Salta 2141: qué esperan las defensas de Litoral Gas y el gasista
Tras casi dos meses de juicio oral y público por la explosión del segundo edificio en calle Salta 2141, donde fallecieron 22 personas y hubo múltiples damnificados, el martes 2 de julio a las 14 se conocerá la sentencia que dictamine el tribunal compuesto por los jueces Marcela Canavesio, Rodolfo Zvala y Juan Carlos Leiva. Las defensas de los imputados coincidieron en su expectativa.
Los abogados de Litoral Gas y del gasista esperan la total absolución de los cargos por estrago culposo agravado seguido de muerte. Rosarioplus.com también se contactó con quienes representaron a los miembros de la administración Calvillo, quienes prefirieron no opinar al respecto hasta después de la sentencia.
Las 11 personas imputadas que escucharán el fallo este martes -del cual dependerá directamente sus destinos- son: el personal que intervino en el cambio del regulador el día del hecho Osvaldo Carlos García (gasista matriculado), Pablo Miño (ayudante, no gasista); el gasista que trabajó el 26 de julio anterior José Luis Allala; tres miembros de la Administración Calvillo, que administraba el edificio de Salta 2141, Norma Bauer (integrante de la administración), Carlos Repupilli (asesor jurídico e integrante de la administración) y Mariela Calvillo (administradora del consorcio); tres reclamistas de Litoral Gas Guillermo Oller, Luis Curaba y Gustavo Peirone; y dos gerentes de Litoral Gas: Viviana Leegstra (gerente técnica) y Claudio Tonucci (jefe de mantenimiento de redes).
“Partimos del ideal de la absolución de nuestro defendido, pero sabemos que puede no coincidir con la resolución del Tribunal. Admitimos que puede haber condena pero esperamos que en ese caso sea el mínimo y no sea efectivo”. El análisis fue hecho por el letrado Hugo Buffarini, defensor del gasista Carlos García, quien trabajaba en el edificio en la mañana de la explosión. La mirada coincide con la defensa de los tres reclamistas y los dos directores técnicos de Litoral Gas, que si bien espera lo mismo, entiende que sus defendidos no tienen por qué ser juzgados.
El gasista Carlos García fue durante los casi dos meses señalado por los demás defensores como el responsable directo de la explosión por ser quien trabajaba junto a Miño en aquellos minutos previos al incidente. Buffarini aseguró que “la estrategia de todas las demás defensas apuntó contra el gasista, y de esta forma tendían un manto exculpatorio que los eximiría de sus responsabilidades. Sería como purgar sus propios males, principalmente los empleados de Litoral Gas. Fue aislar al chivo expiatorio, en un esfuerzo denodado de transmitir que sus defendidos no tienen nada que ver”.
Cómo esperan la sentencia los imputados
Consultados sobre cómo esperan el día de la lectura del fallo sus defendidos, Buffarini y Gustavo Peirone (defensor de los empleados de Litoral Gas junto a Walter Stramazzo) coincidieron en que “están ansiosos y preocupados”. Pero se diferenciaron en que García reconoce su responsabilidad en una postura de acercamiento al lugar del hecho en estos años, y pidió disculpas públicas en el marco de los alegatos, mientras que los cinco empleados de la empresa del gas “tienen expectativas de su desvinculación y se va a terminar su calvario ya que no terminan de entender cómo llegaron a ser imputados”.

Carlos García está “nervioso aunque no lo demuestre. Sabe que está a las puertas de una decisión muy trascendente en su vida, es muy grave, por lo que uno lo va preparando para lo que pueda suceder, sea la posibilidad de ir a prisión como no. Todos los días y horas de las audiencias lo acompañó su esposa. Y tiene contención familiar, lo cual es muy valioso. Y los familiares de las víctimas reconocen su actitud, noté que tienen cierto respeto hacia él, y no lo consideran "el culpable de la tragedia” como se buscó instalar. García fue el único que se acercó al santuario cada mes, y rezó en un acto de recogimiento con los fallecidos”, describió su defensor.
Sobre los tres reclamistas y los dos directores técnicos, Peirone precisó que “están con ansiedad, pero como todos consideran que son inocentes –aunque cada uno tenga otra visión del tema-, confían en que la Justicia resolverá absolviéndolos y desvinculándolos de la causa, ya que el Tribunal es gente muy preparada”.
Según advierte el letrado, “los jerárquicos fueron acusados porque la Fiscal miró un organigrama, donde figuran como superiores, pero hay muchas personas en el medio, en cuadros intermedios de controles, y por eso los defendidos no se explican su acusación. En materia penal las personas no responden por su función sino por su acción, si avalaste el delito claro, pero si el criterio es ir a los jerárquicos, también debían imputar a Enargás y al entonces ministro Julio de Vido”.
La lupa puesta en las pruebas
Buffarini analizó sobre las pruebas brindadas por la Fiscalía durante el juicio: “Hay una cantidad de dudas, no certezas, y eso beneficia al imputado, y allí reside nuestro optimismo”. Si se hace un paralelismo, se trata de una teoría similar a lo que ocurrió con la absolución de todos los imputados en el caso Perassi, ya que el Tribunal consideró que la Fiscalía no tuvo pruebas contundentes que fundamenten las calificaciones legales por las que inculparlos.
Sin embargo con el mismo optimismo pero con el opuesto punto de vista analizó el defensor de Litoral Gas sobre las pruebas que dieron el primer informe y los dos peritajes de la causa. Según Peirone “las pruebas que brindan el primer informe de la Policía Federal, el peritaje de GEI y de UNR, y el peritaje realizado en Córdoba ratifican que el regulador estaba desacoplado (algo que sólo tiene potestad la empresa Litoral Gas) y la válvula abierta, y cuando García trabajaba con Miño se produjo la fuga del flujo de gas que fue ingresando por la puerta trasera hacia el segundo bloque y hubo un foco de ignición que generó la explosión. De esta forma se muestra que fue un trabajo hecho clandestinamente (sin presentación formal previa para su aprobación), ya que la última vez que Litoral Gas trabajó para el edificio fue el 26 de julio anterior por el arreglo pautado con el gasista Allala, quien reparó la pérdida, y luego no se perdió un gramo de gas”.
Peirone observó que durante todo el juicio oral no hubo novedades respecto de lo que se documentó en los 37 cuerpos del expediente escrito de 7400 hojas: “Se renovó lo documentado, no hubo sorpresas, y lo único que se modificó fue el cambio de sustento fáctico del ayudante del gasista (Pablo Miño), ya que en los alegatos la Fiscalía le recriminó no haber cerrado la válvula”.
Recordó además que su defensa pidió la nulidad de la indagatoria porque cuando les intimaron los hechos, utilizaron los términos “posibilitaron” y “permitieron” el trabajo que García iba a hacer 11 días después, cuando nunca se enteraron de este trabajo. “Ambos términos usados por la Fiscalía son tipificados en materia penal en los delitos dolosos (intencionales), y las calificaciones de esta causa son culposas (sin intención de daño), por lo que son dos términos que no se pueden utilizar.
Finalmente, Peirone analizó: “El problema es fáctico (fue un trabajo clandestino), y jurídico, ya que las pericias concluyen que se habló de un estrago culposo, causado por el estrago de desacoplar el regulador con la válvula abierta”.
Fuente:RosarioPlus
Cadena de negligencias
Lo atamo con alambre
Por Luciano Couso
Publicada en 30/06/2019
Foto:Manuel Costa
El martes se conocerá la sentencia por la explosión del edificio de Salta 2141, hace casi 6 años, que provocó 22 muertes. Falta de control, impericia e irresponsabilidades constituyen la trama de una de las peores tragedias de Rosario.
Falta de presión de gas en los artefactos de cuyo suministro depende su buen funcionamiento motivaron un reclamo; un inspector que dice que interrumpió el servicio pero al otro día un gasista manipuló el sistema del edificio sin inconvenientes; otros dos inspectores de la compañía prestataria que luego dieron el okey sin la presencia del gasista matriculado ni requiriéndole –como establecen las normas– un formulario sobre su tarea; un jefe de inspectores y una gerenta que relajaron los controles respecto de sus subordinados; una administración de consorcio que explicó por mail los pasos a seguir para reparar el problema pero los transgredió cuando decidió las acciones a realizar fueron, en una muy apretada síntesis, los motivos que explican la implosión de una de las tres torres ubicadas en Salta 2141 aproximadamente a las 9.38 del 6 de agosto de 2013. Que provocó la muerte de 22 personas, heridas a más de 60 y cuantiosos daños materiales en la zona. El próximo martes un tribunal integrado por tres jueces dictará la sentencia, en base a las pruebas producidas durante casi dos meses de juicio oral, sobre las responsabilidades penales de los once imputados en la causa.
Los fiscales, que calificaron las conductas atribuibles a los acusados como estrago culposo agravado por las muertes, sostienen que existió una cadena de negligencias e impericias que posibilitó el trágico resultado. Y solicitaron penas de cinco años de reclusión, la máxima que establece el tipo penal escogido para la imputación, para nueve de los acusados.
La única querella particular, que representa a la familia de una de las víctimas fatales, Débora Gianángelo, pidió por su parte condenas para todos los imputados.
Las demás familias desistieron de la acción penal como resultado de acuerdos civiles –económicos– con la aseguradora de Litoral Gas, que exigió ese renunciamiento a cambio del dinero.
Seis años después una de las peores tragedias que sufrió la ciudad de Rosario, el juicio oral llega a sentencia.
La conmoción social que produjo la explosión, la posibilidad de que el país la viera en imágenes y videos, sensibilizó enormemente a la población.
Que, con el paso de las primeras semanas y le elaboración del duelo, pidió saber qué había ocurrido aquella mañana de invierno cuando los noticieros comenzaron a mostrar el fuego, los escombros, las víctimas, el desastre, mientras se hablaba de la “explosión de una caldera.
La investigación judicial permitió determinar que no fue ese el origen del siniestro que ensombreció a la principal ciudad de la provincia de Santa Fe. Si no, una cadena de negligencias y desidias humanas y empresariales que podrían reiterarse, porque están asentadas sobre una idiosincrasia más o menos extendida de falta de apego a las normas y a lo “correcto”. Dicho esto no desde un lugar moral, sino más bien autocrítico.
Historia de un estallido
La explosión de la mañana del 6 de agosto de 2013 comenzó a producirse, por lo menos, desde el 24 de julio anterior. Según la investigación judicial, ese día una vecina del piso noveno, departamento F, llamó a la empresa Litoral Gas porque se le apagaba el calefactor y “en la cocina se entrecortaba la llama, como que faltaba presión”.
La compañía le asignó el número de reclamo 17.037 y un inspector (reclamista, en la jerga de Litoral Gas) constató en un acta “pérdida en accesorio de gabinete”.
En ese caso, las normas que regulan el servicio obligan a la empresa a colocar un dispositivo –cepo– que interrumpa el suministro, hasta tanto repare el desperfecto un gasista matriculado. El reclamista Gerardo Bolaños cortó el suministro pero no puso el cepo.
Según declaró una testigo, esa noche aparecieron “carteles por todos lados” insultando a la mujer que había realizado el llamado a la empresa, porque se habían quedado sin suministro.
El mismo día, 25 de julio, fue convocado al edificio el gasista José Luis Allala, quien accionó la válvula de bloque de suministro “para lo cual, según normativa vigente, se encuentra autorizado sólo personal de la licenciataria Litoral Gas”.
A la vez, “sustituyó piezas pertenecientes a la cañería, sin dar conocimiento de ello a la licenciataria en la forma requerida”, señala la acusación.
Concluida su tarea, alrededor de las 20, Allala no esperó “la llegada de personal de la empresa que rehabilitaría el servicio para dar cuenta, al menos en forma verbal, de su intervención”. El gasista declaró que llamó por teléfono y pasó los datos a una guardia de la empresa.
El 26 de julio fueron al edificio los reclamistas de Litoral Gas Guillermo Oller y Pablo Curaba. Restituyeron el servicio “sin haber corroborado antes los trabajos” realizados por Allala ni requerirle informe de los mismos, “sin conocer por tanto si se había o no modificado la instalación”, los acusó la Fiscalía.
De hecho, el gasista ni siquiera estaba presente cuando realizaron la inspección, como establece el procedimiento.
Curaba, incluso, volvió al edificio el 2 de agosto ante un pedido de su superior por una presunta falla en una válvula, y consignó en un acta: “Sin pérdida”.
También fueron acusados, después, de no “haber efectuado control sobre la totalidad de las instalaciones, limitándose a corroborar la ausencia de pérdida en el gabinete”.
Por no ejercer un debido control sobre sus subordinados están imputados Claudio Tonucci, Jefe de mantenimiento de redes de Litoral Gas, y la gerenta Técnica, Viviana Leegstra. Quien también es señalada por no planificar un plan de emergencias para el desastre.
“Una boludez”
El 25 de julio los administradores del consorcio del edificio, a cargo de Norma Bauer, Carlos Repupilli y Mariela Calvillo, enviaron un mail a los copropietarios que decía: “Nos comunicamos con Litoral Gas” y “una vez terminado el trabajo, Litoral Gas deberá inspeccionar y dar el alta nuevamente. Debemos seguir rigurosamente los pedidos y procedimientos que indique Litoral Gas para la rehabilitación del suministro”.
Seis días más tarde, el 31 de julio, otro correo electrónico informó a los consorcistas de una leve variante: “El gasista dijo que había que cambiar el regulador y que para el cambio del mismo él tendrá que ir departamento por departamento, para ver el estado de los artefactos” (ya no Litoral Gas, sino el propio matriculado) aclarando “que al departamento que no tenga el control por el gasista matriculado no se le habilitará el gas”.
El 2 de agosto, durante una reunión de consorcio, los administradores mostraron que se podía ser más laxo aún. Señalaron que “Litoral Gas les pedía dos reguladores para que en el edificio pueda llegar al caudal necesario, pero ello generaba un gran costo, pudiendo solucionarse dicho problema con un regulador de mayor caudal como el que estaba originariamente colocado, pudiendo ese trabajo hacerlo un gasista matriculado (…) a sabiendas que dicho cambio era irregular”, sostiene la acusación.
La prestadora les imponía dos reguladores de 50 pero uno de 100 era más económico. Propuso para esa tarea al gasista Carlos García, quien participó de la reunión de consorcio y, perfeccionando la desidia y la transgresión a las normas, dijo que “no es necesario ni obligatorio hacer la inspección en cada departamento para colocar el regulador”. También indicó que cambiar el regulador era “una boludez”.
Dos consorcistas, que murieron por la explosión, Florencia Caterina y Juan Pennice, solicitaron información y plantearon dudas respecto de las tareas. El último preguntó, en respuesta a uno de los mails enviados por la administración, si se había hecho “el mantenimiento regular de los reguladores y medidores de cada departamento” y “si eran verificados regularmente”.
La explosión
El 6 de agosto por la mañana García llegó a Salta 2141 con su ayudante, Pablo Miño. Según la investigación, intentó bloquear el suministro de gas para cambiar el regulador. El gasista asegura que lo hizo, aunque evidentemente algo falló en la válvula de paso porque el gas continuó fluyendo.
Como consecuencia del desacople o la desconexión del regulador, sin la válvula de paso del todo cerrada, se produjo una fuga. El gas subió durante varios minutos y al entrar en contacto con algún elemento ígneo –las pericias no pudieron determinar cuál fue– se produjo la combustión que resultó en el estallido que provocó la implosión de la torre central del edificio de tres alas.
Para las fiscales Graciela Argüelles, Valeria Piazza Iglesias y Miguel Moreno, la conjunción de las presuntas irresponsabilidades, negligencias e impericias con las que actuaron el segundo gasista y su ayudante, dos de los tres reclamistas, el jefe y la gerenta de Litoral Gas y los administradores del consorcio son las que provocaron la tragedia y deben encuadrarse, penalmente, en el delito de estrago culposo agravado por las muertes de 22 personas.
Para la querella de la familia Gianángelo, también el primer gasista, Allala, y el reclamista Bolaño deben ser condenados.
El martes se conocerá cuál es la decisión de los jueces Marcela Canavesio, Rodolfo Zvala y Carlos Leiva.
Fuente:RedaccionRosario
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