El Poder Judicial le ordenó al gobierno que indemnice a un trabajador del casino, porque consideró que fue obligado a dejar su puesto en el contexto del terrorismo de Estado.
POR LAURA LONCOPAN BERTI
NOVIEMBRE 8, 2019
El Poder Judicial de
Neuquén ordenó al Estado provincial que indemnice a un empleado del casino al
considerar que se vio forzado a renunciar hace cuarenta años, durante
la última dictadura cívico-militar, por motivos políticos.
El 3 de
febrero de 1976, un mes antes del golpe, el hombre ingresó al
establecimiento que por entonces era provincial. En la misma fecha lo hizo
quien era su superior: Héctor José Cruz, al que él describe como un
sargento perteneciente a la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), que “implementó
una metodología de persecución a los trabajadores, quienes eran tratados como
parte de una estructura militar.”
A fines de 1978 su
cuñado fue secuestrado y continúa desaparecido, según los registros de Conadep. Al año
siguiente el empleado comenzó a recibir presiones de Cruz para dejar su puesto.
Planteó que ante el temor de lo que podría ocurrir con su familia se vio
obligado a irse. El ministerio de Economía y de Hacienda lo dio baja en
1979, y en ese acto también aceptó la renuncia de otros 20 trabajadores del
casino.
En 2014 inició el
trámite para solicitar el beneficio indemnizatorio que prevé la ley
2865, para quienes fueron expulsados de la administración pública por
motivos políticos. Le fue rechazado con el argumento de que la relación
laboral con el casino “se mantuvo a través de contratos de locación de
servicios, modalidad contraria a la estabilidad laboral que rige el empleo
público”, y que no había sospecha de que el cese del vínculo contractual
tuviera que ver con la defensa de los derechos humanos y políticos durante la
dictadura.
El juez procesal
administrativo, José Pusterla, hizo lugar a la demanda. Consideró
en su fallo que ni la ley ni el decreto reglamentario “dejan margen para hacer
una distinción entre aquellos agentes que hayan adquirido “estabilidad
en el empleo” y aquellos otros enmarcados en alguna figura carente de
dicho atributo, como los agentes vinculados laboralmente con la administración
como “contratados”.
Sostuvo que existen
indicios para afirmar que “la causa de la desvinculación del accionante se
debió a motivos relacionados con la política.” Manifestó que en el
informe “Nunca Más” se relata que “tener en la familia un presunto
subversivo fue motivo más que suficiente para recibir un castigo grupal o individual;
llevar a cabo un gesto de solidaridad, por mínimo que fuera, fue causa de
tortura, sufrimientos y aun de desaparición”.
Dijo que “si
tener en la familia un subversivo ha sido catalogado por el informe más serio y
detallado sobre la dictadura cívico militar de 1976/1983 como motivo suficiente
para ser víctima de torturas y aún de desaparición, es plausible sostener que
puede haber sido motivo para forzar una renuncia.”
“A mayor
abundamiento, otro indicio es el hecho de que el acto administrativo por el
que se desvinculó al actor haya aceptado la renuncia de 21 agentes,
mientras que la práctica y experiencia demuestra que, salvo para acceder a un
régimen de retiro o jubilación, los agentes no suelen renunciar a la
administración pública”, agregó.
En cuanto al rol que
le cupo a Cruz, el magistrado señaló que “el agente se encontraba en
una situación de subordinación absoluta” respecto de este
hombre, “quien provenía de las fuerzas policiales y que impuso dentro
del casino una organización laboral rígida, tanto en los aspectos más formales
(vestimenta, modo de relacionarse con sus superiores) como respecto a su vida
personal (control de amistades, horario de permanencia por las noches, etc.).”
Afirmó que
“existía una clara relación de poder sobre el personal que se
extendía no solo a lo laboral, sino a aspectos concernientes a la vida íntima
de cada agente” y que “es posible pensar en que un empleado cuyos
familiares políticos han sido torturados y hasta desaparecidos recientemente,
sea más permeable a las insistentes persuasiones de un Jefe autoritario en el
contexto ya descripto.”
Hacia el final
cuestionó el accionar del Estado provincial que se limitó a negar la existencia
de la relación laboral para acceder al beneficio. El gobierno provincial puede apelar
la decisión ante el Tribunal Superior de Justicia.
“En fin, los indicios
(ingreso poco antes del inicio del régimen, empleo precarizado por
aproximadamente 3 años, parientes por afinidad detenidos, torturados y
desaparecidos, una Jefatura militar fuertemente autoritaria vinculada a los
altos mandos y a la inteligencia, una renuncia sin ningún motivo aparente y sin
otra oportunidad de empleo de un padre de familia con un hijo pequeño y otro
por nacer) son muchos, y todos apuntan en el mismo sentido”, aseguró
Pusterla.
Durante los juicios
de lesa humanidad que se realizaron en la región los testigos mencionaron en
varias oportunidades la vinculación del casino con el personal de Inteligencia,
y a Cruz, que retornó a la empresa, ya privatizada, durante el período
democrático (ver aparte).
El casino y los grupos de tarea desde los tiempos
de la triple A
*Por Shirley Herreros
La vinculación
del casino -por entonces provincial- y el destacamento de
Inteligencia del Ejército 182 en Neuquén surgió en muchos de los
testimonios de ex conscriptos y personal de Inteligencia desde la primera
edición (2008) de los juicios de lesa humanidad en la región.
Pero el rol de
quienes gerenciaban el casino desde 1975 y los grupos de tareas que integraban
la triple A y luego los secuestros ilegales durante la dictadura, nunca formó
parte de la imputación fiscal o de la investigación del juzgado de instrucción.
Con frecuencia se
señaló que el dueño, nombrado como de apellido Cruz, era parte del destacamento
militar de inteligencia. “Los mismos dueños que ahora”, se escuchó en 2008
cuando se le preguntó a personal de Inteligencia, quiénes conducían la sala de
juegos.
Se indicó que parte
del personal de vigilancia del lugar, también integraba la custodia del
interventor de la Universidad Nacional del Comahue, Dionisio Remus Tetu,
quien a su vez proveía a los grupos de tareas de inteligencia militar y de la
policía federal, de los vehículos que había en la universidad para llevar a
cabo secuestros ilegales.
Ex soldados que
realizaban la conscripción en el destacamento que está ubicado en un costado de
Comando de la sexta Brigada, aseguraron que cuando Cruz, el concesionario del
Casino, llegaba a Inteligencia, subía directamente a la oficina de los jefes.
Ex integrantes del destacamento - en declaraciones producidas durante el
debate- describieron que personal civil y militar de esa dependencia trabajaba,
indistintamente, en seguridad del casino o en las tareas de inteligencia.
Como asiduos del
casino, en su calidad de personal de seguridad o de asistentes a reuniones de
trabajo antes o después de los secuestros, se nombró a Raúl
Guglielminetti -personal civil de Inteligencia-, Mario Gómez
Arenas -jefe del D182-, integrantes de la conducción de la policía
Federal de Neuquén y varios oficiales y suboficiales del destacamento,
como Jorge Di Pasquale.
Fuente:RioNegro

No hay comentarios:
Publicar un comentario