5 de marzo de 2017

URUGUAY: CRYSOL OPINANDO.


La convocada e irresistible 

ascensión


 de las Fuerzas Armadas



El 15 de abril de 1972 el Parlamento votó el Estado de Guerra Interno.

Transfirió, ilegítimamente, insólitas potestades jurisdiccionales a  las Fuerzas 

Armadas: un silenciado y ocultado quiebre institucional, hacia el 9 de febrero.

 


El 9 de febrero de 1973 el Ejército y la Fuerza Aérea se desacataron frente a la decisión del entonces Presidente Bordaberry de designar al Gral. Antonio Francese como ministro de Defensa Nacional. Las negociaciones que en dicho momento se llevaron a cabo en Boiso Lanza derivaron en la creación del Consejo de Seguridad Nacional (Cosena) como órgano asesor y de gobierno.  A partir de ese momento fue notoria una mayor y gravitante participación de las Fuerzas Armadas en la toma de decisiones, superando ampliamente las potestades otorgadas por la Constitución.


Aunque no lo fue, el episodio suele ser visto y señalado por la derecha uruguaya,  también lo hacen periodistas y académicos de fuste, como el primer  paso decisivo y fundamental en el camino hacia la disolución del Parlamento. El 27 de junio de 1973 es reconocido a nivel político y jurídico como una fecha gravitante y determinante en la institucionalidad del país. La disolución de las cámaras, representantes directos de la soberanía popular, con elección directa, fue el factor indicativo del cambio radical de la institucionalidad. La dictadura cívico militar.


La apropiación  del poder en Uruguay por parte de las FFAA fue muy diferente a lo ocurrido en el resto de los países de la región. Fue un proceso lento y gradual, en el marco del respeto aparente a las disposiciones constitucionales. No es cierto, como señalan los voceros de la derecha que ellas irrumpieron en la vida del país debido a la presencia de las guerrillas y del accionar del MLN.


Las FFAA fueron convocadas a la escena política, a cumplir funciones claramente represivas y antipopulares, en el año 1968 por  Jorge Pacheco Areco. Habiendo establecido las Medidas  Prontas de Seguridad, así lo dispuso para enfrentar y militarizar los gremios de trabajadores que resistían sus proyectos  económicos y sus planes de ajustes de carácter regresivo.


Las acciones guerrilleras o acciones armadas por parte de organizaciones de izquierda se llevaban a cabo en nuestro país desde el año 1963. Cuando  Jorge Pacheco Areco establece las Medidas Prontas de Seguridad el 13 de junio de 1968 y desató el vendaval represivo, los grupos armados no constituían una amenaza seria, no pesaban en el acontecer nacional, no tenían siquiera impacto a nivel periodístico.


El propio  decreto de Pacheco Areco no menciona ni hace alusión a los grupos armados para   la adopción de un instituto constitucional previsto para casos excepcionales y por períodos limitados. Las Medidas Prontas de Seguridad, que a los 60 días de vigencia costaron la vida de Líber Arce, fueron implantadas con carácter preventivo, como lo ha señalado acertadamente el Prof. Carlos Demasi.  Se orientaban a generar las condiciones jurídico/institucionales para reprimir abiertamente al movimiento sindical y social, silenciar a los medios opositores y restringir las libertades públicas en general.


Durante el año 1968 las FFAA ya intervenían en el escenario político nacional, activamente, reprimiendo a los gremios en lucha y llevando a cabo acciones militares contra las organizaciones armadas, especialmente en el interior. El trabajo sucio, verdaderamente sucio, aquel por el cual Uruguay contaba con asesores como Dan Mitrione, por el momento comenzó a implementarse reforzando a las bandas fascistas ya existentes desde principios de los años 60 y organizando, desde el Ministerio del Interior, “El Escuadrón de la muerte”.


En Setiembre de 1971, luego de la fuga masiva de Punta Carretas, mediante el Decreto 566/71, Pacheco Areco le otorga a las Fuerzas Armadas nuevas funciones específicas. Les confiere la tarea de reprimir a las organizaciones guerrilleras, supedita a ellas a la policía  creando las Fuerzas Conjuntas (FFCC) y crea el Estado Mayor Conjunto (ESMACO) que pasará a ser comandado por el Gral. Gregorio “Goyo” Alvarez.


Las FFAA sustituyen al Poder Judicial.


Cuando el 15 de abril de 1972 el Parlamento, a iniciativa del Poder Ejecutivo por Juan María Bordaberry, vota el Estado de Guerra Interno, otorga nuevas y trascendentes funciones a las FFCC­: administrar justicia a las personas que ellas, ante sí y por sí, entendieran que debían ser privadas de su libertad debido a su conducta, actividades, acciones y opiniones. Le otorgó facultades constitucionales exclusivas del Poder Judicial.


La justicia militar es un órgano operativo de las Fuerzas Armadas, sometida jerárquicamente a los mandos, sin ninguna formalidad o apariencia de imparcialidad. La Declaración del Estado de Guerra Interno, redujo la influencia del Poder Judicial, le quitó facultades constitucionales fundamentales en un auténtico Estado de derecho. Le transfirió a las Fuerzas Armadas potestades propias de un poder independiente. Alteró sustancialmente la institucionalidad democrática, al menos para quienes adhieren a la teoría clásica de la separación de poderes como pilares esenciales de un Estado de derecho.


La Declaración del Estado de Guerra Interno fue un golpe artero al sistema democrático republicano. Desarticuló al Poder Judicial como órgano soberano e independiente del Estado, como garantía fundamental y última de los derechos ciudadanos. El ominoso silencio del órgano avasallado no le otorga legitimidad a la decisión adoptada por los otros poderes dominados por la derecha recalcitrante en connivencia con EEUU.


Derecha uruguaya: democracia republicana de dos poderes


La autorización parlamentaria a las Fuerzas Armadas para cumplir funciones propias del Poder Judicial tuvo gravísimas connotaciones en el plano institucional. Agravó el deterioro del país que desde 1968 ya se gobernaba mediante Medidas Prontas de Seguridad, desconociendo en reiteradas ocasiones la voluntad parlamentaria y tampoco contaba con libertad de prensa. La democracia desde el 13 de junio de ese año comenzó a ser “una cáscara vacía”, una apariencia, un espejismo, que desaparecería finalmente el 27 de junio de 1973.


Otorgar a las Fuerzas Armadas, por ley, facultades constitucionales propias y monopólicas del Poder Judicial pone seriamente en duda las convicciones auténticamente democráticas y republicanas de quienes, en esos momentos cruciales, promovieron la iniciativa a nivel parlamentario y lograron, mediante amenazas, chantajes y extorsiones su aprobación en el recinto legislativo.


La Declaración del Estado de Guerra Interno modificó negativamente el equilibrio de poderes,  fue un golpe tremendo a la autonomía, a la independencia del Poder Judicial que pasó a ser un órgano auxiliar y de segunda categoría. Tuvo efectos dramáticos: a las pocas horas fue asaltada la Seccional 20 del PCU y 8 obreros fueron fusilados. En pocas semanas miles de ciudadanos fueron secuestrados, sometidos a torturas en forma masiva, sistemática, generalizada y condenados por tribunales militares sin ninguna garantía.


Cuando el 9 de febrero de 1973 el Ejército y la Fuerza Aérea anuncian públicamente que desconocen la autoridad del Gral. Antonio Francese, el Poder Judicial era un órgano menor condenado a desaparecer como posteriormente ocurrió. Las FFCC ya actuaban con total autonomía, como lo demostró la detención del Dr. Jorge Batlle,  eran un auténtico y visible factor de poder. Frecuentemente emitían comunicados públicos con contenidos altamente políticos orientados a generar expectativas de posibles  cambios trascendentales en el país.

Quedaban pocos medios de prensa opositores e informaban con enormes restricciones y dificultades, siempre al borde de la clausura. Decenas de ciudadanos habían sido asesinados en enfrentamientos fraguados o en las salas de tortura, miles habían sido condenados de manera draconiana, ley de seguridad mediante, por tribunales militares luego de semanas de torturas. Otros miles habían iniciado el largo calvario del exilio para salvaguardar su libertad y proteger su integridad.


Ocultar y disimular el significado del 15 de abril en cuanto al quiebre institucional del país es parte de un plan sistemático de los sectores privilegiados y golpistas para salvaguardar su responsabilidad histórica y disimular su vocación antidemocrática. El 9 de febrero es una fecha de trascendental importancia en cuanto modificó la estructura de gobierno a nivel del Poder Ejecutivo. Pero el 15 de abril es insoslayable: el Parlamento, bajo presión política y militar, transfirió a las Fuerzas Armadas las potestades de un poder independiente y generó un quiebre institucional.


El proceso iniciado el 13 de junio de 1968,  que desembocaría en el terrorismo de Estado, fue la respuesta de los poderosos del país, aliados a los sectores del gran capital internacional, a la crisis estructural que agobiaba al país y ponía en riesgo sus privilegios. Fue un lento camino hasta llegar a la disolución del Parlamento.

Mientras las principales cámaras empresariales preparaban los comunicados de prensa dando la bienvenida al Golpe de Estado, que El país y La Mañana aplaudirían con algarabía y justificarían teóricamente, el movimiento sindical, organizado en torno a la CNT, se organizaba para los 15 días de huelga general que sacudirían al mundo entero.


La realidad inmediata que convoca.


Hasta el día de hoy, luego de 32 años del retorno a la vida democrática, centenares de ciudadanos que fueron sometidos a tribunales militares, con la consabida cuota de torturas, vejaciones y malos tratos que ello conllevó, no son reconocidos como presos políticos por la legislación reparatoria aprobada. Ni siquiera pueden aspirar al certificado que establece su condición de víctimas de la actuación ilegítima del Estado que otorga la Ley 18 596, a menos que hayan permanecido más de 180 días detenidos.

La justicia, la verdad, la memoria histórica y la reparación son obligaciones estatales entrelazadas. En este caso específico, la modificación de estas leyes es prerrogativa de los máximos poderes. Desde diciembre del año 2012, la Institución Nacional de DDHH y Defensoría del Pueblo (INDDHH) ha recomendado la aprobación de una nueva ley que cumpla con los compromisos internacionales asumidos por Uruguay. 


Todos los ciudadanos sometidos a tribunales militares son presos políticos, deben ser reparados como tales, cualesquiera sean sus ingresos y dicha reparación no debe obligar a renunciar a otros legítimos derechos, tales como jubilaciones y pensiones. El Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia debe hacer escuchar su opinión en este tema a la brevedad como paso impostergable para que el Ejecutivo actúe.

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Opinando N° 5 – Año 6 – Jueves 2 de marzo de 2017
 





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