8 de mayo de 2017

EL MÉDICO ENTRERRIANO QUE FUE VÍCTIMA DEL REPRESOR BENEFICIADO CON EL 2X1.

Domingo 7 de Mayo de 2017
El médico entrerriano que fue víctima del represor beneficiado con el 2x1
Julio César Rodríguez Otero sufrió atrocidades en el Hospital Posadas, del que era Director cuando fue copado por un grupo paramilitar del que fue parte Luis Muiña. "Lo hicieron pelota, física y psíquicamente", cuenta su sobrina.


El 28 de marzo de 1976, cuatro días después de que las fuerzas armadas hayan tomado el poder por asalto, con tanques y helicópteros, y comandados por el general de brigada y delegado de la Junta Militar en el Ministerio de Desarrollo Social Reynaldo Benito Bignone –quien ejercería la presidencia los últimos meses de la dictadura, y sobre quien pesan cinco condenas por crímenes de lesa humanidad–, los militares irrumpieron en el Hospital Posadas, en Haedo, el más grande de la zona oeste del conurbano bonaerense, cuenta el periodista Luciano Peralta, en una nota para el Diario El Día de Gualeguaychú.

Más de 30 médicos, enfermeras y trabajadores del hospital fueron secuestrados y torturados a pocos metros de allí. La casa del director del nosocomio fue convertida en un centro clandestino de detención: en el Posadas, curaban personas; en "El Chalet" se sucedían las escenas más espantosas de la miseria humana.

Desde ese momento, en el nosocomio operó un grupo de paramilitares, que según decenas de testimonios de trabajadores, "se paseaban con las armas de fuego en la mano por los pasillos del hospital", del que formó parte Luis Muiña, condenado a 13 años de prisión por ser coautor de cinco privaciones ilegales de la libertad y tormentos.

Muiña es el represor que recibió el beneficio del 2×1 de parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: en la práctica significa que le dio por cumplida su sentencia.

Pasaron 41 años del "copamiento" de los tanques de guerra en el Posadas, de las torturas, de las vejaciones a las que las que médicos y trabajadores del lugar fueron sometidos. Pasaron 41 años, pero la herida no cierra. No sólo por los once asesinados del hospital, sino porque el fallo de la Corte le abre la posibilidad a más de 750 militares, policías y paramilitares de ser beneficiaos por el 2×1.
El caso Rodríguez Otero
En el procesamiento de Bignone, Muiña y otros represores, el Juez federal Daniel Rafecas resaltó la "paradoja" de la existencia del centro clandestino de detención "El Chalet" en el seno de un hospital. Pero ¿qué era El Chalet? Antes de la irrupción militar, era la casa del director del hospital, donde vivía con su familia.

Ese 28 de marzo del '76 los militares encontraron al frente de la institución a un gualeguaychuense: el médico cirujano Julio César Rodríguez Otero. Como el resto de los trabajadores del lugar, fue secuestrado ilegalmente y sometido a las más tremendas e inhumanas torturas, que, entre otras secuelas, fueron lo suficientemente dañinas para impedirle ejercer la cirugía por el resto de su vida.

"Hermano de dos varones y dos mujeres, había estudiado medicina en Rosario y después se había ido a vivir a Buenos Aires. Donde se casó con una mujer preciosa, Dora Muñoz, que era instrumentadora quirúrgica. Tuvieron tres hijos y vivía toda la familia, como cualquier otra familia, en el chalet del Posadas, donde nosotros íbamos a comer los fines de semana". La que recuerda esas tardes en Haedo es María José Rodríguez, sobrina de "Quico", como lo apodaban al hermano de su papá.

Con 17 años, y después de recibirse en la Enova, dejó Gualeguaychú para estudiar sociología en Buenos Aires. Por lo que, más allá de "lo que la memoria decide no recordar", tiene muy presente todo el proceso de la toma del Posadas y el secuestro de su tío. "En ese momento yo trabajaba en la Asociación Argentina de Anestesia y, tras el golpe, cuando fui a trabajar me informaron que a mi tío lo habían detenido y me pidieron que renuncie, en ese momento me quedé sin trabajo", recuerda la socióloga.

A Rodríguez Otero lo llevaron a la Superintendencia de Seguridad Federal –conocida como Coordinación Federal–, donde "lo hicieron pelota, física y psíquicamente", pero antes estuvo secuestrado en su propia casa.

María José recuerda uno de los episodios que marcaron ese momento para la familia. "Dorita –su tía– estaba preocupada por la cantidad de libros que el tío tenía. En la biblioteca de Quico había libros míos, porque nos prestábamos bastante material, libros de Marx, Gramsci y otros autores prohibidos por la dictadura. Ella había tapado las cañerías del inodoro por tirar libros, asustada; una noche llegué con Gustavo –su futuro esposo– e inconsciente del peligro al que estábamos expuestos, nos pusimos a destapar los caños desde afuera de la casa, con los militares a unos pocos metros", recuerda nítidamente.

Ni los vínculos de su tío con el Partido Comunista, ni el fuerte compromiso personal del gualeguaychuense con el barrio Carlos Gardel, que rodea el Posadas, fueron para su sobrina los motivos del ensañamiento militar con el hospital de Haedo. "Creo que los militares apuntaron a la destrucción de un modelo de hospital, de un modelo de salud. No buscaban a una persona, quisieron destruir una modalidad de ejercicio de la salud y la relación que el hospital tenía con los barrios pobres circundantes", reflexiona, todavía conmovida por la noticia de que uno de los torturadores de su fallecido tío gozará de la libertad por el fallo de la Corte Suprema de Justicia.
Los desaparecidos del Posadas
En total hubo 11 asesinados en el hospital: Jacobo Chester (administrativo, asesinado), Jorge Roitman (médico, asesinado), Julio César Quiroga (administrativo), María Esther Goulecdzian (psicóloga), María Teresa García de Cuello (técnica sanitaria), Ignacio Luna Sánchez (técnico sanitario), Eduardo Carla Sala (médico), Josefina Pedemonte (docente), Daniel Eduardo Calleja (médico), Osvaldo Fraga (enfermero), María Ángela Cairo (enfermera).
El fallo de la Corte
La Corte Suprema entendió que es aplicable la ley conocida como del 2×1 a un ex paramilitar sentenciado por torturas y desapariciones, con lo que en la práctica dio por cumplida su sentencia. Esta decisión benefició a Luis Muiña, condenado a 13 años de prisión y que pasó preso poco más de 9 años.

El fallo fue dividido. La mayoría del tribunal estuvo integrada por los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti –imposible evitar las lecturas políticas de la decisión, ya que estos dos últimos jueces fueron designados por decreto por el gobierno nacional, decisión que debió dar marcha atrás–, en tanto que Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda votaron en disidencia.

Entre 1994 y 2001 rigió en Argentina el 2×1, que computaba por dos cada día que una persona estaba presa en prisión preventiva, sin condena, por encima de los dos años. Esta ley pretendió acortar los plazos de detención sin condena, pero no lo logró y se derogó. Hoy la situación es igual, pues la mitad de los detenidos sigue en prisión preventiva.

Muiña fue condenado en 2011 por el Tribunal Oral Federal N° 2 a 13 años de cárcel y su pena quedó firme en 2013. El tribunal le aplicó el 2×1 y entendió que su sentencia se iba a cumplir en noviembre de 2016. El fiscal apeló y la Sala IV de la Casación le dio la razón y ordenó volver a computar la pena. Muiña recurrió a la Corte y ahora el máximo tribunal le dio la razón, considerando que al estar vigente el 2×1 en un tiempo intermedio (1994-2001) entre la comisión del delito (1976) y la condena (2013), y que Muiña estuvo en prisión preventiva desde 2007 por más de dos años, corresponde aplicar esa norma que es más benigna a la hora de computar la pena.
Los argumentos
Por un lado Highton, Rosenkrantz y Rosatti entendieron que la aplicación de la ley penal más benigna, establecida en el Art. 2 del Código Penal, resulta extensiva a "todos los delitos", sin distinción alguna. Y que la potestad de cambiar la ley no es de ese tribunal: "si el legislador no previó un régimen diferenciado que excluyera la aplicación de la ley penal más benigna a los delitos de lesa humanidad, no lo puede hacer ahora el juez", dijo Rosatti.

Por otro lado, entre los argumentos de Lorenzetti y Maqueda, que votaron en disidencia, se destaca la jurisprudencia de la Corte sobre los delitos de lesa humanidad, en los que no hay posibilidad de amnistía, ni de indulto. Estos delitos no prescriben, ya que la persecución forma parte de los objetivos de la legislación internacional.

Además, ambos ministros dijeron que la persecución de los delitos de lesa humanidad es "una política de Estado, afirmada por los tres poderes, en diversas épocas y constituye parte del contrato social de los argentinos".
Fuente: Diario El Día de GualeguaychúAutor: Luciano PeraltaFuente:ElEnrtrerios

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