29 de enero de 2021

TROPEL 4 del 29.01.2021.

 29 de enero de 2021 

Lo pagarían solo 12.000 contribuyentes y esperan recaudar más de 300.000 millones

Grandes fortunas: el Gobierno reglamentó la ley

























Alberto Fernández y Matín Guzmán, junto a Carlos Heller y Máximo Kirchner. 

El Gobierno reglamentó la ley de Aporte Solidario y Extraordinario para morigerar los efectos de la pandemia (ley 27605/2020) -conocida también como aporte de las grandes fortunas- y sus detalles se conocieron al publicarse la edición del Boletín Oficial correspondiente al viernes 29 de enero.

Lo de "Extraordinario" puede interpretarse de dos maneras. Literalmente, porque se trata de un pago que se hará por única vez; pero también simbólicamente, ya que establece un esquema progresivo en el sistema de recaudación nacional.

La reglamentación se concretó a través del decreto 42/2021, tiene 12 artículos y lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Economía, Martín Guzmán.

La ley 27605, que se sancionó en el Congreso el 4 de diciembre último y se promulgó el 18 del mismo mes, establece un aporte por única vez de una tasa del 2% al 3,5% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el impuesto a las Bienes Personales más de 200 millones de pesos.

La norma establece que la tasa a cobrar se irá elevando según el rango de fortuna que se haya declarado: será del 2,25% para quienes se encuentren entre los $300 y los $400 millones, del 2,50% para aquellos que tengan entre $400 y $600 millones, y del 2,75%, para aquellos patrimonios entre $600 y $800 millones.

El aporte subirá hasta el 3% en el caso de las fortunas entre los $800 y $1.500 millones y se extenderá hasta el 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y 3.000 millones.

Por último, a quienes tengan bienes que superen este último valor se les cobrará un 3,5%.

De esta manera, estarían obligados a pagar sólo unos 12.000 contribuyentes.

Según la AFIP, el 42 por ciento de los bienes declarados por los contribuyentes potencialmente alcanzados son activos y bienes dolarizados. Y el 92 por ciento de éstos están declarados en el exterior. Difícil que se pueda estar afectando alguna actividad productiva, como trató de argumentar la oposición y todos los medios ligados al establishment, al señalar que es un “impuesto a la inversión” y que afecta a las PyMEs. En realidad,  es un aporte por única vez y recae en las personas físicas más acaudaladas, no en las empresas.

Además, la ley 27605 determina específicamente el destino de los fondos recaudados, que serán distribuidos, a saber: en un 25% a exploración, desarrollo y producción de gas natural; otro 20% a adquirir equipamientos de salud para enfrentar la pandemia; un 20% a apoyar a empresas Pymes; un 20% para financiar el relanzamiento de las becas Progresar creadas para apoyar a jóvenes estudiantes, mientras que el 15% restante se utilizará para la urbanización de barrios populares mediante cooperativas organizadas por los vecinos de cada barrio.

La ley de Aporte Solidario y Extraordinario fue pensada para que el fisco sume una contribución adicional de las personas físicas con mayor capacidad económica en un contexto de emergencia, como la pandemia global de Covid-19.

La iniciativa surgió de una serie de ideas y propuestas que se fueron ajustando y que sobre todo fueron impulsadas por el titular de la comisión de Presupuesto de la Cámara Baja, Carlos Heller (FdT-CABA), y el jefe del bloque del FdT en Diputados, Máximo Kirchner, quienes se convirtieron en las caras públicas del proyecto.

La reglamentación que se conoció con la publicación en el Boletín Oficial, a las 0 horas de este viernes 29 de enero, fija precisiones para calcular el rango de fortuna de aquellas personas que poseen acciones o participaciones en empresas, permitiéndoles, por ejemplo, descontar deudas o pasivos de las empresas a la fecha del 18 de diciembre de 2020.

Otro de los puntos de la reglamentación está referido a la excepción para las llamadas "actividades operativas" ligadas a lo productivo y no a la valorización de activos financieros: el decreto precisa que las actividades cuyos ingresos no provengan en un porcentaje superior al 50% de rentas pasivas no podrán definirse como "activos financieros".

El decreto 42/2021 faculta por otro lado a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que se encargue de "instrumentar los regímenes de información a los fines de recabar datos" y evitar así las operaciones de evasión impositiva.

En ese sentido, al sancionarse y promulgarse la norma, algunos empresarios con grandes patrimonios que quedarán en la base imponible de esta aporte por única vez amenazaron con iniciar una rebelión fiscal contra una ley que a pesar de despertar mucha aprobación en las encuestas fue al mismo tiempo muy atacada desde muchos medios de comunicación.

Texto completo del decreto

Ciudad de Buenos Aires, 28/01/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-03965763-APN-DGDA#MEC, la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia N° 27.605, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la referida Ley N° 27.605 se creó, con carácter de emergencia y por única vez, un aporte extraordinario y obligatorio que recae sobre las personas humanas y sucesiones indivisas, residentes en el país y en el exterior, cuyo valor total de bienes esté por encima del monto que allí se especifica.

Que, en efecto, es oportuno en esta instancia brindar precisiones con relación a los bienes comprendidos en su ámbito de aplicación como así también, puntualizar las cuestiones atinentes a la valuación de los mismos.

Que al disponerse que la determinación del aporte sea diferente si se verifica la repatriación de los bienes financieros situados en el exterior, es dable aclarar a qué bienes alcanza, como así también el plazo para efectuar el referido retorno.

Que, si se verificaran variaciones operadas en los bienes sujetos al aporte durante los CIENTO OCHENTA (180) días inmediatos anteriores a la fecha de entrada en vigencia de la citada ley, y estas variaciones hicieren presumir, salvo prueba en contrario, una operación que configure un ardid evasivo o que esté destinada a eludir su pago, es menester señalar las herramientas con las que se encuentra facultada la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a efectos de verificar y fiscalizar tales situaciones.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 6° de la Ley N° 27.605.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- A los fines de la valuación de las acciones o participaciones en el capital de las sociedades regidas por la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificaciones, los sujetos mencionados en el artículo 2° de la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia N° 27.605 podrán optar por considerar:

a. la diferencia entre el activo y el pasivo de la sociedad correspondiente al 18 de diciembre de 2020, conforme la información que surja de un balance especial confeccionado a esa fecha, o

b. el patrimonio neto de la sociedad del último ejercicio comercial cerrado con anterioridad a la fecha indicada en el inciso precedente.

La opción prevista en el párrafo anterior no podrá ser ejercida si la incorporación de las acciones o participaciones valuadas de acuerdo con el inciso b) precedente no arrojare aporte a ingresar, debiendo, en ese supuesto, valuarse en los términos del inciso a).

El o la accionista, socio o socia o partícipe que hubiera modificado el porcentaje de su participación entre la fecha de cierre del último ejercicio comercial cerrado con anterioridad al 18 de diciembre de 2020 y esta última fecha, no podrá ejercer la opción descripta en el inciso b) del primer párrafo.

En el supuesto que un mismo sujeto tuviera participaciones en distintos entes, una vez ejercida la opción de este artículo, esta será de aplicación para la totalidad de su tenencia accionaria o participación en el capital de las sociedades.

Las sociedades o entidades emisoras estarán obligadas a suministrar la información requerida para la valuación, de conformidad con el presente artículo.

Las disposiciones del presente artículo, en lo pertinente, también resultarán de aplicación cuando se trate de los sujetos mencionados en el inciso d) del artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, que confeccionen balances en forma comercial.

ARTÍCULO 2°.- A los fines de lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia N° 27.605, los sujetos deberán declarar como propios e incluir en la base de determinación del aporte, los bienes aportados a las estructuras allí previstas, por un porcentaje equivalente al de su participación en estas.

A esos efectos deberán considerarse las participaciones indirectas a que alude la norma legal, hasta el tercer grado, inclusive.

ARTÍCULO 3°.- Los sujetos mencionados en el segundo párrafo del inciso a) o en el inciso b) del artículo 2° de la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia N° 27.605, deben designar un único o una única responsable sustituto o sustituta a los efectos de cumplir con las obligaciones pertinentes a la determinación e ingreso del aporte.

ARTÍCULO 4°.- Los bienes a los que se refiere el inciso g) del artículo 22 del Capítulo II del Título VI de la Ley de Impuesto sobre los Bienes Personales N° 23.966, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, no se considerarán a los fines de determinar los bienes comprendidos en las disposiciones de la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia N° 27.605.

ARTÍCULO 5°.- El plazo de repatriación al que hace referencia el artículo 6° de la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia N° 27.605 debe computarse en días hábiles administrativos.

ARTÍCULO 6°.- Quedan exceptuados de las disposiciones del artículo 5° de la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia N° 27.605 los sujetos comprendidos en el inciso a) del artículo 2° de ese texto legal, que hubieren repatriado fondos en el plazo señalado en el artículo anterior, que representen, por lo menos, un TREINTA POR CIENTO (30 %) del valor total de los activos financieros en el exterior.

La excepción indicada se mantendrá en la medida en que esos fondos permanezcan depositados en una cuenta abierta a nombre de su titular (caja de ahorro, cuenta corriente, plazo fijo u otras), en entidades comprendidas en el régimen de la Ley N° 21.526 y sus modificaciones, hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, o, una vez cumplida la repatriación y efectuado el mencionado depósito, esos fondos se afecten, en forma parcial o total, a cualquiera de los siguientes destinos:

a. Su venta en el mercado único y libre de cambios, a través de la entidad financiera que recibió la transferencia original desde el exterior.

b. La adquisición de obligaciones negociables emitidas en moneda nacional que cumplan con los requisitos del artículo 36 de la Ley N° 23.576 y sus modificatorias.

c. La adquisición de instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva que establezca el PODER EJECUTIVO NACIONAL, siempre que así lo disponga la norma que los regula.

d. Se aporte a las sociedades regidas por la Ley General de Sociedades N° 19.550, texto ordenado en 1984 y sus modificaciones, en las que el o la aportante tuviera participación a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 27.605 de Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia y siempre que la actividad principal de aquellas no fuera financiera.

En el supuesto mencionado en el inciso d) precedente, los sujetos que hubieran recibido los mencionados aportes no deberán distribuir dividendos o utilidades a sus accionistas o socios o socias, en los términos de los artículos 49 y 50 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, desde la entrada en vigencia de la presente reglamentación y hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive.

Cuando los fondos que se hubieren depositado se destinaren, en forma parcial, a alguna de las operaciones mencionadas en los incisos precedentes, el remanente no afectado a estas últimas deberá continuar depositado en las cuentas y hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive.

En aquellos casos en que no corresponda el ingreso del aporte en los términos del artículo 5° de la Ley N° 27.605, los sujetos del inciso a) del artículo 2° de esa ley deberán ingresarlo de conformidad con lo normado en el artículo 4° de la citada norma legal.

Las disposiciones de este artículo resultarán procedentes cuando los fondos y los resultados, derivados de las inversiones mencionadas en el segundo párrafo -obtenidos antes del 31 de diciembre de 2021 inclusive- se afectaren a cualquiera de los destinos mencionados en este y en las condiciones allí establecidas, incluso, de manera indistinta y sucesiva a cualquiera de ellos.

ARTÍCULO 7°.- A los fines previstos en el tercer párrafo del artículo 6º de la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia N° 27.605, en el caso de participaciones societarias y/o equivalentes (títulos valores privados, acciones, cuotas y demás participaciones) en todo tipo de entidades, sociedades o empresas, con o sin personería jurídica, constituidas, domiciliadas, radicadas o ubicadas en el exterior incluidas las empresas unipersonales, se entenderá que no constituyen activos financieros cuando las entidades, sociedades o empresas constituidas, domiciliadas, radicadas o ubicadas en el exterior, en forma directa o indirecta, realicen principalmente actividades operativas, entendiendo que dicho requisito se cumple cuando sus ingresos no provengan en un porcentaje superior al CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de rentas pasivas, en los términos del artículo 292 del Anexo del Decreto N° 862 del 6 de diciembre de 2019.

Sin perjuicio de ello, se presumirá que se trata de un activo financiero cuando dicha participación no supere el DIEZ POR CIENTO (10 %) del capital de la entidad, sociedad o empresa constituida, domiciliada, radicada o ubicada en el exterior.

En el caso de créditos y todo tipo de derecho del exterior susceptibles de valor económico, no se consideran incluidos aquellos créditos y/o derechos del exterior vinculados a operaciones de comercio exterior realizadas en el marco de actividades operativas.

Adicionalmente, tampoco están comprendidos en la definición de activos financieros los créditos y garantías, derechos y/o instrumentos financieros derivados, afectados a operaciones de cobertura que presenten una estrecha vinculación con la actividad económico-productiva y/o se destinen a preservar el capital de trabajo de la empresa en la que los sujetos alcanzados por el aporte extraordinario tuvieren participación.

ARTÍCULO 8°.- Tratándose de sucesiones indivisas iniciadas a partir del 1° de enero de 2020 inclusive, estas deberán regirse, a los fines de la determinación del aporte, por la residencia del o de la causante al 31 de diciembre de 2019.

ARTÍCULO 9°.- La ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, será la encargada de instrumentar regímenes de información a los fines de recabar los datos que estime pertinentes para la oportuna detección de las operaciones que puedan configurar un ardid evasivo o estén destinadas a la elusión del pago del aporte, a las que se refiere el último párrafo del artículo 9° de la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia N° 27.605.

ARTÍCULO 10.- A los fines de la citada Ley N° 27.605 y del presente reglamento, las disposiciones del Decreto N° 127 del 9 de febrero de 1996 y sus modificatorios resultarán de aplicación supletoria.

ARTÍCULO 11.- Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán



Ultima jornada de la audiencia para discutir el plan de Horacio Rodríguez Larreta

Masivo rechazo a la privatización de Costa Salguero y Punta Carrasco

Nicolás Romero


















Imagen: Guadalupe Lombardo

Este jueves concluyó la audiencia pública por la rezonificación de Costa Salguero y Punta Carrasco en las que se discutió el proyecto que impulsa el oficialismo porteño para privatizar y construir en Costanera Norte un barrio náutico con torres que irán de los 18 a los 28,8 metros de altura. En la audiencia, que comenzó el 27 de noviembre pasado y se extendió durante 30 jornadas, con un récord histórico de 7.053 inscriptos, el rechazo a la iniciativa del Ejecutivo de la Ciudad por parte de vecinos y vecinas, estudiantes, profesionales, organizaciones sociales, ecológicas, barriales y de sectores de la oposición, fue masivo: 97,3 por ciento de los expositores se manifestaron en contra de destinar las tierras a negocios inmobiliarios en lugar de recuperar esos espacios para uso público. Sólo 55 expositores (34 de ellos funcionarios) entre 2058 defendieron la venta, de acuerdo al relevamiento que hizo el Colectivo de Arquitectas en Defensa de las Tierras Públicas.

Tras dos meses de debate concluyeron con récord de participantes las audiencias públicas en las que la ciudadanía analizó la iniciativa del oficialismo para rezonificar las tierras donde están ubicados los predios de los complejos Costa Salguero y Punta Carrasco. Si bien el cierre de la audiencia estaba previsto para el miércoles, ante el reclamo de algunos oradores, dado que hubo irregularidades a la hora de poder acceder al link, el ID y la contraseña necesarios para ingresar a la plataforma digital Zoom, se agregó una jornada extra para que expusieran todos aquellos que reclamaron por quedar afuera de las jornadas.

Si bien a lo largo de las 30 jornadas los argumentos desplegados por los expositores fueron múltiples y variados, se terminaron concentrando, de acuerdo al seguimiento que hizo día a día el Colectivo de Arquitectas, en nueve motivos fundamentales para rechazar el proyecto y en tres para avalarlo.

Entre los argumentos más empleados por quienes se opusieron a la privatización que impulsa el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta para desarrollar viviendas premium, oficinas, estacionamientos, locales gastronómicos y comerciales, figuran: la falta de espacios verdes en la Ciudad, argumento empleado 1146 veces, recuperar el acceso al río, mencionado en 1055 ocasiones, frenar la venta de bienes públicos (769), porque es una ley anticonstitucional (622), por el cambio climático ((321), porque va a implicar una barrera entre el río y la ciudad (314), por ser una estafa electoral (280), aportes de más servicios ecosistémicos (253) y porque vulnera leyes, entre ellas la del Plan Urbano Ambiental (243).

Mientras que entre quienes defendieron el proyecto de rezonificación, 50 personas hasta el miércoles, los principales argumentos empleados fueron: que la residencia y otros usos le otorgan vitalidad y seguridad a la zona (25), que se están recuperando tierras que no teníamos (22) y que la iniciativa está validada por instituciones como la Sociedad Central de Arquietectos (SCA), la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos (Fadea) y la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo (Fadu) (15).

Más alla de los números, durante las audiencias, en las que participaron vecinos y vecinas de la ciudad, estudiantes, activistas sociales y ambientales, actrices, periodistas, exconvencionales constituyentes y sectores de la oposición, entre otros, la ciudadanía, al menos la que participó, dejó en claro que no quiere que en el predio de 17 hectáreas de tierras en la Costanera Norte se habilite la construcción de un barrio de lujo en lugar de destinar el área a espacio verde.

En este sentido, los expositores señalaron en 622 ocasiones que el proyecto es anticonstitucional porque el artículo 8 de la Constitución de la Ciudad establece que los espacios que forman parte del contorno ribereño de la Ciudad son públicos y de libre acceso y circulación, criterio que se ratificó en 2009 cuando se aprobó el Plano Urbano Ambiental (PUA). Además, señalaron que al proyecto se opone la Sociedad Central de Arquitectos, que intervino en la audiencia y manifestó su rechazo, al igual que lo hizo el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo.

Jonatan Baldiviezo, el titular del Observatorio del Derecho a la Ciudad, una de las ONG más activas contra la privatización del espacio público, dijo a Página/12 que "hubo una gran diversidad de argumentos en las audiencias, en las que no intervinieron únicamente las ONG y asambleas que históricamente vienen defendiendo la costa sino que participó una gran cantidad de gente de distintas extracciones, muchas de ellas por primera vez. No somos los mismos de siempre, como dice el gobierno porteño, sino que la preocupación ha atravesado múltiples sectores. La audiencia ha dejado constancia de que el rechazo a la privatización es representativo de lo que piensa la población porteña. Por la envergadura, y porque es el ámbito institucional donde las personas que tienen interés en un tema pueden, y tienen el derecho, a participar, lo que le da mucha legitimidad al reclamo".

Entre las voces más técnicas, tuvo especial resonancia la intervención del representante de la Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC), que ratificó el rechazo del organismo al desarrollo del proyecto que va a estar emplazado a 450 metros del aeroparque Jorge Newbery. Rechazo que ya había sido plasmado en un informe técnico, en diciembre pasado, en el que advertía que el emprendimiento inmobiliario "vulnera los límites de altura establecidos por la superficie de ascenso en el despegue a pista 13", así como también vulnera "los límites de altura establecidos por la superficie de protección al sistema de iluminación de aproximación (ALS) a pista 31".

A las vulneraciones mencionadas, tanto en el informe como en la exposición del representante, se suma que se verificó un elevado indice de ruido que generaría molestias a las personas expuestas, por lo cual la zona no sería apta para un barrio residencial.

Cabe recordar que además de la oposición de la ANAC, ente que norma, regula y fiscaliza la aviación civil, también hay una medida cautelar de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario (CAyT) de la Ciudad que suspendió la venta del predio Costa Salguero. Medida que si bien ordena que hasta tanto "recaiga sentencia definitiva o la Legislatura modifique expresamente la situación de dominio del predio (…) solo podrán adoptarse medidas de administración", no impide la rezonificación.

La coordinadora de la Cátedra de Ingeniería Comunitaria de la UBA, María Eva Koutsovitis, quien intervino días atrás de la audiencia, dijo a este diario que “el debate por el destino de la Costanera confronta dos modelos de ciudad antagónicos y también visiones encontradas de cómo solucionar las crisis que estamos viviendo. Y muestra que gran parte de la ciudadanía defiende lo público como un bien común y otorga máxima prioridad a los espacios verdes para proteger la salud de la población, atender la crisis climática y perseguir la igualdad urbana". Y remarcó que "la audiencia pública más larga y numerosa de la historia de la ciudad constituye un punto de inflexión en la democracia porteña y expresa el resultado de un movimiento ciudadano con 30 años de historia en su resistencia para recuperar el río y de innumerables colectivos urbanos que desean construir un modelo de ciudad donde todas y todos podamos habitar en igualdad de condiciones”.


En el Foro de Davos

Mensaje de Alberto Fernández al FMI: "Necesitamos ponernos de pie, sin ajustes"

En su participación en el Foro Económico de Davos, el Presidente envió un mensaje al establishment económico y político sobre los planes para acordar con el Fondo.
Por Javier Lewkowicz













Imagen: Télam

El presidente Alberto Fernández participó este jueves del Foro Económico Mundial de Davos, en donde recordó la responsabilidad del Fondo Monetario Internacional a la hora de aprobar el megapaquete de deuda en favor del gobierno de Mauricio Macri. “Ahora lo que tenemos que hacer es encontrar una solución que no postergue más a la Argentina”, dijo el mandatario, y detalló que “la renegociación de la deuda con el FMI va a incorporar nuevas perspectivas macroeconómicas y un entendimiento acerca de las necesidades específicas de la economía local". Fernández hizo hincapié en la recuperación industrial de los últimos meses, rechazó la receta del ajuste pero se mostró a favor de la “disciplina fiscal”.

El gobierno argentino tiene abiertos dos grandes frentes en la agenda internacional. El primero es la gestión de las vacunas contra el coronavirus. "La vacuna debe ser considerada un bien público global. De nuestra parte, la cooperación permitió que la industria argentina intervenga en la producción de la vacuna de Oxford AstraZeneca para toda América latina", dijo el Presidente. El segundo frente es la renegociación de la deuda con el FMI, herencia de los 44 mil millones de dólares prestados por el organismo para salvar a Macri, que el gobierno espera tener cerrada para antes de mayo.

Alberto Fernández aprovechó la oportunidad del Foro de Davos, que congrega a la crema del establishment global y que por primera vez se realiza de forma virtual, para plantear el tema del FMI. En los días previos pasaron por el evento la actual directora gerente del Fondo, Kristalina Georgieva, y su predecesora, Christine Lagarde, actual titular del Banco Central Europeo, quien firmó el acuerdo con el gobierno de Macri.

La deuda externa y el FMI

“Argentina ha tenido un nivel de endeudamiento insospechado. En 2015, nuestra economía tenía una relación deuda/PBI de las más bajas del mundo. Y repentinamente, el gobierno que nos precedió potenció la deuda de un modo escalofriante. Para ello contó con la anuencia del FMI, que vino con la idea de rescatarlo, pero lo único que logró fue una enorme fuga de capitales del sistema financiero. Es decir, el gobierno de la Argentina es responsable, pero también hay un grado de responsabilidad importante de los que avalaron el préstamo de ese dinero, de la dirigencia de ese momento del FMI, que no estaba liderada por Kristalina Georgieva”, indicó el presidente Fernández.

El mandatario aseguró que “el diálogo con el FMI está en marcha y es muy constructivo. Hemos conseguido apoyo de la comunidad internacional y del G-20. Estamos manteniendo un diálogo interesante con el FMI, y particularmente yo lo estoy teniendo con Kristalina Georgieva. Ella y yo tenemos una mirada parecida sobre lo que le pasa al mundo, aunque está claro que no estamos parados en el mismo lugar del mostrador. Ella tiene que cumplir un rol en un área que para mí es muy ingrata, pero lo hace con mucha comprensión. Yo entiendo su visión de tener que cobrarnos esa deuda. Pero yo le planteo que necesitamos tiempo para ponernos de pie, para volver a producir, exportar, acumular dólares y cumplir con nuestros compromisos”.

"No hay lugar para un ajuste irresponsable, que termina perjudicando nuestra credibilidad y la de los que otorgan la asistencia. El programa acordado será enviado al Congreso. Tenemos que encontrar una solución que no postergue más a la Argentina. El país terminó enredado en un endeudamiento que fue totalmente improductivo, que solo permitió la fuga de capitales y que fue en beneficio de especuladores”, agregó.

Disciplina fiscal y el nerviosismo

“El endeudamiento es un daño enorme para las economías. Nosotros tenemos que hacer nuestro esfuerzo con disciplina de poder ir acotando poco a poco el déficit y acumular reservas para salir del permanente nerviosismo que nos genera el dólar. El objetivo es que podamos construir una economía más tranquila y estable. Creo que Kristalina lo entiende y cree en nosotros”, dijo el Presidente, con una semántica asociada a la estabilidad y la tranquilidad en oposición al nerviosismo, que tiene el sello de autor de Martín Guzmán.

Fernández recordó que “en últimos 130 años de historia argentina, solo en cinco años de forma consecutiva tuvimos superavit fiscal y comercial, y eso ocurrió cuando yo fui jefe de gabinete de ministros y el presidente era Néstor Kirchner. En ese momento teníamos una disciplina fiscal férrea y cuidado con precios internos. Y pagamos toda la deuda con el FMI y sacamos a la Argentina del default de 2001”.

La recuperación económica

“La recuperación está siendo más intensa de lo que pensábamos hace unos meses. Nuestro sector industrial viene teniendo una recuperación notable. Hay 4500 puestos industriales por encima del número previo a la pandemia, luego de cinco meses seguidos de mejora del empleo industrial”, dijo Fernández. También subrayó la importancia del “programa de asistencia al trabajo y la producción, que ayudó al 60 por ciento de los empleadores del país, junto al IFE, las línea de crédito a tasa cero garantizada para trabajadores independientes y los créditos para pymes por el equivalente al 2 por ciento del PBI”.

El Presidente volvió a referirse al Consejo Económico y Social, una promesa de campaña que pretende materializar en las próximas semanas. “Convocará en un sentido amplio y permanente para consolidar un rumbo de mediano y largo plazo”, indicó. Fernández se mostró a favor de avanzar en la descarbonización de la matriz energética argentina y dijo que "se está trabajando para conseguir financiamiento necesario para acelerar esa transición".


El Gobierno se enfoca en que los sueldos le ganen a la inflación

Precios y salarios: dos o tres puntos mágicos

Esperan alinear paritarias que superen en ese márgen al alza de precios presupuestada. Acto de lanzamiento del pacto y el pedido de las pymes de sentarse a la mesa.
Por Leandro Renou







Uno de los últimos encuentros del Presidente con la CGT y los ceos, en la Quinta de Olivos.  
Imagen: Télam

El Gobierno avanza en lo que será un acuerdo de precios y salarios con los sectores de la producción y el trabajo. Luego de que el Gabinete Económico diera el puntapié inicial confirmando este miércoles que se lanzará un pacto para alinear las expectativas de inflación, en el Ejecutivo trabajan con una premisa central: que los salarios le ganen a la inflación en dos o tres puntos. Hoy, de hecho, al gobierno le preocupa sobremanera que haya paritarias que queden por debajo del 29 por ciento escrito en el Presupuesto. 

Fue ésa la coincidencia número uno en la reunión de los ministros técnicos que se realizó en el ministerio de Economía. El titular de la cartera, Martín Guzmán, entiende que con ese márgen paritario, puede haber una recomposición de los salarios que cubra un márgen compensatorio de la perdida que tuvieron los sueldos en el año 2020. Un factor que en la mesa chica de Alberto Fernández entienden como "fundamental" para que la economía avance en buenos números en materia de consumo y que además ordene el frente de los precios. 

Mientas en la Casa Rosada analizan si habrá o no un acto presidencial con foto con los sectores del trabajo y la producción para coronar el arranque de la iniciativa, hay dos o tres línea de trabajo concretas que se empezarán a desarrollar antes de la formalización del acuerdo de precios y salarios: la primera, que el Gobierno, vía diferentes ministerios, hablará con los dirigentes sindicales para tener, en la previa, un sendero posible y ordenado de los pedidos paritarios. Le apuntan allí desde el Gobierno al rol central que tendrá el ministro de Trabajo, Claudio Moroni. 

La segunda, empezar a colar la idea en el establishment sobre la moderación en los aumentos de precios y la necesidad de un esfuerzo conjunto. "Si todos queremos crecimiento, todos tenemos que poner algo", graficó ante Página I12 uno de los de los funcionarios que se sentó a la mesa del Gabinete Económico. Guzmán ya ha expresado públicamente que es imposible conjugar el pedido empresario de achicar el déficit, pagarles ayuda de pandemia a las empresas y a la vez darles vía libre a los aumentos de precios. Esta será la línea que se explorará en la mesa del acuerdo.

Naturalmente, en el ADN del Gobierno hay una posición mercadointernista que tendrá, de todos modos, la zanahoria para captar el interés de los ceos: garantizarles que la estabilidad de precios y los acuerdos no descuidarán la exportación ni el acceso a insumos importados para la producción. 

El ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, lleva en cada reunión con empresarios la premisa de que "los salarios le ganen a la inflación", punto que adelantó de algún modo la relevancia de los sueldos para el oficialismo, como medio de crecimiento. El acuerdo de precios y salarios irá para la Casa Rosada en paralelo con una gestión más macro, la del Consejo Económico y Social, ordenadora de la paz social. Ya a principios de año, en un encuentro con empresarios, Fernández les avisó que iba a necesitar a todos, incluso a aquellos no vinculados directamente a precios, para un acuerdo global sobre el crecimiento. 

En la historia corta, los acuerdos de precios y salarios no han sido una herramienta exitosa en la solución de la inflación, pero si el Gobierno logra ponerlo en terreno positivo, tendrá resultados rápidos en varios frentes. Un breve repaso de perspectivas entre empresarios del sector consumo que hizo este diario, muestra señales positivas. 

Los últimos datos del INDEC de gasto en supermercados y shoppings dan crecimientos intermensuales y desaceleración de las caídas interanuales. Si bien comparan contra los peores números de macrismo, no son cifras despreciables en pandemia. El otro dato fuerte es que los bienes durables también vienen en alza. 

Las cadenas de electrodomésticos tienen datos de un 2020 mucho mejor del esperado y hasta dudan si en 2021 tendrán el stock para abastecer una mayor demanda. El otro dato importante, según los privados, es que el Ahora 12 con tasa cero y tres meses de gracia, que ya dió algunas señales positivas, dará todavía gestos más auspiciosos en los números del primer trimestre. 

Fuente:Pagina12

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