12 de agosto de 2017

URUGUAY; CRYSOL INFORMA.


La única de su tipo y especialísima


La Pensión Especial Reparatoria (Per) de la ley 18 033 es la única pensión


estatal  de carácter reparatorio por los daños ocasionados por el Estado.
 


El sistema previsional uruguayo cuenta con varias prestaciones con el propósito de ayudar a los ciudadanos a hacer frente a coyunturas adversas de la vida. Se las denomina pensiones. Tienen la particularidad de no depender de aportes o contribuciones previas de los beneficiarios. Son no contributivas y con esa característica se las menciona.


Entre ellas, las más conocidas, tenemos: pensión de sobrevivencia cuando fallece el cónyuge, pensión por discapacidad, pensión por edad avanzada. Enumeramos las más conocidas y más tradicionales. En los últimos años, Uruguay ha incorporado nuevas pensiones muy necesarias y justas. Obviamente no convocan grandes titulares de los medios monopólicos de la derecha, salvo para desacreditarlas.

En el año 2006, el Parlamento, con el voto masivo de todos los partidos, aprobó la Ley 18 033 para todas las víctimas del terrorismo estatal. Fue, a 21 años del retorno a la vida democrática, un enorme paso para hacer justicia, cumplir con las normas de DDHH y tender a generar condiciones de vida dignas a quienes por defender la democracia y la libertad sufrieron prisión, tuvieron que exiliarse, vivir en la clandestinidad o fueron despedidos durante la huelga general al disolverse el Parlamento el 27 de junio de 1973.

En su momento, dado que, como la vida lo demostró, una parte grande de ellos nunca pudieron reinsertarse satisfactoriamente, Crysol entendió que era necesario otorgar causal jubilatoria en forma inmediata. Las víctimas en su conjunto rondaban los 60 años de edad. El poder político desechó la propuesta de Crysol.

Finalmente, en Octubre de 2006, se aprobó la Ley 18 033 que en su artículo 11 crea la Pensión Especial Reparatoria (PER) como resarcimiento, con  injustas exclusiones, con limitaciones para los ex presos políticos (de acuerdo a una manera muy particular de considerar a los presos políticos, complaciendo la interpretación histórica, en cuanto a fechas,  de la derecha y convalidando a la justicia militar).

Aún con sus fallas, carencias y limitaciones, la Pensión Especial Reparatoria (PER), tal como su nombre claramente y sin dudas lo indica, es la única de todo el sistema previsional uruguayo que tiene un carácter claramente resarcitorio, indemnizatorio. Se otorga, además, para resarcir el daño ocasionado, ilegítimamente, por agentes estatales durante la dictadura cívico militar. Se crea por razones humanitarias y prácticas, en el marco de tender al cumplimiento de la normativa internacional de DDHH.

El decreto 106/2007
En marzo de 2007, a los meses de aprobarse la ley, el Poder Ejecutivo la reglamentó mediante el decreto 106/2007 de una manera equivocada que Crysol impugnó sin éxito.

El Decreto 106/2007 regula, entre otros cometidos, la manera en que se trasmite a los deudos la Pensión Especial Reparatoria (PER) cuando el beneficiario titular fallece y lo hace de una manera equivocada, inconsistente y restrictiva hacia las víctimas.

Durante muchos años, Crysol incluyó la modificación del Decreto mencionado en el marco de la necesidad de una nueva ley reparatoria. Fue un  error. Grande. Una nueva ley es necesaria para subsanar las carencias de las leyes aprobadas,  tal como lo recomendó la INDDHH en diciembre de 2012 y el Relator Especial de las Naciones Unidas Pablo de Greiff en Setiembre de 2013.

Sin perjuicio de seguir batallando por la aprobación de una nueva ley, algo difícil, lento y complejo, que requiere la iniciativa presidencial, Crysol ha decidido iniciar una campaña de gestiones, para modificar el Decreto 106/2007 en lo inmediato. Ya ha presentado una nota formal ante el compañero Ernesto Murro, titular del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Los cónyuges de los ex presos políticos y los hijos mayores discapacitados deben poder cobrar la pensión de sobrevivencia de la PER y sus propias jubilaciones y pensiones.

También se presentó nota solicitando apoyo al sistema político y las organizaciones sociales.

Es un tema muy importante. Desde la aprobación del mismo, ya han fallecido más de 500 ex presos políticos. La gran mayoría de los ex presos políticos son hombres (80%), es decir que estamos hablando de las viudas, muchas de las cuales sufrieron en carne propia la represión y la exclusión, durante el terrorismo y durante los gobiernos blancos y colorados, completamente omisos en promover políticas públicas en favor de las víctimas.

Afirmar la democracia y superar el pasado implica investigar, esclarecer y sancionar penalmente a los golpistas y torturadores. Es el cometido básico del Poder Judicial. Reparar adecuadamente a las víctimas es parte del conjunto de responsabilidades gubernamentales.

El apoyo y la movilización de todas y todos será decisivo. Fortalecer a Crysol, robustecer su militancia diaria, será crucial. Una tarea de todas y todos. Junto a Crysol, nuestra gran herramienta.
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Opinando N° 10 – Año 6 – Miércoles  9 de agosto de 2017




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El lunes 14 de agosto


Día de los mártires estudiantiles


La Comisión Especial de la Ley18 596


colocará una Placa de la Memoria


en el Liceo N° 1 de Treinta y tres.







​El lunes 14 a las 10 horas,  en punto,



saldrá locomoción gratuita desde la sede de Crysol.





Hay que  reservar lugar (plazas limitadas)



a través del 099 408 655 (Tito).




Quienes concurran deberán llevar su almuerzo (vianda)




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Estrena el Viernes 11

Hora 21.30




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