18 de julio de 2021

SANTA FE: Confirman la sentencia por Ituzaingó y Las Heras.

 

Confirman la sentencia por Ituzaingó y Las Heras

Todo prueba que fue una masacre

La sala 3 de la Cámara de Casación Penal dejó firmes las condenas en una causa emblemática del terrorismo de estado. 

Por Juan Carlos Tizziani

El Tribunal que dictó sentencia en 2019. . Imagen: Eduardo Seval

Desde Santa Fe

La Cámara de Casación Penal (sala 3) confirmó esta semana la sentencia del Tribunal Oral de Santa Fe que en agosto de 2019 condenó a dos suboficiales del Ejército: Jorge Alberto Balla y Luis Alfredo Gómez y a un oficial de inteligencia del D2, Oscar Valdez, a prisión perpetua por el “homicidio doblemente calificado” por “alevosía” y “el concurso premeditado de dos o más personas” de cuatro militantes montoneros, el 19 de enero de 1977. También quedó firme la condena a un agente del Comando Radioléctrico, Ricardo Amancio Brunel, a 12 años de cárcel por supuesto “partícipe secundario” de los crímenes. La Cámara sentenció que “se encuentra por demás acreditado” que Jorge Piotti, su pareja Ileana Gómez y sus compañeros Osvaldo Pascual Ziccardi y Carlos Frigerio fueron “masacrados y ultimados por fuerzas conjuntas” del Ejército y de la Policía de provincia que movilizaban a más de 100 represores. El operativo “se realizó de un modo abiertamente ilegal”. “La forma en que se desarrollaron los hechos conducen a conceptualizarlos (…) como una masacre perpetradas sin miramiento alguno acerca de sus consecuencias”, dijo la sala. Lo que significa que ya son cuatro tribunales y 16 magistrados que coinciden en la verdad histórica: la operación militar que la propaganda de la dictadura instaló como emblema de Santa Fe por más de 40 años era la pantalla del terrorismo de estado para ocultar delitos aberrantes de lesa humanidad.

El blanco del ataque era un edificio del barrio Candioti, en la esquina de Ituzaingó y Las Heras, donde los Piotti vivían en un departamento del primer piso con sus hijos: Mariano de dos años y Jorge, su bebé de un mes y 13 días. Quedaron bajo fuego de una fuerza de tareas que copó la zona. La primera víctima fue la vecina de los Piotti, una maestra de 49 años, Elina Jagou de Carlen, quien intentó cerrar la ventana de su departamento y un balazo de afuera le destrozó el cuello. Su hija, Graciela, de 18 años, salió desesperada a la calle en busca de ayuda, en medio de los disparos y un amigo la refugió en la casa de al lado. Los niños Piotti sobrevivieron porque –según testigos directos- sus padres lograron esconderlos en el placard de los Carlen.

El fallo de Casación es el cuarto que descubre el relato de la dictadura. “La existencia de un enfrentamiento armado entre dos bandos no puede ser convalidada”, dijo Casación. Incluso, en la hipótesis de que “se hubiera secuestrado armamento en poder de las víctimas –aunque no hay ninguna constancia en la causa- lo cierto es que resultaría por demás insuficiente frente a la desigualdad de fuerzas que evidenciaban uno y otro bando”. Más de 100 contra cuatro.

El “procedimiento” para “lograr la aprehensión” de los militantes se realizó “de un modo abiertamente ilegal” y de “una manera tal que le costó la vida incluso a una vecina ajena a todo”, la señora Carlen. “La forma en que se desarrollaron los hechos conducen a conceptualizarlos –más que un enfrentamiento- como una masacre perpetrada sin miramiento alguno acerca de sus consecuencias”, señaló el primer voto del juez Eduardo Riggi. Sus colegas Liliana Catucci y Juan Carlos Gemignani coincidieron.

“En síntesis, -siguió Riggi- consideramos que se encuentra por demás acreditado que las víctimas Piotti, Gómez, Ziccardi y Frigerio fueron masacradas y ultimadas por fuerzas conjuntas” del Ejército y la Policía de Santa Fe. Ziccardi y Frigerio cayeron en el interior del edificio. Piotti y su compañera salieron y fueron ejecutados en la calle. En el juicio, ningún testigo dijo haberlos visto empuñar armas.

En el veredicto del 27 de agosto de 2019, el Tribunal de Santa Fe dictó seis condenas por los crímenes de Ituzaingó y las Heras. La Cámara de Casación las confirmó a todas: las “perpetuas” a Balla, Gómez y Valdez y los 12 años de prisión a Brunel. Y declaró “inoficioso” pronunciarse ante los planteos de otros condenados: el teniente coronel Ramón Abel Recio (perpetua) y el policía Rolando Martínez (12 años) que fallecieron en diciembre de 2020.

El fallo salió por unanimidad, excepto en un caso que se resolvió por mayoría. Riggi propuso absolver a Valdez por el beneficio de la duda, pero Catucci y Gemignani confirmaron la condena a “prisión perpetua”. El ex oficial del D2 “formaba parte de la patota” de inteligencia que “llevó adelante el operativo que terminó con las vidas de Ziccardi, Piotti, Gómez, Frigerio y Carlen”, dijo la jueza. Y ponderó el relato del testigo que lo señala, Oscar Ramayo, quien atendía una gomería cerca de Ituzaingó y Las Heras. La sentencia del Tribunal de Santa Fe “no logra ser conmovida por las excusas” de Valdez “en pos de mejorar su situación”. “El escenario descripto y las circunstancias referidas despejan cualquier duda sobre su intervención en los hechos y permite descartar el recurso de su defensa”, explicó Catucci. Gemignani coincidió: “Encuentro fundada la resolución del Tribunal sentenciante”, la “responsabilidad (de Valdez) surge de la prueba colectada. Los testimonios evidencian inequívocamente que estuvo presente en el lugar de los hechos” y “dan cuenta de su rol, experticia y mando, todo lo cual encuentra respaldo en su legajo, que documenta su trayectoria en el Departamento de Inteligencia de la Policía de Santa Fe, donde oficiaba de nexo con el Ejército”.

Por lo tanto, ya son cuatro los tribunales que juzgaron el operativo militar como una “masacre”:

*21 de junio de 2016. El primer juicio, en el que estaba imputado el ex subjefe del Destacamento de Inteligencia Militar 122, Jorge Diab, en la megacausa. El Tribunal de Santa Fe anotó: "1) El estado de destrucción en que quedó el edificio de Ituzaingó y Las Heras. 2) No se encontraron armas en poder de las víctimas. 3) No había huellas de balazos en los edificios de enfrente. 4) Ningún militar ni policía herido. 5) El primer disparo de afuera provocó la muerte de una vecina ajena a los hechos, la señora Carlen". “El ataque provino de las fuerzas conjuntas contra el departamento y el edificio donde habitaban las víctimas”. Las pruebas “echan por tierra la versión del ‘enfrentamiento' como pretendían hacer creer los comunicados militares reproducidos por los diarios de la época. Esta versión 'oficial' ha sido totalmente desvirtuada y desacreditada con la contundencia de las pruebas producidas durante el debate”. A Piotti, Gómez, Ziccardi y Frigerio “no les dieron la oportunidad de rendirse, ni tuvieron la posibilidad de resistir ante la desproporción absoluta de fuerzas”, sentenció.

*27 de julio de 2016. La Cámara Federal de Rosario, en el pleno de sus dos salas, al confirmar el procesamiento de los imputados. “Es falso que haya mediado un enfrentamiento, como se lo describe en los comunicados” del Ejército. “La práctica de fraguar enfrentamientos para ocultar asesinatos de disidentes era parte de la metodología aplicada en el plan criminal de represión ilegal de la disidencia”, dijo al citar un dictamen de la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación.

*27 de agosto de 2019. El Tribunal Oral de Santa Fe, con otra integración en el segundo juicio. “Las víctimas de este hecho fueron emboscadas por una gran cantidad de efectivos del Ejército y de las fuerzas de seguridad” y “sorprendidas en su departamento junto a dos pequeños hijos totalmente indefensos, en plena situación de vulnerabilidad. Nunca pudo haberse tratado de un enfrentamiento, como dijeron los imputados, sino todo lo contrario. Los habitantes del primer piso fueron ultimados, en situación de total indefensión sin habérseles encontrado armamento alguno. Fueron masacrados. Las fuerzas conjuntas abrieron fuego (…) con el único desenlace posible: la muerte de los militantes” y "los daños colaterales como el asesinato de la señora Carlen”.

*14 de julio de 2021. La Cámara de Casación Penal (sala 3) confirmó la sentencia del TOF de agosto de 2019.

Las cuatro fallos fueron firmados por 14 jueces. Los tres del Tribunal de Santa Fe integrado para el juicio de la megacausa, en 2016 (Beatriz Caballero de Barabani, Ricardo Moisés Vásquez y Omar Digerónimo). Sus cinco colegas de la Cámara Federal de Rosario en la apelación de 2016 (Edgardo Bello, José Toledo, Elida Vidal, Fernando Barbará y Elonora Pelozzi). Tres del Tribunal integrado en 2019 que dictó las condenas (Luciano Lauría, Mario Gambacorta y Otmar Paulucci). Y los tres de la sala de Casación que las confirmaron (Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Juan Carlos Gemignani). Mas, el fiscal federal Walter Rodríguez que investigó el caso y el fiscal general Martín Suárez Faisal que impulsó los dos juicios, en 2016 y 2019. Dieciséis magistrados.

Fuente:Rosario12

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