de julio.
La acusación
“No tiene andamiaje jurídico el planteo de la defensa. Lo que no quita el derecho del defensor de plantear aquello que le parezca pertinente a la defensa de sus representados”; la respuesta del querellante Mario Bosch a la prensa respecto de las objeciones de la defensa.
Bosch explicó que “no siempre surge del relato de la víctima la identificación del autor, eso se verifica en el curso de la investigación”.
Asimismo, manifestó que “una relación clara y circunstanciada del hecho es lo que surge del testimonio de las víctimas, por otro lado no necesariamente los motivos por los que se funda la responsabilidad de los imputados están en la descripción del hecho” y agregó que "es absolutamente normal que la víctima cuando denuncia un hecho no conozca la identidad de los autores ni muchos menos la prueba, pero los requerimientos contienen el por qué se le atribuyen determinados hechos a cada uno de los acusados, justamente la responsabilidad de los imputados y las pruebas están en otro apartado, y no en la parte de la descripción del hecho, pero en los requerimientos están contenidos”.
Por otra parte, subrayó que la cuestión “ya fue resuelta cuando desde la defensa se opusieron a la elevación a juicio, y es el mismo planteamiento que se realizó en la Causa Caballero I, y allí fue rechazado”. Por último contó que se pidió un cuarto intermedio “por una cuestión de respeto al tribunal, para identificar claramente los actos procesales en los que esto fue resuelto.
Vamos a contestar con argumentos jurídicos, pero queremos identificar las fojas pertinentes porque se trata de un expediente muy voluminoso, nuestra expectativa es responder estos planteos y que el tribunal disponga la continuidad de los debates hasta hacer justicia” afirmó.
Caballero
La presente causa es la continuidad de la causa “Caballero Lucio Humberto y otros s/ tormento agravado” que comenzó el 5 de mayo de 2010 y culminó el 13 de diciembre de ese año, siendo el primer fallo por una causa de crímenes de lesa humanidad en la provincia.
El Tribunal que preside los debates está conformado por los jueces Eduardo Ariel Belforte (de Formosa), y Mario Alurralde (de Reconquista) Juan Manuel Iglesias y Delfina Deogens, (de Resistencia).
Los dos primeros participaron en el Juicio Causa Masacre de Margarita Belén I. La acusación la llevan adelante la Fiscalía Federal, representada por los doctores Carlos Amad, Diego Vigay y Patricio Sabadini y las querellas, en representación de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Mario Bosch y de la Secretaría de Derechos Humanos de Provincia, Juan Carlos Goya, representado por Paulo Pereyra y Silvina Canteros. Juan Manuel Costilla, ejerce la defensa oficial de la totalidad de imputados a excepción de Miguel Pelozo, defendido por Néstor Cáceres.
Fuente y foto: Prensa Comisión Provincial por la Memoria
Fuente:ChacoDiaPorDia

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