5 de junio de 2021

ROSARIO - SANTA FE.

 

Restricciones por Covid en Santa Fe: qué se puede hacer y qué no

El gobierno provincial detalló cómo son las restricciones por coronavirus para frenar la segunda ola de contagios



El gobierno de Santa Fe evalúa las condiciones sanitarias y mira al Gobierno nacional en base a las decisiones. Sin embargo, funcionarios provinciales ya adelantaron que las restricciones continuarán una semana más. 

Estas medidas no son “fase 1”, sino que permiten la actividad comercial. Dejarán de regir este sábado y retornarán el lunes 7 de junio. Cabe destacar que el Gobierno nacional impuso que el fin de semana mantenga las restricciones de la semana anterior. 

Ver también: Nuevas restricciones por Covid en Córdoba: qué se puede hacer y qué no

En este sentido, la ministra de Salud provincial, Sonia Martorano, señaló que Rosario y la ciudad de Santa Fe tienen registros altos. “Probablemente continuemos con estas restricciones”, adelantó la funcionaria.

Por su parte, el ministro de Trabajo de la provincia, Juan Manuel Pusineri, adelantó que seguirán las medidas provinciales. Según señaló que continuarán salvo que el Gobierno Nacional tome otra determinación.

“Ahora se revisan todos los números y se hace la recomendación desde la cartera sanitaria. Sanitariamente somos más propensos a generar más restricciones y generar conciencia ciudadana, evitar en este período toda socialización y en este sentido van a seguir estas restricciones”, añadió Martorano.

Hace una semana, el gobernador Omar Perotti comunicó a la población: "Estamos en una situación crítica para atender la demanda de camas por casos de Covid". Además, se refirió a la fase 1 estricta y destacó que la prohibición de no circular hizo que bajen drásticamente los accidentes de tránsito y las personas que hay que atender.

Nuevas restricciones por Covid en Santa Fe

Luego de la virtual "fase 1" por coronavirus que anunció el gobierno nacional y que acató el gobierno provincial, se detallaron las nuevas medidas con restricciones a la circulación y horario de comercios para zonas bajo alerta sanitaria en Santa Fe.

Santa Fe anunció que el comercio mayorista y minorista, que incluye la venta de mercaderías con atención al público, tendrá el siguiente horario en las nuevas restricciones:

  • La actividad del comercio mayorista y comercio minorista podrá extenderse todos los días de la semana hasta las 17 horas
  • La extensión hasta las 19 horas, será para quienes comercialicen productos alimenticios y farmacéuticos.

*Se aclaró además que factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).  

Por otro lado, los locales gastronómicos podrán funcionar entre las 06hs y las 19hs, con un aforo máximo del 30%. Además, se mantiene la suspensión de la actividad comercial en centros comerciales, paseos, shoppings y establecimientos afines.

Restricción a la Circulación Vehicular en Santa Fe

En Santa Fe queda restringida la circulación vehicular en la vía pública, a toda persona que no realice actividades autorizadas, desde las 18hs hasta las 06 horas del día siguiente.

Al mismo tiempo, aclaran que quedan exceptuados de la restricción:

  • Quienes cumplan con su actividad laboral
  • Quienes estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas)

* Aclaran que para circular deberán llevar la documentación respaldatoria y la app provincial COVID19 o app CUIDAR.

Nuevas restricciones: qué pasa con las actividades recreativas

Las nuevas restricciones mantienen la suspensión de la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales.

En tanto, la medida por Covid también incluye al funcionamiento de clubes, gimnasios y otros establecimientos afines, incluidas las actividades al aire libre.

Se suspenden también las actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa en modalidad costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarderías náuticas. 

"Se prohíben los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados o al aire libre", agrega el Gobierno de Santa Fe en el anuncio de medidas contra el coronavirus.

Restricciones en Santa Fe: suspensión de actividades y trabajo remoto

Para el personal dependiente de los Poderes Legislativo, Judicial y de los Municipios y Comunas, Santa Fe anunció: "Se invita a los Poderes Legislativo y Judicial y a los Municipios y Comunas de la Provincia, a priorizar en relación al personal de su dependencia la modalidad de prestación de servicios en forma remota o teletrabajo, en las áreas donde ello fuera posible".

Se suspende también el ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros, en forma presencial y con atención al público en los locales y oficinas; quedando excluidos de la suspensión, los profesionales de la salud y los del notariado, para realizar diligencias esenciales e impostergables y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora tenga virtualidad de producir la pérdida de un derecho.

La suspensión también alcanza a la actividad inmobiliaria y aseguradora, resguardando en éste último caso, guardias para la recepción de denuncias de siniestros, en la medida que no puedan realizarse de manera remota.

También se suspenden las ctividades administrativas en forma presencial de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades civiles y deportivas, y la actividad administrativa de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial; quedando expresamente excluida de la suspensión el funcionamiento de obras sociales, en aquellas actividades que no pudieren realizarse en forma remota o mediante teletrabajo.

Quedan inhabilitadas las actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios, las que deberán desarrollarse en forma remota o mediante teletrabajo.

Decreto completo con nuevas restricciones para Santa Fe

MEDIDAS DEL DECRETO Nº 735

Se dispone para la totalidad del territorio provincial desde las 0 horas del día 31 de mayo y hasta el 6 de junio inclusive, la suspensión de las siguientes actividades:

a) Reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para el grupo conviviente y para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

b) Reuniones sociales en espacios públicos al aire libre.

c) Práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios cerrados o al aire libre.

d) Funcionamiento de clubes, natatorios, gimnasios y otros establecimientos afines, incluyendo los destinados a la práctica del denominado Fútbol 5; comprendiendo a las actividades en modalidad entrenamiento y las que puedan desarrollarse al aire libre.

e) Funcionamiento de locales de eventos o de juegos infantiles y otros establecimientos afines, en espacios cerrados o al aire libre, comunmente denominados miniclubs o peloteros.

f) Competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Poder Ejecutivo Nacional o Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, incluidas las competencias automovilísticas y motociclisticas.

g) Realización de todo tipo de actividades y eventos religiosos, tanto en lugares cerrados como al aire libre, sean públicos o privados.

h) Discotecas y salones de eventos, de fiestas y similares.

i) Actividades de salas de juego en casinos y bingos.

j) Locales comerciales, cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos comprendidos en el artículo 2° inciso e) apartado 4. de la Ley N° 12069; salvo para locales (a excepción de los cines), que tuvieran ingresos y egresos exteriores independientes, a los que pueda accederse sin transitar por los espacios interiores de circulación donde se ubican los comercios, sin habilitar corredores internos entre las zonas.

k) Cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y otros establecimientos afines, incluidos los que funcionen al aire libre.

l) Realización de eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo que impliquen concurrencia de personas en lugares cerrados o al aire libre;

m) Actividad complementaria en forma presencial de artistas en los bares y restaurantes durante el horario autorizado para su funcionamiento.

n) Actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos. No queda alcanzada por la suspensión dispuesta en el presente inciso la actividad de las ferias francas de comercialización de productos alimenticios.

n) Actividad hípica en hipódromos.

o) Asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas públicas y privadas, en forma presencial. Solo podrán realizarse en forma remota.

p) Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de las guarderías náuticas, a los fines del retiro y depósito de las embarcaciones.

q) Navegación recreativa o deportiva, en cualquier tipo de embarcación.

Además, en todo el territorio provincial, desde la cero (0) hora del día 31 de mayo y hasta el 6 de junio de 2021 inclusive, las actividades que a continuación se detallan, deberán desarrollarse de manera remota o mediante teletrabajo; sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial:

a) Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros debidamente matriculados e inscriptos.

No quedan comprendidos en éste inciso los profesionales de la salud, los del notariado, que deban realizar diligencias definidas como esenciales en la emergencia y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora pueda producir la pérdida de un derecho.

b) Actividad inmobiliaria y aseguradora.

c) Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales, empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades civiles y deportivas, obras sociales y de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial.

d) Actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios.

RESTRICCIÓN VEHICULAR 

Por otra parte, en todo el territorio provincial, desde la cero (0) hora del día 31 de mayo y hasta el 06 de junio de 2021 inclusive, queda restringida la circulación vehicular en la vía pública todos los días de la semana, desde las 18 horas y hasta las 6 horas del día siguiente.

En el horario establecido de restricción de la circulación vehicular en la vía pública, la concurrencia para la realización de actividades habilitadas deberá ser siempre hacia locales de cercanía y sin la utilización de vehículos.

Quedan exceptuadas de la restricción a la circulación vehicular las siguientes actividades:

a) La estrictamente necesaria para realizar actividades definidas como esenciales en la emergencia, incluidas las situaciones de fuerza mayor. 

b) Los desplazamientos desde y hacia los lugares de trabajo de los que desarrollan actividades habilitadas, incluidos los de los propietarios de los locales o establecimientos.

c) La concurrencia a los establecimientos educativos del personal escolar, cuando así fuera dispuesto por las autoridades aún mediando suspensión de las actividades presenciales.

ACTIVIDAD COMERCIAL 

En todo el territorio provincial, desde la cero (0) hora del dia 31 de mayo y hasta el 04 de junio de 2021 inclusive, la actividad del comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, podrá extenderse todos los días de la semana hasta las diecisiete (17) horas; y hasta las diecinueve (19) horas, los que comercialicen productos alimenticios y las farmacias, estas últimas sin perjuicio de la realización de los turnos de guardia.

Los establecimientos comprendidos en los incisos d) y e) apartado 1 del Artículo 2° de la Ley N° 12069, a partir de las diecisiete (17) horas y hasta el cierre, podrán permanecer abiertos al solo efecto de la venta de productos alimenticios debiendo cerrar la circulación en pasillos o zonas donde se exhiben productos de otro tipo.

El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).

ACTIVIDAD GASTRONÓMICA 

En todo el territorio provincial, desde la cero (0) hora del día 31 de mayo y hasta el 04 de junio de 2021 inclusive, los locales gastronómicos (comprensivo de bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales), deberán ajustarse a las siguientes disposiciones:

a) Desarrollando la actividad con concurrencia de comensales entre las seis (6) horas y las diecinueve (19) horas; fuera de ese horario podrán realizar actividad en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía.

b) Las autoridades municipales y comunales deberán especificar en cada caso la cantidad de mesas que corresponda, a los fines de cumplir con el coeficiente máximo del treinta por ciento (30%) de ocupación. Esta determinación deberá informarse al público en lugar visible en el ingreso.

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL 

Dispónese, en la totalidad del territorio provincial, que la actividad de los permisionarios (agentes y subagentes) de la Caja de Asistencia Social Lotería de Santa Fe para la comercialización de los juegos oficiales, podrá desarrollarse todos los días de la semana hasta las diecisiete (17) horas; con excepción del día 5 de junio de 2021, para el que se dispone la suspensión de la actividad.

En todo el territorio provincial, desde la cero (0) hora del día 31 de mayo y hasta el 06 de junio de 2021 inclusive en el desarrollo de las actividades no suspendidas por el presente Decreto y por aplicación del Decreto N° 0700/21, el factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales no podrá exceder del treinta por ciento (30%).

Se ratifica la vigencia, en todo el territorio provincial, para los días 5 y 6 de junio de 2021 de las disposiciones establecidas en los Artículos 30 y 4° del Decreto N° 0700/21, para las actividades del comercio mayorista y minorista de ventas de mercaderías y los locales gastronómicos (comprensivo de bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales), respectivamente.

Por último, cabe señalar que las autoridades municipales y comunales podrán disponer en sus respectivos distritos, en consulta con el Ministerio de Salud, mayores restricciones que las establecidas en el presente decreto. 

Asimismo, dichas autoridades municipales y comunales, en concurrencia con las autoridades provinciales competentes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas en el Decreto, de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria.

Coronavirus: situación sanitaria en Santa Fe

Ante el incremento de casos de Coronavirus, la provincia de Santa Fe, a través del Ministerio de Salud, destacó que continúa reforzando el sistema sanitario, para la atención de pacientes; a la vez que agiliza el operativo de vacunación e incrementa los puestos de testeo.

La ministra de Salud, Sonia Martorano, informó que, entre marzo de 2020 y mayo de 2021 se sumaron 297 nuevas camas en las unidades de terapia intensiva (UTI), o camas críticas, sólo en el sistema público, lo que permitió, junto con el sector privado, alcanzar 1.200 camas en toda la provincia. Al respecto, Martorano destacó que “además de las herramientas de detección y abordaje temprano y de la prevención mediante una campaña de vacunación sin precedentes, la provincia hizo una inversión histórica dotando a los efectores de la tecnología y los elementos fundamentales para dar respuesta en un momento en el que el Covid puso en crisis a todos los sistemas de salud mundiales”.

Posteriormente, precisó que en los últimos siete días se sumaron otras 23 camas críticas de las cuales dos se destinaron a la localidad de Las Parejas; ocho a Villa Gobernador Gálvez (hospital Gamen); cinco a Villa Constitución; seis a Reconquista; y dos a Rafaela.

“La última incorporación tiene que ver con las ocho camas en Villa Gobernador Gálvez, que son las que hoy están dando oxígeno a la región sur. Lo mismo en la zona de Venado Tuerto, donde pasamos a 30 camas. Damos ejemplos paradigmáticos, por ejemplo, en Rafaela comenzamos con cinco camas y hoy contamos con 40 camas críticas. Es decir, se reforzó toda la provincia y se triplicaron las camas, llegamos a 462. Y sumando las camas privadas, que también se reforzaron, hoy contamos con 1.200 camas críticas”, destacó.

Del mismo modo, ante el incremento de casos en el sur de la provincia, Martorano reafirmó: “En la región Rosario sumamos 118 camas críticas en el sistema provincial de Salud. Lo que es importante es conocer que hicimos un fortalecimiento de los sistemas de salud, tanto en el recurso humano como en la capacidad de camas críticas y camas generales con oxígeno. Esto es de alta importancia porque en las camas generales e intermedias se utiliza el alto flujo con cánulas y se utilizan los cascos Helmet”.

“Es histórico lo que estamos haciendo, Las Parejas y Villa Gobernador Gálvez suman salas de terapia intensiva, fundamentales para este momento, es infraestructura que potencia la atención sanitaria”, explicó la ministra.

Y destacó que “no solo se trata de invertir en más camas sino también de fortalecer la atención en cada localidad”.

Covid en Santa Fe: detalle por región

Para ilustrar, Sonia Martorano detalló la evolución de las unidades de terapia intensiva en algunas regiones y efectores, en donde la inversión fue sustancial y la ampliación se hizo de un modo estratégico para atender la demanda de atención y otras variables epidemiológicas.

“En Rafaela, en 2019, había cinco camas críticas y hoy hay 40; en el hospital regional de Ceres no había ninguna, y hoy hay tres; mientras que en el hospital Cullen de la ciudad de Santa Fe había 20 y hoy logramos ampliarlas a 55. Los hospitales Iturraspe viejo y nuevo pasaron de tener 20 a 66 camas críticas; en Venado Tuerto se pasó de 8 a 30; en Rosario el hospital Centenario pasó de 14 a 40, el Provincial de 13 a 32, por mencionar algunos casos”, remarcó la titular de la cartera sanitaria.

Otras ciudades también tuvieron un crecimiento sustancial de camas de terapia posibilitando que más santafesinos y santafesinos tengan acceso. En Armstrong, en 2019, no había ninguna cama crítica y hoy hay ocho; en Villa Constitución se amplió de cinco a 17; en Villa Gobernador Gálvez, a la fecha, se sumaron ocho plazas de internación críticas, mientras que en 2019 no había ninguna, por citar algunos ejemplos.

Para cerrar, Martorano hizo hincapié en el trabajo de los equipos sanitarios y concluyó: “Estamos trabajando constantemente en esta expansión, agradezco a todo el equipo de salud porque está haciendo un esfuerzo enorme para que todas y todos los santafesinos puedan ser atendidos en tiempo y en forma”.

Fuente:AgrofyNews




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