La masacre: policías, gendarmes y civiles armados se establecieron cerca del campamento aborigen de trabajadores y comenzaron a dispararles durante una hora ininterrumpida / Foto: EAAF.
"La matanza fue un ataque sistemático a una población civil, lo que la convierte en un delito de lesa humanidad, y por lo tanto no prescribe, por eso fue posible el juicio", añadió Vigay y afirmó que "así como existe un proceso de Memoria, Verdad y Justicia vinculado a lo sucedido en la última dictadura cívico militar, está pendiente el reconocimiento sobre el genocidio indígena en otros hechos, por lo que la sentencia de Napalpí fue un primer paso en ese proceso que se abre", puntualizó.
"La matanza fue un ataque sistemático a una población civil, lo que la convierte en un delito de lesa humanidad, y por lo tanto no prescribe, por eso fue posible el juicio"
Diego Vigay
Juicios por la verdad
En ese sentido, reseñó que en la actualidad "existen muchos otros procesos tendientes a comprobar la responsabilidad del Estado en otras matanzas contra pueblos originarios, como las de Rincón Bomba ocurrida en Formosa en 1947; la masacre de San Antonio ocurrida en 1897 en el norte de Santa Fe; y la de San Javier en 1887. En todas, hay distintas instancias judiciales en la justicia federal", reseñó.
También citó el "genocidio de la llamada Campaña del Desierto de Julio Argentino Roca que tiene una causa iniciada en el juzgado federal de Daniel Rafecas; y otra en el juzgado federal de Caleta Olivia, vinculada a los fusilamientos de la Patagonia Trágica".
"Después de lo de Napalpí es posible que estos juicios por la verdad se lleven adelante con el mismo formato", apuntó.
"La Masacre de Napalpí es un crimen de lesa humanidad, cometido en el marco de un proceso de genocidio de los pueblos indígenas" / Foto: Pablo Caprarulo.
El proceso legal para conseguir justicia
En el juicio pasaron unos 60 testigos "la mitad indígenas, sobrevivientes e hijos y nietas; y el resto, investigadores indígenas bilingües que hicieron un proceso de relevamiento en el territorio, un estudio del impacto de la masacre y sus consecuencias hasta la actualidad, y participaron investigadores de universidades públicas, antropólogos y sociólogos".
Fotos, filminas, testimonios, documentos archivados del Estado, dieron cuenta de cada uno de los pasos llevados a cabo por el entonces gobernador radical Fernando Centeno -nombrado por el presidente Marcelo T. de Alvear porque Chaco en ese entonces era territorio nacional-, quien ordenó la matanza a unas 1.000 personas que realizaban una huelga.
Napalpí, en lengua indígena, significa "lugar de muertos", una coincidencia que no escapa a los hechos que fueron calificados como "un genocidio", según el Juzgado Federal de Resistencia que dictó sentencia.
En el juicio pasaron unos 60 testigos, "la mitad indígenas, sobrevivientes e hijos y nietas" / Foto: Pablo Caprarulo.
El tribunal afirmó que "existió responsabilidad del Estado Nacional Argentino en el proceso de planificación, ejecución y encubrimiento en la comisión del delito de homicidio agravado con ensañamiento y con impulso de perversidad brutal, en reiteración de hechos, por los cuales resultaron asesinadas entre 400 y 500 personas de los pueblos Moqoit y Qom en la Reducción de Indios Napalpí ubicada en Territorio Nacional del Chaco".
Agregó que "la Masacre de Napalpí es un crimen de lesa humanidad, cometido en el marco de un proceso de genocidio de los pueblos indígenas".
Entre otras medidas de reparación, el fallo judicial resolvió: "Ordenar al Ministerio de Educación de la Nación que incluya dentro de los diseños curriculares a nivel nacional en los niveles primario, secundario, terciario y universitario el estudio de los hechos probados en la presente sentencia".
"Existió responsabilidad del Estado Nacional Argentino en el proceso de planificación, ejecución y encubrimiento en la comisión del delito de homicidio agravado con ensañamiento y con impulso de perversidad brutal"
También ordenó "al Ministerio de Seguridad de la Nación y de la provincia del Chaco que incorpore a la instrucción y capacitación de las fuerzas federales y provinciales un módulo sobre respeto a los Derechos Humanos de los pueblos indígenas".
Y exhortó al Estado nacional la implementación de lo que llamó un Plan de Políticas Públicas concretas de Reparación Histórica a los pueblos Qom y Moqoit, así como fortalecer las políticas públicas de prevención y erradicación del odio, racismo, discriminación y xenofobia garantizando la perspectiva de los pueblos indígenas en los ámbitos de salud, educativos y culturales, todo ello con la consulta previa a las comunidades".
El juicio comenzó a prepararse en 2004 cuando junto a elementos presentados por el historiador Juan Chico, nieto de una víctima, el Instituto del Aborigen Chaqueño inició las actuaciones.
Fuente:Telam
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