14 de agosto de 2021

Histórica condena por los delitos sexuales en la ESMA.

 

Es la primera sentencia por esos crímenes

Histórica condena por los delitos sexuales en la ESMA

Los genocidas Jorge “Tigre” Acosta y Alberto “Gato” González fueron condenados por abusos sexuales y psicológicos, manoseos, tocamientos y violaciones cometidas contra prisioneras del centro clandestino durante la última dictadura cívico militar.

Por Ailin Bullentini

Imagen: Guadalupe Lombardo

En un veredicto histórico, el Tribunal Oral Federal número 5 de la Ciudad de Buenos Aires condenó a genocidas de la Escuela de Mecánica de la Armada por ejercer violencia sexual contra prisioneras de ese centro clandestino durante la última dictadura cívico militar. Jorge “Tigre” Acosta y Alberto “Gato” González fueron sentenciados a 24 y 20 años de prisión tras haber sido hallados, por primera vez desde que son enjuiciados por su accionar durante la última dictadura cívico eclesiástica militar, responsables de abusos, manoseos y violaciones contra tres mujeres que permanecieron secuestradas en el Casino de Oficiales del predio de la Armada entre 1977 y 1978. Los hechos fueron considerados crímenes de lesa humanidad en el fallo cuyos fundamentos se conocerán recién a mediados de octubre.

“Estoy emocionada”, aseguró Mabel Zanta, una de las sobrevivientes de la Esma que sufrió violencia sexual mientras estuvo allí cautiva. “Satisfecha es la palabra”, aclaró Silvia Labayrú, otra de ellas. Las denuncias que se animaron y tuvieron la fuerza de sostener, junto a la de María Rosa Paredes, completan la estructura que le dio firmeza a la causa que especialmente se dedicó a recolectar historias y pruebas que pusieran a los delitos sexuales de relieve entre el resto de las herramientas con las que los represores llevaron a cabo su plan sistemático de tortura y exterminio entre mediados de los 70 y comienzos de los 80.

Tras diez meses de juicio oral que comenzó y culminó en el contexto de la pandemia de coronavirus y que por pedido expreso de las denunciantes no fue transmitido públicamente, los jueces Adrián Grünberg, Adriana Palliotti y Daniel Obligado hallaron a Acosta y González responsables de casi todos los delitos que el Ministerio Público Fiscal, representado en el debate por Leonardo Filippini y Marcela Obetko, les endilgaron --el debate no contó con querellas--.

La titular de la Procuraduría especializada en crímenes contra la humanidad del Ministerio Público Fiscal, Ángeles Ramos, señaló que “este fallo importa un avance en la perspectiva de género” en el juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad. “Es muy importante mantener la visibilización de todo lo que pasaba dentro de lo centros clandestinos y que cada hecho que las víctimas hayan tenido que padecer reciba una respuesta jurídica acorde a esa realidad extrema que debieron soportar”, continuó tras celebrar que “la justicia argentina siga siendo ejemplo del juzgamiento adecuado de los crímenes cometidos desde el Estado durante la última dictadura cívico militar”.

Fallo histórico

El fallo es histórico e inédito en lo que atañe a la revisión que la Justicia realizó y realiza de los crímenes sucedidos en la Esma durante el terrorismo de Estado. La violencia sexual que los represores de aquel centro clandestino ejercieron sobre prisioneras ha aparecido en testimonios de sobrevivientes desde que estos hechos comenzaron a juzgarse, incluso en denuncias ante la Conadep, como es el caso de Labayrú. Sin embargo, y a pesar de que los integrantes de la patota de la Armada fueron acusados tanto por el Ministerio Público Fiscal cuanto por varias querellas en representación de sobrevivientes y familiares de detenides desaparecides en los diversos juicios que se llevaron a cabo, nunca hasta hoy el TOF 5 los había incorporado en sus fallos.

Optó en cambio por exigir que el Juzgado de primera instancia los investigue especialmente. Así lo postuló en uno de los artículos de la sentencia que emitió en el segundo juicio que dirigió en el marco de la Megacausa. Y así nació el expediente que derivó en el debate oral que culminó est viernes. En el alegato que la Fiscalía culminó en abril pasado, había solicitado 25 años de prisión para ambos, las penas máximas, al considerar que el testimonio de las tres víctimas había sido “consistente con el resto de las pruebas del juicio”. “Los crímenes ocurrieron tal como ellas los relataron ante el tribunal”, sostuvo la exposición de les fiscales.

Para el TOF 5 fue así en la inmensa mayoría de los hechos --dejaron dos en “duda”, endilgados a Acosta--, aunque la evaluación de la pena fue levemente menor. Tras definir los hechos bajo juicio como crímenes de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptibles, para el “Tigre”, quien fue jefe del grupo de tareas 3.3.2, la patota que reinó, secuestró, torturó, violó, robó, desapareció y asesinó en la Esma, consensuaron una pena de 24 años de prisión. Lo consideraron coautor penalmente responsable de abuso deshonesto y violación que sufrieron las tres sobrevivientes, así como del secuestro y las torturas que sufrió Zanta, cuyo caso hasta el momento no había sido tenido en cuenta en ningún tramo previo de la megacausa Esma.

Al “Gato”, oficial de Inteligencia e integrante de la patota, lo condenaron a 20 años de cárcel por abuso deshonesto y violación agravada contra Labayrú. La situación de ambos, de todos modos, se mantendrá como hasta ahora ya que las nuevas penas se unificarán con las condenas a prisión perpetua que recibieron en juicios orales y públicos previos por secuestros, torturas y asesinatos contra decenas de víctimas que pasaron por el predio de la Armada. Purgan esas condenas en prisión.

La causa que investiga delitos sexuales cometidos en la Esma, en tanto, continúa en instrucción, a cargo del Juzgado federal número 12 y el fiscal Eduardo Taiano, a la espera de poder “fortalecer” los casos que surgieron en testimonios de debates anteriores.

Antecedentes

El primer fallo de un juicio de lesa humanidad que consideró la violencia sexual que sufrieron las víctimas del terrorismo de Estado como un delito autónomo del secuestro y las torturas lo emitió en 2010 el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata. En junio de aquel año condenó al exsuboficial de la Fuerza Aérea Gregorio Molina por violación agravada, además de homicidios. La condena fue confirmada dos años después por la Casación y detrás de ella vinieron decenas de otras.

Las estadísticas de la Procuraduría a cargo de Ramos indican que, a marzo pasado, tan solo un 11 por ciento de los condenados por crímenes de lesa humanidad habían sido responsabilizados por delitos sexuales cometidos en el marco del genocidio de la última dictadura. El fallo de hoy se suma a los 36 que, desde 2006, contienen hechos de índole sexual entre los delitos atribuidos y bajo análisis. Las víctimas nucleadas en esas sentencias son 139. 

Fuente:Pagina12



13/08/2021  - DICTADURA MILITAR

Condenaron a 24 años de prisión al Tigre Acosta por delitos sexuales contra secuestradas en la ESMA

El Tribunal Oral Federal 5 condenó además a 20 años de cárcel a otro represor que integró el grupo de tareas 3.3.2, Alberto González. En ambos casos las penas fueron unificadas a prisión perpetua por la sumatoria de condenas anteriores.

Las condenas se dictaron por "violación agravada por haber sido cometida en concurso de dos o más personas, reiterada en -al menos- diez oportunidades". Foto: Florencia Downes.

El represor Jorge "Tigre" Acosta fue condenado este viernes a 24 años de prisión en una causa que por primera vez juzgó delitos sexuales cometidos contra detenidas que estuvieron secuestradas en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) durante la última dictadura cívico militar.

Además se sentenció a 20 años de cárcel a otro represor que integró el grupo de tareas 3.3.2 de la ESMA, el agente de inteligencia Alberto González, en un veredicto emitido al finalizar el juicio a cargo del Tribunal Oral Federal 5.

Acosta, alias el "Tigre", y González, también conocido como "Gato" o González Menotti comenzaron a ser juzgados el pasado 27 de octubre de 2020, de manera virtual a raíz de la pandemia de coronavirus ante el Tribunal que tiene sede en Comodoro Py 2.002 y muchas de sus audiencias fueron reservadas por el carácter de los delitos juzgados.

En ambos casos las penas fueron unificadas a prisión perpetua por la sumatoria de condenas anteriores impartidas a ambos represores en juicios previos por delitos de lesa humanidad cometidos en la ESMA.

Las condenas se dictaron por "violación agravada por haber sido cometida en concurso de dos o más personas, reiterada en -al menos- diez oportunidades", abuso deshonesto, privación ilegítima de la libertad y tormentos, delitos que se declararon imprescriptibles por ser de lesa humanidad.

Los jueces Adrián Grunberg, Daniel Obligado y Adriana Pallioti encontraron a Acosta culpable como autor penalmente responsable de los hechos cometidos contra tres víctimas, Silvia Labayrú, Mabel Zanta y María Rosa Paredes.

En tanto, González fue condenado por los delitos cometidos en perjuicio de Labayrú.

Una larga espera

"Hubo que esperar mas de treinta años, a pesar de que los delitos sexuales fueron denunciados en el Juicio a las Juntas, pero no escuchados. Algunas de las sobrevivientes todavía no son conscientes de que fueron victimas de violaciones. La vergüenza y la culpa, la condena social, la revictimización son barreras para todas las victimas de violación, aún hoy", señaló a Télam Myriam Lewin, periodista que estuvo cautiva en la ESMA.

La actual titular de la Defensoría del Público escribió junto a Olga Wornat el libro "Putas Y Guerrilleras" que ayudó a visibilizar la problemática de los abusos sexuales que padecieron las detenidas durante el terrorismo de Estado por parte de los represores.

Los hechos ocurrieron durante 1977 y principios de 1978, según la acusación con la que ambos represores llegaron a juicio, y los fundamentos del veredicto se conocerán el próximo 12 de octubre.

La Fiscalía había pedido condenas a 25 años de prisión para Acosta y González, en un alegato en el cual el fiscal federal Leonardo Filippini aludió a que se probó que en el centro clandestino de detención que funcionó en la ESMA hubo una "violencia específica de contenido sexual e impacto especial sobre las mujeres".

Las tres víctimas declararon en el juicio y ratificaron lo que padecieron, en audiencias que se hicieron de manera reservada.

En los primeros puntos del veredicto, el tribunal rechazó los planteos de afectación al principio ne bis in ídem (no ser juzgado dos veces por un mismo hecho) deducido por la defensa de Acosta.

Los magistrados también rechazaron los pedidos de nulidad de la declaración testimonial de una de las víctimas interpuesto por el defensor de González.

Los hechos ocurrieron durante 1977 y principios de 1978.
Los hechos ocurrieron durante 1977 y principios de 1978.

Además, el Tribunal rechazó los pedidos de extinción de la acción penal por prescripción formulados por ambas defensas, en función del carácter de imprescribilidad que poseen los delitos que son tipificados como crímenes contra la humanidad.

En el caso de Acosta se lo encontró culpable además de abuso deshonesto, privación ilegal de la libertad e imposición de tormentos agravado por ser cometido en perjuicio de una perseguida política, entre otros delitos.

Sin embargo, el tribunal absolvió al ex jefe del GT 3.3.2 "por el beneficio de la duda" por dos hechos de violación agravada en relación a una de las víctimas.

"A nosotras, las militantes como dice Ana Longoni en su libro 'Traiciones', se nos acusaba de putas y de traidoras. Cuando salimos del campo, incluso desde organismos de DDHH se sospechaba que habíamos sobrevivido porque 'nos acostamos con los milicos'. Y que lo habíamos hecho por propia voluntad", apuntó Lewin.

La investigación por delitos sexuales cometidos en la ESMA se abrió luego del veredicto en el segundo juicio oral de la megacausa que juzgó a los represores en ese centro clandestino y cuya investigación estuvo a cargo del exjuez federal Sergio Torres, actual ministro de la Suprema Corte de Justicia bonaerense.

Al dictar ese veredicto en 2011, el TOF 5 ordenó investigar lo narrado por víctimas que declararon en calidad de testigos y contaron las violaciones, abusos físicos y psicológicos que sufrieron.

Desde 2012, más de 120 represoresfueron responsabilizados por delitos sexuales


La primera condena por abuso sexual en los juicios de lesa humanidad se dio a conocer en 2010 en Mar del Plata, y hasta entonces, se trataban de acusaciones que eran procesadas como abusos y torturas.

Gregorio Rafael Molina, condenado a prisión perpetua en el juicio de lesa humanidad que se siguió por los crímenes perpetrados en el centro clandestino de detención ilegal de "La Cueva", fue el primer represor condenado en el país por delitos sexuales

Desde el año 2012 el Ministerio Público Fiscal de la Nación impulsa la persecución penal de los crímenes de violencia sexual cometidos durante el terrorismo de Estado, y los considera como delitos autónomos con el propósito de establecer responsabilidades.

Desde ese momento, más de 120 represores fueron responsabilizados por delitos sexuales, según cálculos de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad difundidos en un informe que se publicó en marzo de este año.

"Hay muchas compañeras que aún hoy no pueden hablar de lo que les hicieron, de lo que les pasó. Porque no comprenden que si no se hubieran sometido, hubieran sido pasajeras de algún vuelo de la muerte. Por fin, como otros represores, el jefe del grupo de tareas de la ESMA y uno de los oficiales, fueron condenados por violadores. Ladrones de bebés, ladrones de propiedades y delincuentes sexuales. Es un día histórico, reparador para todas las mujeres, no solamente para las sobrevivientes de los campos", remarcó Lewin a esta agencia.
Fuente:Telam




13.08.2021 / Sienta precedente

Histórico: Dos genocidas condenados por delitos sexuales en la ESMA

Los genocidas Jorge “Tigre” Acosta y Alberto “Gato” González fueron condenados por abusos sexuales y psicológicos, manoseos, tocamientos y violaciones cometidas contra prisioneras del centro clandestino durante la última dictadura cívico militar. Los detalles de la decisión.


El Tribunal Oral Federal número 5 de la Ciudad de Buenos Aires condenó, por primera vez en la historia, a genocidas de la Escuela de Mecánica de la Armada por ejercer violencia sexual contra prisioneras de ese centro clandestino durante la última dictadura cívico militar.

Luego de diez meses de juicio oral y público, Jorge “Tigre” Acosta y Alberto “Gato” González fueron sentenciados a 24 y 20 años de prisión después de haber sido hallados culpables de abusos sexuales y psicológicos, manoseos, tocamientos y violaciones a tres mujeres que permanecieron secuestradas en el Casino de Oficiales del predio de la Armada entre 1977 y 1978.

Las penas a Acosta y González serán unificadas con las condenas a prisión perpetua que recibieron en más de un debate oral y público por los crímenes de lesa humanidad que cometieron durante la última dictadura cívico eclesiástica militar en la ESMA. No obstante, en ninguno de aquellos, y a pesar de que fueron acusados, tanto por el Ministerio Público Fiscal cuanto por varias querellas en representación de sobrevivientes y familiares de detenidos desaparecidos y detenidas desaparecidas de aquel centro clandestino, el TOF 5 incorporó en aquellos fallos los hechos de violencia sexual por los que fueron señalados en innumerables testimonios.

EL JUICIO


El mencionado juicio que culmina este viernes es un desprendimiento de una de esas sentencias, la que selló el segundo tramo de la Megacausa ESMA. El expediente fue investigado por el Juzgado Federal número 12 entre 2011 y 2015, cuando los abusos y violaciones sufridas por Silvia Labayrú, Mabel Zanta y María Rosa Paredes fueron elevados a juicio oral.

El “Tigre”, en calidad de jefe del grupo de tareas 3.3.2, la patota que reinó, secuestró, torturó, violó, robó, desapareció y asesinó en ese centro clandestino, fue acusado entonces por los tres casos. El “Gato”, oficial de Inteligencia y uno de sus integrantes, por solo uno.

Fuente:PoliticaArgentina

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