Causa Klotzman: prisión perpetua para el represor Fariña y tres ex policías de la Federal
La Justicia Federal de Rosario condenó al represor Jorge Fariña a prisión perpetua como coautor penalmente responsable de privación ilegítima de la libertad, violencia y amenazas, agravados en concurso real con tormentos aplicados por ser las víctimas perseguidas políticas, además de homicidio agravado por alevosía. La sentencia se produjo en el marco de la denominada causa Klotzman, por delitos cometidos en perjuicio de 29 víctimas en el centro clandestino de detención denominado "Quinta de Fisherton", durante la última dictadura militar.
La misma pena recibieron los tres ex policías de la Federal Federico Almeder, Juan Enrique Langlois, en este caso partícipe necesario, y Enrique Andrés López, como coautores penalmente responsables de privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas, agravadas en concurso real por aplicación de tormentos calificados por tratarse de víctimas perseguidas políticas.
Además, Fariña fue considerado "coautor penalmente responsable por la sustracción de una menor de 10 años, calificándolo como crimen de lesa humanidad" en perjuicio de María Pía Josefina Kertz, hija biológica de Cecilia Beatriz Barral (dio a luz en cautiverio) y Ricardo Horacio Klotzman, quien fue entregada a una familia de Santa Fe en aquel entonces y luego resultó ser la nieta recuperada 103 en 2011.
La pena de prisión perpetua superó las expectativas de la querella, puesto que el equipo de litigación de Abuelas Rosario había solicitado para Fariña, ex integrante del Destacamento de Inteligencia Nº 121 del Ejército, "la pena de 15 años de prisión e inhabilitación absoluta" y que sea cumplida "en cárcel común", como tantos otros represores. La abogada de Abuelas, Sofia Barro Fosin, había reconstruido cómo Cecilia y Ricardo fueron secuestrados el lunes 2 agosto 1976 de su domicilio y "se los llevaron, a ella con un embarazo a término".
En tanto, desde Hijos Rosario habían solicitado la pena que luego sentenció el Tribunal y el pedido de que cumplan la pena en cárcel común, puesto que estaban detenidos bajo el beneficio de la prisión domiciliaria.
El fiscal del juicio, Adolfo Villate, había pedido al Tribunal en su alegato la pena de prisión perpetua para los cuatro involucrados en el secuestro, desaparición y muerte de la cúpula rosarina del ERP, al igual que las querellas particulares y la de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
Villate sostuvo que “los hechos están suficientemente probados y con el grado de certeza requerido para un veredicto de condena”, al acusar a los imputados por homicidios, privación ilegal de la libertad, aplicación de tormentos y asociación ilícita en el caso de los policías.
Además, solicitó que esos hechos sean “calificados como delitos de lesa humanidad” por cuanto “formaron parte de un plan sistemático y generalizado que se llevó adelante en contra de la población civil”.
Durante el juicio, que luego de varias postergaciones se inició en septiembre del año pasado, se ventilaron los casos de 29 víctimas del terrorismo de Estado, la mayoría ligadas al ERP, de las cuales solo hubo dos sobrevivientes. Uno de ellos es Fernando Brarda, quien prestó su testimonio en el debate, y de un hombre que luego de 40 años que estuvo secuestrado “por error” en la “Quinta de Fisherton”, por donde pasaron los desaparecidos de la causa.
El tribunal estuvo integrado por Osvaldo Facciano, Mariela Emilce Rojas y Eugenio Martínez Ferrero. Los fundamentos del fallo se conocerán el próximo 16 de septiembre.
Las víctimas
Cecilia Beatriz Barral, Ricardo Horacio Klotzman y la hija de ambos, recuperada en 2011; Juan Alberto Tumbetta, Edgardo Silva, Osvaldo Aníbal Matosky Szeverin, Fernando Patricio Brarda, María Laura Gonzalez, Ricardo José Machado, Elvira Estela Marquez, Liliana Beatriz Girardi, Julio Adolfo Curtolo, María Teresa Latino, Maria Teresa Serra, Elvio Ignacio Castañeda, Alejandro Ramón Pastorini, José Ángel Alba, Herminia Nilda Inchaurraga, José Rolando Maciel, Elena Cristina Marques, Dante Rubén Vidali, Isabel Ángela Carlucci, Víctor Hugo Fina, Héctor Alberto González, María Teresa Vidal Martínez Bayo, Juan Carlos Lieby, Daniel Emilio Garrera, María Victoria Gazzano Bertos y Oscar Alberto Medina.
El rol de Jorge Fariña
Durante la audiencia del juicio, el fiscal Villate, con la asistencia del fiscal ad-hoc Alvaro Baella, describió las tareas que ejercieron los imputados en el plan de exterminio y enumeró los hechos por los que se los acusó, según publicó el Ministerio Público Fiscal de la Nación.
Con respecto a Fariña, señalaron que el imputado comenzó a prestar servicio en el Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario ya desde 1973, que el 19 de diciembre de ese año fue ascendido de Teniente Primero a Capitán y que luego, el 1 de enero de 1975, continuó sus servicios en la Escuela Superior de Guerra hasta diciembre de ese año, para luego volver y continuar su desempeño en el Destacamento 121, donde fue nombrado como Jefe de la Sección Comando y Servicio en marzo de 1976.
A su vez, en abril de 1976 fue designado como Jefe de la Primer Sección de Ejecución, mientras que el 22 de septiembre del mismo año fue nombrado como Jefe de la Central de Operaciones de Inteligencia (COI), dependencias centrales las últimas en la represión ilegal estatal.
En cuanto a las tareas que realizó, Baella aseveró que “ocupó un lugar intermedio en la cadena de mando del armado represivo, que tuvo un amplio rango de autonomía para ejecutar las ordenes que le eran dadas y que para ello transmitió esas órdenes a sus subordinados, siempre en el cumplimiento del plan macro que organizó el genocidio”.
El fiscal ad hoc también sostuvo que “la responsabilidad deviene clara al haber retransmitido órdenes, tomadas de sus decisiones, pero a su vez ejecutando materialmente los hechos” y agregó que “por todo esto no cabe duda de que Fariña es responsable de todo lo que se lo acusa como coautor.”
La responsabilidad de los policías federales
Con respecto a los policías Almeder, Langlois y Andrés López, el fiscal Villate indicó que eran, para la fecha de los hechos, agentes de la Policía Federal que cumplían funciones en Rosario.
En ese sentido, el fiscal remarcó que participaron de lo que se llamó la “oficina técnica”, que tenía como función recabar información y que dentro de esta oficina funcionaba también la llamada “brigada antisubversiva”.
Explicó que las tareas en las que participaba la Policía Federal se organizaban bajo la dirección del jefe de la delegación (Juan Dib, quien estaba imputado pero falleció el año pasado) en coordinación con las máximas autoridades del Destacamento Inteligencia 121 del Ejército, entre quienes se encontraba el propio Fariña, y que contaba entre sus recursos con personal del escalafón de seguridad, entre ellos Almeder y López, y con integrantes del Cuerpo de Informaciones. Este departamento centralizaba en esa fuerza de seguridad las actividades de inteligencia, en este caso concreto, en la persona de Langlois.
De esta manera, Villatte explicó cómo accionaron en los autodenominados "Operativos Conjuntos", hechos delictivos perpetrados por este grupo de tareas, conformado tanto por integrantes del Destacamento de Inteligencia 121 como por miembros de la Delegación Rosario de la Policía Federal Argentina, quienes, más allá de la división de funciones, actuaban en lo relativo al secuestro, torturas, asesinato y desaparición de personas.
Fuente:LaCapital
Causa Kloztman: prisión perpetua para tres ex policías federales y un ex militar
El Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario sentenció a cuatro represores, entre ellos ex capitán de inteligencia Jorge Fariña, a la pena máxima por los crímenes de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino Quinta de Fisherton
El veredicto se leyó este jueves y hubo "aguante" en los tribunales de Oroño. (Alan Monzón/Rosario3
La Justicia Federal de Rosario condenó este jueves a prisión perpetua al ex capitán de inteligencia Jorge Alberto Fariña y a los tres ex policías federales de la Delegación Rosario Federico Almeder, René Juan Langlois y Enrique Andrés López, por los crímenes de lesa humanidad cometidos contra 29 víctimas en el centro clandestino de detención (CCD) “Quinta de Fisherton”, durante la última dictadura cívico militar.
La sentencia en la causa conocida como Kloztman, por una de las 29 víctimas (ex integrantes del ERP, 27 fueron desaparecidos), fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2, integrado por la jueza Mariela Emilce Rojas y los jueces Osvaldo Facciano y Eugenio Martínez Ferrero.
El fallo fue en línea con las penas requeridas por el fiscal general Adolfo Villatte, a cargo de la Unidad Fiscal de Asistencia para causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado de Rosario.
Los fundamentos de la sentencia, conocida este mediodía en los tribunales de bulevar Oroño, se conocerán el próximo 17 de septiembre a las 20.
Fariña y la nieta recuperada 103
Según informó el sitio oficial Fiscales, en su veredicto N°34/2001, el TOF N°2 rosarino condenó a Fariña como coautor de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas; aplicación de tormentos calificada por ser las víctimas perseguidas políticas y homicidio agravado por alevosía, por la concurrencia preordenada de dos o más personas y con el fin de procurar la impunidad para sí o para otro en perjuicio de 22 víctimas.
También se lo consideró coautor de privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenaza y homicidio agravado por alevosía, por la concurrencia preordenada de dos o más personas y con el fin de procurar la impunidad para sí o para otro en otros dos casos; privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas y aplicación de tormentos calificados por ser las víctimas perseguidas políticas (un caso); y homicidio agravado por alevosía, por la concurrencia preordenada de dos o más en perjuicio de tres víctimas.
Finalmente, se lo responsabilizó por la sustracción, retención y ocultamiento de una menor de 10 años y supresión y alteración de identidad de una menor, al tiempo que todos los hechos imputados fueron calificados como crímenes de lesa humanidad.
Se trata de la hija del matrimonio formado por Ricardo Klotzman y Cecilia Barral, quien estaba embarazada y dio a luz en cautiverio, y que fue dada en adopción legal a un matrimonio de la ciudad de Santa Fe. Ambos están desaparecidos.
Su hija, María Pía Josefina Kerz, conoció su verdadera identidad en abril de 2011 tras someterse a pruebas en el Banco Nacional de Datos Genéticos y se convirtió en la nieta número 103 recuperada por la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo.
Las penas de los ex policías
Por su parte, Federico Almeder fue condenado por como coautor de los crímenes de lesa humanidad consistentes en privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas, aplicación de tormentos calificada por ser las víctimas perseguidas políticas; homicidio agravado por alevosía, por la concurrencia preordenada de dos o más personas y con el fin de procurar la impunidad para sí o para otro en perjuicio de seis víctimas; homicidio agravado por alevosía, por la concurrencia preordenada de dos o más personas en dos casos); y por asociación ilícita, calificándolos como crímene. de lesa humanidad.
A Enrique Andrés López y René Juan Langlois se los condenó como autor y partícipe necesario, respectivamente, por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas, aplicación de tormentos calificada por ser las víctimas perseguidas políticas; homicidio agravado por alevosía, por la concurrencia preordenada de dos o más personas y con el fin de procurar la impunidad para sí o para otro en perjuicio de cuatro personas y por asociación ilícita, al tiempo que todos los crímenes fueron considerados de lesa humanidad.
El tribunal también dispuso que los condenados sean inhabilitados permanentemente y de forma perpetua, se hagan cargo de las accesorias legales, las costas del proceso y el pago de la tasa de justicia, y se mantuvo su prisión domiciliaria, la cual había sido impuesta como medida cautelar.
El juicio
Al debate oral, que durante tres años sufrió postergaciones y finalmente comenzó el 23 de septiembre de 2020, llegaron acusados por múltiples privaciones ilegítimas de la libertad, torturas, homicidios y por la apropiació. la hija del matrimonio Klotzman-Barral. También estaba imputado el sargento de la PFA Juan Dib, quien falleció en agosto de 2020.
Durante las sucesivas audiencias se analizaron los hechos ocurridos en perjuicio de 29 víctimas, integrantes de la agrupación PRT-ERP o que tuvieron alguna vinculación con los miembros de dicha organización, que fueron asesinadas o están desaparecidas tras sufrir privaciones ilegítimas de libertad dentro del Centro Clandestino de Detención “Quinta de Fisherton” o “Quinta operacional de Fisherton”, en donde además fueron sometidas a tormentos.
Los hechos juzgados fueron ejecutados, en su mayoría, durante la primera mitad de agosto de 1976 por los autodenominados “Operativos Conjuntos”, en el que participaban tanto integrantes del Ejército como de la Policía Federal Argentina.
En su alegato, el fiscal general Villatte había solicitado penas de prisión perpetua y también una reparación simbólica -que no fue considerara por el TOF N°2 rosarino- consistente en ordenar a los diarios locales de mayor circulación la publicación de parte resolutiva de la sentencia, tanto en su edición impresa como de forma online, al día siguiente del veredicto; ordenar a la Municipalidad de Rosario y a la Provincia de Santa Fe que se restituya el cartel de señalización del CCD “Quinta de Fisherton”, que fue retirado por trabajos de repavimentación y nunca fue vuelto a colocar; y que se le requiera a la comisión directiva de la Fundación Churchill, el instituto educativo que es el actual propietario del predio donde estaba el CCD, que se señalice el espacio y se deje en claro que allí funcionó un centro de exterminio durante la última dictadura militar, y que se le solicite la enseñanza a su alumnado sobre los hechos que ocurrieron allí “como una forma más de transmitir la memoria”.
Fuente:Rosario3
Al debate oral, que durante tres años sufrió postergaciones y finalmente comenzó el 23 de septiembre de 2020, llegaron acusados por múltiples privaciones ilegítimas de la libertad, torturas, homicidios y por la apropiació. la hija del matrimonio Klotzman-Barral. También estaba imputado el sargento de la PFA Juan Dib, quien falleció en agosto de 2020.
Durante las sucesivas audiencias se analizaron los hechos ocurridos en perjuicio de 29 víctimas, integrantes de la agrupación PRT-ERP o que tuvieron alguna vinculación con los miembros de dicha organización, que fueron asesinadas o están desaparecidas tras sufrir privaciones ilegítimas de libertad dentro del Centro Clandestino de Detención “Quinta de Fisherton” o “Quinta operacional de Fisherton”, en donde además fueron sometidas a tormentos.
Los hechos juzgados fueron ejecutados, en su mayoría, durante la primera mitad de agosto de 1976 por los autodenominados “Operativos Conjuntos”, en el que participaban tanto integrantes del Ejército como de la Policía Federal Argentina.
En su alegato, el fiscal general Villatte había solicitado penas de prisión perpetua y también una reparación simbólica -que no fue considerara por el TOF N°2 rosarino- consistente en ordenar a los diarios locales de mayor circulación la publicación de parte resolutiva de la sentencia, tanto en su edición impresa como de forma online, al día siguiente del veredicto; ordenar a la Municipalidad de Rosario y a la Provincia de Santa Fe que se restituya el cartel de señalización del CCD “Quinta de Fisherton”, que fue retirado por trabajos de repavimentación y nunca fue vuelto a colocar; y que se le requiera a la comisión directiva de la Fundación Churchill, el instituto educativo que es el actual propietario del predio donde estaba el CCD, que se señalice el espacio y se deje en claro que allí funcionó un centro de exterminio durante la última dictadura militar, y que se le solicite la enseñanza a su alumnado sobre los hechos que ocurrieron allí “como una forma más de transmitir la memoria”.
Fuente:Rosario3
Lesa humanidad: perpetuas
por el caso de una paranaense
Cuatro represores fueron condenadas a perpetua por 29 víctimas de delitos de lesa humanidad, entre ellas María Victoria Gazzano Bertos, quien era de Paraná.La Justicia Federal de Rosario condenó al represor Jorge Fariña a prisión perpetua, al encontrarlo coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad, violencia y amenazas, en concurso real con tormentos, además de homicidio agravado por alevosía. La sentencia se produjo en el marco de la denominada causa Klotzman, por crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 29 víctimas en el centro clandestino de detención denominado "Quinta de Fisherton", durante la última dictadura cívico militar. Una de esas víctimas es María Victoria Gazzano Bertos, quien era de Paraná y cuyos restos fueron recuperados hace unos años.
La misma pena recibieron los tres expolicías de la Federal Federico Almeder, Juan Enrique Langlois, en este caso partícipe necesario, y Enrique Andrés López, como coautores penalmente responsables de privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas, en concurso real con aplicación de tormentos calificados por tratarse de víctimas perseguidas políticas, publicó La Capital.
Además, Fariña fue considerado "coautor penalmente responsable por la sustracción de una menor de 10 años, en perjuicio de María Pía Josefina Kertz, hija biológica de Cecilia Beatriz Barral, quien dio a luz en cautiverio, y Ricardo Horacio Klotzman. La beba fue entregada a una familia de Santa Fe en aquel entonces y luego resultó ser la nieta restituida 103 en 2011.
La Justicia Federal de Rosario condenó al represor Jorge Fariña a prisión perpetua, al encontrarlo coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad, violencia y amenazas, en concurso real con tormentos, además de homicidio agravado por alevosía. La sentencia se produjo en el marco de la denominada causa Klotzman, por crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 29 víctimas en el centro clandestino de detención denominado "Quinta de Fisherton", durante la última dictadura cívico militar. Una de esas víctimas es María Victoria Gazzano Bertos, quien era de Paraná y cuyos restos fueron recuperados hace unos años.
La misma pena recibieron los tres expolicías de la Federal Federico Almeder, Juan Enrique Langlois, en este caso partícipe necesario, y Enrique Andrés López, como coautores penalmente responsables de privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas, en concurso real con aplicación de tormentos calificados por tratarse de víctimas perseguidas políticas, publicó La Capital.
Además, Fariña fue considerado "coautor penalmente responsable por la sustracción de una menor de 10 años, en perjuicio de María Pía Josefina Kertz, hija biológica de Cecilia Beatriz Barral, quien dio a luz en cautiverio, y Ricardo Horacio Klotzman. La beba fue entregada a una familia de Santa Fe en aquel entonces y luego resultó ser la nieta restituida 103 en 2011.
Gazzano Bertos
En 2011, el Equipo Argentino de Antropología Forense identificó a María Victoria Gazzano Bertos. La joven había sido asesinada durante la dictadura y estaba enterrada como NN en el cementerio de Andino, Santa Fe. En 2014 los restos fueron restituidos y enterrados en el cementerio municipal de Paraná.
María Victoria Gazzano Bertos tenía 21 años, era estudiante universitaria y militante de la Juventud Peronista. Fue detenida-desaparecida entre el 11 y el 14 de septiembre de 1976 en su departamento de Crespo 545 en Rosario, Santa Fe. Fue asesinada el 14 de septiembre de 1976 en camino "El Espinillo", de Pueblo Andino, según los datos del Registro Único de la Verdad de Entre Ríos.
En 2011, el Equipo Argentino de Antropología Forense identificó a María Victoria Gazzano Bertos. La joven había sido asesinada durante la dictadura y estaba enterrada como NN en el cementerio de Andino, Santa Fe. En 2014 los restos fueron restituidos y enterrados en el cementerio municipal de Paraná.
María Victoria Gazzano Bertos tenía 21 años, era estudiante universitaria y militante de la Juventud Peronista. Fue detenida-desaparecida entre el 11 y el 14 de septiembre de 1976 en su departamento de Crespo 545 en Rosario, Santa Fe. Fue asesinada el 14 de septiembre de 1976 en camino "El Espinillo", de Pueblo Andino, según los datos del Registro Único de la Verdad de Entre Ríos.
Penas altas
La pena de prisión perpetua superó las expectativas de la querella, puesto que el equipo de litigación de Abuelas de Plaza de Mayo Rosario había solicitado para Fariña, ex integrante del Destacamento de Inteligencia Nº 121 del Ejército, "la pena de 15 años de prisión e inhabilitación absoluta" y que sea cumplida "en cárcel común". La abogada de Abuelas, Sofia Barro Fosin, había reconstruido cómo Cecilia y Ricardo fueron secuestrados el lunes 2 agosto 1976 de su domicilio y "se los llevaron, a ella con un embarazo a término".
En tanto, desde Hijos Rosario habían solicitado la pena que luego sentenció el Tribunal y el pedido de que cumplan la pena en cárcel común, puesto que estaban detenidos bajo el beneficio de la prisión domiciliaria.
El fiscal del juicio, Adolfo Villate, había pedido al Tribunal en su alegato la pena de prisión perpetua para los cuatro involucrados en el secuestro, desaparición y muerte de la cúpula rosarina del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), al igual que las querellas particulares y la de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
Villate sostuvo que “los hechos están suficientemente probados y con el grado de certeza requerido para un veredicto de condena”, al acusar a los imputados por homicidios, privación ilegal de la libertad, aplicación de tormentos y asociación ilícita en el caso de los policías.
Además, solicitó que esos hechos sean “calificados como delitos de lesa humanidad” por cuanto “formaron parte de un plan sistemático y generalizado que se llevó adelante en contra de la población civil”.
El tribunal estuvo integrado por Osvaldo Facciano, Mariela Emilce Rojas y Eugenio Martínez Ferrero. Los fundamentos del fallo se conocerán el próximo 16 de septiembre.
La pena de prisión perpetua superó las expectativas de la querella, puesto que el equipo de litigación de Abuelas de Plaza de Mayo Rosario había solicitado para Fariña, ex integrante del Destacamento de Inteligencia Nº 121 del Ejército, "la pena de 15 años de prisión e inhabilitación absoluta" y que sea cumplida "en cárcel común". La abogada de Abuelas, Sofia Barro Fosin, había reconstruido cómo Cecilia y Ricardo fueron secuestrados el lunes 2 agosto 1976 de su domicilio y "se los llevaron, a ella con un embarazo a término".
En tanto, desde Hijos Rosario habían solicitado la pena que luego sentenció el Tribunal y el pedido de que cumplan la pena en cárcel común, puesto que estaban detenidos bajo el beneficio de la prisión domiciliaria.
El fiscal del juicio, Adolfo Villate, había pedido al Tribunal en su alegato la pena de prisión perpetua para los cuatro involucrados en el secuestro, desaparición y muerte de la cúpula rosarina del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), al igual que las querellas particulares y la de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
Villate sostuvo que “los hechos están suficientemente probados y con el grado de certeza requerido para un veredicto de condena”, al acusar a los imputados por homicidios, privación ilegal de la libertad, aplicación de tormentos y asociación ilícita en el caso de los policías.
Además, solicitó que esos hechos sean “calificados como delitos de lesa humanidad” por cuanto “formaron parte de un plan sistemático y generalizado que se llevó adelante en contra de la población civil”.
El tribunal estuvo integrado por Osvaldo Facciano, Mariela Emilce Rojas y Eugenio Martínez Ferrero. Los fundamentos del fallo se conocerán el próximo 16 de septiembre.
Las víctimas
Durante el juicio, que luego de varias postergaciones se inició en septiembre del año pasado, se ventilaron los casos de 29 víctimas del terrorismo de Estado, la mayoría ligadas al ERP, de las cuales solo hubo dos sobrevivientes. Uno de ellos es Fernando Brarda, quien prestó su testimonio en el debate, y un hombre que estuvo secuestrado “por error” en la “Quinta de Fisherton”, por donde pasaron los desaparecidos de la causa.
Las víctimas fueron Cecilia Beatriz Barral, Ricardo Horacio Klotzman y la hija de ambos, restituida en 2011; Juan Alberto Tumbetta, Edgardo Silva, Osvaldo Aníbal Matosky Szeverin, Fernando Patricio Brarda, María Laura González, Ricardo José Machado, Elvira Estela Márquez, Liliana Beatriz Girardi, Julio Adolfo Curtolo, María Teresa Latino, María Teresa Serra, Elvio Ignacio Castañeda, Alejandro Ramón Pastorini, José Ángel Alba, Herminia Nilda Inchaurraga, José Rolando Maciel, Elena Cristina Marques, Dante Rubén Vidali, Isabel Ángela Carlucci, Víctor Hugo Fina, Héctor Alberto González, María Teresa Vidal Martínez Bayo, Juan Carlos Lieby, Daniel Emilio Garrera, Oscar Alberto Medina y la paranaense María Victoria Gazzano Bertos.
Durante el juicio, que luego de varias postergaciones se inició en septiembre del año pasado, se ventilaron los casos de 29 víctimas del terrorismo de Estado, la mayoría ligadas al ERP, de las cuales solo hubo dos sobrevivientes. Uno de ellos es Fernando Brarda, quien prestó su testimonio en el debate, y un hombre que estuvo secuestrado “por error” en la “Quinta de Fisherton”, por donde pasaron los desaparecidos de la causa.
Las víctimas fueron Cecilia Beatriz Barral, Ricardo Horacio Klotzman y la hija de ambos, restituida en 2011; Juan Alberto Tumbetta, Edgardo Silva, Osvaldo Aníbal Matosky Szeverin, Fernando Patricio Brarda, María Laura González, Ricardo José Machado, Elvira Estela Márquez, Liliana Beatriz Girardi, Julio Adolfo Curtolo, María Teresa Latino, María Teresa Serra, Elvio Ignacio Castañeda, Alejandro Ramón Pastorini, José Ángel Alba, Herminia Nilda Inchaurraga, José Rolando Maciel, Elena Cristina Marques, Dante Rubén Vidali, Isabel Ángela Carlucci, Víctor Hugo Fina, Héctor Alberto González, María Teresa Vidal Martínez Bayo, Juan Carlos Lieby, Daniel Emilio Garrera, Oscar Alberto Medina y la paranaense María Victoria Gazzano Bertos.
Condenado en Paraná
El represor Fariña, quien prestó servicios en el Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario desde 1973, también tiene una condena anterior del Tribunal Oral Federal de Paraná. Fue en 2011, en la causa Hospital Militar, donde fue sentenciado a 13 años de prisión.
En aquella ocasión se lo encontró coautor del delito de sustracción de un menor de diez años del poder de sus padres, tutor o persona encargada y del delito de alteración o supresión del estado civil de un menor de diez años, en el caso del robo de los bebés mellizos de los militantes montoneros Raquel Negro y Tulio Valenzuela.
Fuente:DiarioUnoER
Causa Klotzman: perpetua para cuatro genocidas por desapariciones y muerte en la Quinta de Fisherton
Jorge Alberto Fariña, Federico Almeder, René Juan Langlois y Enrique Andrés López son quienes recibieron la sentencia, mientras que los imputados Luis Paulino Coronel, Rubén Oscar Jaime y Juan Dib fallecieron durante el proceso judicial
29 de julio de 2021
Candela Ramírez
Este jueves al mediodía, en la causa a cargo de la jueza Mariela Emilce Rojas y los magistrados Osvaldo Facciano y Eugenio Martínez, integrantes del Tribunal Oral Federal N°2, condenaron a cuatro represores a la pena de prisión perpetua. Los sentenciados en la conocida como causa Klotzman son Jorge Alberto Fariña, Federico Almeder, René Juan Langlois y Enrique Andrés López.
Fariña es retirado del Ejército Argentino, destinado al Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario y ya ha sido juzgado por crímenes de lesa humanidad; los demás son ex agentes de la Policía Federal Argentina delegación Rosario y es la primera vez que afrontan un juicio de este tipo. Todos se encontraban en prisión preventiva en modalidad de detención domiciliaria y seguirán detenidos en la misma modalidad.
La lectura de la sentencia se dio en los Tribunales Federales ubicados por bulevar Oroño al 900. La pandemia impidió, nuevamente, grandes concentraciones por lo que sólo algunos integrantes de organismos de derechos humanos y familiares de víctimas se congregaron afuera del tribunal. En mayo de 2020 había sido la sentencia de la tercera y cuarta elevación de la megacausa Feced en pleno aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Las penas anunciadas son las mismas que había solicitado la Fiscalía en la etapa de alegatos. La lectura de los fundamentos de la sentencia será el viernes 17 de septiembre a las 20.
La causa, que se elevó a juicio en 2015, investigó por primera vez los crímenes cometidos en la Quinta de Fisherton (San José de Calazans 9100) que funcionó como centro clandestino de detención durante la última dictadura militar. Esta elevación investigó los crímenes que se cometieron contra 29 víctimas, de las cuales solo hay dos sobrevivientes: Fernando Brarda, que pasó décadas denunciando la existencia de este CCD; y la nieta -hija de la pareja Cecilia Barral y Ricardo Klotzman- cuya identidad fue restituida en 2011. Diecisiete víctimas continúan desaparecidas, cuatro fueron restituidas y seis fueron asesinadas.
Además hay un sobreviviente que se dio a conocer en 2016 y su caso no llegó a elevarse en esta oportunidad aunque llegó a declarar en noviembre de 2020. Salvo los sobrevivientes, las demás víctimas eran militantes del PRT-ERP (Partido Revolucionario del Pueblo-Ejército Revolucionario del Pueblo).
Es la primera vez que se investigó un caso de apropiación y robo de identidad en la ciudad. Para Abuelas de Plaza de Mayo Rosario era un juicio especialmente importante por esto y porque además hubo otras tres mujeres embarazadas al momento de su secuestro: Isabel Ángela Carlucci, María Laura Gonzalez y Liliana Beatriz Girardi. Las tres fueron llevadas con vida desde sus domicilios, sin embargo durante el transcurso del juicio no se obtuvieron más precisiones sobre el nacimiento o no de sus hijos o hijas.
Sobre esto, Santiago Bereciartua, integrante de la querella de Abuelas en la ciudad, manifestó a El Ciudadano que los condenados no aportaron ningún dato a lo largo del juicio. Cumplen a rajatabla su pacto de silencio.
Sin embargo, el abogado expresó que desde el organismo se sienten satisfechos porque el Tribunal “receptó y dio por probada la responsabilidad de Fariña en la apropiación y robo de identidad de la nieta recuperada”.
El tribunal calificó a los delitos investigados como de lesa humanidad. Los mismos son homicidio agravado, privación ilegítima de la libertad agravada, tormentos agravados, asociación ilícita y supresión de identidad, sustracción, retención y ocultación de un menor de 10 años.
Por su parte, Gabriela Durruty, integrante de la querella de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos -Apdh- también expresó a este medio su alegría por la condena obtenida: “Esta sentencia, como todas, es una fiesta en Rosario, donde aprendimos desde 2009 a demostrar en la calle que los juicios son de todos o no son”. Se refirió al inicio del primer juicio de lesa humanidad en la ciudad luego de que se retomaran estas causas en el país tras la anulación de las leyes de obediencia debida y punto final.
Además destacó que “se hizo lugar a las penas pedidas”. Subrayó que es la primera vez que se condenan a policías federales en Rosario por este tipo de crímenes “demostrando este accionar de las fuerzas conjuntas que se venía planteando en todos los juicios pero es la primera vez que va mas allá de los integrantes de las tres fuerzas armadas”.
“Como ocurre con todas las sentencias se demostró que los hechos ocurrieron tal como los relataron los sobrevivientes y familiares y eso es indiscutible a partir de la certeza necesaria para tener una condena de sentencia penal”, sintetizó.
La causa se conoce popularmente como Klotzman por el apellido del primer secuestrado en una serie de “operativos conjuntos” del Ejército y la Policía Federal. Había iniciado su juicio en septiembre de 2020 luego de ser suspendido en tres oportunidades. Durante esas demoras fallecieron tres genocidas vinculados a la causa: Luis Paulino Coronel, Rubén Oscar Jaime y Juan Dib. A esto se refieren los organismos de derechos humanos cuando hablan de impunidad biológica.
Las víctimas son: Cecilia Beatriz Barral, Ricardo Horacio Klotzman, la nieta recuperada hija del matrimonio Klotzman-Barral, Juan Alberto Tumbetta, Edgardo Silva, Osvaldo Aníbal Matosky Szeverin, Fernando Patricio Brarda, María Laura Gonzalez, Ricardo José Machado, Elvira Estela Marquez, Liliana Beatriz Girardi, Julio Adolfo Curtolo, María Teresa Latino, María Teresa Serra, Elvio Ignacio Castañeda, Alejandro Ramón Pastorini, José Ángel Alba, Herminia Nilda Inchaurraga, José Rolando Maciel, Elena Cristina Marques, Dante Rubén Vidali, Isabel Ángela Carlucci, Víctor Hugo Fina, Héctor Alberto González, María Teresa Vidal Martínez Bayo, Juan Carlos Lieby, Daniel Emilio Garrera, María Victoria Gazzano Bertos y Oscar Alberto Medina.
Fuente:ElCiudadanoyLaRegion
El represor Fariña, quien prestó servicios en el Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario desde 1973, también tiene una condena anterior del Tribunal Oral Federal de Paraná. Fue en 2011, en la causa Hospital Militar, donde fue sentenciado a 13 años de prisión.
En aquella ocasión se lo encontró coautor del delito de sustracción de un menor de diez años del poder de sus padres, tutor o persona encargada y del delito de alteración o supresión del estado civil de un menor de diez años, en el caso del robo de los bebés mellizos de los militantes montoneros Raquel Negro y Tulio Valenzuela.
Fuente:DiarioUnoER
Causa Klotzman: perpetua para cuatro genocidas por desapariciones y muerte en la Quinta de Fisherton
Jorge Alberto Fariña, Federico Almeder, René Juan Langlois y Enrique Andrés López son quienes recibieron la sentencia, mientras que los imputados Luis Paulino Coronel, Rubén Oscar Jaime y Juan Dib fallecieron durante el proceso judicial
29 de julio de 2021
Candela Ramírez
Este jueves al mediodía, en la causa a cargo de la jueza Mariela Emilce Rojas y los magistrados Osvaldo Facciano y Eugenio Martínez, integrantes del Tribunal Oral Federal N°2, condenaron a cuatro represores a la pena de prisión perpetua. Los sentenciados en la conocida como causa Klotzman son Jorge Alberto Fariña, Federico Almeder, René Juan Langlois y Enrique Andrés López.
Fariña es retirado del Ejército Argentino, destinado al Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario y ya ha sido juzgado por crímenes de lesa humanidad; los demás son ex agentes de la Policía Federal Argentina delegación Rosario y es la primera vez que afrontan un juicio de este tipo. Todos se encontraban en prisión preventiva en modalidad de detención domiciliaria y seguirán detenidos en la misma modalidad.
La lectura de la sentencia se dio en los Tribunales Federales ubicados por bulevar Oroño al 900. La pandemia impidió, nuevamente, grandes concentraciones por lo que sólo algunos integrantes de organismos de derechos humanos y familiares de víctimas se congregaron afuera del tribunal. En mayo de 2020 había sido la sentencia de la tercera y cuarta elevación de la megacausa Feced en pleno aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Las penas anunciadas son las mismas que había solicitado la Fiscalía en la etapa de alegatos. La lectura de los fundamentos de la sentencia será el viernes 17 de septiembre a las 20.
La causa, que se elevó a juicio en 2015, investigó por primera vez los crímenes cometidos en la Quinta de Fisherton (San José de Calazans 9100) que funcionó como centro clandestino de detención durante la última dictadura militar. Esta elevación investigó los crímenes que se cometieron contra 29 víctimas, de las cuales solo hay dos sobrevivientes: Fernando Brarda, que pasó décadas denunciando la existencia de este CCD; y la nieta -hija de la pareja Cecilia Barral y Ricardo Klotzman- cuya identidad fue restituida en 2011. Diecisiete víctimas continúan desaparecidas, cuatro fueron restituidas y seis fueron asesinadas.
Además hay un sobreviviente que se dio a conocer en 2016 y su caso no llegó a elevarse en esta oportunidad aunque llegó a declarar en noviembre de 2020. Salvo los sobrevivientes, las demás víctimas eran militantes del PRT-ERP (Partido Revolucionario del Pueblo-Ejército Revolucionario del Pueblo).
Es la primera vez que se investigó un caso de apropiación y robo de identidad en la ciudad. Para Abuelas de Plaza de Mayo Rosario era un juicio especialmente importante por esto y porque además hubo otras tres mujeres embarazadas al momento de su secuestro: Isabel Ángela Carlucci, María Laura Gonzalez y Liliana Beatriz Girardi. Las tres fueron llevadas con vida desde sus domicilios, sin embargo durante el transcurso del juicio no se obtuvieron más precisiones sobre el nacimiento o no de sus hijos o hijas.
Sobre esto, Santiago Bereciartua, integrante de la querella de Abuelas en la ciudad, manifestó a El Ciudadano que los condenados no aportaron ningún dato a lo largo del juicio. Cumplen a rajatabla su pacto de silencio.
Sin embargo, el abogado expresó que desde el organismo se sienten satisfechos porque el Tribunal “receptó y dio por probada la responsabilidad de Fariña en la apropiación y robo de identidad de la nieta recuperada”.
El tribunal calificó a los delitos investigados como de lesa humanidad. Los mismos son homicidio agravado, privación ilegítima de la libertad agravada, tormentos agravados, asociación ilícita y supresión de identidad, sustracción, retención y ocultación de un menor de 10 años.
Por su parte, Gabriela Durruty, integrante de la querella de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos -Apdh- también expresó a este medio su alegría por la condena obtenida: “Esta sentencia, como todas, es una fiesta en Rosario, donde aprendimos desde 2009 a demostrar en la calle que los juicios son de todos o no son”. Se refirió al inicio del primer juicio de lesa humanidad en la ciudad luego de que se retomaran estas causas en el país tras la anulación de las leyes de obediencia debida y punto final.
Además destacó que “se hizo lugar a las penas pedidas”. Subrayó que es la primera vez que se condenan a policías federales en Rosario por este tipo de crímenes “demostrando este accionar de las fuerzas conjuntas que se venía planteando en todos los juicios pero es la primera vez que va mas allá de los integrantes de las tres fuerzas armadas”.
“Como ocurre con todas las sentencias se demostró que los hechos ocurrieron tal como los relataron los sobrevivientes y familiares y eso es indiscutible a partir de la certeza necesaria para tener una condena de sentencia penal”, sintetizó.
La causa se conoce popularmente como Klotzman por el apellido del primer secuestrado en una serie de “operativos conjuntos” del Ejército y la Policía Federal. Había iniciado su juicio en septiembre de 2020 luego de ser suspendido en tres oportunidades. Durante esas demoras fallecieron tres genocidas vinculados a la causa: Luis Paulino Coronel, Rubén Oscar Jaime y Juan Dib. A esto se refieren los organismos de derechos humanos cuando hablan de impunidad biológica.
Las víctimas son: Cecilia Beatriz Barral, Ricardo Horacio Klotzman, la nieta recuperada hija del matrimonio Klotzman-Barral, Juan Alberto Tumbetta, Edgardo Silva, Osvaldo Aníbal Matosky Szeverin, Fernando Patricio Brarda, María Laura Gonzalez, Ricardo José Machado, Elvira Estela Marquez, Liliana Beatriz Girardi, Julio Adolfo Curtolo, María Teresa Latino, María Teresa Serra, Elvio Ignacio Castañeda, Alejandro Ramón Pastorini, José Ángel Alba, Herminia Nilda Inchaurraga, José Rolando Maciel, Elena Cristina Marques, Dante Rubén Vidali, Isabel Ángela Carlucci, Víctor Hugo Fina, Héctor Alberto González, María Teresa Vidal Martínez Bayo, Juan Carlos Lieby, Daniel Emilio Garrera, María Victoria Gazzano Bertos y Oscar Alberto Medina.
Fuente:ElCiudadanoyLaRegion
Memoria, Verdad y Justicia
Causa Klotzman: condenaron a prisión perpetua a cuatro genocidas
Las víctimas
La causa Klotzman terminó con cuatro condenas a perpetua
Un día llegó la ansiada justicia
El ex militar Jorge Fariña y los ex federales Federico Almeder, René Langlois y Enrique López recibieron la máxima pena.
Con cuatro condenas a prisión perpetua terminó ayer el juicio de la causa Klotzman, donde se ventilaron delitos de lesa humanidad contra 29 víctimas en agosto de 1976. Se trata de una causa donde se juzgaron las desapariciones forzadas de militantes del PRT ERP, ocurridas entre agosto y octubre de 1976. El militar retirado Jorge Fariña y los policías federales retirados Federico Almeder, René Juan Langlois y Enrique Andrés López recibieron la máxima pena por homicidios calificados, privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos, y Fariña por la supresión de identidad de la hija menor de Ricardo Klotzman y Cecilia Barral. "Lo más importante es que la sentencia confirma que cometieron todos esos delitos, y la Policía Federal, que hasta ahora no tenía ninguna condena, también se prueba que fue mano de obra y estuvo en la organización intelectual (del terrorismo de estado). Para mí es un poco de paz, de tranquilidad", dijo Ana Lina Klotzman, la hija mayor del matrimonio, que recién en 2011 pudo saber quién era su hermana, cuando María Pía Josefina, la nieta 103, recuperó su identidad.
"Este es un camino de militancia, de lucha y esto es lo que refleja la sentencia. Es reparador no sólo para las víctimas y los familiares de esta causa sino para todo el pueblo argentino", dijo Nora Pastorini, hija de Alejandro Pastorini, otra de las víctimas de esta causa. Alejandro era militante del Socialismo Revolucionario. Lua, nieta de Alejandro, se abrazó a su madre en el momento de escuchar la sentencia. Del enorme abrazo participaron también las compañeras de la agrupación HIJOS, a la que pertenece Nora.

La de ayer fue la primera condena para Almeder y Langlois, mientras que López tenía una anterior, de ocho años, por supresión de identidad del niño Pablo Athanasiu Laschan, en un juicio de 2015. "Estoy muy conforme con la sentencia porque era lo que esperábamos, tenía la importancia de involucrar a las otras fuerzas que ya sabíamos que operaban pero que no habían sido juzgados como policía federal. En mi caso, yo tengo ambos padres que fueron desaparecidos, torturados y fusilados y hace 45 años que estaba esperando esto. Hubiera esperado que sea con cárcel común pero estuvo bnien que haya sido perpetua y por delitos de lesa humanidad", dijo Patricia Maciel, que es hija de José “Pirulo” Maciel y Herminia “Mimí” Inchaurraga, ambas víctimas de este juicio. En lugar de dictaminar cárcel común para todos los condenados, el Tribunal ordenó que mantuvieran sus condiciones de detención. Los cuatro condenados gozan del beneficio de la prisión domiciliaria.
Había pasado el mediodía y hacía frío, pero el sol y las compañerías entibiaron la espera. En la reja del Tribunal federal de Oroño 940 habían colgado unos paños con bordados: muñecos que representaban a cada una de las víctimas, con sus nombres, bordados por Ema Lucero, de 85 años, ella misma sobreviviente del terrorismo de estado. Ema estaba allí, firme como siempre. Dos parlantes pasaban música a la espera del veredicto.
Apenas pasadas las 13, el juez Osvaldo Facciano leyó el veredicto decidido junto a los jueces Mariela Rojas y Eugenio Martínez. Ante cada perpetua, se repetían los abrazos de las personas que se habían congregado para escuchar la sentencia. En la vereda de bulevar Oroño, hijas de víctimas, familiares y compañeras y compañeros de las personas desaparecidas, militantes de derechos humanos, festejaron cada perpetua como una victoria colectiva después de 45 años.
En esta causa, y por la supresión de identidad de la hija de Klotzman y Barral, fue querellante Abuelas de Plaza de Mayo Rosario. "La verdad es que estamos muy contentos. Es la primera vez que me toca pasar una sentencia que me toca tan de cerca", dijo Ivan Fina, psicólogo, integrante de Abuelas delegación Rosario y el hijo de Isabel Carlucci y Víctor Hugo Fina. Iván busca a su hermano, ya que Isabel estaba embarazada cuando fue privada de su libertad. "Lo que puedo decir es que estoy muy conforme con la sentencia, y que estoy muy agradecido a toda la gente que ha trabajado en esta causa que tardó tanto tiempo, que llevó tanto esfuerzo y tanta lucha para poder llegar hasta acá, así que yo creo que es un resultado a la altura de las circunstancias y del enorme laburo que han hecho los compañeros abogados, los familiares, militantes, un laburo conjunto impresionante. Es un poco más de justicia para nosotros, para todas las víctimas y también para todo el país", dijo Fina.
El fiscal de la Unidad especializada en Derechos humanos, Adolfo Villate, evaluó como "algo muy positivo" que el Tribunal haya dictado las cuatro perpetuas. "En definitiva todo lo que fue solicitado por la fiscalía y por las querellas fue aceptado por el Tribunal. El nivel de los alegatos, la cantidad de prueba que se pudo obtener, fue sumamente contundente", dijo Villate.
En la puerta de los Tribunales Federales estaba el ministro de Gobierno de la provincia, Roberto Sukerman. También viajó odesde Santa Fe la secretaria de Derechos Humanos de la provincia, Lucila Puyol, que fue testigo en esta causa y militante de HIJOS desde hace décadas. "Estoy muy feliz porque me parece que se hizo justicia, que era necesario, muchísimas víctimas, muchas desapariciones y además una apropiación de una niña. Esta justicia no nos devuelve a quienes no están, pero es reparadora", dijo la funcionaria, quien recordó las sucesivas postergaciones del inicio de este juicio, que comenzó finalmente en septiembre de 2020.
Por lo mismo, la querellante por la agrupación HIJOS, Nadia Schujman, destacó que "pese a haber tenido que esperar 45 años, hubo un correlato de justicia que siempre no es suficiente para la magnitud del daño causado, pero que es necesaria y reparadora no sólo para las víctimas sino para el pueblo argentino, porque es algo que nos merecemos como pueblo". Por su parte, la abogada de APDH, Gabriela Durruty, también subrayó las cuatro perpetuas y destacó: "Es la primera vez que se condena a policías federales, la primera vez que se juzga la supresión de identidad de una menor y además es la primera causa con la inmensa mayoría de militantes del PRT ERP, que los compañeros la tomaron como propia. Lo importante, más allá de la pena, es un reconocimiento de que las cosas pasaron y pasaron como los compañeros lo dijeron".
Como los protocolos impuestos por la pandemia hicieron que muy pocas personas pudieran entrar a la sala de audiencias, el momento de la salida de quienes presenciaron el veredicto in situ fue de altísima emoción. Abrazos entre abogadas, abogados, familiares de víctimas, militantes de todas las agrupaciones. Las hermanas y el hermano de Oscar Medina, otra de las víctimas cuya desaparición se juzgó en esta causa, salieron a la vereda entre lágrimas. Héctor "Chinche" Medina, arengó a la pequeña multitud. "Acá no hubo dos demonios, hubo dos proyectos de país. Nosotros tenemos una responsabilidad ante la historia, tenemos que defender la justicia, la memoria, la verdad, y la cárcel común, perpetua y efectiva, para evitar que maten a los nuevos luchadores. Ya no somos el problema nosotros, son nuestros hijos, nuestros nietos, los que luchan en cada barrio, en cada fábrica, en cada universidad, en cada movilización. Esos son los enemigos de las clases dominantes hoy", expresó.
Fuente:Rosario12










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