15 de mayo de 2017

CORRIENTES: PIONERA EN NEGAR BENEFICIO 2X1 A REPRESORES.

Lunes 15 mayo 2017 
TRAS LA POLEMICA POR EL FALLO DE LA CORTE 
Corrientes, pionera en negar beneficio de 2x1 a represores
En 2013, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal rechazó el pedido de militares  condenados por delitos de lesa humanidad.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes denegó, ya en 2013, el pedido de cuatro genocidas locales condenados por delitos de lesa humanidad. 
Los jueces del tribunal Victor Alonso, Lucrecia Rojas de Badaró y Fermín Cerolini no hicieron lugar al pedido de los condenados y argumentaron: “La norma no puede albergar en sus términos a los condenados en razón de que los mismos no han sufrido prisión preventiva bajo la vigencia de la Ley 24.390 (2x1) en su redacción original, del carácter procesal de esta última norma, que la causa estuvo imposibilitada de tramitarse mientras dicha norma estuvo en vigor; y puesto que el tipo de delito por el cual han sido sentenciados tiene engarce jurídico en crímenes de lesa humanidad para los que el ius cogens y compromisos internacionales impiden todo tipo de tolerancia. Además, a mayor abundamiento, porque entre los hechos endilgados a los encausados se halla la privación ilegal de la libertad (desaparición forzada de persona) de Juan RamónVargas, delito permanente o continuado, del que se desconoce su paradero hasta el día de la fecha”.
En el marco de la polémica por el fallo de la Corte Suprema de Justicia que avaló el beneficio del 2x1 para un genocida, Corrientes fue una de las provincias pioneras en denegar el pedido para genocidas locales condenados a 25 años de prisión por “privación ilegal de la libertad agravada, abuso funcional, aplicación de severidades, vejaciones, apremios ilegales y tormentos”.
Entre sus argumentos, los jueces explicaron, además, que “fueron claras las manifestaciones del senador Jorge A. Agúndez en la sesión del 03/05/01 en referencia a la necesidad de un cambio en la legislación con relación al texto de la Ley 24.390 ‘para corregir las derivaciones impertinentes no ajustadas a derecho, que son la consecuencia de la aplicación de la Ley del 2x1, que más que un plazo razonable de la prisión preventiva se convirtió en un verdadero atenuante de la pena a favor de quienes resultaban finalmente condenados”.
En ese marco, el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el decreto de promulgación de la ley votada por el Congreso que excluye de la aplicación del beneficio denominado 2x1 a condenados por delitos de lesa humanidad.
“En uso de las facultades conferidas por el art. 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.362, sancionada por el Honorable Congreso de la Nación en su sesión del día 10 de mayo de 2017”, señala el Decreto 329/2017.
Fuente:ElLitoral

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