15 de diciembre de 2017

CÓRDOBA - DIFUSIÓN.

“HASTA QUE NO QUEDE FIRME LA SENTENCIA, EL MUNICIPIO NO PUEDE SEGUIR ADELANTE”, ADVIRTIÓ EL ABOGADO DE LA COOPI, DR. ANÍBAL MARTÍNEZ

La Cooperativa Integral brindó esta mañana una conferencia de prensa donde sentó postura sobre la sentencia del Tribunal Superior de Justicia en torno al servicio de agua. Participaron el presidente de la institución Adolfo Mena, el representante legal de la Coopi Aníbal Martínez, y el jefe de servicio y secretario gremial del SIPOS (Sindicato del Personal de Obras Sanitarias), José Ipolito.
Lo primero que aclaró el abogado es que hasta el día de hoy la Cooperativa no ha sido notificada formalmente. Reiteró que la decisión de la institución es apelar el fallo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y que como hay un proceso judicial abierto y sin sentencia firme, el municipio no puede avanzar con medidas que lleven a la toma del servicio de agua.
“Estas etapas recursivas hacen que se suspendan cualquier tipo de medida que el municipio quiera adoptar”, expresó Martínez y señaló que ayer (por el martes) la Coopi recibió una notificación donde se avisaba que una comitiva municipal se presentaría hoy, mañana y el viernes en distintas dependencia de la infraestructura del servicio de agua para “proceder a verificar las condiciones de reintegro de los bienes que debe realizar el concesionario al final de la concesión”, señala la nota recibida.
“Están queriendo hacer lo mismo que se hizo con las cloacas. Nosotros nos vamos a oponer porque claramente entendemos que el tema está judicializado y faltan procesos a seguir”, señaló el letrado y recalcó: “A veces se toman medidas apresuradas, absolutamente arbitrarias e ilegales”.
Detalló que la decisión legal de la Coopi es presentar un recurso extraordinario ante la Corte Suprema. Para ello el TSJ debe resolver la admisibilidad del recurso y sus efectos: suspensivo o devolutivo. El primero habilita a que el proceso judicial siga sin cambios y el segundo, no.
“Entendemos que lo que debe primar, por principio básico, es el efecto suspensivo. Si hubiese un efecto devolutivo, se causaría un daño irreparable. Porque si el municipio sigue adelante y nosotros lográsemos en la Corte revertir el asunto –y la Corte tiene sus tiempos de tratamiento- puede que la resolución llegue cuando la Cooperativa se encuentre en un estado casi inexistente. Sería un daño muy grave”, dijo.



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