21 de abril de 2021

CHACO: Causa Caballero: Completadas las indagatorias, este martes comienzan los alegatos en la causa.

 LESA HUMANIDAD

Causa Caballero: Completadas las indagatorias, este martes comienzan los alegatos en la causa

20-04-2021













Como era de esperarse, los imputados que decidieron ejercer el derecho a ampliar su declaración indagatoria negaron las acusaciones de torturas y desapariciones forzadas durante la última dictadura y manifestaron su inocencia.

El juicio oral pasó a cuarto intermedio hasta este martes 20 a las 8 h, con el inicio de la presentación de alegatos de las partes.

En la mañana de este lunes 19 de abril por videoconferencia se realizó la sexta jornada del juicio oral por crímenes de lesa humanidad denominado Causa Caballero/Brigada III, durante la cual se completó la toma de declaraciones indagatorias a los imputados.

Así lo hicieron Gabino Manader, Luis Alberto Pattetta, José Tadeo Bettolli, César Pablo Casco y Héctor Marín; todos negaron la comisión de hechos de secuestros, torturas, violación y desaparición forzada que pesan en su contra. Respaldaron sus dichos en la inexistencia de pruebas documentales de acciones que justamente se caracterizaron por su desarrollo en paralelo a las formalidades y reglamentos de índole pública. Cuestiones formales que no guardan relación con la lógica normal de funcionamiento de la ex Brigada en tanto debajo de las secciones administrativas del organigrama fue ampliamente demostrado que funcionó un centro clandestino de detención a opositores políticos, el centro neurálgico de la represión estatal en la región.

Declinaron la opción José Rodríguez Valiente, Francisco Álvarez y Jorge Ibarra. En el último tramo de la pesquisa fallecieron los acusados comisario General Ramón Meza, el Sub Oficial principal Albino Borda, Héctor Roldán y el cabo Enzo Breard.

ALEGATOS Y SENTENCIA

Concluida la instancia la causa ingresa en su etapa definitoria: este martes 20 desde las 8 h se reanudarán la audiencia con la presentación de los alegatos de las partes. Luego de ello la vía quedará libre para que el lunes 26 el tribunal que integran los magistrados Ruben Quiñones (presidente, del Tribunal Oral Federal de Formosa) y José María Cello y Luciano Lauria (del TOF de Santa Fe) dicte sentencia.

Cabe recordar que en el presente proceso se juzgan las denuncias de 33 sobrevivientes bajo prisión por razones políticas entre 1974 y 1979 , siendo la mayoría de los casos bajo investigación son hechos calificados como privaciones ilegítimas de la libertad, concretadas mediante secuestros cometidos por grupos de tareas de fuerzas conjuntas - Ejército y la Policía del Chaco-, cuyas víctimas luego sufrieron todo tipo de tormentos, y también, en algunos casos, en la Alcaidía Policial y la Cárcel Federal U7 , asimismo la causa comprende un nuevo caso de violencia sexual juzgado como crimen de lesa humanidad.

FALACIAS ARGUMENTALES

En prácticamente la totalidad de los testimonios de sobrevivientes fue señalado como el jefe de la guardia más dura en la U7, responsable de un régimen diseñado para menoscabar la salud mental y física de los detenidos políticos mediante castigos por cualquier razón, golpizas y racionamiento de la comida. Por varios hechos similares ya fue condenado en una causa anterior, por complicidad civil. Además fue el encargado de dirigir la entrega de varios detenidos políticos al Ejército que luego fueron fusilados en la Masacre de Margarita Belén. Sin embargo, la descripción de su paso por la U7 fue más bien idílica; “Comían muy bien, pan de muy buena calidad, que yo mismo comía. Eran muchachos sanos y jóvenes, jugaban al futbol” declaró Pablo César Casco.

VIGAY, “FISCAL SIN LÍMITES”

De modo similar, Gabino Manader ratificó sus declaraciones indagatorias ante el juzgado de instrucción de primera instancia y negó todas las acusaciones en su contra y al igual que en oportunidades anteriores sostuvo que nunca fue parte de sus tareas “la guarda de presos”.

De modo implícito reconoció que purga sus varias condenas en la comodidad hogareña al manifestar y luego desdecirse; “Tres años estuve en la cárcel, eh, varios años estuve en la cárcel” y “quejarse” por el accionar del Ministerio Público al momento de acusarlo por su extendido prontuario; “Esos fiscales no tienen límite. Demasiado me castiga con imputaciones el señor fiscal Vigay. No es la primera vez me persigue”. En esa línea descalificó la totalidad de los testimonios recabados a lo largo del juicio por una cuestión falaz: la inexistencia de informes médicos de las torturas. “Soy enemigo de la mentira” afirmó, grandilocuente.

Los militares Luis Alberto Patetta y José Tadeo Bettolli también negaron haber estado en el lugar de los hechos sobre la base de la no concordancia en sus legajos con las fechas y sitios en lo que se los denuncia operando en el marco de la represión clandestina. Bettolli incluso impugnó los reconocimientos a su persona por parte de testigos a raíz de los folletos de difusión realizados por la CPM Chaco. En esa línea insistió con que las denuncias serían “una venganza” por su participación en el Regimiento de Monte en Formosa.

Héctor Marín, destacado como otro de los torturadores más violentos, tristemente célebre por ejecutar de un acordeón para tapar los alaridos de detenidos y detenidas durante las palizas en la “Sala Negra” de la Brigada, ensayó una defensa tan endeble como escueta al indicar que no tenía medios materiales como para organizar por sí mismo el secuestro de gente.

ANTECEDENTES

La denominación obedece a que fuera el represor Lucio Humberto Caballero quien encabezó la nómina de imputados en el primer juicio oral de este tipo, Caballero I" -en el 2010-, y del cual surgen esta y la causa Caballero II" –de 2016-2018. Cabe remarcar que el expediente original de este proceso fue iniciado en 1984 pero no avanzó a raíz del “corralito judicial” que implicaron las leyes de impunidad Punto Final y Obediencia Debida e indultos de la mano de la “teoría de los dos demonios”.

Por ello el expediente fue elevado a juicio por el Juzgado Federal de Resistencia recién el 25 de septiembre de 2009, luego del proceso de declaración de inconstitucionalidad y nulidad por parte del Congreso nacional en el año 2003. Sus 82 fajos de expediente retrataron el funcionamiento del dispositivo de secuestro, tortura y exterminio clandestino del terrorismo de Estado en la Brigada de Investigaciones de la policía del Chaco a partir de la investigación de 27 de los centenares de casos de apremios ilegales y vejaciones a detenidos políticos perpetrados entre 1975 y 1979. La etapa de juicio oral comenzó el 5 de mayo de 2010 y culminó el 12 de diciembre de ese año, con penas máximas a los genocidas implicados.

Entre los años 2016 y 2018 se realizó una segunda parte de este proceso, que culminó el 31 de mayo de 2018 con once genocidas condenados de modo contundente, en un fallo que reconoció la existencia de un plan sistemático de represión en el marco del cual se perpetraron detenciones ilegales, violencia sexual como crimen de lesa humanidad, y casos de desapariciones forzadas.El contundente reproche penal en dos hechos de violencia sexual como delito autónomo de lesa humanidad fue un punto inédito y destacable en esa oportunidad. 
Fuente:Momarandu



Causa Caballero III, día 7: querellas y Fiscalías piden duras penas, la sentencia se lee el viernes 30

En una jornada “recargada” con turno mañana y tarde fueron presentados los alegatos de las partes en el juicio oral denominado Caballero/Brigada III por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura en la ex Brigada de Investigaciones y U7/Alcaidía.














Se produjeron los alegatos de las partes. El 30 habrá sentencia.

Las querellas de las Secretarías de DDHH de Nación y provincia, y la Fiscalía federal solicitaron penas que van de 10, 15, 18 y 25 años de prisión según la cantidad de hechos y delitos específicos (privación ilegítima, desaparición forzada, tormentos, violación) de los 8 represores imputados.

La defensa del Ministerio Público y particular alegó en favor de la nulidad del proceso y absolución de la totalidad de los encausados.

El tribunal que integran los jueces Rubén Quiñones, Luciano Lauría y José María Escobar Cuello dictará la sentencia viernes 30 a las 8 h.

La causa judicial Caballero/ Brigada III, séptimo proceso por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura en el Chaco, alcanzó ayer su etapa definitoria en su séptimo día de audiencia durante la mañana y tarde de este miércoles 20 de abril con la presentación de los alegatos de la parte acusadora y de la defensora.

La querella de la Secretaría de DDHH y Género, de la provincia de Chaco, y su par de Nación, representadas por los abogados Duilio Ramírez y Manuel Brest respectivamente, iniciaron la ronda de alegatos. Luego siguieron los fiscales Diego Vigay y Carlos Amad y por último, cerca de las 16.30 h, las defensas ejercidas por el doctor Juan Manuel Costilla (oficial) y Ricardo Osuna (por Manader) completaron la etapa.

Las penas pedidas por las partes acusadoras

A César Pablo Casco (Servicio Penitenciario de U7): 10 años de prisión por considerarlo coautor de los delitos de tormento agravado psíquico y físico por la condición de detenido político de la víctima por un hecho. Para el ex policía Jorge Ibarra solicitaron 20 años de prisión por tormentos (1 hecho), desaparición forzada (4 hechos) y privación ilegítima de libertad (1 hecho).

A Jorge Ibarra (Policía de Brigada de Investigaciones): 20 años de prisión por desaparición forzada en 4 hechos y privación ilegítima (1 hecho) y tormentos (1 hecho).

Francisco Álvarez (Servicio Penitenciario de Alcaidía) 18 años de prisión por tormentos en 8 hechos (y la absolución en 4 hechos de desaparición forzada)

A Gabino Manader (Policía de Brigada de Investigaciones) 25 años de prisión por tormentos (4 hechos), por privación ilegítima de la libertad (10 hechos), por violación (1 hecho) y por desaparición forzada (4 hechos)

A José Rodríguez Valiente (Policía de Brigada de Investigaciones): 25 años de prisión por tormentos (5 hechos), por privación ilegítima de la libertad (5  hechos), por violación (1 hecho) y por desaparición forzada (4 hechos)

A Luis Alberto Patetta (Ejército)  15 años de prisión por tormentos y privación ilegítima de libertad (2 hechos) y violación de domicilio (1hecho)

José Tadeo Bettolli (Ejército) 15 años de prisión por tormentos y privación ilegítima de libertad (2 hechos), y 3 hechos de privación ilegítima de libertad.

A José Marín (Policía de Brigada de Investigaciones) 25 años de prisión por tormentos y desaparición forzada en 4 hechos y tormentos (1 hecho).

En todos los casos la pena solicitada tuvo en cuenta que al momento de la comisión de los hechos el máximo de pena temporal para la pena privativa de libertad en el concurso de delitos era de 25 años (aplicación de la Ley más benigna).

Como era de esperarse las defensas alegaron en favor de la nulidad del proceso y absolución de la totalidad de los encausados. Completada la instancia, el presidente del tribunal Rubén Quiñones informó que el tribunal pasa a deliberar y la causa pasa a cuarto intermedio hasta el viernes 30, oportunidad en la cual se dará a conocer la sentencia.

El juicio abarca las denuncias de 33 sobrevivientes bajo prisión por razones políticas entre 1974 y 1979, en el marco de operativos de represión ilegal por fuerzas conjuntas – Ejército y la Policía del Chaco-, cuyas víctimas luego sufrieron todo tipo de tormentos en el Centro Clandestino de la Brigada de Investigaciones, actual Casa por la Memoria; el centro neurálgico del terrorismo de Estado en el NEA.

Como durante todo el juicio oral desde sus inicios el lunes 12, la audiencia se desarrolló en modo remoto por videoconferencia en atención a los protocolos sanitarios vigentes por la emergencia de coronavirus. Para seguir los juicios por videoconferencia se debe ingresar al sitio de Facebook de HIJOS CHACO (HIJOS Chaco) o de la CPM Chaco CasaporlaMemoria Chaco, https://www.facebook.com/cpmchaco.

Alegato querellante

Riguroso y contundente, el abogado Duilio Ramírez desarrolló la  materialidad de los hechos y de la prueba. “Está reconocido por fallos anteriores y firmes que la Brigada de Investigaciones funcionó como centro clandestino del Terrorismo de Estado. Este proceso es el juicio de lesa con mayor cantidad de víctimas 33” afirmó.

Luego describió puntualmente cada uno de los testimonios sobre los que se basan las imputaciones, en el marco de lo cual graficó la medida en la que aumenta la gravedad del injusto legal; primero con el secuestro y tortura de “ablande”,  saqueo de viviendas, y luego castigos más violentos (tortura con picana, simulacro de fusilamiento) y cautiverio en condiciones degradantes.

“¿Cómo se puede elevar aún más el nivel del injusto legal?. Tenemos entonces el caso de Diego Romero, es decir, secuestrando a un niño de 6 meses”. Y de allí a la denuncia por violación. “Subimos un nuevo escalón en el injusto”, insistió.

También se refirió a las indagatorias de imputados: “De ningún modo lograron conmover con sus argumentos todo el cúmulo de información veraz recolectada tanto en las audiencias como en toda la causa. Este grupo de 33 víctimas fueron inmersas en una especie de tren de terror. Los imputados fueron parte de la tripulación de ese tren de terror. Dice un imputado que él no guardaba presos. Puede ser, pero estas personas no eran presos, eran secuestrados, víctimas de tortura y de estas personas que ejercían ese macabro rol”.

Manuel Brest, de la Secretaría de DDHH de Nación completó el alegato querellante con el pedido de pena y la indicación de los tipos penales, “hechos desplegados en el marco de un mecanismo estatal, un organismo complejo en el que no actuaban en soledad”. Dio por acreditado que “todos obedecían un plan que hacían propio, que conocían y compartían, y por tal motivo hacían suyo”, y que por ello todos revisten la calidad de coautores. Además manifestó que “sobran las pruebas para acreditar que durante el terrorismo de Estado era frecuente en la Brigada de Investigaciones la comisión de delitos de índole sexual”.

Alegato fiscal

El alegato acusador del Ministerio Público se repartió primero con la intervención del fiscal Diego Vigay que realizó el análisis y valoración de prueba y su par Carlos Amad quien realizó el pedido y cuantificación de penas.

Vigay alegó que “la reconstrucción de los hechos se centra en el testimonio de las víctimas, con un plexo probatorio que incluye documentales e instrumentales y el cotejo con otros testimonios de víctimas”. Precisó que cada declaración en debate de los sobrevivientes, “de modo sólido y preciso se reconstruyó cada secuestro,  heridas sufridas y captores” . Todo esto reconstruye la sistemática de las sesiones de tortura para obtener declaraciones”.

Sobre los casos de desapariciones forzadas de militantes del Partido Revolucionario de los Trabajadores, José Oviedo, Abel Arce, Enzo Lauroni y  Monica  Almirón, Vigay destacó que no es casual que no haya constancia de su detención, que todos hayan militado en el mismo espacio político y tengan idéntico destino final.  “Hubo una decisión de destino final en el marco de una postura a nivel nacional para el  exterminio de militantes del PRT. Existe un indicio muy fuerte de un viaje de Bettolli a Campo de Mayo en el cual se habría tomado esta resolución” subrayó.

Luego de plantear que todo indica que las víctimas de desaparición habrían sido arrojados al río Paraná Vigay comentó el trabajo realizado por la Unidad de Búsqueda en la provincia de Corrientes y los casos de varios fusilados en la Masacre cuyos restos fueron hallados en el cementerio de Empedrado como NN.

“Sería importante que se destaque como forma de reconstrucción de la verdad histórica que el último lugar en el que fueron vistos con vida fue la Brigada de Investigaciones. Creemos que varios de los imputados pueden tener información sobre esto. Sería importante que, así como lo pidieron familiares, aporten dantos en ese sentido” dijo. Respecto del contexto histórico del plan sistemático de exterminio y su funcionamiento se remitió a las sentencias de las causas Caballero I, Causa Masacre de Margarita Belén I y por complicidad civil.

Carlos Amad culminó el alegato con el pedido de penas, en sintonía con lo expuesto por las querellas. “Las figuras de privación ilegítima son agravadas porque naturalmente como era en esa época todo se hacía por fuera del marco del derecho y de la ley y las víctimas eran sometidas a interrogatorios brutales según la escuela francesa” sostuvo. También recalcó la responsabilidad de Gabino Manader como autor de una violación contra una detenida política con la instigación de José Rodríguez Valiente.

La extensión del alegato fiscal generó un breve cruce con el presidente Rubén Quiñones pero el contrapunto no pasó a mayores. Por otra parte, los fiscales reconocieron al tribunal por el trato empático y respetuoso a los sobrevivientes y familiares que testimoniaron, papel en el cual el juez Quiñones tuvo un rol protagónico, así como también el desarrollo expeditivo del juicio oral, sujeto a los percances propios de la modalidad remota.

Alegato defensor

“Luego de escuchar por 5 horas lo primero que voy a advertir es que estoy por todos los imputados excepto Manader” comenzó su alocución el defensor oficial Juan Manuel Costilla, un histórico en este tipo de procesos, nobleza obliga, caracterizado por un desempeño respetuoso de los y las sobrevivientes. Costilla aseveró que la presente “es una causa en la que está ampliamente violada la garantía de ser juzgado en un plazo razonable” y realizó una distinción entre la imprescriptibilidad de los hechos. Por ello solicitó para los casos de Ibarra y Casco que de ser condenados se compute por cumplida la pena por el tiempo que llevan detenidos.

Sobre el “destino final” opinó que “se pide una definición histórica, aunque no sepamos quienes son los responsables”. Además, apuntó que “no hay ninguna prueba que demuestre que mis defendidos son autores del hecho”. En líneas generales se manifestó Ricardo Osuna, en defensa de Gabino Manader, por lejos el destinatario de la mayor cantidad de denuncias por torturas y vejámenes en la Brigada.

Al cierre del alegato defensor, el fiscal Carlos Amad en ejercicio de su derecho a réplica manifestó que desde la defensa se “pide una prueba imposible” y que las caracterizaciones de los imputados han quedado plenamente probadas. Del mismo modo descartó la posibilidad de pericias médicas de las torturas cuando el mismo médico forense interviniente en los hechos

Así las cosas, la última palabra en esta causa será pronunciada por el tribunal dentro de 10 días, el viernes 30 desde las 8 h,  en la que será la séptima sentencia por crímenes de lesa humanidad en Chaco.

Fuente:ChacoDiaPorDia

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